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  #26  
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Predeterminado Re: emisora marina

"deberá ser apta para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital a partir del 1 de enero de 2009"

Está redactado con mala leche. Pero sí que es obligatorio que sea técnicamente válida para DSC. Dice gástate la pasta en una DSC, pero no la tendrás que conectar al GPS ni meter MMSI


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Originalmente publicado por Bernardo II Ver mensaje
Ceo que el asunto esta en que dice "apta para llevar LSD". tampoco habbla de obligatoriedad, todas manera gracias, interesante cuanto menos
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Predeterminado Re: emisora marina

https://marinos.es/zona-navegacion-4...os-salvamento/

En esta página, sobre requerimientos en zona 4 dice otra cosa...creo
A ver, estoy abanderando mi barco en España en zona 4.... vaya lío!
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  #28  
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Predeterminado emisora marina

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https://marinos.es/zona-navegacion-4...os-salvamento/

En esta página, sobre requerimientos en zona 4 dice otra cosa...creo
A ver, estoy abanderando mi barco en España en zona 4.... vaya lío!

En la página del Ministerio, en la tabla resumen, está claro. En zona 4 una emisora VHF fija, homologada y sin DSC.


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  #29  
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Predeterminado Re: emisora marina

Y quien tiene razón?
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  #30  
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Predeterminado Re: emisora marina

En el BOE al que se refiere Marinos, que es el que estoy estudiando para el PPER, ;-) no hace referencia al equipo VHF. Son actualizaciones normativas y de VHF no habla. Esto quiere decir, si no me equivoco, que sigue vigente el anterior, que tiene enmiendas, que es de 2011 He revisado ese BOE y tampoco hace cambios relativos al VHF, luego sigue vigente el de 2006, que es el que he comentado arriba.

Mi barco está en zona 4, pasó la ITB hace 2 años y tengo VHF con DSC y MMSI.


Como podemos ver, todo muy fácil y muy clarito.




Cita:
Originalmente publicado por AVERY Ver mensaje
https://marinos.es/zona-navegacion-4...os-salvamento/

En esta página, sobre requerimientos en zona 4 dice otra cosa...creo
A ver, estoy abanderando mi barco en España en zona 4.... vaya lío!
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  #31  
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Predeterminado Re: emisora marina

Aqui un link del Ministerio de transporte Movilidad y agenda urbana, y muy claro

https://www.bing.com/ck/a?!&&p=80fda...cmVjcmVv&ntb=1

Uy uy uy cada vez entiendo menos de verdad, creí que había zanjado el asunto hara unos tres años

releyendo cuidado que dice buques de recreo ¡¡¡¡ según la definición barcos mayores de 24 metros

Tampoco entiendo que hay paginas que aluden al "Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo."
y hablan de los requisitos VHF, cuando el RD no hace ni mención a ese apartado. Más madera

Editado por Bernardo II en 04-10-2023 a las 15:04.
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  #32  
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Predeterminado Re: emisora marina

Cita:
Originalmente publicado por Manila1886 Ver mensaje
Mi barco está en zona 4, pasó la ITB hace 2 años y tengo VHF con DSC y MMSI.
Si tienes equipo en exceso, como parece ser tu caso, también pasas la ITB si ese equipo lo tienes declarado. También podrías tener radiobaliza, aunque no sea obligatoria en Zona 4.

Para mí, con la DGMC hay que ir siempre a mínimos. Lo que luego tengas en exceso, bien guardadito...

Cita:
Originalmente publicado por Manila1886 Ver mensaje
Como podemos ver, todo muy fácil y muy clarito.
Marca de la casa...

Saludos y
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  #33  
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Predeterminado Re: emisora marina

Ya estaba instalada cuando lo compré, la pusieron para la ITB. Tiene instalada en el interior otra anterior sin DSC. (El barco estuvo guardadito 11 años hasta que lo compré, y tuvieron que actualizar toda la seguridad para la ITB.). Por esto y por lo que he leído, no tengo nada claro que la tenga en exceso, la tabla que ha publicado Bernardo II tb lo dice y hace referencia al BOE de 2006

Efectivamente, es acojonante que algo tan básico no esté claro.





Cita:
Originalmente publicado por Apagapenol Ver mensaje
Si tienes equipo en exceso, como parece ser tu caso, también pasas la ITB si ese equipo lo tienes declarado. También podrías tener radiobaliza, aunque no sea obligatoria en Zona 4.

