![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() Si es para lo que dices (navegar por allí sin entrar en aguas territoriales) la mejor solución es la que tú mismo apuntas: bandera belga. Seguramente habrá otras igual de sencillas (por ejemplo, la holandesa, alemana, etc.) pero -al menos en mi caso- por el idioma resulta más sencilla ésta (dado que la británica requiere residencia). ![]() |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Cita:
Total... lo se siempre. De todos modos ¿qué haces si no?¿no navegas por nuestras costas con lo bonita que es esta península y lo bien que se está en ella?¿acaso no es lo mejor del mundo? Otra ![]() Salud |
|
#3
|
||||
|
||||
|
No, no es lo mejor del mundo. Ese es el tópico para "tragar" por todo lo que nos pasa.
Hay que viajar más. Cada rincón del planeta, cada cala de Sudamérica, de la India, de Escocia, de Africa, ....y así hasta el infinito, tiene su momento y su magia. Estoy hasta los cojones, de que en base a qué como en España no se vive en ningún lugar, me traten como un privilegiado y, de paso, como un ciudadno que no DEBE quejarse. Muchos tendríamos que volver a ver la película "Un franco, 14 pesetas" de Carlos Iglesias, para comenzar a reflexionar y dejar de mirarnos el ombligo. Editado por Invitado en 14-03-2009 a las 16:11. |
| 11 Cofrades agradecieron a este mensaje: | ||
Capitanmorgan777 (18-10-2010), duendevelas (01-10-2010), gracy (25-09-2010), LORDRAKE (16-03-2009), montañes (27-03-2009), Sahel (25-09-2010), Sito Sader (15-10-2010), tatoperez (16-10-2010), Tupac A. (14-03-2009), vicand66 (27-03-2009), xelest (31-10-2010) | ||
|
#4
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() ![]() Se la he recomendado a mucha gente. La memoria es muy débil.....Y respecto a la mejor del mundo, tienes mucha razón, se ha utilizado este tópico a menudo. Tendría que conocer TODO el mundo para poder opinar. Lo único que sí puedo decir es que si siguen así nuestros preocupados dirigentes pronto será el mejor país del mundo para NO navegar. ![]() ![]() |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Cita:
En parte les doy la razon , vivimos en un lugar privilegiado, por eso tantos millonarios extranjeros vienen a vivir aqui, cuando podrian ir a cualquier sitio( estoy en Baleares), pero cada vez menos y me preocupa mucho esa actitud de abandonarse sintiendose en la cima del mundo mientras otros trabajan duro para convertirse en lugares mejores para vivir y nos van comiendo el terreno, estoy hablando en general, pero si nos centramos en la nautica ya es algo exagerado y grave lo que estan haciendo los legisladores. Algo muy grave tiene que estar pasando para que unos pequeños y modestos armadores tengan que extrujarse los sesos para poder mantener su ilusion( tener una embarcacion de recreo) a flote( nunca mejor dicho) en contra de unas leyes abusivas y absurdas. No estamos hablando de grandes fortunas que ahorran millones de impuestos en paraisos fiscales con banderas de conveniencia( que lo van a seguir haciendo), sino de gente de clase media en un pais con mucha costa y mucha tradicion marinera con un gobierno-administracion que no se por que, quieren acabar con ella. No quiero pensar mas en ello porque me invade la tristeza...unas rondas de mi parte ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a xelest | ||
tatoperez (31-10-2010) | ||
|
#6
|
||||
|
||||
|
Aprovechando que este hilo ha subido, quisiera conocer cómo lo hiciste desde Portugal. Gracias anticipadas.
__________________
|
|
#7
|
||||
|
||||
|
Cita:
|
|
#8
|
|
Teóricamente, un barco con bandera extrajera puede estar en Espaá hasta 182 días al año, y si pasa de ahí está obligado a matricularse en España... sin embargo, nuestro litoral está lleno de barcos amarrados casi todo el año y que llevan mucho tiempo sin abandonar las aguas españolas.. y no pasa nada.
