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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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![]() ese es tu problema, y el de mucha gente, que hay que pagar por un titulo... ![]() Lo que tienes que saber, es que mucha gente que vive en las orillas del mar, que salen a navegar, pescar… no te imaginas la gente que navega, pesca... sin título- Por que le has llegado tarde estas "titulomania", sobre todo gente mayor y con pocos recursos, pero llevan toda la vida navegando, pescando..., tenían sus barcos en la playa y se los quitaron (molestaban al turismo playa de los co+++es), no podían pagar un amarre en un puerto deportivo de los co++++es), por lo que tendrán que salir a la mar de "ilegal" de por vida… o "acojonados"... a las multas de los co+++es), por que no lucháis que les hagan un examen práctico (de esos para analfabetos que hacen en trafico) y veras que no les hace falta ningún titulo a esta gente para ir sin gps, no leches... a la mar se la conoce navegando.... [/font][FONT='Verdana','sans-serif'][/font] |
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#2
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Unas cañas para antes de comer...
De acto no, se habilitará al PER por medio de unas prácticas de altura para estar autorizado en la navegación entre península y Baleares. Buena proa, Jaranero. |
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#3
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jiauka | ||
xabierlekeitio (09-12-2013) | ||
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#4
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En Glenans como en el CINA sólo se enseña a navegar a vela, RIPA básico, navegar sin electrónica, mareas, convivencia, regatas, navegación sin timón, atraque o fondeo a vela y poco más. No preparan para titular porque el trapero francés no lo precisa.
Ahí reside el fracaso. El nuestro es que el que nos legisla pertenece a la DG de la MARINA MERCANTE. |
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#5
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Pienso que sólo en las 12 millas te pueden pedir un título español por ser español, como pasa con un coche o caravana por suelo español. Y como en los coches, te pueden inmovilizar el barco en un fondeo sí nadie lleva título adecuado e incluso obligarte a que te remuelquen a puerto o venga un titulado. Depende de las ganas que te tenga el agente, lo que le cabrees...
Y es que nadie lo tiene claro, la administración lo interpreta... según sin so sobre y tras... dice la GC, que son unos mandaos. Habrá que esperar a que sancionen a alguien, se la quiten o no, haya jurisprudencia y ya nos vamos enterando todos. |
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#6
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No soy socio de Anavre, pero no entiendo nada de la guerra dialéctica que os traéis los socios y no socios.
Si realmente Anavre o cualquier otra asociación tiene alguna información ,lo lógico es que la comparta(aunque no sea más que con los socios,que para eso pagan). Así qué sí no hay algo interesante que contar ,dejemos este hilo tranquilo y no nos vayamos por los cerros de Ubeda, tiene un título CONFIRMADO MODIFICACIÓN TITULACIÓN ,ciñamonos a el . Un saludo
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Desde el Infierno,aprendiendo a vivir otra vez. ![]() ![]() __________________ Socio de ANAVRE. http://www.anavre.org/ |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Paneque | ||
petmax (16-01-2014) | ||
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#7
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2º Aviso
Este hilo no está para dirimir cuestiones relativas a una asociación ajena a La Taberna, para ello cuentan con su propio foro y es allí donde deberéis realizar todos los comentarios u observaciones que creáis convenientes. Espero no tener que volver a intervenir con el mismo asunto. Gracias |
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#8
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REFORMA DE LAS TITULACIONES DE RECREO - ALEGACIONES
