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#26
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MUUUSHO OJO CON EL TÍTULO CANADIENSE:
Yo me mojé en su día mucho con el tema, y estoy algo cansado de explicaciones y cuestiones así que resumo lo que se, y el que quiera que se lo crea. El que no se lo crea, que hable con DIBUJITO que casó según parece con bella joven canadiense por este motivo del PCOC (y su belleza exótica y racial, lógicamente): 1.- SI ERES CANADIENSE Y VIVES EN CANADÁ TE PUEDES SACAR EL TÍTULO DE PCOC. 2.- SI ERES AMERICANO Y VIVES EN USA TE CONVALIDAN TU TÍTULO USA POR EL CANADIENSE DURANTE 45 DÍAS. 3.- SI NO ERES CANADIENSE O RESIDENTE EN CADANÁ, NO PUEDES SACARTE EL TÍTULO PCOC. El sistema de formación para los títulos en Canadá es mucho más relajado que en España. La autoridad en esta materia delega en academias concertadas, que previo examen a distancia (no hay prácticas) te emiten la tarjetade "OPERADOR DE EMBARCACIÓN DE RECREO" sin limitaciones. Es decir, que para tener la PCOCdebes ser residente en Canadá. Si eres residente en España y te sacas la tarjeta, no hay problema por lo poco que cuesta, pero ojo porque has cometido un FRAUDE DE LEY, al no ser residente en Canadá, y luego los problemas llegarán con los seguros, como es habitual. ¿Agua fiestas? Si. Pero el tema está muy trabajado en LTP hace tiempo. Es cierto que el PCOC es una titulación reconocida para el manejo de embarcaciones en España, PERO TIENES QUE SER CANADIENSE para poder portar esa tarjeta. Bueno, respecto al Sr. Pere, lo tiene muy bien montado. Dos amigos, Capitanes de la Marina Mercante que por tanto saben todo respecto al CY pero no son más que dos trabajadores y buena gente que nada tienen que ver con la DGMM y con los exámenes oficiales en España, se han asociado con él para sacar un dinerillo. Bien. Todo legal? No tanto: LA AGENCIA CANADIENSE DE TRANSPORTE EXPEDIENTÓ HACE AÑOS A CIENTOS DE ACADEMIAS A LAS QUE TENÍA AUTORIZADAS PARA IMPARTIR EL SCOP PORQUE ESTABAN DANDO TÍTULOS A DIESTRO Y SINIESTRO SIN CUMPLIR CON LAS MÍNIMAS GARANTÍAS. ENTRE OTROS CASOS, SE LE QUITÓ LA CONCESIÓN PARA IMPARTIR TÍTULOS A MUCHAS ACADEMIAS QUE LO HACÍAN POR INTERNET Y A NIVEL INTERNACIONAL. Es decir, la tarjeta canadiense sólo vale para canadienses en Canadá y resto del mundo, o para extranjeros residentes en Candá. Y todo esto, de memoria. Amén. ___________________________________________ ME HE PICADO, ME HE PICAO Así que copio literalmente la NORMA (en rojo la traducción): FUENTE ORIGINAL: AGENCIA DE TRANSPORTE DE CANADÁ LA COMPETENTE PARA EMITIR LOS TÍTULOS PCOP http://www.tc.gc.ca/eng/marinesafety...faq-2233.htm#a Do the Competency of Operators of Pleasure Craft Regulations apply to non-residents? The Regulations apply to non-residents if:
If you require more information on how Canadian requirements apply to non-residents visit the Requirements for Foreign Recreational Boaters In Canadian Waters. _________________________________________________ FIN ![]()
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ Editado por Juanitu en 11-12-2010 a las 10:54. |
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#27
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Unas
![]() , esta taberna es estupenda hay que ver todo lo que sabeis.Yo acabo de llegar a este tema del PCOC, y de lo que nos dice el cofrade Juanitu, que se lo sabe bien hay varias cosas a puntualizar: 1.- Si se han expedientado a academias canandienses por hacer cosas ilegales en su pais es que algo de seriedad tendra este título. 2.- Hablas de fraude de ley, claro ley canadiense, si en el título el requisito fuera ser residente con pedir un documento de rsidencia el problema estaría resuelto al parecer cuando te sacas el PCOC no te piden nada así, ni siqueira el consabido certificado médico. 3.- En tu link luego se añade What is acceptable proof of competency for non-residents? For non-residents, proof of competency can take one of three forms:
