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VHF: Canal 77 |
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
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Y está claro que la materias que se dan en los títulos españoles son muy extensas, pero al final lo que se acaba valorando son los conocimientos prácticos refrendados por la RYA. |
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Cita:
Es más, en el nuevo formato de las "tarjetas acreditatvas", esa especie de sábana que nos dan ahora, han incluido un texto en inglés que indica no sólo nuestras atribuciones, sino también nuestra capacidad como operadores de radio en función de las competencias que tenga nuestro título. Es decir, que la titulación española (excepto la de PPER que no es una titulación en si misma sino una habilitación para actividad profesional) está pensada para ser utilizada aquí y en el extranjero y con cualquier bandera. Cosa distinta es que otros países hagan lo mismo que el nuestro, es decir, incluir en su legislación un listado de titulaciones extranjeras que habiliten para llevar lso barcos de su propia bandera... por cierto, para morirse de risa, en España se admite el título canadiense como CY pero no se admite ni una sola titulación de EEUU, por nombrar un país insignificante ... salud!!! |
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Salud!
Ya me saque por afición hasta el CY. Después me saqué el PPER y gracias a eso ahora estoy legalmente trabajando en algo que me apasiona, enrolado de patrón, bandera española. Al mismo tiempo también me saqué el Yachtmaster (comertial endorsment). Son mucho mas prácticos los ingleses. El examen oficial es práctico. Si lo haces bien apruebas y si no suspendes. |
#54
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Respuesta: Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Cita:
"Artículo 4. Habilitaciones de los títulos. 1. Los títulos reconocidos en este real decreto habilitan, de acuerdo con los requisitos y las excepciones previstas en este real decreto, para el gobierno de las embarcaciones de recreo y de las motos náuticas abanderadas o registradas y matriculadas en España, que sean utilizadas exclusivamente para actividades de recreo." No lo tengo yo tan claro. Mejor no confundir al personal, no sea que hagan una reserva de alquiler en el extranjero, y luego, al llegar allí, les digan que no se lo pueden alquilar. El propietario es el primer interesado en que esté todo de acuerdo a la legislación del país en que sea el alquiler, y también el asegurador. Si te lo alquilan es que la cumples, y si no lo hacen, será que no; pero tú no tienes derecho a exigirles que te lo alquilen alegando tu título español. Para ello debería existir en la legislación de ese país alguna norma que te habilite a hacerlo; extremo éste que deberías indagar con antelación, por ejemplo, dirigiendo consulta por escrito a la representación de dicho país en España. Un ejemplo de ello es lo que regula ese mismo Real Decreto para alquilar en España: Disposición adicional tercera. Alquiler de embarcaciones de recreo españolas. 1. Las embarcaciones de recreo españolas se podrán alquilar a cualquier persona física siempre que ésta disponga de un título de recreo o un certificado habilitante en vigor, pudiendo ejercer el gobierno de dichas embarcaciones dentro de las atribuciones que el título o el certificado le confieran; el cual, deberá estar expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia y siempre que éstos pertenezca al espacio económico europeo o estén recogidos en el anexo IX de este real decreto. 2. En el supuesto de expedición por el país de residencia, ésta se deberá acreditar en el país otorgante del título en el momento de la expedición de éste, para lo cual, el interesado deberá aportar cualquier documento que en derecho justifique la residencia, y en concreto, para los ciudadanos españoles, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 3425/2000, de 15 de diciembre, sobre inscripción de ciudadanos españoles en los registros de matrícula de oficinas consulares en el extranjero. 3. Las embarcaciones españolas también se podrán alquilar sin tripulación y para la navegación de recreo, a ciudadanos en posesión de un título profesional en vigor expedido por un país firmante del Convenio STCW, según los requisitos de su capítulo II, sin que en ningún caso se puedan sobrepasar las atribuciones que le otorga el título profesional. Editado por Mateando en 05-10-2016 a las 12:38. |