El problema viene en cuanto se aplica el concepto de ser utilizado por residente en España o por entidad con establecimiento permanente en este país. En ese caso, debe de iniciarse el procedimiento de matriculación en un plazo no superior a un mes desde la entrada del barco en aguas españolas... ojo, que han llegado a forzar a alguien a abanderar porque se habían negociado contratos de charter desde la casa que el propietario del barco, no residente en España, tenía en nuestro país.. el argumento fue que al hacerse negocios desde esa casa, se consideraba que la empresa propietaria del barco tenía establecimiento permanente en nuestro territorio. Moraleja, que no te pillen los chicos de Hacienda!!!! ![]() ![]() salud!!!! |
|
#9
|
||||
|
||||
|
Cita:
Estas seguro de eso? Por lo que estoy mirando, el barco puede estar indefinidamente si el dueño no es residente. El problema viene si el barco esta mas de seis meses "con el bicho dentro", porque entonces este se convierte en residente, y de ahi nace la obligacion de matricular. Al menos eso es lo que yo he entendido siguiendo estos hilos de la taberna. Pero, please, dime si estoy equivocado. ![]() |
|
#10
|
||||
|
||||
|
Os pongo este post de otro hilo que viene al pelo Me Habeis tocado la fibra sensible, resulta que ante la actirud de la "todapoderosa admistracion española" cada vez mas restrictiva y por que no decirlo cada vez mas chulesca tenemos que ser condescendientes, pasivos y sumisos, en definitiva borregos, pero lo malo no es solo esto es que ademas hay que aguantar a los miles de funcionarios incompetentes( se puede decir esto o se considera insulto)que bajo la premisa de hacer su trabajo no dejan de extralimitarse en dicho trabajo rayando a veces la ilegalidad, para de esta forma asegurarse "la poltrona" .
Se dice que los españoles buscamos la forma de evitar pagar al estado? Pues si, porque es el propio estado el que utiliza sus ilimitados recursos para ROBAR al españolito y como muestra "el impuesto de matriculacion" ilegal en Europa, o el negocio de las homologaciones de los equipos, para hacer ganar dinero a los amiguetes o los mil y un tramites con sus respectivas tasas y peritaciones. Ante todo esto tenemos que aguantar que ciertos estomagos agradecidos nos digan que: es que practicamente somos unos chorizos por no dejarnos avasallar por leyes absurdas e injustas. No estoy diciendo que salgamos a la mar de forma anarquica y sin seguridad, pero si cumpliendo un reglamento razonable. Hay un dicho que resume perfectamente la actitud de la administracion española "si no quieres arroz toma tres tazas", asi que si puedo evitar que me roben lo hare. O se nos ha olvidado que en Europa hay libre circulacion de personas y cosas, quien es el primero que no cumple la ley. Sinceramente esto empieza a dar miedo.El otro dia lei en un periodico que estamos llegando a ser una DEMOCRACIA TOTALITARIA y si no al tiempo que nos pediran salvoconducto para ir de un sitio a otro. Tomaros lo que querais para pasar el rollo. ![]() ![]() |
| 5 Cofrades agradecieron a hulk este mensaje: | ||
Capitanmorgan777 (18-10-2010), carrasclet (11-12-2010), LORDRAKE (16-03-2009), Sahel (25-09-2010), Sito Sader (15-10-2010) | ||
|
#11
|
||||
|
||||
ole ole y ole señor hulk, me imagino que con el cabreo te habrás puesto verde y habrás echo saltar los botones de tu camisa![]() bueno, respecto a mi anterior post me comentais que "si resides" en España has de poner bandera de los que ganaron la guerra, pero mi pregunta es, si resides en tu barco y este tiene bandera extranjera... en principio no debería haber ningun problema , ¿no? (hablo desde la más completa ignorancia sobre temas administrativos, asi que corrijanme si me equivoco) me imagino que sería necesario alguún tramite para que el pais en cuestion acredite tu residencia en su "territorio". Tengo entendido que paises más civilizados como francia no ponen demasiadas pegas a que fijes tu residencia en un barco (almenos para los franceses). Este podría ser un camino, no? |
|
#12
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() |
|
#13
|
||||
|
||||
|
Unas
