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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenas tardes
Cuento lo que me ha pasado entrando a puerto ( santurtzi) ahorita mismo. Viene la enbarcacion de la benemerita y me solicita documentación para inspeccion,tengo barco con pabellon frances,y a la hora de devolverme los papeles me dice el guardi que tengo las cosas mal porque me escedo 4 años de los seis meses que segun el tengo para permanecer en españa, pues dice que si tengo puerto base español solo tengo esos seis meses, teniendo los impuestos pagados de trasmision a la hacienda vasca cuando se trajo. Hay ene en manos de quien estamos |
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#2
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![]() Unicamente si el barco es mayor a 8 metros de eslora. Si es 8 o menos estas exento del impuesto pero tienes que solicitar la exención en la Diputación Foral de Bizkaia. Estarias legal aunque estes mas de 6 meses en Euskadi.
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Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a pil pil | ||
Achilledup (07-04-2024) | ||
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#3
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los de los seis meses no eran para paises extracomunitarios?, aún así, no tengo claro cuales son las condiciones para barcos comunitarios.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bernardo II | ||
Lupas (03-12-2023) | ||
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#4
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¿Los que tenemos barco con pabellón comunitario tenemos que pasarlo a bandera española? Claro claro.
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a ver cuando puedo poner la web en marcha.... Saludetes |
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#5
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Tampoco hagas mucho caso de lo que dice el agente, la mayoría sabe lo que hay, pero hay algunos que no lo entendieron bien cuando se lo explicaron.
Te ha denunciado, por curiosidad?
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"With repetition come good habits, with good habits comes good seamanship, with good seamanship comes security, and with security comes enjoyment". |
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#6
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Igual todavia no saben lo que es el espacio Schenghen...
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Manu-Okavango | ||
Lupas (03-12-2023) | ||
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#7
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Solo comentas lo del impuesto de transmisiones pero también hay que pagar el IDMT o matriculación, si es que lo has traido de fuera. Y si está exento, por ser menor de 8 m. como comentaba arriba otro cofrade, tienes que tener el papel de la exención, que es la carta de pago con 0 € de importe.
Si no has hecho lo de la matriculación , lo que comentaba la GC es correcto. Unas ![]() |
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#8
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Igual ha sido después de tomarse un vino en el skippers,no hagas mucho caso
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#9
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Cita:
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#10
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Estaría bien pero mucho más importante es que tanto él como todos los que en algún momento hemos estado a punto de adquirir un velero comunitario con otra bandera o en un momento determinado lo hagamos tengamos claro s trámites y papeleos.
Hace pocos meses estuve a punto y te aseguro que no es tan fácil estar al corriente de las normas por mucho que consultes algunas agencias. Incluso hablando con armaduras que se hicieron con uno hace tiempo hay diferencias desde la necesidad de tener que dispiner de una dirección Francesa aunque sea para cumplir el trámite o no. Como aquí estamos a tiro de piedra conozco a todo tipo de casos. Seguro que aquí hay conocedores profesionales abogados o trabajadores de gestorías que tienen el asunto más claro y nos pueden dar luz al respecto. Buena Proa! |
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#11
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Cita:
Más es de agradecer disponer de una buena información como la que comentas. A la mar salimos a disfrutar y no aestresarnos ni tener problemas. |
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#12
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Con respeto, no todos los países de la UE están en el espacio Schengen. Pero la libre circulación sí se aplica a los 27.
Otro tema es la normativa de cada país de la UE en cuanto a requisitos para la matriculación de embarcaciones. Hay quien exige residencia, otros ser nacionales, no hay criterio único. Hemos visto que Bélgica ya no renueva a los no residentes que no tengan nacionalidad belga. Holanda ha seguido la misma vía, y veremos qué pasa con Polonia. Saludos, |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a EUREKA | ||
jiauka (12-12-2023) | ||
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#13
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La DGMC permite que cualquier con pasaporte de UE o residente en España abandere en España, pero nadie, que yo sepa, lo hace. ¿Por qué será...? ![]() Quizá es que aquí la idea es hacer un Registro... vamos a dejarlo ahí. ![]() Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#14
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Buenas noches.
Comentar que el barco es menor de 8m y que junto a su documentación estan las hojas con el ITP . En ningún momento pide la de impuesto especial sobre determinados medios de transporte , simplemente me preguntó porque después de cuatro años estaba el barco sin abanderar español. Saludos |
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#15
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Cita:
No le des más vueltas... al final lo que quieren es hacerte dudar de si no estarías mejor con la bandera española. Quede claro que digo "algunos" y no todos. Ni caso y a navegar. ![]() |
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#16
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La pregunta que deberían de hacerse es por qué nos conviene abanderar en otros países de la UE en vez de en el nuestro y obrar en consecuencia. |
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#17
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La inteligencia militar es equivalente a la música militar: solo sirven para lo que sirven y a quien sirven.
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D |
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#18
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Entonces, a ver si me aclaro.
Si compro barco mayor de 8m en Francia, tengo que matricularlo en España para poder tenerlo en mi amarre? Yo creía que no era necesario. Que teniendo pabellón francés no tendría restricciones |
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#19
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Si no tiene pagados los impuestos en España por haber sido español antes hay que pagar.
Un presupuesto de una gestoría náutica de las que se anuncian aquí podría darte los datos totales y reales. Por si salieran otras cargas. Cuenta con la ITB, revisiones de material, etc. ![]()
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D Editado por LSV en 06-12-2023 a las 13:19. |
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#20
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Si eres residente en España, tienes que matricularlo.
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#21
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Cita:
- Tienes que liquidar el impuesto, de hecho todos los impuestos. - NO, no tienes que "matricularlo" en España si estás entendiendo matricular como abanderar (el pabellón de la embarcación). Puedes mantener la bandera francesa sin problema (y con sus ventajas). ![]()
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a humpback | ||
Lupas (06-12-2023) | ||
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#22
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Cita:
![]() ![]() Para que quede claro, si el barco es susceptible de tener que pagar impuestos al ser importado, el propietario es residente Español, y el barco tiene puerto base en España, debes pagar los impuestos correspondientes y luego le pones la bandera UE que te convenga te de la gana o prefieras, bandera de conveniencia. Respuesta corta, si pagas haces lo que quieres. Triste , pero es así. Eso es tambien extensible a la sexta lista, pagas el IVA y el impuesto de matriculación, y se dejan de meter contigo. Ejemplo, tengo un vecino de pantalán con bandera Finlandesa, la señora esposa es finlandesa, el barco es finlandés, sigue con bandera finlandesa sin problemas, desde hace años. ![]() ![]() |
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