Para mí, con la DGMC hay que ir siempre a mínimos. Lo que luego tengas en exceso, bien guardadito...



Marca de la casa...

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  #34  
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Predeterminado Re: emisora marina

Todo esto es un sin sentido... mi barco lleva una pedazo emisora Raymarine que como no esta en la lista de las actualmente homologadas, tengo que comprar una para sustituirla.... y después hablan de ecologismo y de reutilizar equipos, segunda vida y demás zarandajas....
Vosotros desmontaríais la Ray al montar la otra o dejaríais ambas...???
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  #35  
Antiguo 04-10-2023, 16:35
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Predeterminado Re: emisora marina

La Ley dice que equipos anteriores o antiguos se pueden dejar montados.


Cita:
Originalmente publicado por AVERY Ver mensaje
Todo esto es un sin sentido... mi barco lleva una pedazo emisora Raymarine que como no esta en la lista de las actualmente homologadas, tengo que comprar una para sustituirla.... y después hablan de ecologismo y de reutilizar equipos, segunda vida y demás zarandajas....
Vosotros desmontaríais la Ray al montar la otra o dejaríais ambas...???
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  #36  
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Predeterminado Re: emisora marina

Pase ITB hace dos años (2021) en zona 4, la emisora que llevo lleva boton DSC, no tenia dado de alta el MMSI y el ingeniero me lo echo para atras, ya que si lleva DSC, SI O SI ha de tener el MMSI dado de alta, como tenia que darlo de alta, busco bien el modelo de emisora y resulta que lleva el boton pero esta anulado (el modelo que llevo utiliza la misma carcasa para los dos modelos), llamo al ingeniero y busca el modelo de emisora, me devuelve la llamada y efectivamente mi modelo de emisora no lleva DSC operativo, pase la ITB sin problema.

El tema queda asi, para zona 4 si la emisora lleva boton DSC operativo, si o si hay que dar de alta el MMSI, si no lleva boton DSC no hay que darlo de alta y para ITB sin problemas.
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  #37  
Antiguo 04-10-2023, 16:47
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Predeterminado Re: emisora marina

A ver si aclaro el tema de las emisoras y las zonas 4 y 5 de navegación.
Existe una nota aclaratoria de la Secretaría de Estado de transportes de la DGMM enviada a las capitanías marítimas que dice textualmente:

Radiocomunicaciones Marítimas
Nota Informativa número. 1/2011
Aclaraciones al Real Decreto 1435/2010, relativas a embarcaciones de recreo
Destinatarios: Capitanías Marítimas
Fecha 13 de enero 2011.

En ese panfleto queda totalmente claro que equipo puede llevar un barco en zona 4 y 5.

Un saludo.
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  #38  
Antiguo 04-10-2023, 16:50
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Predeterminado Re: emisora marina

algo de luz ¡, tambien decian que no hacia falta certificado de instalación, creo que también estaba claro eso.
Y Avery yo dejaba ambas desde luego, en un barco toda maquinaría de repuesto o de respeto como se dice biene bien, la desmontaria para pasar la ITB pues podrían dar problemas.
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  #39  
Antiguo 04-10-2023, 16:54
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Predeterminado Re: emisora marina

Cita:
Originalmente publicado por Vicalofaro Ver mensaje
A ver si aclaro el tema de las emisoras y las zonas 4 y 5 de navegación.
Existe una nota aclaratoria de la Secretaría de Estado de transportes de la DGMM enviada a las capitanías marítimas que dice textualmente:

Radiocomunicaciones Marítimas
Nota Informativa número. 1/2011
Aclaraciones al Real Decreto 1435/2010, relativas a embarcaciones de recreo
Destinatarios: Capitanías Marítimas
Fecha 13 de enero 2011.

En ese panfleto queda totalmente claro que equipo puede llevar un barco en zona 4 y 5.

Un saludo.
En este link

https://www.bing.com/ck/a?!&&p=928c8...MS0yMDEx&ntb=1

Muy aclaratorio, creo igual son rumores, o noticias fake
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  #40  
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Es el mismo transcrito. Yo tengo una copia del original y no es fake. Se lo tuve que enseñar al inspector porque tampoco lo conocía y no me pasaba la ITB sin mmsi.
Yo actualmente llevo las dos montadas, con y sin mmsi y sin problema.