![]() , En general se dice que alguien es residente cuando esta más de 6 meses (180 días) en un lugar, esto sobre todo tiene peso para el fisco, ya que en función de tu residencia o no-residencia pagas unos u otros impuestos. Cuando vas a otro pais "donde no resides" te encuentras que determinados bienes los puedes comprar e incluso tener ingresos, de ti depende el "declararlos" lo cual tienes obligación, en algunos casos o no declararlos, en nuestra querida europa las haciendas llevan años cruzandose datos, pero aun no se curzan todos, es decir en la mayoría de paises podras comprar una embarcación y esa información no llegara a tu pais de residencia, y en muy pocos paises para comprar un abrco debes de residir en él. Tienes un barco comprado con pabellón NO español, a todos los efectos estas en territorio extrangero y bajo las leyes de dicho pais, tu podras navegar cumpliendo las leyes del pais en cuanto titulación, seguridad etc etc, cuando estes en aguas territoriales españolas exactamente igual con las siguientes limitaciones, si entras en un puerto tendras que demostrar que tienes un seguro obligatorio similar al español y no podras tener el barco en España más de los 180 días, recuerda con 6 meses eres residente, en este caso tu barco y tienes que abanderarlo en España. Una vez abandaredo español estas igual que todos los españolitos con barco, jodido. Pero si tu compras en barco fuera de Esapña y no vienes por España, macho estas fuera de nuestras aguas y haces y deshaces en función de la legislación de donde tengas el barco, por decirlo de alguna manera la legislación española te preocupa lo mismo que a los que navegan por el Mediterraneo la de Filipinas (por poner un sitio precioso pero lejano). No concibo que si tu no traes tu barco a España la larga mano de hacienda ni de ningún otro departamento de nuestra administración pueda molestarte de ninguna forma. Que disfrutes de tu barco alla donde lo tengas. Buena mar. |
|
#14
|
||||
|
||||
|
Cita:
Es decir. Tengo el barco con bandera extranjera en un país extranjero. Vengo el año 2011 con mi barco a pasar 120 dias en aguas españolas y después, vuelvo al pais extranjero. ¿Puedo venir el año que viene, 2012, a pasar otros 120 días? |
|
#15
|
||||
|
||||
|
Desde luego que los administradores nos tienen liados a los administrados.
Con su afán recaudatorio incurren en incongruencias como la que paso a exponer. Nueva ley de 5 noviembre 2010 para facilitar abanderamiento, BOE 6-11-10 pág. 93237 y siguientes. Bueno, pues rescato del abandono un barco gemelo del Joshua de B. Moitessier casi terminado de restaurar por su anterior dueño, que me lo "vende" por motivos de salud, para que lo termine. El velero en cuestión tiene 46 añitos y ha pasado por varios manitas, que por un motivo u otro no iniciaron el trámite de abanderamiento español, y cuando voy a iniciar los trámites en capitanía y presentar el proyecto por ingeniero naval e ir a la Consejería de Hacienda de la Junta, me ponen una traba insalvable, presentar los justificantes de pago del ITP de los anteriores dueños, que no sé si viven o si no y se remontan los documentos a más de 20 años. pues con tanto querernos facilitar la cosa, resulta que estoy haciendo gestiones para abanderar en otro país comunitario. Os mantendré informados.de mis progresos |
|
#16
|
||||
|
||||
|
Puedes seguir con los trámites, porque lucir nuestra bandera nos cuesta caro, pero hay otra solución.
Puedes ir a Hacienda (a la agencia tributaria estatal) y solicitar un certificado de que no existen cargas sobre ese barco. Tendrás que pedirlo por el nombre del dueño anterior. Ten en cuenta que las deudas tributarias prescriben a los cinco años, así que aunque ninguno hubiese pagado los impuestos, ya no tendrían que hacerlo. ![]() De todos modos, eso que te han pedido es una barbaridad. Deberías presentar una queja porque el funcionario no tiene derecho a sacarse las normas de la manga. Vergonzoso ![]() Valoralo y elige la opción que mejor te parezca. Es un bonito barco. Espero que lo termines y lo disfrutes como corresponde a esa leyenda: Surcando los océanos ![]() Editado por Relampago en 08-04-2011 a las 10:35. Razón: Aclaracion |
|
#17
|
||||
|
||||
|
Cita:
La bandera (de España) no la inventaron en el 36, es del siglo XVIII, así que dejémonos de guerras y ¡a navegar! que es lo nuestro. |
|
#18
|
||||
|
||||
|
Cita:
La primera guerra que se ganó con esa bandera, fue contra Inglaterra en 1763, y nos quedamos con la Louisiana francesa, aunque perdieramos Pensacola y Sacramento, que se recuperó en 1777, tras ayudar a ganar a los americanos su guerra de Independencia, recuperando en 1783 las dos Floridas y Menorca, en poder de los ingleses. Supongo que te refieres a esa guerra, ¿no?. Si en Francia deciden tener su residencia en un barco amarrado en un puerto en territorio nacional francés, son tan civilizados que permiten que residas en el territorio de tu país. Vaya. Cuanto hemos de aprender de Francia.