ALEGACIONES DE LA APAEN A LA PROPUESTA DE ORDEN FOM POR LA QUE SE REGULAN LAS TITULACIONES NÁUTICAS PARA EL GOBIERNO DE LAS EMBARCACIONES DE RECREO APAEN: Asociación Profesional de Academias y Escuelas Náuticas La APAEN considera que la modificación completa en el año 2013 de una norma que entró en vigor en enero del 2009, es poco adecuada, ya que genera pérdidas y deseconomías a escuelas, autores y editores de libros, por un lado y por otro evita la consolidación de los conocimientos náuticos de los titulados y futuros titulados de la náutica de recreo y consecuentemente va a constituir un freno para el desarrollo de la náutica de recreo, con la consecuente disminución de la capacidad de generar empleo del sector. En la exposición de motivos no encontramos justificación suficiente para esta nueva norma y después de su lectura consideramos que los cambios que se acometen no corrigen los defectos de la antiguan normativa que se pretenden mejorar si no que van en la dirección opuesta. El ejemplo más claro lo tenemos en los incrementos de las atribuciones de los títulos reduciendo las exigencias de conocimientos teóricos a evaluar lo que supone, a nuestro parecer, una merma en los principios de seguridad. La nueva normativa perjudica de forma general a todos los usuarios y profesionales de la náutica de recreo, a las escuelas de formación de todo el territorio nacional y especialmente a las de las comunidades que no han asumido las competencias en materia de enseñanzas náuticas. La redacción de la Normativa es difícil y confusa, dejando asuntos importantes sin definir y otros sujetos a un encorsetamiento excesivo que no beneficia ni al alumno ni a los formadores. Caso de que se mantenga la intención de seguir adelante con el cambio, la Asociación Profesional de Academias y Escuelas Náuticas (APAEN) quiere hacer constar su desacuerdo en los siguientes puntos: 1. Artículo 9 - Atribuciones básicas de los títulos. Consideramos que la eslora del PER se debería mantener tal y como está haciéndolo coherente con las zonas de navegación, pero en caso de modificación de la atribución de la eslora de gobierno incrementarla sólo hasta los 15 metros y no hasta los 24 metros que propone la norma, por seguridad y nivel de conocimientos teóricos que se exigen para este título. 2. Artículo 11 - Exenciones. Consideramos que las embarcaciones de 4 metros de eslora deben quedar circunscritas a la zona 7 ya que por sus características de estas embarcaciones y la no exigencia de conocimientos exigidos a los usuarios suponen un grave riesgo a la seguridad de la vida humana en la mar. 3. Artículo 10 - Atribuciones complementarias. No nos parece razonable que se aumente las atribuciones de los títulos y se reduzcan sensiblemente los conocimientos teóricos exigidos. Preferimos que se mantengan las atribuciones y el modelo de formación actual con algún ajuste en los temarios como ya informamos por escrito presentado en la DGMM. 4. Artículo 12 - Certificados expedidos por las federaciones de vela y motonáutica, así como por las escuelas náuticas de recreo. Consideramos que no se puede poner en el mismo plano de igualdad a las Federaciones y a las Escuelas por tratarse de un claro caso de competencia desleal ya que las Federaciones cuentan con subvenciones públicas. Sus modelos formativos orientados a la práctica deportiva tienen objetivos diametralmente distintos a los de la náutica de recreo regulados por la DGMM. Los patrones con certificado deberían quedar limitados a la zona 6. De esta manera se diferencian de las “exención”, gracias a sus conocimientos y embarcaciones de mayor porte, pero a la vez tienen que ser menores que las atribuciones de los titulados PNB. En el punto 7 de este artículo se debe matizar que las federaciones de vela podrán expedir certificados para la navegación en “vela ligera de competición”, ya que de otra manera estaría invadiendo otras competencias que no les corresponden. 5. Artículo 14 - Reconocimiento Médico. Consideramos que el Reconocimiento Médico hecho en una comunidad autónoma debe tener validez en todas. 