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La intención

La intención era unificar el mercado ... e informar al consumidor

Y el legislador español dijo: -cómor, informar al consumidor para que tome sus propias decisiones como si fuera mayor de edad, estamos locos o qué
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llarrea (25-12-2022), Lupas (24-12-2022)
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La intención

La intención era unificar el mercado ... e informar al consumidor

Y el legislador español dijo: -cómor, informar al consumidor para que tome sus propias decisiones como si fuera mayor de edad, estamos locos o qué
Supongo que las categorías de diseño tendrán sus parámetros de seguridad y algo de acierto tendrán... La verdad es que no sé si el STIX etc son lo mejor o no para determinar la seguridad de un barco.

Lo del legislador español pues sí, es cuanto menos curioso..

Yo la verdad es que no tengo tus conocimientos cofrades, así que gracias por aportar
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  #28  
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Eso es lo que sucede a 60 millas. De ahí la preocupación del legislador para respetar las categorías de diseño. Poca broma!
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Costapinto (27-12-2022), llarrea (25-12-2022), Manila1886 (25-12-2022), SpitfireAntonio (25-12-2022), tuchin (24-12-2022)
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Predeterminado Re: Categoría Diseño España

La categoría de diseño orienta respecto a la ola y a la fuerza del viento que el barco puede supuestamente soportar. Otra cuestión es que en España se intente ligar la categoría a las millas de navegación desde la costa, lo cual es una sinrazón.
__________________
Porque las metas se consiguen con constancia, esfuerzo y voluntad...
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Predeterminado Re: Categoría Diseño España

Vamos a ver, en mi opinión nos estamos liando entre categorias de construcción, categorias de navegación y luego navegación real.

Yo tengo un Dufour 31 bandera francesa y en puerto frances. Viene en categoria de "construcción" 2 que quiere decir navegación hasta 200 millas. Eso es lo que dice el fabricante y es sobre todo porque el deposito de agua es de 100 litros y el de gasoil de 50 y por eso el fabricante lo pone en hasta 200 millas. Eso solo depende de la habitabilidad y sobre todo de la autonomía del barco.
Luego viene la legislación de las categorias de navegación que es otra cosa y que se refiere solo a las condiciones meteorológicas que puede soportar el velero. Asi pues las más importantes son la B que dice que el velero puede soportar vientos de hasta fuerza 8, (hasta 40 nudos) y la A que es sin limite. El mio estaria en categoria B.

Pero luego viene el derecho internacional y ahi tenemos unas primeras 12 millas que son de soberania de cada estado, otras 12 millas más en las que el estado tiene competencias en aduanas y prevención de delitos como tráfico de drogas, etc... y luego hasta las 200 millas que es la zona de económica exclusiva, en la que se protegen intereses de pesca y de explotación del subsuelo como plataformas petrolíferas, etc...

Quiero decir con esto, que fuera de las 12 millas, los estados europeos pueden legislar lo que quieran que ni la categoria de fabricación ni la categoria de navegación se pueden aplicar legalmente porque los estados no tienen soberania en cuanto a navegación. Quiero decir que no te pueden pedir los chalecos y las bengalas y la homologación de los equipos porque no tienen competencias. A partir de las 24 millas ni siquiera te pueden multar por lo que hayas o no hayas pescado. En las primeras 12 millas y en las 12 siguientes existe el derecho de paso inocente que es que puedes navegar con otro pabellon sin tener que pedir permiso.

Por eso la gente que se cruza el atlántico con un barco categoria 2 o B o menor y no está haciendo nada ilegal puesto que no hay leyes ni autoridades que te puedan impedir navegar por aguas internacionales en el barco que tu quieras. ¿o es que a las 200 millas va a haber un gendarme que te pida la homologación de la radio? por supuesto que no, y si lo hubiera, tampoco te puede multar porque está fuera de su jurisdicción. Lo importante es en estos casos hablar con el seguro y saber que condiciones te pone el seguro para cubrirte fuera de las aguas territoriales y luego tener el barco lo mejor preparado posible para la navegación prevista, segun lo que estime conveniente cada capitan. Hoy en dia uno se puede cruzar el atlantico o el pacifico y no necesita estar preparado para vientos de más de categoria 8 porque con la electronica moderna podemos ir viendo la evolución del viento y elegir si queremos ir por una zona de más o menos viento segun si somos más valientes o no, o si llevamos niños, o si tenemos más o menos prisa y desviarnos a tiempo de las tormetas, etc....