__________________
![]() ![]() ![]() Desde el navío "El Montañés" |
|
#19
|
||||
|
||||
|
Buenas tarde a todos y espero qu os haya sentado bien la comida del domingo.
Unos cafés para todos y un chupito de ron. Aunque sea un poco repetitivo, el tema de abanderamiento me sigue teniendo en ascuas. El caso es que me interesa un barco francés de muy buen precio, que me quiero traer para España. Os cuento: Barco de 13 metros, Iva pagado, pero del año 80 (osea, sin marcado CE). Aparte de lo largo de los trámites, lo que me más me importa, si alguien lo puede calcular, es una aproximación de COSTE FINAL DE TAL ABANDERAMIENTO. ¿alguien se atreve a aventurar una cifra? Venga... hagan apuestas, señores... Gracias |
|
#20
|
||||
|
||||
|
Contaré un caso que conozco por haber navegado en ese barco unas 8000 millas, aunque no era el propietario.
Compras una sociedad en Panamá (las hay constituidas y te las venden por 1000$ algunos despachos de abogados de allí) Vendes el barco a esa sociedad (o lo compras a su nombre) y lo abanderas en Panamá lo que te cuesta otros 1000$ En los papeles de barco no aparece ni tu nombre ni la dirección de la sociedad que figura como "dirección privada" Y navegas lo que te de la gana sin ITB ni zonas de navegación, ni IVAS ni matriculación ni gaitas Made In Spain El seguro del barco, en una compañía Española, permitía la navegación por una gran parte del mundo sin ningún problema. En España puedes estar 6 meses + prorroga de 6 meses + prorroga de 6 meses sin problemas. Luego tienes que salir a aguas internacionales para no incurrir en impuestos, lo que te obliga a ir a Marruecos o a cualquier otro puerto fuera de España con justificantes (hay quien dice que el hecho de ir a Ibiza -y justificarlo- desde la Península ya valdría porque has navegado por aguas internacionales) y vuelves a tener otros 18 meses de estancia en España. En Gibraltar creo que es parecido pero no lo conozco. Esto, por ejemplo, vale para cruzar el charco con seguro en regla sin tener que meterte en pagar BLU homologada o Inmarsat, valiendo con el Iridium o una BLU de precio aceptable, además de todas las otras gaitas de zona 1 |
|
#21
|
||||
|
||||
|
esto suena bien....me gustaria saber mas porke yo tambien tengo un barco con bandera inglesa por arreglar...me interesaria ponerme en kontakto kon alguien ke me aklare un poko komo podria llegar a navear con el ...tengo poko dinero....velero 8 metros ..tinker boat.
|
|
#22
|
||||
|
||||
|
Entre todos los comentarios, me ha gustado uno que habla de libertad de movimientos de personas y cosas en toda la UE. Me pregunto: ¿no podríamos denunciar la situación de España en materia naútica en alguna institución comunitaria para desbaratar todas las trabas que pone nuestra legislación y optar por la bandera europea que nos diese la gana?
__________________
|
|
#23
|
||||
|
||||
|
Cita:
Joé ¿que idioma es este?, que me le traduzca por Dios y por una cerveza que le invito ![]()
__________________
EA4GOV |
|
#24
|
||||
|
||||
|
si el barco esta homologado y con papeles de la comunidad,solo hay que pasarlo por hacienda con la valoracion que dan unas tablas del valor de cada barco y solicitar en capitania el cambio de bandera.
roncito para todos ![]() |
|
#25
|
||||
|
||||
|
y si no esta homologado? gracias por las respueta?
![]() ![]() |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|