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Re: Respuesta: Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Cita:
Con título español he charteado con pabellones como el austríaco o el griego, sin problema. Y sí habrá problemas en multitud de sitios, claro, por ejemplo Australia. En Croacia por ejemplo si no tienes título no te alquilan, pero si presentas título español sí te lo admiten. También he tenido en alguna ocasión que firmar un disclaimer jurando por Snoopy que tengo experiencia suficiente para gobernar un velero, incluso alguna vez me han pedido los registros de otros charter para dar por bueno que sé navegar. Your country, your rules ... que no creáis que sólo España tiene sus particularidades Unas para todos |
#56
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Re: Respuesta: Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Cita:
"... Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación para el gobierno de embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados. 1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación. 2. A los efectos previstos en el apartado anterior la titulación exigible, en aquellos casos en los que la nacionalidad del patrón coincida con la del pabellón de la embarcación, será la requerida de acuerdo con la legislación del país de nacionalidad del patrón; y para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad. 3. La acreditación de la residencia para los españoles se hará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 3425/2000, de 15 de diciembre, sobre inscripción de ciudadanos españoles en los registros de matrícula de oficinas consulares en el extranjero. ..." Es decir, lo que se está haciendo es establecer los requisitos de titulación para el manejo de embarcaciones de recreo españolas y extranjeras en aguas españolas, sin perjuicio de que las titulaciones españolas puedan ser admitidas en otros estados como válidas., el único problema es que no lo dice explícitamente en el artículo sobre habilitaciones de los títulos, lo cual es un defecto de redacción o simplemente reflejo de que el legislador no se ha querido meter en posibles conflictos con legislaciones de otros países o no se le ha ocurrido que un españolito pueda irse con su título a navegar a Grecia o cualquier otro sitio. Es más, las propias titulaciones, en sus atribuciones no limitan en absoluto su validez a las embarcaciones de bandera española. Basta ver el modelo de texto contenido en el RD: "... (Anverso, no incluir este texto en la tarjeta) TARJETA TARJETA EXPEDIDA EN VIRTUD DE LO DISPUESTO POR EL REAL DECRETO /xxxx/xxxx, DE xx DE xxxxxx, POR EL QUE SE REGULA LAS CONDICIONES PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO CERTIFICATE ISSUED UNDER THE PROVISIONS OF THE ORDER FOM/xxxx/xxxx, FROM THE xxTH OF xxxxxx, WHICH REGULATES THE CONDITIONS FOR THE STEERING OF PLEASURE CRAFTS TÍTULO / TÍTULO EN INGLÉS (aquí se pondría el nombre del título) Radio-operador de acuerdo a los requisitos de la Resolución de la UIT 343 (REV. CMR-12) / Radio-operator according to requirements of the ITU Resolution 343 (REV. CMR-12) (Solo para los títulos de PER, Patrón de yate y Capitán de yate.) El Gobierno de España certifica que a XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, se le considera plenamente cualificado, de conformidad con lo dispuesto en la mencionada legislación y sin más limitaciones que las que se indican a continuación, para el gobierno de embarcaciones de recreo y la operación de su estación radio. The Government of Spain certifies that XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, has been found duly qualified in accordance with the provisions of the above legislation, and has no other limitations than those listed below, for the steering of pleasure boats and the operation of their radio station. Nombre completo: Full Name: XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX DNI / NIE / Pasaporte: ID / Passport: NNNNNNNNNNNN - N Fecha nacimiento (dd/mm/aaaa): Date of Birth (dd/mm/yyyy): DD/MM/AAAA Nacionalidad: Nationality NNNNNNNNNNNN Dirección del Titular: Holder´s Address: c/ xxxxxxxxxxx xxxxxxxxx xxxxxxxx Tarjeta Nº: Certificate Nº: NNNNNNNNNNN Expedido por, el (dd/mm/aaaa): Issued by, on the (dd/mm/yyyy): Ministerio de Fomento / CCAA DD/MM/AAAA ESPAÑA / SPAIN cve: BOE-A-2014-10344 BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 