Perdonar el "tocho" pero es que me parece que en esto caemos muchas veces en el "legalismo" de que hay un tio en un despacho de la DGMM o de su equivalente en Francia o donde sea que dice que tal barco está limitado a las 200 millas cuando no tiene competencias sobre eso ni puede legislar ni puede impedir navegar libremente ni puede multar.

Muchas birras y buen viento a todos. :velero :
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La categoría de diseño orienta respecto a la ola y a la fuerza del viento que el barco puede supuestamente soportar. Otra cuestión es que en España se intente ligar la categoría a las millas de navegación desde la costa, lo cual es una sinrazón.
es que a partir de las 12 millas España no tiene soberania para legislar sobre la navegación, solo aduanas y pesca y a partir de las 24 ni siquiera eso... España puede legislar si quiere que los pinguinos en un iceberg flotante tienen que llevar corbata... otra cosa es que pueda aplicar esa legislación y que pueda multar por no cumplirla, que no puede.
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Originalmente publicado por jonam52 Ver mensaje
Vamos a ver, en mi opinión nos estamos liando entre categorias de construcción, categorias de navegación y luego navegación real.

Yo tengo un Dufour 31 bandera francesa y en puerto frances. Viene en categoria de "construcción" 2 que quiere decir navegación hasta 200 millas. Eso es lo que dice el fabricante y es sobre todo porque el deposito de agua es de 100 litros y el de gasoil de 50 y por eso el fabricante lo pone en hasta 200 millas. Eso solo depende de la habitabilidad y sobre todo de la autonomía del barco.
Luego viene la legislación de las categorias de navegación que es otra cosa y que se refiere solo a las condiciones meteorológicas que puede soportar el velero. Asi pues las más importantes son la B que dice que el velero puede soportar vientos de hasta fuerza 8, (hasta 40 nudos) y la A que es sin limite. El mio estaria en categoria B.

Pero luego viene el derecho internacional y ahi tenemos unas primeras 12 millas que son de soberania de cada estado, otras 12 millas más en las que el estado tiene competencias en aduanas y prevención de delitos como tráfico de drogas, etc... y luego hasta las 200 millas que es la zona de económica exclusiva, en la que se protegen intereses de pesca y de explotación del subsuelo como plataformas petrolíferas, etc...

Quiero decir con esto, que fuera de las 12 millas, los estados europeos pueden legislar lo que quieran que ni la categoria de fabricación ni la categoria de navegación se pueden aplicar legalmente porque los estados no tienen soberania en cuanto a navegación. Quiero decir que no te pueden pedir los chalecos y las bengalas y la homologación de los equipos porque no tienen competencias. A partir de las 24 millas ni siquiera te pueden multar por lo que hayas o no hayas pescado. En las primeras 12 millas y en las 12 siguientes existe el derecho de paso inocente que es que puedes navegar con otro pabellon sin tener que pedir permiso.

Por eso la gente que se cruza el atlántico con un barco categoria 2 o B o menor y no está haciendo nada ilegal puesto que no hay leyes ni autoridades que te puedan impedir navegar por aguas internacionales en el barco que tu quieras. ¿o es que a las 200 millas va a haber un gendarme que te pida la homologación de la radio? por supuesto que no, y si lo hubiera, tampoco te puede multar porque está fuera de su jurisdicción. Lo importante es en estos casos hablar con el seguro y saber que condiciones te pone el seguro para cubrirte fuera de las aguas territoriales y luego tener el barco lo mejor preparado posible para la navegación prevista, segun lo que estime conveniente cada capitan. Hoy en dia uno se puede cruzar el atlantico o el pacifico y no necesita estar preparado para vientos de más de categoria 8 porque con la electronica moderna podemos ir viendo la evolución del viento y elegir si queremos ir por una zona de más o menos viento segun si somos más valientes o no, o si llevamos niños, o si tenemos más o menos prisa y desviarnos a tiempo de las tormetas, etc....

