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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#851
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[quote=kAILOA;1469296]
Cita:
Tienes que rellenar un formulario, que también lo puedes descargar de la web, pero no me acuerdo cuál es. Allí ta mbién lo puedes obtener pagando unos pocos céntimos. Iván ![]() |
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#852
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Cita:
Kivuka, te voy a dar eh ![]() Iván ![]() |
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#853
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[quote=Bambam;1469371]
Cita:
Ivan y en la Capitania donde se tramito la matriculación no estará ????? ![]()
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www.kailoa.blogspot.es[/url] ESP-9429 MMSI POL 261000281 - Call Sign SPA2244 Socio Fundador de ANAVRE |
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#854
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No, impuestos en Agencia Tributaria (Aduanas).
En capitanía tienen (tenían) la hoja de asiento donde también lo pone, pero eso ya lo tienes tú. Iván ![]() |
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#855
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Pues yo si me siento identificado : es la bandera de lo navegantes libres , la gualda la reservo de tierra p'a dentro ....
![]() Cita:
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#856
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Estimados cofrades, yo compre el barco hace diez años a un Noruego que tuvo que salir de España por motivos laborales, no encuentro el contrato de compra venta, en fin mi pregunta es como puedo solucionarlo, gracias por anticipado
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#857
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Si es para cambiar a pabellón Belga:
- Contactar con el antiguo propietario a ver si lo tiene. - Probar con la hoja de asiento. La tercera posibilidad es falsificación de documentos...supongo que sabes a lo que me refiero. Iván ![]() |
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#858
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Gracias Ivan la ultima opción será la ultima que intente jaja.
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#859
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Estoy alucinado,
preparando una vuelta al mundo con mi velero de bandera española, categoria de navegación sin límite y todo tipo de Zarandajas, perdido en la espiral de la burocrácia, etc. Mi agradecimiento a quien ha hecho posible esta buenísima opción.Tengo el barco en Valencia y voy a buscar todos los documentos para hacerme Belga, ¡Menuda sensación de libertad sentiré el día que reciba la nueva bandera. Gracias mil y rones para todos y todas Sunsunes |
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#860
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Bueenaaaaas Cofrade, supongo que estaras preparando tu ruta con la suficiente antelacion,y como habras leido debes contar con "tiempazo"
para tener tu nuevo pabellon, y otro mas corto que no podras navegar por estar sin Bandera. No desesperes, unos tragos y suerte.
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La atracción invencible del mar consiste principalmente en el peligro que representa.-Guyau |
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#861
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![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Me quedo muerto ![]() ![]() ![]() ![]() Solicité via web la solicitud de mmsi y registro de todos mis apratos radioelectricos el pasado miércoles dia 27 de Marzo y hoy dia 1 de abril, he recibido en mi buzon el mmsi. ![]() ![]() ![]() 4 dias después siendo semana santa y con un finde en medio. Esto ya es demasiado rompe todos los esquemas. Gracias Kailoa por los formularios.
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La libertad es ser dueño de tu tiempo. http://www.imystic.es http://imysticblog.blogspot.com.es Socio Anavre 1148 Mmsi: 205824110 Call Sign: OR8241 Ex-Mysticibiza
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#862
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De nada cofrade, para eso estamos para ayudarnos unos a otros, un abrazo
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www.kailoa.blogspot.es[/url] ESP-9429 MMSI POL 261000281 - Call Sign SPA2244 Socio Fundador de ANAVRE |
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#863
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Ed. Tabernero: Incumple las normas del foro
Editado por Tabernero en 03-04-2013 a las 09:32. |
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#864
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Alguien que haya tramitado la baja en capitanía Barcelona puede decir tiempo de respuesta, y si te envían los papeles o hay que ir a buscarlos?
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#865
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A mí hace un año me tardaron un mes y medio.
Tú solicitas la baja y cuando la tengan disponible en capitanía te envían una carta a casa diciéndote que ya la puedes ir a recoger. Iván ![]() |
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#866
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Hola¡
¿Sabe alguien si se puede mantener el número en la vela, o al pasar a bandera extrangera hay que quitarlo? Un saludo y rondas para todos |
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#867
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Se puede, pero si lo quitas mejor.
Iván ![]() |
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#868
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El número de vela al igual que las licencias federativas lo puedes mantener perfectamente, no tiene nada que ver la Federacion con Capitania, la licencia de pesca desde embarcacion la tienes que conservar si vas al curri o de pesca. saludos :brindis:
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#869
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Primero las consabidas rondas.
