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VHF: Canal 77 |
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Hola a todos:
La documentación necesaria para navegar “legalmente” con embarcaciones en lista 7ª, de entre 2,5 y 24 metros de eslora, se puede concretar en 3 grupos: 1º.- Relativo a la Titulación: La que acredite el Título que habilita al patrón, que debe ser suficiente para gobernar el barco de que se trate. 2º.- Relativo a la embarcación: a) Certificado de Registro Español-Permiso de Navegación, que sustituye al Rol o Licencia de Navegación. b) Certificado de Navegabilidad. c) Seguro. 3º.- Relativo al equipamiento de la embarcación: Hay que llevar “simplemente” todo el equipo obligatorio para el barco, que debe estar homologado y en caso de que algún elemento deba ser revisado o renovado, que no haya nada “caducado”. Así, si llevas balsa, que sea una homologada y con la revisión en vigor. El extintor homologado y revisado, Las bengalas sin caducar, La radio, con su LEB. MMSI. GPS, etc, etc. etc. La casuística en este grupo es tan variada que no merece la pena entrar a detallarla, cada uno sabe lo que lleva en su barco y si lo lleva en condiciones. Saludos. |
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Quien legisló este RD. se curó en salud sobradamente ... o era un sádico. |
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Hola a todos:
Lo he entresacado de estas páginas: http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...ministrativos/ http://www.arrakis.es/~zamoul/documentacion.html La segunda, desgraciadamente, se va quedando desfasada. Saludos. |
#105
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Bueno, si lo quereis así de "simple"... menos faena. Ya lo arreglo. Y entonces ¿lo del "asiento de la embarcación" también ha pasado a la Historia? Saludos |
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
salud y gracias por este hilo!!! |
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
(Pongo esto entre paréntesis porque no es una gran aportacón al hilo , solo un comentario...
Hoy estaba oyendo en la radio el tema este del ministro y la caza, que no tenía licencia... por lo visto hace falta una licencia diferente y un seguro válido para cada comunidad autónoma. Incluso un pescador comentaba que en un mismo rio si pescabas desde una orilla estabas legal y desde la contraria ilegal... en fin, espero que esto no les de ideas a nuestros legisladores, que todo puede empeorar....)
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Mario. |
#108
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Hola Rom !!!
Menudo follón en que te has metido,,, te podias haber puesto de aparejador de la Sagrada Familia, y hubieras acabado antes..... Después de leerme todo esto,,, me siento un delincuente.. Lo que cada dia tengo más claro, es que esto de la nautica en España ( si quieres ir de legal claro),,, es para ricos... Un saludo...
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#109
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Pues si, ni me imaginaba lo enrevesado de la actual situación burocrática de la Náutica... Pero bueno, al menos para mí, me está sirviendo para aclarar ideas. Por jemplo, me habían dicho ya tantas veces que lo del Rol ya no servía de nada que para no llevar ese tocho para arriba y para abajo (no dejo nunca los papeles dentro el barco, por las flyes), iba sólo con el Certificado de Navigabilidad, el recibo del seguro, la hoja de asiento y tan ... ufano. Y ahora ya tengo más claro que hasta que no me den el Certificado de Registro ese (que ni sabía de su existencia), tengo que seguir llevándolo conmigo. Por cierto, tanto el certifcado de navegabilidad como el seguro, si te pillan si él por no llevarlo encima, teneis cinco días para presentarlos en capitanía, ¿sabeis si pasa lo mismo con el Rol o el Certificado de Registro?... no lo encuentro. Bueno, visto lo visto, y si no hay más aportaciones a los "papelotes básicos", podríamos comenzar a mirarnos el tema de los que afectan según el material obligatorio que tengamos que llevar ¿no? Editado por rom en 20-02-2009 a las 13:10. |
#110
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Pues ánimo y adelante.
Saludos
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Buena mar y vientos moderados. "El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés) |
#111
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Segun me dijeron, el cambio del Rol o de la actual licencia de navegación por el permiso de navegación lo van a hacer progresivamente, aprovechando los cambios de titularidad, las actualizaciones de equipamiento (cambios de motor, etc. que supongan anotaciones en la hoja de asiento) y las ITB en las que te darán el nuevo certificado de navegabilidad con el permiso. También harán el cambio a aquellos que voluntariamente lo soliciten, supongo que previo pago de la tasa correspondiente. En definitiva, si todavía no has hecho nada que implique el cambio, debes seguir funcionando como hasta ahora: licencia de navegación o rol + certificado de navegación + seguro y, si tienes el asiento, mejor, pero tengo entendido que esto no es obligatorio. Bueno, espero que este ladrillamen te aclare algo.