Perdonar el "tocho" pero es que me parece que en esto caemos muchas veces en el "legalismo" de que hay un tio en un despacho de la DGMM o de su equivalente en Francia o donde sea que dice que tal barco está limitado a las 200 millas cuando no tiene competencias sobre eso ni puede legislar ni puede impedir navegar libremente ni puede multar.

Muchas birras y buen viento a todos. :velero :
Me quito el sombrero cofrade que bien escrito
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... España puede legislar si quiere que los pinguinos en un iceberg flotante tienen que llevar corbata...
Eso es un auténtico dislate ....

.... es evidente que les quedaría mucho mejor una pajarita.


Salud y
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El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

DIMISIONES EN LA JUNTA DIRECTIVA DE ANAVRE: (Noticia del 22-03-24).
https://www.ceutaactualidad.com/arti...222194342.html
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Eso es un auténtico dislate ....

.... es evidente que les quedaría mucho mejor una pajarita.


Salud y
pero pajarita homologada por la DGMM!
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pero pajarita homologada por la DGMM!
¡¡Faltaría más!!.


Felices Fiestas y mejor 2023.
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Vamos a ver, en mi opinión nos estamos liando entre categorias de construcción, categorias de navegación y luego navegación real.

Yo tengo un Dufour 31 bandera francesa y en puerto frances. Viene en categoria de "construcción" 2 que quiere decir navegación hasta 200 millas. Eso es lo que dice el fabricante y es sobre todo porque el deposito de agua es de 100 litros y el de gasoil de 50 y por eso el fabricante lo pone en hasta 200 millas. Eso solo depende de la habitabilidad y sobre todo de la autonomía del barco.
Luego viene la legislación de las categorias de navegación que es otra cosa y que se refiere solo a las condiciones meteorológicas que puede soportar el velero. Asi pues las más importantes son la B que dice que el velero puede soportar vientos de hasta fuerza 8, (hasta 40 nudos) y la A que es sin limite. El mio estaria en categoria B.

Pero luego viene el derecho internacional y ahi tenemos unas primeras 12 millas que son de soberania de cada estado, otras 12 millas más en las que el estado tiene competencias en aduanas y prevención de delitos como tráfico de drogas, etc... y luego hasta las 200 millas que es la zona de económica exclusiva, en la que se protegen intereses de pesca y de explotación del subsuelo como plataformas petrolíferas, etc...

Quiero decir con esto, que fuera de las 12 millas, los estados europeos pueden legislar lo que quieran que ni la categoria de fabricación ni la categoria de navegación se pueden aplicar legalmente porque los estados no tienen soberania en cuanto a navegación. Quiero decir que no te pueden pedir los chalecos y las bengalas y la homologación de los equipos porque no tienen competencias. A partir de las 24 millas ni siquiera te pueden multar por lo que hayas o no hayas pescado. En las primeras 12 millas y en las 12 siguientes existe el derecho de paso inocente que es que puedes navegar con otro pabellon sin tener que pedir permiso.

Por eso la gente que se cruza el atlántico con un barco categoria 2 o B o menor y no está haciendo nada ilegal puesto que no hay leyes ni autoridades que te puedan impedir navegar por aguas internacionales en el barco que tu quieras. ¿o es que a las 200 millas va a haber un gendarme que te pida la homologación de la radio? por supuesto que no, y si lo hubiera, tampoco te puede multar porque está fuera de su jurisdicción. Lo importante es en estos casos hablar con el seguro y saber que condiciones te pone el seguro para cubrirte fuera de las aguas territoriales y luego tener el barco lo mejor preparado posible para la navegación prevista, segun lo que estime conveniente cada capitan. Hoy en dia uno se puede cruzar el atlantico o el pacifico y no necesita estar preparado para vientos de más de categoria 8 porque con la electronica moderna podemos ir viendo la evolución del viento y elegir si queremos ir por una zona de más o menos viento segun si somos más valientes o no, o si llevamos niños, o si tenemos más o menos prisa y desviarnos a tiempo de las tormetas, etc....