Si una academia homologada por el estado de canada te da este título oficial tu tienes el título oficial canadiense, si se demuestra que hay requisitos que la academia no cumple o trasguede la legislación de su pais, la academia sera expedientada o lo que sea, actualmente fuera de Canada no puedes hacer el examen por internet, ya lo he intentado, pero si conseguirlo a traves de una academia canadiense, o su filial en España. En España hay academias que certifican las prácticas y estan homologadas, hay algunas que las prácticas las haces en el bar pero el certificado, desgraciadamente, es igual de válido, pero otras te saca un marino al amr y te pega una clase y tu no te queires bajar de ese barco, pues supongo que en Canada pasara igual hay academais serias y alguna tramposa pero eso no invalida el título oficial de ese pais. Que es fácil sacar este título, más facil es en Inglaterra que no tienes ningún titulo oficial, de todas formas una cosa es navegar y otra es teenr la titulación y aquí si que no hay atajos, el mar se encarga de poner a cada uno en su sitio. Buena mar. |
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#28
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![]() Y digo yo, si tanto os gusta ese titulo, ¿por qué demonios no os vais a Canadá y nos dejais tranquilos con nuestras autorizaciones federativas, titulines, PERes y demás?. Con lo a gusto que se está viendo venir a la GC en medio del mar sin temer nada teniendo un título español, porque navegamos en España, ¿no?. ![]() ![]()
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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#29
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La vida sin emoción no es nada, de todas formas no es un tema del título de Canada, es que cualquier español puede alquilar un barco en España usando una titulación extrangera, esto yo no lo sabía,,, como otras tantas cosas.
Y tarde más de 3 años en conseguir el cy. Buena mar. |
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#30
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De acuerdo con las puntualizaciones:
Simplifico más aún porque le he dado unas vueltas: SOY CANADIENSE Y NAVEGO EN CANADA Me saco el PCOP sin problema. SOY EXTRANJERO Y RESIDO Y NAVEGO EN CANADA Me saco el PCOP sin problema. SOY CANADIENSE Y NAVEGO EN ESPAÑA Mi tarjeta PCOP está validada según ley, con ciertas limitaciones. SOY EXTRANJERO EN CANADÁ (PORQUE SOY ESPAÑOL) Y NAVEGO EN ESPAÑA: ¿Y me saco la PCOC? Huele raro. Y puesto que una condición para que sea válida en Canadá la PCOC es tener el certificado de residencia, si no es válida en Canadá tampoco puede ser validada en España al no haber existido nunca residencia. Todo esto sin mencionar el abanderamiento del barco, o el status del barco si es particular, o charter. En fin. ![]()
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ |
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#31
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Cita:
Viva la patrulla Heineken ![]() ![]()
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El autentico amigo es el que lo sabe todo sobre ti y a pesar de eso sigue siendo tu amigo Capitán Pocholo |
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#32
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Cita:
No hace falta ni más alto ni más claro ![]() ![]() ![]() ![]() ![]()
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KUMI ![]() Después de una ola siempre viene otra |
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#33
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Cita:
Con la edad te estás volviendo cascarrabias y no deberias entrar en este hilo que sabes que no te sienta bien. Con lo afable que sueles ser siempre. Las cosas se hablan sin mandar a nadie al Canadá, hombre. ![]() Juanitu se ha tomado la pena de investigar y en parte tiene razón y en parte no, como le dice Capitán Resaca: Un español no residente en Canadá puede probar su competencia con el PCOC en aguas canadienses. Por lo tanto el fraude de ley por tener el título para mí no existe. No todos interpretamos las cosas igual de ahí el interés de los foros, si no fuera así seria muy aburrido. Un saludo y unas ![]() |
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#34
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Cita:
A mi particularmente me importa tres pitos en lo que quienes justifican este proceder se gasten su dinero, pero lo que DE NINGUNA MANERA me gusta ver, es que se use el Foro para dar una información que puede generar problemas a otros usuarios del mismo. Sáquense el título canadiense, pero si algún día tenemos problemas en la mar, a mi mi seguro me va a tener que responder, que raramente saco los pies del plato, pero al que navegue con ese cartón canadiense, que prepare su hacienda si es culpable de alguna desgracia, porque su seguro mirará para otro lado...¡ah!, claro, si no saca titulación nacional, ¿para qué demonios va a pagar un seguro?... Bueno, me voy a cascar mis rabias a otro hilo menos peligroso para mi bilis. ![]() (¿Apetecen unos traguitos de hiel?![]() ![]() )