Editado por Vicalofaro en 04-10-2023 a las 17:04. Razón: Ampliación
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  #41  
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Predeterminado Re: emisora marina

Tiene todas la pinta de ser real. Es lamentable lo mal que se legisla.
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  #42  
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Predeterminado Re: emisora marina

No se como se añade un archivo al foro, cuando lo descubra, podéis bajaros un copia y así a ver si zanjamos este tema de una vez porque ya resulta un poco cansino.
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  #43  
Antiguo 04-10-2023, 18:48
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Yo creo, y cuando digo creo lo hago adrede porque no tengo ninguna seguridad, que las radios fijas sin DSC ya no sirven para nada si llevas pabellón español y llevan sin servir muchos años.

Curiosamente al antiguo armador de mi nuevo (para mi) cacharrín se la vendieron en 2020. Hay mucho cabroncete suelto. Al hombre le dijeron en la inspección que tenía que comprar una radio y la compró, después, con la inspección pasada y favorable, pero no la instaló. El que la vendió debió aplaudir con las orejas.

Obviamente si el barco está abanderado en Pernambuco, allá tu mismo y tu organismo.

Voy a instalar la radio que hay, bastantes gastos tengo ya, pero la antena la voy a fijar al arco de popa, así cuando la tenga que quitar me quedará para el AIS y de respeto. Cuando tenga que instalar el VHF DSC, cosa que veo inevitable, la antena irá a tope de mástil y así no tengo que quitar una para poner la otra y si la antena va en el palo no está de más tener otra que no esté en el palo, que más de uno ha ido al agua.

Cita:
Originalmente publicado por Vicalofaro Ver mensaje
No se como se añade un archivo al foro, cuando lo descubra, podéis bajaros un copia y así a ver si zanjamos este tema de una vez porque ya resulta un poco cansino.
Pues ponlo por favor, que va a ser muy útil.

Anda, coño, lo acabo de leer, se dieron cuenta de que se habían pasado de frenada. Estupendo entonces, igual la antena se va al palo y atrás pongo una pequeñita para el AIS.

Sería la bomba tener la "versión original" del algún sitio oficial para poder adjuntarla a la documentación del barco.

Cita:

Radiocomunicaciones Marítimas Nota informativa NÚM. 1/2011
2011 / 01 / 13

Aclaraciones al Real Decreto 1435/2010 relativas a embarcaciones de recreo

Radiocomunicaciones Marítimas Nota informativa NÚM. 1/2011

El Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo, en su disposición final primera, modifica ciertos aspectos relativos a radiocomunicaciones que habían sido establecidos mediante el Real Decreto 1185/ 2006, de 16 de octubre.

En relación con estas modificaciones, se informa lo siguiente:

1. EMBARCACIONES AUTORIZADAS PARA. ZON 4 ( 12 millas)

Estas embarcaciones únicamente están obligadas a nevar instalado un equipo de VHF que funcione mediante radiotelefonía. No están obligadas a disponer de MMSI, ni de Licencia de Estación.de Barco (LEB), ni tampoco a solicitar autorización o notificar la instalación del equipo. Los equipos aprobados válidos para instalar, son los que figuran en la aplicación informática con el número 50.xxxx.

No obstante, estos buques pueden instalar, de manera voluntaria, un equipo de VHF fijo con DSC (aprobación 51.xxxx o 54.7aocc), en lugar del equipo anterior. En este caso, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a. Deben solicitar el MMSI

b. Están obligadas a disponer de LEB

c. Deben instalar también un GPS, conectado al equipo de DSC.

d. Deben notificar la instalación de los equipos (modelo anexo IX)

2.Las asignación de MMSI y la expedición de la LEB requerirán del pago de la tasa correspondiente pero, en ningún caso, paralizarán o retrasarán los trámites que sean necesarios para la inscripción o preinscripción de la embarcación. No Obstante , sería recomendable su máxima agilización dentro de los plazos mínimos establecidos.

Los procedimientos para la asignación del MMSI, la LEB o la gestión de las tasas se realizarán en la aplicación de la misma forma en que se viene haciendo habitualmente, introduciendo el NIB asignado a la embarcación.

2.EMBARCACIONES AUTORIZADAS PARA ZONA 5 (5 MILLAS ).

Las embarcaciones autorizadas para navegar en la zona 5 están obligadas a llevar instalado un equipo de VHF, el cual puede ser fijo o portátil.

Si optan por el equipo portátil, este deberá cumplir unas características determinadas. En la aplicación informática estos equipos van a figurar con el número de aprobación 52.XXXX (sumergible IPX7).

En caso de que instalen un equipo fijo (aprobaciones 50.xxxx, 51.XXXX o 54.xxxx), los procedimientos a aplicar serán los mismos que se han indicado en el epígrafe anterior.