Perdonar el "tocho" pero es que me parece que en esto caemos muchas veces en el "legalismo" de que hay un tio en un despacho de la DGMM o de su equivalente en Francia o donde sea que dice que tal barco está limitado a las 200 millas cuando no tiene competencias sobre eso ni puede legislar ni puede impedir navegar libremente ni puede multar.

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Efectivamente. De esto te das cuenta cuando charlas con gente de otros países que navega y le cuentas lo de las zonas, las titulaciones, homologaciones, etc
Hay dos tipos de respuestas, los que se echan a reír a carcajadas y luego los que se ríen pensando eso de pobres españoles. Pasadas 12 millas, lo que tu seguro te diga, que es el que más pinta en estas cosas.


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Buenas tardes, cofrades:

Nada de legisladores españoles rebeldes ni cosas así; la realidad es mucho más sencilla. Facta non verba, veamos:

La Directiva 94/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de junio de 1994, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a embarcaciones de recreo recogía en su Anexo I las cuatro categorías de diseño, y las describía como A "Oceánica", B "En alta mar", C "En aguas costeras" y D "En aguas protegidas".

Aquí empezó la linde.

Pronto se dieron cuenta de que habían metido la pata hasta el corvejón, y así una Nota de la Dirección General de Políticas Internas del Parlamento Europeo titulada "Design Categories of Watercraft", de 2012 advertía de una serie de deficiencias en la Directiva 94/25/CE en lo que respecta a las categorías de diseño. Copio literalmente para no alterar el significado del texto original (no obstante, las negritas son mías):

"Problems created by the existing definition

a) Confusing link between weather conditions and location
Wind force and waves heights are not linked with the type of voyage or the geographical location, but are essentially a result of meteorological conditions (wind is the consequence of low pressure). Severe conditions can occur everywhere, not only in the middle of an ocean, and wind forces and wave heights defined by the weather conditions referred to in design categories A or B can also be encountered in coastal waters, or near the shore. The way design categories are defined in the current Directive makes people think that the farthest they are from shore, the more severe conditions they will meet. This is a nonsense, which is potentially dangerous for the consumer (especially beginners).

[...]

The design categories (as described in Annex I of the Directive) consist of a table and a text which can be confusing too; the text establishes clearly that the design category is a type of voyage, where certain weather conditions may be encountered; on the other hand, the table displays 3 columns, with only one word for the type of voyage (Ocean, Offshore, Inshore, Sheltered waters), and precise values for wind force and wave height; for the reader, the two columns containing exact values (wind force and wave height) are easy to understand and communicate, while the column with only one interpretable word can be understood only like a title, not a definition."


En consecuencia, el Anexo I de la Directiva 2013/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, relativa a las embarcaciones de recreo y a las motos acuáticas, y por la que se deroga la Directiva 94/25/CE recoge las cuatro categorías de diseño, catalogadas simplemente como A, B, C y D, con lo que la pretendida - y errónea - relación entre las categorías de diseño y la distancia a la costa quedaba definitivamente eliminada.

Aquí se acabó la linde y el tonto siguió: en el panfleto de la Chatarrera continúa apareciendo esa falsa relación como si fuera verdad revelada, a pesar de que entre la publicación de la Directiva y la del panfleto, los listos de la DGMC han tenido casi 10 años para enterarse...