6. Artículo 15 - Convocatoria de las pruebas teóricas. Por la misma razón expuesta en el art. 12 consideramos que las Federaciones no deben estar autorizadas a efectuar exámenes de Certificado y PNB. 7. Artículo 16 - Prácticas y cursos de formación. Por la misma razón expuesta en contra del artículo 12, competencia desleal, consideramos que las Federaciones no deben estar autorizadas a realizar prácticas ni cursos de formación. Consideramos que las prácticas en pantanos tiene la misma validez educativa que las que se hacen en aguas marítimas por lo que creemos que deben seguir estando autorizadas, incluidas las prácticas de vela. Consideramos que el director y el instructor pueden ser la misma persona como viene siendo ahora, ya que la doble firma del certificado no es garantía de calidad y perjudica gravemente a las microempresas y emprendedores dificultando la creación de puestos de trabajo. Solicitamos que se suprima este apartado o la doble firma en los certificados. Por el escaso número de alumnos para las prácticas de Capitán de Yate se considera que se deben permitir grupos mixtos de Capitán de Yate y de Patrón de Yate. 8. Artículo 17 - Expedición de títulos. Consideramos que la expedición de títulos en la administración donde se hayan efectuado las prácticas de seguridad y navegación es un grave perjuicio para alumnos y escuelas de Madrid y una clara situación de agravio con respecto a los del litoral. Con lo que solicitamos que se sigan expidiendo en el lugar donde se aprueba el examen teórico. 9. Artículo 22 - Escuelas situadas en Comunidades Autónomas que no han asumido competencias en materia de enseñanzas náutico-deportivas. Consideramos que se debe añadir que las escuelas de náutica de recreo actualmente autorizadas a impartir enseñanzas teóricas, subcontratando las prácticas a otras escuelas autorizadas, podrán seguir actuando de igual manera. 10. Artículo 23 - Requisitos de titulación del personal de las escuelas náuticas de recreo. Faltaría decir que esta exigencia es para todos los centros que impartan enseñanza náutica. Concretar cuáles de los diferentes cuerpos de oficiales de la Armada están autorizados a impartir formación. Así mismo en la formación de los Técnico Deportivo en vela con aparejo fijo o Técnico Deportivo Superior en vela con aparejo fijo reglamentada en los Reales Decretos 935/2010 y el 936/2010 estos titulados no tocan varias partes que aparecen detalladas en los contenidos desarrollados en el ANEXO V, con lo cual no deberían poder impartir esta práctica. 11. Artículo 26. Consideramos que los buques de prácticas deben estar matriculados en la lista 6ª y así debe quedar reflejado. 12. Disposición adicional octava. La redacción especialmente confusa no deja claro cuáles son las situaciones derivadas y cuál es la Orden de referencia en cada caso. Consideramos que el plazo para aprobar todas las asignaturas de aquellos que se han examinado con la Orden FOM 3200 debe ampliarse a 24 meses en vez de 6 meses. 13. Disposición final cuarta. La entrada en vigor una vez aprobada la Orden debería ser inmediata puesto que los alumnos no querrán examinarse con el temario ni las condiciones anteriores por éstas más exigentes que las que se proponen. 14. Anexo II Realización y temario de las pruebas teóricas. Certificado de Navegación y PNB: se deberían añadir más preguntas en reglas de gobierno y que sean eliminatorias. PER: sigue siendo el Título más importante y el nivel de formación teórica se debe mantener en un nivel que sea garantía de seguridad para la navegación, por eso consideramos que se debe mantener navegación con viento y con corriente, conocimientos básicos de propulsión, energía y consumo de combustible. Hay que clarificar cómo y dónde se quiere preguntar el cálculo de mareas. PTY: mantener en el temario propulsión y electricidad y consumos. 15. Anexo III Prácticas reglamentarias básicas de seguridad y navegación. Consideramos que se ha hecho un excesivo encorsetamiento de las actividades a realizar en las prácticas, es mejor hacer la relación de objetivos a cumplir y dejar a los formadores la suficiente flexibilidad para su ejecución. 16. Anexo IV Cursos de formación de radio operador. Consideramos que los cursos están sobredimensionados y que el de nivel de exigencia para PER debe ser el de radio-operador. 17. Disposición Adicional Séptima. Las autorizaciones federativas tienen un plazo de 24 meses para convertirse en Certificados de Navegación realizando las prácticas de dicho certificado. 18. Disposición Adicional Novena. Los títulos de Capitán de Yate obtenidos con normativas anteriores a esta orden se mantendrán en vigor indefinidamente conservando sus atribuciones originales. |
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#9
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Entonces a ver, para enterarnos de las cosas tenemos que hacernos socios de anavre pagando? Que gano haciendome socio? navego igual y no haceis mucho por mi...