3. EQUIPOS DE INSTALACIÓN VOLUNTARIA:

Cualquier otro equipo que estas embarcaciones instalen de manera voluntaria y no requiera la asignación y programación de un MMSI (sondas SART, GPS, Plotter, transmisores no obligatorios, etc.), estará exento de cualquier trámite, a no ser que se trate de un equipo transmisor cuya potencia sea superior a 25 vatios.

El propietario o el patrón de la embarcación simplemente deberá disponer a bordo de la factura de compra.

4.PRUEBAS DE LAS RADIOBALIZAS (Aplicable a todas las embarcaciones)

Las radiobalizas de las embarcaciones de recreo, deberán ser sometidas a pruebas de funcionamiento cada cuatro arios, preferiblemente coincidiendo con la fecha de caducidad de sus baterías. Esta prueba deberá ser llevada a cabo por una empresa autorizada y se realizará en la forma indicada en el primer apartado del articulo 22.e) del Real Decreto 1185/2006. La empresa autorizada deberá remitir el resultado de dichas pruebas a la Capitanía o distrito marítima correspondiente.

5. OTRAS ACLARACIONES

1.No se permite la instalación de ningún equipo con DSC, si no dispone de un MMSI programado y un GPS conectado al mismo.

2.Todos los equipos cuya instalación sea obligatoria, deberán ser instalados por una empresa autorizada.

3.La fuente de energía de reserva (baterías), solo se exigirá a las embarcaciones autorizadas para las zonas 1, 2 y 3, que se matriculen a partir del 01/01/2011.

4.Las únicas embarcaciones de recreo obligadas a disponer de un equipo de VHF de la Clase A o B, son las autorizadas para zona 1 (navegación ilimitada). Para las demás zonas únicamente se exigirán equipos de Clase D.

5.Los MMSIs o LEB's para las embarcaciones de eslora igual o inferior a 12 metros podrán ser asignados también por los distritos marítimos. Los Capitanes marítimos notificarán a la DGMM el nombre de las personas que deban ser habilitadas para ello.

6.El cumplimiento de las normas de radiocomunicaciones exigidas a estas embarcaciones, queda bajo la responsabilidad de sus propietarios y patrones, tal y como se determina en el articulo 8.5 del RD 1435/2010.

SECRETARIA DE ESTADO DE TRANSPORTES
SECRETARIA GENERAL DE TRANSPORTES Dirección General de la Marina Mercante
Subdirección General de Contaminación, Seguridad e Inspección Marítima

El Jefe de Área de Radiocomunicaciones Marítimas

Juan A. Alonso Bernal

DESTINATARIOS: CAPITANÍAS MARÍTIMAS

Fecha: 13 de enero de 2011

Editado por flipk12 en 04-10-2023 a las 19:07.
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  #44  
Antiguo 04-10-2023, 21:20
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Adjunto el archivo con la copia de la nota aclaratoria sobre la vhf y las zonas de navegación 4 y 5. A ver si así pasamos página.
Archivos adjuntos
Tipo de archivo: pdf nota_informativa_1_2011_aclaraciones_rd1435_2010.pdf (158.6 KB, 51 vistas)
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2 Cofrades agradecieron a Vicalofaro este mensaje:
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  #45  
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Predeterminado Re: emisora marina

Muy interesante....! Entonces NO hay que notificar la instalación del equipo, pero debe ser realizada la instalación por una empresa autorizada, nada más. Supongo que el justificante de ésta deberá mostrarse al inspector de ITB...
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  #46  
Antiguo 04-10-2023, 21:47
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Predeterminado Re: emisora marina

No, solo la fáctura de compra del equipo VHF
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bernardo II
AVERY (05-10-2023)
  #47  
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Predeterminado Re: emisora marina

...Como el punto 5.2 dice que deberás ser instalados por una empresa autorizada, por eso lo comentaba... Pues si es sólo la factura de compra y que el inspector ITB compruebe que está instalada pues... mejor!
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  #48  
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Cita:
Originalmente publicado por Vicalofaro Ver mensaje
Adjunto el archivo con la copia de la nota aclaratoria sobre la vhf y las zonas de navegación 4 y 5. A ver si así pasamos página.
Miles de millones de gracias.
Lo guardaré como oro en paño.
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Vicalofaro (05-10-2023)
  #49  
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Lo voy a guardar, verás como en el examen del PPER sale una de estas y tocará reclamar.
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