No brindo; estos estúpidos me ponen de mal humor.
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)
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Agradezco al cofrade Apagapenol el dar los datos relativos a la directiva Europea, porque asi podemos comentar las cosas con conocimiento. He tenido que traducir del ingles pero vamos, en la directiva que me he leido lo que viene a regular son las caracteristicas tecnicas de diseño y construcción que tienen que cumplir las embarcaciones segun su clasificación y copio lo siguiente del Anexo
"Notas explicativas:
A. Una embarcación de recreo que pertenezca a la categoría de diseño A se considera diseñada para vientos que
pueden superar la fuerza 8 (escala de Beaufort) y olas de una altura significativa de 4 m o más, quedando excluidas
las situaciones anormales como tormentas, temporales, huracanes, tornados y condiciones marítimas extremas u
olas gigantes.
B. Una embarcación de recreo que pertenezca a la categoría de diseño B se considera diseñada para vientos de hasta
fuerza 8 inclusive y olas de altura significativa de hasta 4 m inclusive.
C. Una embarcación de recreo que pertenezca a la categoría de diseño C se considera diseñada para vientos de hasta
fuerza 6 inclusive y olas de altura significativa de hasta 2 m inclusive.
D. Una embarcación de recreo que pertenezca a la categoría de diseño D se considera diseñada para vientos de hasta
fuerza 4 inclusive y olas de altura significativa de hasta 0,3 m inclusive, y ocasionalmente olas de 0,5 m de altura
máxima."

Es decir que el fabricante o importador tiene que garantizar que la embarcación esta diseñada para soportar esas condiciones en cuanto al diseño, fabricación, flotabilidad, capacidad de carga, etc etc...

Entiendo que esto es más razonable que las categorias basadas en la distancia de navegación respecto a la costa porque una tormenta te puede pillar a 2 millas o a 2000 millas de la costa y si tienes la costa a sotavento es mucho más peligroso estar cerca de la costa que estar lejos... me parece que es algo de cajon, vamos. Por lo tanto el fabricante lo que tiene que garantizar es que su barco va a responder en ciertas condiciones de viento y mar independientemente de la distancia a la que esté el barco de la costa porque eso es indiferente.

Sin embargo, si nos vamos a la web del Ministerio de Transportes en el apartado de la Dirección general de la Marina resulta que nos encontramos con lo siguiente : "
"Se establece la siguiente correspondencia entre las Categorías de Diseño de las embarcaciones con la marca 'CE' y las Zonas de Navegación en las que están facultadas para navegar, en función del equipo de seguridad que lleven a bordo:
Datos Categoría de diseño (Anexo I, I del R.D. 98/2016) Zonas de navegación correspondientes
A: Oceánicas 1,2,3,4,5,6,7
B: Alta Mar 2,3,4,5,6,7
C: Aguas costeras 4,5,6,7
D: Aguas protegidas 7

Es decir, que a pesar de la directiva Europea y de lo que nos dice el cofrade en ingles, la DGM vuelve a relacionar las categorias de diseño con las zonas de navegación que corresponden a distancias de la costa.... que es justo lo que la directiva europea quería evitar. Me parece un paso atras.

A ver que opinais los demás.
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Apagapenol (25-12-2022), llarrea (25-12-2022)
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Copio literalmente para no alterar el significado del texto original (no obstante, las negritas son mías):

"Problems created by the existing definition

a) Confusing link between weather conditions and location
Wind force and waves heights are not linked with the type of voyage or the geographical location, but are essentially a result of meteorological conditions (wind is the consequence of low pressure). Severe conditions can occur everywhere, not only in the middle of an ocean, and wind forces and wave heights defined by the weather conditions referred to in design categories A or B can also be encountered in coastal waters, or near the shore. The way design categories are defined in the current Directive makes people think that the farthest they are from shore, the more severe conditions they will meet. This is a nonsense, which is potentially dangerous for the consumer (especially beginners).

[...]

The design categories (as described in Annex I of the Directive) consist of a table and a text which can be confusing too; the text establishes clearly that the design category is a type of voyage, where certain weather conditions may be encountered; on the other hand, the table displays 3 columns, with only one word for the type of voyage (Ocean, Offshore, Inshore, Sheltered waters), and precise values for wind force and wave height; for the reader, the two columns containing exact values (wind force and wave height) are easy to understand and communicate, while the column with only one interpretable word can be understood only like a title, not a definition."