Pues a mí como que no me acaba de quedar nada claro en absoluto. En primer lugar la inseguridad de que en cualquier momento pueden cambiar las leyes y volver a ser obligatorio a abanderar en España. Y nada de Directivas. Sino vean a las EMPRESAS GRANDES, por ejemplo BALEARIA. Sí tiene barcos abanderados en Malta, pero esos barcos son propiedad de una sociedad creada por ellos en Malta a la cual tuvieron que venderle esos barcos, y son de bandera de allí porque son propiedad de una empresa Maltesa, que luego a su vez los alquila con tripulación a la propia BALEARIA española. No es tan simple, en uso comercial hay la exigencia de que el barco debe ser propiedad de una empresa situada con sede de donde se tiene la bandera. Por lo que esa seguridad de que nunca volverá la obligación de tener bandera española, yo no la diría muy en alto. Es más, aunque eso ya es otro tema, tal como está lo del EURO y lo de la UE. Cuidado con lo que pase en el futuro ... En cualquier caso es cierto que una nave se rige por las leyes de su bandera, tanto en derechos como en deberes. es decir, si tiene tú barco de, por ejemplo, bandera Belga, problemas con el seguro o con el astillero, o con otro barco, y tienes que reclamar: OJO!!!!! OLVIDATE DE ACUDIR A LA JUSTICIA ESPAÑOLA. Tú barco no es español ni está arropado por los derechos y leyes españolas, tendrás que ir a las cortes Belgas. Pero donde no me queda en absoluto claro es en el tema titulaciones. Hablan en su web de la obligación de navegar con TITULACION en aguas interiores. Pero NO habla de en sus aguas, habla de navegación en aguas interiores. Aguas interiores, también son nuestras bahías, nuestras rías, nuestras calas grandes, las aguas archipielágicas en Canarias, etc. Por tanto, señores, para navegar por aguas interiores con pabellón BELGA es obligatorio tener titulación náutico-deportiva. ¿El tema es nos vale la nuestra? (cuando resulta que estos títulos para navegar por aguas interiores sólo se los pueden sacar los residentes en Bélgica!!!!!!!!) Para títulos equivalentes de otros países hay que presentar la solicitud para que se conceda el certificado de equivalente. Repito para navegar en general por aguas interiores (no sólo de Bélgica). Pero si seguimos mirando su web de náutica deportivas: http://www.mobilit.belgium.be/fr/navigation/plaisance/ En su apartado del conductor (el patrón) hay la pestaña MER, empieza con el siguiente texto (traducción del google): Para la práctica de la navegación marítima, certificado de competencia es ahora obligatorio en Bélgica. Y pone dos títulos, y los formularios para ir a examen. our pouvoir participer aux examens, les candidats de nationalités autres que belge ou luxembourgeoise sont priés de solliciter l’autorisation du Directeur général du Transport maritime en adressant une demande écrite auprès du Service public fédéral Mobilité et Transports - Transport maritime. (También pone) Y para navegar internacionalmente te expiden y emiten el ICC sin más, parece que es con solo pedirlo. Pero... que pone y me traduce google al español: Soy belga y tengo un extranjero CPI. ¿Puedo cambiarlo por un belga ICC? No. Sin embargo, usted puede navegar con el ICC Bélgica en el extranjero. Je suis belge et j’ai un ICC étranger. Puis-je l’échanger pour un ICC belge ? Non. Vous pouvez cependant naviguer en Belgique avec votre ICC étranger. Yo soy un extraño y vivo en el extranjero. ¿Puedo obtener una Bélgica ICC? No. No cumple con los criterios para la obtención de una Corte Penal Internacional Belga "ser belga o tener un permiso de residencia". Je suis étranger et j’habite à l’étranger. Puis-je obtenir un ICC belge ? Non. Vous ne répondez pas aux critères d’obtention d’un ICC belge « être belge ou posséder un permis de séjour ». Por ello, tengo numerosas dudas sobre lo del pabellón Belga. En otros sitios tengo leído que mucho cuidado cuando entramos en aguas interiores navegando, que en muchas banderas me exigen cumplir con ciertos requisitos, aunque no sean agua interiores del país de bandera. Mucho cuidado, porque los de verde si te pueden para y pueden pedirte la documentación, sea del país de sea (igual que cuando te paran un coche de matricula no española por nuestras carreteras). No te inspeccionarán el barco ni su equipamiento, como hacen con los coches. Pero como el permiso de circulación no sea válido para llevar ese vehículo, o no esté permitido porque no eres de la nacionalidad, o cualquier requisito legal que se conozcan, te inmovilizan el vehículo. En la mar estamos a tres días de que esto empiece a ocurrir Y respecto otras banderas, eso de que no hay ITB's (jajajajajaja). No hay ITB's, pero un profesional reconocido tiene que revisar y certificar que el estado de la embarcación y su equipo de seguridad es el correcto y en buen estado, y en otros países siguen inspeccionando algunas embarcaciones desde la administración en ciertos casos. No hay en toda Europa esa libertad absoluta de la que se habla. Eso es falso. Y que no nos pueden parar y mirar, es completamente falso. Con los grandes buques ya se hace, hay acuerdos y directivas al respecto, y la obligación de inspeccionar un cierto número de barco que entran