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"Creí que era una aventura y en realidad era la vida" J. Conrad Visita mi blog...si quieres Editado por Bacterio en 20-02-2009 a las 13:40. Razón: errata |
#112
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
La obligación del interesado de mantener dentro del margen de validez las fechas de las zafas hidrostáticas de las RLSs y de las balsas. Y ésto tiene también su fundamento jurídico: Cita:
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Saludos, |
#113
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Quiero aportar mi granito de arena rectificando los datos del documento creado y aportado por Jangada "esquemas%20equipo%20seguridad[1].doc", segun la nueva normativa las atribuciones del P.N.B. (Patrón de Navegación Básica) son: -Gobierno de embarcaciones a vela hasta 8 metros de eslora. -Gobierno de embarcaciones a motor hasta 7,5 metros de eslora. Ambos tipos de embarcaciones hasta 5 millas de la costa. (antes solo 4 millas) Un saludo de un P.N.B., como decimos Valencianos y Catalanes "Jo tinc el Pene Bé" Un abrazo y unas copas para todos. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a teteluis | ||
Jangada (20-02-2009) |
#114
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
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Saludos, |
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
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Saludos, |
#116
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
porque me lo pregunto : ante un abandono urgente, despues de largar la balsa, recoger documentos y VHF portatil, agua, ect .... salto a la balsa y la p_ta baliza se queda en su container y saldra a la superficie una vez hundido el barco (y posiblemente lejos si hay viento y ola). Personalmente llevo la baliza en la mesa de cartas , junto a la VHF y en el caso explicado seguro que se viene conmigo (creo que SM deberia buscarme a mi , no a la baliza )
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Manel - ES3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 en crisis ?? |
#117
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Muchas normas en este país no son justas ni técnicamente buenas, no solucionan los problemas para dar solución a los cuales se suponen que nacen. Pero son jurídicamente legítimas, y, por tanto, de obligado cumplimiento. No hay que olvidarlo.
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Saludos, |
#118
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
De todos modos, creo que muchas normativas y reglamentos son desarrolladas en función de los informes y consultas hechas a la DGMM ¿o no es asi? Todo un lujo tenerte por aquí y poder contar con tus "indiscutibles" aportaciones. A ver si entre todos conseguimos hacernos la compleja vida burocratica más llevadera y entendemos unos y otros el por qué de según que actuaciones administrativas y el por qué de según que quejas por parte de los administrados. Muchas gracias |
#119
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Afortunadamente, el acervo normativo aplicable a las embarcaciones de recreo se va poco a poco modernizando y ya no se atiende a esa clasificación para determinar los requisitos de seguridad y otros de las embarcaciones de recreo.
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Saludos, |
#120
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#121
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
SÍ: Olvídate, Ley 38/1992. NO: Plantéatelo.
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Saludos, |
#122
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
, pero y la baliza ? (#116) Tatatoa la baliza es para salvarme a mi, no al barco
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Manel - ES3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 en crisis ?? Editado por dunic en 20-02-2009 a las 15:11. |
#123
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Fundamento jurídico: Cita:
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Saludos, |
#124
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Cita:
Esta es una pregunta muy rara que se me acaba de ocurrir, o tal vez no. Los barcos que están en aguas españolas constantemente y bajo pabellón extranjero, ya sea comunitario o extracomunitario, están obligados a cumplir con la legislación española en materia de seguridad, protección medioambiental, etc?... El motivo de mi pregunta deriva de que un barco que permanece en nuestras aguas más de 183 días en un año está obligado a matricularse en España. Es algo a lo que no se presta demasiada atención desde las Capitanías Marítimas y demás instancias. Pero es que si lo hiiceran, se podrían forrar multando a los guires, obligándoles a apoquinar el impuesto de matriculación y obligarles a obtener todos los permisos habidos y por haber, además de sanciones por no cumplir con la legislación española en materia de seguridad, despacho y demás. Cosa que fácilmente podría