Traducción automática (el mérito no es mío, es de Google ):

"Problemas creados por la definición existente

a) Vínculo confuso entre las condiciones climáticas y la ubicación
La fuerza del viento y la altura de las olas no están relacionadas con el tipo de viaje o la ubicación geográfica, sino que son esencialmente el resultado de las condiciones meteorológicas (el viento es la consecuencia de la baja presión). Las condiciones severas pueden ocurrir en todas partes, no solo en medio de un océano, y las fuerzas del viento y las alturas de las olas definidas por las condiciones climáticas mencionadas en las categorías de diseño A o B también pueden encontrarse en aguas costeras o cerca de la costa. La forma en que se definen las categorías de diseño en la Directiva actual hace pensar a la gente que cuanto más lejos estén de la costa, más severas serán las condiciones a las que se enfrentarán. Esto es una tontería, que es potencialmente peligrosa para el consumidor (especialmente los principiantes).

[...]

Las categorías de diseño (como se describen en el Anexo I de la Directiva) consisten en una tabla y un texto que también puede ser confuso; el texto establece claramente que la categoría de diseño es un tipo de viaje, donde se pueden encontrar ciertas condiciones climáticas; por otro lado, la tabla muestra 3 columnas, con una sola palabra para el tipo de viaje (Océano, Costa afuera, Costero, Aguas abrigadas), y valores precisos de fuerza de viento y altura de ola; para el lector, las dos columnas que contienen valores exactos (fuerza del viento y altura de las olas) son fáciles de entender y comunicar, mientras que la columna con una sola palabra interpretable puede entenderse solo como un título, no como una definición".



Feliz 2023. Salud y
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El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

DIMISIONES EN LA JUNTA DIRECTIVA DE ANAVRE: (Noticia del 22-03-24).
https://www.ceutaactualidad.com/arti...222194342.html
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Jose Manuel 41 (25-12-2022), llarrea (25-12-2022)
  #40  
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Predeterminado Re: Categoría Diseño España

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Traducción automática (el mérito no es mío, es de Google ):

"Problemas creados por la definición existente

a) Vínculo confuso entre las condiciones climáticas y la ubicación
La fuerza del viento y la altura de las olas no están relacionadas con el tipo de viaje o la ubicación geográfica, sino que son esencialmente el resultado de las condiciones meteorológicas (el viento es la consecuencia de la baja presión). Las condiciones severas pueden ocurrir en todas partes, no solo en medio de un océano, y las fuerzas del viento y las alturas de las olas definidas por las condiciones climáticas mencionadas en las categorías de diseño A o B también pueden encontrarse en aguas costeras o cerca de la costa. La forma en que se definen las categorías de diseño en la Directiva actual hace pensar a la gente que cuanto más lejos estén de la costa, más severas serán las condiciones a las que se enfrentarán. Esto es una tontería, que es potencialmente peligrosa para el consumidor (especialmente los principiantes).

[...]

Las categorías de diseño (como se describen en el Anexo I de la Directiva) consisten en una tabla y un texto que también puede ser confuso; el texto establece claramente que la categoría de diseño es un tipo de viaje, donde se pueden encontrar ciertas condiciones climáticas; por otro lado, la tabla muestra 3 columnas, con una sola palabra para el tipo de viaje (Océano, Costa afuera, Costero, Aguas abrigadas), y valores precisos de fuerza de viento y altura de ola; para el lector, las dos columnas que contienen valores exactos (fuerza del viento y altura de las olas) son fáciles de entender y comunicar, mientras que la columna con una sola palabra interpretable puede entenderse solo como un título, no como una definición".



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Claro, por eso digo que me parece un contrasentido cuando la DGM en su web del Ministerio de Transportes vuelve a unir las Categorias de diseño con las zonas de navegacion...
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llarrea (25-12-2022)
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[...]

Es decir, que a pesar de la directiva Europea y de lo que nos dice el cofrade en ingles, la DGM vuelve a relacionar las categorias de diseño con las zonas de navegación que corresponden a distancias de la costa.... que es justo lo que la directiva europea quería evitar. Me parece un paso atras.

