Cita:
Originalmente publicado por j.lezama
efectivamente es tan fácil, que muchos no lo entienden, " de un puerto " pero cuando sales de " un puerto solo tienes ese espacio para navegar 5 millas en cualquier dirección " de ese puerto " sea el tuyo o no lo sea porque has llevado el barco en remolque y lo has botado por " ese puerto " que es " un puerto " NO " tu puerto
interpretaciones hay muchas, normativa y RD solo hay una
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No Compañero pienso que estas equivocado.La interpretación correcta es la que rige,en primer lugar,del propio literal.La norma está escrita de un modo indeterminado ,pues habla de "un puerto",marina o lugar de abrigo....no dice "su puerto base" dice "un puerto":Cualquier puerto,Marina:Cualquier Marina,Lugar de abrigo:Cualquier lugar de abrigo:Cuando tu alteras el texto leyendo que se refire a "ESE PUERTO" alteras el sentido del legislador convirtierndo en determinado un lugar indeterminado.Ahí está el error de tu interpretación,no respetas la indeterminación del texto legal y lo indeterminado lo conviertes caprichosamente,en determinado.
En segundo lugar la norma está redactada de forma,no sólo indeterminada sino además alternativa:5 millas desde un puerto,marina o lugar de abrigo.No puede referirse al puerto base,porqué entonces debería admitirse el absudo de "un lugar de abrigo base",siendo que el término "lugar de abrigo" da idea de temporailidad,transitoriedad,excepcionalidad,con lo cual no cabe un "lugar de abrigo base"
Por tanto,de ninguna forma puede entenderse que las cinco millas se calculan desde un determinado puerto,una determinada marina o un determinado lugar de abrigo,y por tanto es llana la posibilidad legal de una navegación costera con el cuidado de no alejarte más de 5 millas de "un puerto,una marina o un lugar de abrigo".
Ese es mi criterio,pero admito otros....jajajajaj.