aplicarse en el caso del típico barco con bandera alemana o británica que se pasa año tras año en el mismo pantalán del mismo puerto y sólo navega unos días al año. Igual me decís que no dé más ideas a la Administración, pero es que esta es co****da porque es una maravillosa medida anticrisis, y os la explico: A) Generamos tasas impuestos y sanciones a pagar por armadores que sí son ricos de verdad (hablamos de sunseekers, ferrettis, jongerts, swan, moody y demás preciosos artefactos que suelen lucir exóticas banderas, la que sea menos la española). Se ayuda a sanear las arcas estatales. B) Si se consigue relacionar dichos barcos con ricos armadores españoles, genial, más que saca Hacienda en forma de complementarias, recargos y multas en concepto de IVA, IRPF y otros mil impuestos. Se ayuda a sanear las arcas estatales. C) Se genera un montón de trabajo para las empresas de ITB, que tendrán que inspeccionar decenas de miles de barco de golpe y contratarán cantidad de empleados. Creación de riqueza y generación de empleo. D) Se producirá un incremento masivo en la venta de material náutico de seguridad. Las tiendas de náutica ganarán más pasta, los fabricantes fabricarán más, se crearán empleos y habrá más pasta circulando. E) NI hablemos de lo que van a ganar gestorías, abogados y asesores fiscales en concepto de tramitaciones, recursos, demandas, y lo que se ocurra (igual hasta me gano un par de euros ). F) Una vez convenientemente masacrados estos armadores ricos y defraudadores (pues ya han cometido fraude fiscal al no pedir el precinto del barco ni pagar el Impuesto de Matriculación, ni el IVA los extracomunitarios) , puede darse, además, un embargo y subasta masiva de aquellos barcos que hayan sido embargados por incumplimiento de obligaciones tributarias. Con lo que igual no encontramos con verdaderas joyas a precio de ganga y alguno puede cumplir su sueño de comprarse un barcazo por poca pasta. G) Aquellos que aún no hayan sido pillados, sacarán sus barcos de aquí a toda pastilla, provocando que miles de amarres queden libres, con el consiguiente efecto de todo drástico aumento de oferta: caída del precio de los amarres y hacerlos más accesibles a los españoles. Y así podría seguir todo el día... parece una pesadilla, pero con la LEY en la mano es un escenario posible. Y si no se pone en práctica esa ley es por desidia de la Administración o por simple prevaricación de las Autoridades que prefieren no molestar a nuestros "distinguidos invitados" y no aplicarles medidas tributarias y de seguridad marítima y medioambiental de obligado cumplimiento si se aplicase a rajatabla la legislación relativa a la obligación de matricular las embarcaciones con arreglo a lo dispuesto por la Legislación Española. Estamos hablando de una decisión que ha sido conscientemente adoptada por las Autoridades, hay que ser ciego para no ver puertos llenos de barcos de bandera extranjera que abandonan sus amarres menos de un mes al año. No puede ser casual... Entonces, se está prevaricando o se está obviando, entre otros, el artículo 14 de la Constitución y realizando una aplicación de la ley atendiendo a la nacionalidad de las personas, cosa expresamente prohibida por la Constitución. Y si nos rebelamos en masa? Y si nos querellamos contra el Minstro de Hacienda? Y conta el director general de la Agencia Tributaria? Y contra la Fiscalía Anticorrupción por no actuar de oficio ante un fraude fiscal de centenares de millones de euros? Y contra el Ministro de Transportes? Y contra los Capitanes marítimos y sus servicios de inspección? .. en fin, que si nos ponemos hasta podríamos pedir el procesamiento del Presidente del Gobierno por permitir esto... Y que conste que esto que estoy diciendo NO TIENE NADA QUE VER CON EL GOBIERNO ACTUAL, SINO CON TODOS LOS QUE HEMOS TENIDO, puesto que TODOS HAN ACTUADO MÁS O MENOS IGUAL con respecto a las embarcaciones de recreo. En fin, esto no es una declaración de intenciones ni de principios por parte de ningún colectivo al que yo pueda pertenecer, sino una simple reflexión surgida de la indignación que me provoca el ver cómo se trata a quienes navegamos y aquellos que tienen o aspiramos a tener nuestro barco y navegar sin complicaciones. a vuestra salud y a ver si se me pasa el acaloramiento, que del cabreo tengo hasta las orejas rojas P.D. Que conste que este post no tiene ni pretende tener color político, ni atacar a ningún funcionario que no es responsable de la aprobación de la enrevesada legislación que sufrimos. Es una elucubración acerca de lo que se podría hacer legalmente y no se hace. Editado por Jadarvi en 20-02-2009 a las 15:24. |
#125
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Piensas realmente quien tiene mas logica, mi "teoria" que la Ley (y entendere que no te "mojes")
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Manel - ES3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 en crisis ?? |
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