A ver que opinais los demás.
Bueno, no es que la DGMC haya vuelto a relacionar las categorías de diseño con la distancia a la costa, es que no ha dejado de hacerlo desde 1994, a pesar de que ese criterio está derogado desde 2013.

Por eso me referí al viejo cuento del tonto que sigue la linde, y cuando la linde se acaba, el tonto sigue; aunque en este caso, más que tonto es malintencionado.

No es de extrañar. A la DGMC la normativa europea le importa un bledo y los navegantes le importamos un bledo porque la DGMC es un agujero despótico que forma parte de uno de los departamentos más corruptos de toda la Administración (y si no, a las pruebas - Malenis y Pepiños y demás amiguetes - me remito).

Y con respecto a las interpretaciones torticeras de las Directivas 94/25/CE y 2013/53/UE por parte de la DGMC hay todavía más tela que cortar, y de la que no hemos hablado aún...

No brindo.
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Baikal (28-12-2022), jonam52 (25-12-2022), llarrea (25-12-2022)
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Papa estado nos lo tiene todo prohibido, aqui no hay libertad y mientras el ministro de sanidad no sea medico la directora del departamento de nautica de recreo no se compre un barco pequeño por lo menos etc., etc. todo ira siempre a peor.

Yo creo que nos deberian dejar elegir el alejamiento de la costa, por lo menos a los mayores de edad, porque yo tengo una barca neumatica de 3 metros categoria de diseño C que con todo el material de seguridad podria alejarme 12 millas pero no lo he hecho y no he necesitado que me lo diga la directora de nautica de recreo.
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llarrea (25-12-2022)
  #43  
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Bueno, no es que la DGMC haya vuelto a relacionar las categorías de diseño con la distancia a la costa, es que no ha dejado de hacerlo desde 1994, a pesar de que ese criterio está derogado desde 2013.

Por eso me referí al viejo cuento del tonto que sigue la linde, y cuando la linde se acaba, el tonto sigue; aunque en este caso, más que tonto es malintencionado.

No es de extrañar. A la DGMC la normativa europea le importa un bledo y los navegantes le importamos un bledo porque la DGMC es un agujero despótico que forma parte de uno de los departamentos más corruptos de toda la Administración (y si no, a las pruebas - Malenis y Pepiños y demás amiguetes - me remito).

Y con respecto a las interpretaciones torticeras de las Directivas 94/25/CE y 2013/53/UE por parte de la DGMC hay todavía más tela que cortar, y de la que no hemos hablado aún...

No brindo.
bueno cofrade, totalmente de acuerdo .... ¿te gustaria hacer algo para cambiar eso? yo tengo experiencia de haber reclamado sobre un tema de pesca a la comisión europea contra el Gobierno Vasco y un ayuntamiento y me dieron la razón obligandoles a cambiar las normativas... ¿qué te parece si lo intentamos? al final no es cuestión más que de hacer un escrito bien hecho, enviarlo desde el ordenador de casa y luego armarse de paciencia hasta que te contestan... creo que a mi me llevó 2 meses hasta que me notificaron que habían admitido la reclamación y casi 1 año hasta que llegó el mandato de modificar las normativas que iban en contra de las europeas....
Yo en normativa española no estoy muy puesto, pero si me echas una mano con las normativas que hay que recurrir, yo me comprometo a hacer el escrito y enviarlo.
Por intentarlo no se pierde nada... ¿qué te parece?

PD: aunque al final no nos dieran la razón, por lo menos les vamos a hacer currar porque desde la comisión les van a pedir informes, escritos, justificaciones, etc. etc... ¡van a tener que trabajar un poco!
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Costapinto (27-12-2022)
  #44  
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Otra línea argumental, basándose en lo que se ha apuntado antes podría ser que una ley que legisla sobre ámbitos (geográficos o de otro tipo) sobre los que no tiene ni jurisdicción ni capacidad efectiva de aplicarla tendría que ser simplemente nula (lo de las doce millas). No soy abogado, pero creo que un principio bastante importante del derecho es el de la territorialidad.