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FrancisDrake (16-12-2010) | ||
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#35
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Vamoavé otravé:
EL FRAUDE DE LEY se refiere, como puntualizó Capitán Resaca, a la ley canadiense, puesto que para tener el título SCOC debe uno ser RESIDENTE en Canadá. Si no eres residente en Canadá y te expliden el título, tanto tú como la agencia que te lo expide estáis incumpliendo los requisitos canadienses. Eso es lo que quiero decir. Amén. ![]()
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ |
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FrancisDrake (16-12-2010) | ||
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#36
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Unas
![]() , olvidemonos por un momento de la titulación canadiense, es que clama al cielo que con un test por internet el BOE lo iguale al CY, pero la cuestión es que la mayoría que tenemos titulaciones en España NO tenemos barco, (queremos tener, pero de tener nada de nada, ahi me incluyo a mi pesar) las queremos para acompañar al amigo que lo tiene o pensando que vamos a alquilar un barco, y los que los tenemos, aunque no vislumbremos navegaciones por tenerlos.Si la gran mayoría (o algunos da igual) de los titulados no tenemos barco y queremos el título para chartear lo curioso es que NO necesitamos las titulaciones españolas ya que los títulos extrangeros son igualmente reconocidos, esto es lo que deduzco de la lectura de la orden de la DGMM y de las distintas conversaciones que he tenido, la cuestión es que no es ir de listillo es lo que ponen las normas españolas, lo curioso es a veces lo poco que se conocen. Bueno ya había leido algun hilo similar sobre el tema y no había intervenido por desinteres, de todas formas espero no haber molestado a nadie con mis descubrimientos, no era mi intención. Buena mar. |
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#37
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Vuelvo al tema por pura curiosidad.
Capitán Resaca, el que se ofenda que se desofenda, que no seré yo. Lo que pasa es que el tema es recurrente y hay quien leyendo se dice ¿otra vez? y tal... pero no hay problema, nos lo dicen por chinchar. Me gustaría tener el "placet" de la empresa del seguro de una agencia de chárter náutico, a ver si, aunque tengas un título Canadiense, el seguro cubre el descalabro producido, por ejemplo, al yate de EL POCERO. Me explico: Por internet logro que una agencia me de el título Canadiense. Lo tengo. Pero no he cumplido con la norma que dice que ese título es para residentes en Canadá, y que además debo llevar a bordo siempre que navegue con ese título, una copia de mi carta de residencia. Entonces me voy a Alicante, y como la ley española reconoce el título canadiense como HOMOLOGADO, me alquilan el barco. HASTA AQUÍ TODO BIEN PORQUE HE SALIDO CON MI YATE POR LA BOCANA Y TENGO LOS PAPELES APARENTEMENTE EN REGLA. Luego viene lo de EL POCERO y su yate. ¿Puede el seguro excusarse en que mi título NO es válido puesto que no tengo carta de residencia? A mi juicio sí, ya que realmente me he sacado un título sin cumplir las condiciones del mismo, aunque me lo haya expedido una agencia canadiense reconocida. A efectos de la importancia que le da Transportes de Canadá a su título PCOC, es como si una Comunidad Autónoma te expide la tarjeta de manipulador de alimentos. No digo que no puedas ir a Alicante y alquilar. La cuestión es ¿cuáles son las consecuencias si algo sale mal? Me en mi mismo, porque estos razonamientos son cada año más americanos. Ellos no se tiran un pedo sin consultar con el abogado. ¿Me estaré haciendo mayor?Un abrazo, Capitán, y un saludo a todos. ![]()
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ |
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#38
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Contestando a tu última pregunta...¡SÍ; TE ESTÁS HACIENDO MAYOR!