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#10
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Y para que no nos cierren el hilo, si alguno se entera de algo interesante, sobre cualquier tema, que lo diga, porque mira que es fuerte lo de la Belén Estebaban! ! (Pero si tengo que comprar una revista no mola) ![]() |
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#11
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Buenos días a tod@s, ayer vi publicado esto en facebook, creo que nos quedamos como antes: http://boletinpatron.es/la-direccion...mativa-actual/
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** Si me das bola...cuelgo el parche, mato al loro y hundo el barco ** |
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#12
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Siento decirte que yo no lo veo tan claro. Boletin patrón esta empeñado en difundir la idea que la entrada en vigor no es hasta verano, difusión que me parece infundada. Si somos serios deberíamos atender a la publicación en el BOE a la que hace referencia, en este caso: http://www.boe.es/boe/dias/2014/01/1...A-2014-384.pdf De dicha publicación solo se puede deducir: - Instrucciones sobre nombramiento de Tribunales, Matriculación, tasas, matriculas y demás aspectos administrativos sobre las mismas. Impresos de solicitud... - La convocatoria de los exámenes , pero sólo en lo referente fechas y lugares de las mismas. IMPORTANTE en ningún caso se publica en el BOE la materia de examen, ni hace referencia en la convocatoria a las materias o legislación que regula las materias del examen. La resolución esta aprobada con fecha de 13 de diciembre del año pasado, aun antes de terminar el "misterioso" periodo de alegaciones. La publicación de noticias basadas en rumores me parece que no son útiles para nadie, los que no vivimos de la náutica y somos simples usuarios creo que nos merecemos algo más profesional |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Jolife | ||
mcapeans (17-01-2014) | ||
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#13
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Hola North side,
A mi también me han mandado estas alegaciones . La verdad es que estoy absolutamente en desacuerdo con las mismas. Me parece que no pueden estar más lejos de la realidad. Si todo el tipo de alegaciones que están recibiendo van en este sentido, hubiera sido preferible publicar directamente el borrador de reforma que se propuso y nos hubiéramos ahorrado toda esta agonía. El fundamento de estas alegaciones es una defensa férrea del sistema actual y creo que mi reflexión sería que la seguridad en el mar no se puede garantizar ni evaluar en base a un complicado y capcioso examen teórico por muchos temas que se traten, es más, sólo lleva a que aventurados navegantes convencidos de su "capacidad" por haber aprobado dichas pruebas, se embarquen en travesías náuticas para las que carecen de toda capacidad práctica y experiencia. PD. Siguen abriéndose convocatorias de exámenes, hoy han publicado en Murcia https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=525&IDTIPO=240&RASTRO=c55$m2502 ,2368 El 8 de febrero ya tenemos examen en Alicante, y de momento, salvo que haya norma en contrario, son exámenes que se realizaran conforme a la normativa anterior, todo lo contrario de lo que prometió la DGMM. |
| 3 Cofrades agradecieron a Jolife este mensaje: | ||
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#14
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Hombre.... son honestos en su primer párrafo... causa pérdidas y deseconomías a las academias... "nosajodido" ! y la ley omnibus manda a tomar por culo la colegiación profesional obligatoria en casi todos los sectores y aquí estamos... buscándonos la vida para ejercer profesiones, reinventándonos para conseguir seguir a flote siendo cada día más competitivos desde la excelencia en nuestro trabajo, señores: esto es Europa! vale ya de chollos legales QUE ESTAMOS HABLANDO DE NAÚTICA DE RECREO! No puede ser tanta tontada para disfrutar del mar! a mi me examinaron de moto con una vespa... y tardé 5 años en llegar a una 1100... (me la podría haber comprado al día siguiente del examen) no creo que haya nadie tan gili de comprarse un 80 pies de un millón de euros el día que le den el per! SEÑORES: LA SEGURIDAD EN LA MAR NO LA DA UN TÍTULO! Especialicense en cursos pràcticos voluntarios y dejen libertad al individuo... no duden que quien adquiera un 80 pies requerirá de sus servicios si estos son acordes a las necesidades!
y ahora a lo nuestro : HAN CAMBIADO YA LAS ATRIBUCIONES ? Y AHORA ![]() ![]() |
| 6 Cofrades agradecieron a Ship iron este mensaje: | ||
jacarejack (16-01-2014), Jolife (16-01-2014), North Side (17-01-2014), petmax (17-01-2014), Sachi (17-01-2014), sargoct (19-01-2014) | ||
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#15
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Cita:
Confío en que en Anavre están haciendo lo mejor para que esto no suceda, y sus motivos tienen para no difundir sus intenciones. Saludos Editado por North Side en 17-01-2014 a las 10:20. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a North Side | ||
pil pil (17-01-2014) | ||
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