247 Sábado 11 de octubre de 2014 Sec. I. Pág. 83078 (Reverso, no incluir este texto en la tarjeta) Firma del titular: El Director General de MM: (Sello oficial) El Jefe de Área de Formación: Signature of the holder of the certificate: Merchant Shipping Navy General Director: (Official Seal) Signature of duly authorized oficial: XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXX VÁLIDA HASTA (dd/mm/aaaa): DD/MM/AAAA Valid until (dd/mm/yyyy): Esta tarjeta es personal e intransferible. Se exigirá la responsabilidad que corresponda en caso de ser utilizada por persona distinta al titular. No es válida a efectos de acreditar la identidad del titular, debiendo ir acompañada del documento acreditativo de identidad (DNI/NIE/Pasaporte) correspondiente. This certificate is personal and nontransferable. Should be used by someone other than the holder, appropriate responsibility will be required. Not valid for the purposes of verifying the identity of the holder, it must be accompanied by the accordingly Identity Document (DNI/NIE/Passport). Código de identificación unívoco. ..." En fin, una vez más, nos encontramos con una norma incompleta o que no ha previsto algún supuesto, y como les dio por cambiar la fórmula reguladora y en vez de utilizar una orden FOM recurrieron a un Real Decret, bastante más complicado de modificar, para arreglar los fallos de la normativa tendremos que esperar bastante ... salud!!! |
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Gracias por las respuestas. No sabía que la expedición de las nuevas titulaciones había cambiado. Por lo que veo ahora si espécifica con más detalle.
En mi tarjeta, (año 2009) no pone nada de operador de radio y creo especifica territorio español. Por eso lo decía.
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"No te rías de un pequeño dátil, algún día llegará a ser una gran palmera". Proverbio bereber. "Sólo es capaz de realizar los sueños el que, cuando llega la hora, sabe estar despierto. León Daudí 1905-1985". [b]Asociación de Navegantes de Recreo [color=red] Socio fundador. |
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Re: Respuesta: Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Cita:
¿Aceptaría el legislador español que otro estado, por ejemplo Croacia, decidiese qué titulaciones croatas son aceptadas en aguas españolas? Mi humilde opinión es que no, en los dos casos....por lo tanto no sería una omisión, sino simplemente algo que no es viable legalmente. Si no me equivoco este tema se resuelve por acuerdos entre países, en los cuales se reconocen títulos mutuamente, pero claro, no soy experto en leyes y quizá esté meando fuera del tiesto.... para todos! |
#59
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Re: Respuesta: Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Cita:
salud |
#60
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Hoooola!! Soy nueva por aqui
Este año acabo 2º de Bachiller, y me gustaría entrar a estudiar esta carrera. Alguien que lo haya estudiado me podría ayudar con el tema de: - Las salidas que tiene, y que tal esta el trabajo en el mar (embarcaciones)? - Y el tema de las mujeres, me ha dicho que apenas hay, que tal se ven dentro de los barcos, habéis coincidido con alguna? Graciaaaas!! No se muy bien como escribir aqui, por eso te menciono a ti |
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Re: Respuesta: Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Cita:
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Cita:
¿Qué tipo de negociaciones creéis que se llevan a cabo en estos casos? ¿Sólo asuntos pesqueros «...que si tú la tienes más grande que yo...»? Al final una clausulita de letra pequeña en el fondo de una carpeta de documentos que en la tele sólo salen de lejos, dice que «... por la presente, España reconocerá las titulaciones deportivas de navegación, el título de dentista, el de fisioterapeuta, el carnet de manipulador de alimentos y el de sexador de pollos canadiense, como equivalentes a los títulos homólogos españoles...» ¿que no?
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ |
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Re: Respuesta: Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Ni de coña, vete con el pper a UK, o.con el RYA CE a la costa del Sol., o con licencia,de taxi de villareburnoz en barcelona.
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Vaya, ya esta otra vez aqui el dia de la marmota.