en puerto. Miran que no estén en un pésimo estado e inseguro, que tengan sus papeles en regla y que el gobierno y mando del mismo sea por alguien competente con la adecuada titulación, permisos o licencias. Y si hay algo mal el barco se retiene y precinta. Pero esto que se hace para los grandes barcos, también lo pueden aplican a las embarcaciones pequeñas. Cosa distinta es que aún no se metan con ello, salvo que sea un barquito de charter. Pero eso de que con un pabellón extranjero se es intocable por los chicos de verde: ES COMPLETAMENTE FALSO. Con lo cual, a mi me quedan dudas sobre eso de llevar el pabellón Belga, y de si un no residente en Bélgica puede hacer una simple navegación costera sin tener el título y el certificado Belga, que solo se da a los residentes en Bélgica. seguro que por aquí alguien puede aclararme las justificadas dudas que tengo al respecto y que he detallado. |
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#870
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Cita:
Recomendaría un cursillo acelerado de francés antes de dar informaciones totalmente erróneas al resto de los parroquianos. Lo que pone la web que citas es lo siguiente: "Pour la pratique de la navigation en mer, aucun certificat de compétence n'est actuellement obligatoire en Belgique. Il est toutefois fortement conseillé de suivre une formation adéquate. " Que traducido es: "Para la práctica de la navegación marítima, actualmente ningún certificado de competencia es obligatorio en Bélgica. En cualquier caso, es muy aconsejable tener una formación adecuada." ![]() |
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#871
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Sí, eso es correcto, eso lo he leído en una de sus páginas. Coincide con lo que goolgle me ha traducido.
Pero, si en esa página pone eso, en todas las demás no pone eso, y habla de una titulaciones, y de la obligación para NAVEGAR POR AGUAS INTERIORES de tener la correspondiente titulación, y etc. Naturalmente desconozco la legislación Belga, y su modelo jurídico-legislativo. Pero me he quedado con muchas dudas. NO LO VEO TAN CLARO. En UK, por ejemplo el MCA, esto lo pone bien claro y siempre lo mismo el todas sus páginas webs de un modo coherente. Pero en la web BELGA no queda tan claro. |
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#872
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Otra cosa más añadiré.
Cuantas veces en nuestra querida agencia tributaria española nos hemos encontrado con información en su web que luego no era realmente tal cual, porque había algún matiz que no coincidía exactamente con lo publicado en el BOE. O cuantas veces hemos visto en la web de algún ministerio, dirección general, comunidad autónoma, etc. algo que no era tal cual respecto algún trámite o norma. Aquí, algunos se estudian el BOE coma por coma. Y las asociaciones les sacan miga y los expertos punta a cada línea. Y así luego en FOROS nos enteramos muy bien de todo, e incluso podemos ver de donde salen las cosas, de que leyes, reales Decretos, etc. Y desgraciadamente, como en España, no es suficiente con leerse un decreto o Ley. Pero respecto las banderas extranjeras, sólo leo comentarios referidos a breves introducciones que aparecen en webs de carácter informativo muy simples. Yo profesionalmente tengo realizados trabajos en otros paises europeos. Y las realidades, a pesar de en muchas cosas (no en todas) funcionar mejor que nosotros, no son tan simples. Y al final es como en España, hasta que no has profundizado en el tema y te has empapado de normas y decretos suyos, no empiezas a tener una ligera visión de como funciona realmente allí cada tema y de si realmente puedes o no puedes. Claro aquí se juega con la ventaja de que nos aprovechamos de emplear lo de allí porque aquí como lo desconocen aún más que nosotros que decimos conocer algo, pues... Tira pa adelante con el carro que hasta que me parean todo lo avanzado ya será camino ganado. Mucho cuidado, que piratas y "listillos" también los hay fuera de España. Gestorías que todo OK pasando por su caja para hacer según que cosas fuera de España, y que luego al final resulta en realidad que no era tan simple, ni así, pero ya te cobraron y no quieren saber nada. De esas, ... también las hay en los paises que decimos serios cobrando a los pardillos de otras naciones por numerosas cosas y muchos campos y áreas. Yo expongo que tengo dudas. Que no lo veo tan claro. Y es más, digo que no es la solución, es un parche (si se puede). La solución es arreglar lo que hay en España mal. |
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#873
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Cita:
Aunque también es cierto que son rápidos en los trámites sencillos, no como por las liosas españas. |
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#874
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#875
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Los que lo estamos tramitando, y los que lo han hecho lo tenemos clarísimo y tambien estamos tranquilo. Es la ventaja de ser "epaño"....todos contentos... |
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