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  #45  
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Buenos días ,qué barcos existen por debajo de 30 pies con categoría de diseño A. !!
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  #46  
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La verdad es que pocos, visitando las web de varios no se encuentran fácilmente.
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  #47  
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Buenas tardes
Estoy pensando un 30 pies de éstos de hace 40-50 años de quilla corrida... a esos no lo tumban tan facilmente, barcos hechos a conciencia, para navegar de verdad..., muy diferente al tupper de ahora.

cafe para todos
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  #48  
Antiguo 26-12-2022, 16:32
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Buenos días ,qué barcos existen por debajo de 30 pies con categoría de diseño A. !!
No se encuentran muchos, pero aquí tienes por debajo de esa eslora el Sarch 8 , y el Nadir 27
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  #49  
Antiguo 26-12-2022, 19:27
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Buenas tardes
Estoy pensando un 30 pies de éstos de hace 40-50 años de quilla corrida... a esos no lo tumban tan facilmente, barcos hechos a conciencia, para navegar de verdad..., muy diferente al tupper de ahora.

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Vamos a ver, los barcos de hace 40 o 50 años no se clasificaban como ahora, quiero decir que por lo menos en lo que yo más conozco que son los astilleros franceses, un barco se clasificaba en una categoria o en otra no sólo por la resistencia de la estructura sino sobre todo por la autonomia. Asi por ejemplo un velero categoria 1, es decir, sin limite de millas, no es que fuera más resistente a un temporal que uno de categoria 2, sino que la habitabilidad, la capacidad de agua, de gasoil, el tamaño del frigo, etc... hacía que estuviera más preparado para navegaciones largas el de categoria 1 que el de categoria 2... por eso no te vayas a creer que solo por la clasificación de hace 40 0 50 años el barco es más resistente que el otro.

Por otro lado y en cuanto a la vela se refiere, yo pienso que un velero de categoria 1, es decir, que puede resistir vientos de más de fuerza 8 y olas de más de 4 metros porque el constructor te dice que no se va a romper... muy bien, ¿pero realmente se puede navegar con fuerza 8 o más? por mucho que no se te rompa el velero ¿realmente es gobernable un velero con fuerza 8 o más? ¿no es más cierto que lo que hay que hacer es vigilar la meteo y escapar de ahi lo más lejos posible? yo creo sinceramente que no y que hoy en dia con la electronica que llevamos lo que se hace es evitar meterse en semejantes ventoleras y alejarse de ahi antes de que nos pille y por lo tanto hoy en dia tampoco necesitamos barcos tan sólidos sino que con los "tuper" que tu llamas asi, podemos navegar perfectamente y alejarnos más rapido y mejor que con los "tanques" que eran los barcos de hace 40-50 años. Aunque para gustos los colores, pero no creo que el llamar "tupers" a los barcos de hoy en dia sea justo porque tambien tienen sus ventajas respecto a los barcos antiguos.

Buen viento y buenas birras!
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  #50  
Antiguo 26-12-2022, 19:41
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Buenas tardes
Estoy pensando un 30 pies de éstos de hace 40-50 años de quilla corrida... a esos no lo tumban tan facilmente, barcos hechos a conciencia, para navegar de verdad..., muy diferente al tupper de ahora.

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SL2
Para nada de acuerdo con tu afirmación, nada más hay que ver los barcos de diseños modernos que dan la vuelta al mundo , hoy en día.
Los quilla corrida , serán duros pero , la pregunta sería ¿porque hasta los famosos hallberg rassy, están al día de hoy fabricando sin quilla corrida?.
Que sean los cascos más gordos, no les da un plus de “hecho a conciencia”.
Los diseños modernos utilizan tecnología más moderna y más probada, eso no significa que no les pueda pasar nada, pero lo nuevo para mí siempre estará más estudiado y conseguido que los de antes, si no menuda evolución
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Luzon (29-12-2022), miwelote (27-12-2022)
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