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. Slava Ukrayini!. |
#65
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Cita:
En general, en la náutica las mujeres estamos en minoría aunque cada vez somos más. Por casualidad conozco a la primera mujer Capitana de la Marina Mercante, sacarse el título de una profesión tradicionalmente de hombres, ¡chapeau! Bueno ya aclararas el tema. Te recomiendo abrir un hilo con tus dudas y seguro que tendrás respuestas de bastantes tabernarios.
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HermanA de la Costa Mi blog sobre cosas del mar https://lamardcosas.blogspot.com/ Página en Facebook sobre el libro de la vuelta al mundo del Vulcano https://www.facebook.com/demontserratalosmaresdelsur/ |
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Los que dictan las leyes en este pais son idiotas.... se miran en los demas paises para todo, meos en lo que signifique recaudar menos.
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Cita:
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
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La polarización tan extrema puede llegar a resultar hasta cómica. Saludos. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a pepeal | ||
caribdis (23-10-2016) |
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
No es politica...
Da igual quien gobierne, todos a legislar para recaudar, mas titulos, mas itbs, mas revisiones, mas restricciones, menos millas, mas examenes, mas tasas, mas escuelas, mas locales alquilados, mas seudo profesores venidos arriba, mas licencias para escuelas, mas examenes para radio, para esto para lo otro... cuando lo cuentas fuera como se hace aqui, te preguntan que quien navega? Yo les digo que no navega nadie, damos vueltas a la bahia y para dentro, por miedo a que te metan preso |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Marcos Montesier | ||
caribdis (23-10-2016) |
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Cita:
Luego, por supuesto, hay quien ha creado escuelas de navegación, empresas de inspección de ITB, ... y está interesado en que todo siga así, pero estos son una consecuencia de la situación actual, y no su causa. |
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Se de unos de los grandes navegantes del siglo pasado (y aún de este) cuyo nombre no recuerdo, pero es un auténtico herrante de los mares, y posee únicamente el denostado PCOC.
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Hola buenas noches.. soy nuevo en el foro.. un saludo y una ronda para todos.. estava viendo este tema, que tambien me interesa.. yo tengo el per ampliado y un velerito.. perdonar deciais que mas alla de las 12 millas ya no te pueden parar y pedirte la titulacion, despacho del barco y tal...? Entendi bien ? Eso es asi...?
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Hola buenas noches.. soy nuevo en el foro.. un saludo y una ronda para todos.. estava viendo este tema, que tambien me interesa.. yo tengo el per ampliado y un velerito.. perdonar deciais que mas alla de las 12 millas ya no te pueden parar y pedirte la titulacion, despacho del barco y tal...? Entendi bien ? Eso es asi...?
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
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Re: Con que titulación navegan los trotamundos
Cita:
Unos cafés para todo el mundo. Mira, la salida profesional mala no es, es peor aún. Incluso las pasarás canutas para hecer los periodos de embarque para tener el título. Con bandera eswpañola queda muy poco, así que en agencias de embarque y en barcos de bandera de chupa chupa, extranjeras. qué cómo son los barcos ??? Pues flotan, en principio. Cada barco es un mundo y sobre todo las tripulaciones. No es lo mismo una tripulación de jóvenes cristianos españoles que una de ucranianos, chinos y demás todo mezclado. Mujeres, pues sí que hay, tanto en puente como en máquinas. Coincidí con algunas y nunca se dio problema alguno. La gente de máquinas tiene mucha más salida, tanto en tierra como en la mar. Los de puente, muy poca, casi que solo la de navegar. Ahora bien, si tu intención es la de conocer mundo, pues no, por regla general las estancias en los puertos son cortísimas, muchas veces de horas , pero todo depende del tipo de barco y la carga. Por ejemplo, en frigoríficos sí que tienes estancias mucho más largas en cargas y descargas. Sobre todo piensa que ahora se sele estar a 4 meses de embarque y 2 de vacaciones, esto con bandera española. Si piensas tirarte el 80% de tu vida viendo cuatro hierros ... tú misma. Yo tengo 51 y llevo desde los 23, y ni vi crecer a mi hijo, ni vida familiar, amigos, etc... de esos despídete. |
3 Cofrades agradecieron a Zancarru este mensaje: | ||
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