![]() Por lo demás, como apunté anteriormente, cuestión de interpretaciones. Yo me he leido la página que señalas tanto en inglés como en francés y sigo pensando que no tienes que ser residente en Canadá para obtener el PCOC legalmente, y lo mismo pasa en Francia y en Inglaterra... En cualquier caso, ¡FELIZ NAVIDAD! ![]() |
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#39
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Unas
![]() , si hundes el yate del pocero pues la has liado porque el seguro obligatorio tiene una cantidad límite que asegura que me parece es algo más pequeña.Ahora ya es una discusión más para abogados, cuando yo presento mi titulo de CY no revisan si mi certificado médico me lo dio un amigo, un médico que me hizo las pruebas etc etc, yo al mostra mi título no tengo nada más que mostrar. Frente a un charter o una compañía de seguros tu tienes un título nautico expedido por un estado soberano, en España lo que se te pide es eso estar en posesión de un título nautico para aluilar el barco. Normalmente la compañía de seguros cuando vas a contratar la poliza todo son facilidades, y cuando hay que pagar miraran todo lo que puedan mirar pero. 1.- En españa no tines obligación de llevar ninguna tarjeta de residencia. 2.- Tu puedes haber residido en Canada y ahora no residir, es decir sacastes legalmente tu carnet y como es de por vida lo mantienes (este se saca una vez y ya esta no hay que seguir pagando cada 10 años ) 3.-Hasta que punto el no ser residente invalida por decirlo de alguna manera el titulo. Como te digo yo voy hacer pruebas, las hago con trampa por que además de este tengo el CY de pero en cuanto me llegue el carnet aquilare un velero con él, y no provocare un accidente con lo que no podré saber la respuesta del seguro, pero si vere si tengo problemas con el charter, y si esta la GC hago que me aborden y me pidan la documentación, pienso que con seguirles un rato sera suficiente . Buena mar. . |
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#40
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Cita:
Y supongo que lo mismo aplica a las certificaciones obtenidas por 'procedimientos paralelos', como esto de 'y que sabrán ellos si yo residí o no en Canada': cuando hay que pagar una cantidad buena por un seguro (y no hablo del yate del pocero, a un amigo le pasó por 90.000 euros) los seguros investigan (*) ![]() (* a este amigo -PY- se le hundió el barco en Brasil. El seguro mandó a un tipo a Brasil y a Canarias, investigaron, vieron que no iba nadie más en el barco, y no pagaron porque con su titulación no pudo cruzar el charco. De nada le sirvió el 'yo estaba a menos de XX millas de la costa. Y si lo de que iba o no acompañado es dificil de probar, el haber residido o no en Canadá es sencillisimo) |
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#41
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Cita:
Uffff Para esta discusión me parece que no vale el titulo de CY creo que aquí solo pueden hablar los abogados.Eres bueno ABOGADOOOOO ![]() ¡¡¡ Feliz Navidad !!!
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El autentico amigo es el que lo sabe todo sobre ti y a pesar de eso sigue siendo tu amigo Capitán Pocholo |
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#42
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OK, entiendo los puntos de vista, y efectivamente la tarjeta es válida de por vida.
Voy a curiosear en el futuro sobre casos prácticos y consultaré con un cofrade Doctor en Derecho Marítimo para que me ilumine el caso. Cuando tenga algo de luz, volveré al hilo, o a otro que surja de esta PCOC porque cada año surgen dos hilos al menos, es un tema curiosamente recurrente y nunca debidamente solucionado. Yo creo que el Capitán Resaca ha aportado claramente en este hilo más razones y fundamentos que nadie, y tiene en sus manos el caso práctico, amén de estar salvaguardado por el CY en vigor. En fin, un buen saludo para todos y FELIZ NAVIDAD. ![]()
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Juanitu | ||
Capitan Resaca (17-12-2010) | ||
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#43
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Cita:
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