La Taberna del Puerto Pasch
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  #1251  
Antiguo 19-01-2021, 21:44
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Capisol
 
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

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Originalmente publicado por Miguel8 Ver mensaje
Hola alguien tiene información para ubicar a Manuel Sanchez (https://bandera-polaca.es/contacto-badera-polaca.html Gracias! no puedo ubicarlo, no me llegó nunca el original por correo, no me responde mails ni teléfono, que me aconsejan hacer? Gracias

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Originalmente publicado por berpul Ver mensaje
Mira el post 1175

Ha respondido Berpul a tu pregunta. ¿Es necesario abrir otro hilo, con un
título similar a éste, para volver a repetir la pregunta?.

https://foro.latabernadelpuerto.com/...19#post2297319

Es probable que veas desaparecer el hilo recién abierto o que lo integren
en éste. Te lo digo para que no te extrañe.


Salud y
__________________


El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184
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  #1252  
Antiguo 20-01-2021, 20:54
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

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Originalmente publicado por Fuerza 7 Ver mensaje
muy bueno...casi me meo de la risa cuando lo he leído...

Por enésima vez...un barco es una extensión del territorio de su pabellón a efectos legales, el país donde recale o transite puede requerirle que cumpla normas de policia portuaria, los tratados internacionales y normativa anticontaminación, pesca etc, dentro de sus aguas territoriales, hasta ahi todo bien, pero no puede regular los aspectos internos de ese barco, seria tanto como pretender que una normativa española se aplique en otro país a los españoles residentes en aquel país, por cojones...el principio de territorialidad se estaría quebrando además del principio del pabellón, el que no sepa lo que esto que lo busque por internet que me canso de explicar cuarenta veces lo mismo, me teneis que disculpar.

El principio del Pabellón es una extensión del principio de territorialidad, que es un principio general del derecho, admitido y aceptado por todos los paises del mundo.

Por ello, aunque los políticos y algún mediocre técnico o comisión jurídica presionada por intereses políticos (pues ningún jurista de pro se presta si no es porque esta bajo sueldo del político de turno a retorcer la legalidad hasta ese punto), pretendan imponer normas contrarias a la legalidad internacional, de la cual este país forma parte, no van a conseguír otra cosa que acabar en los tribunales y que les obliguen a recular por meterse en camisas de once varas.

Y que nadie me mente el caso frances, porque en Francia las cosas no funcionan como aqui, vease tratado de libre circulacion de mercancias bienes y servicios, y nuestros camiones atacados en la frontera y tirada nuestra fruta sin una sola condena de jueces franceses a los piquetes en virtud de haber quebrantado ese tratado, o las volantas tratado de la UE pesquero del que Francia fue firmante pero el punto de retirar las Volantas se lo pasaron por el forro...asi funciona Francia, primero miran por ellos y aunque firmen tratados luego si alguna norma se transgrede en favor de los franceses no pasa nada...en España no es así, aqui la constitucion esta al mismo nivel que un tratado internacional, y los tratados no solo se respetan sino que se trasladan a la legislación interna y se santifican...

Aqui por intentar lo pueden intentar pero en cuanto haya un conflicto y llegue a los tribunales en España, van a quedar como unos gilipollas, esto no es Francia (por desgracia, aquí somos mas papistas que el papa...)

Y que no vengan con la vinculacion del armador por residencia en España, que una cosa es el sujeto y la ley aplicable al sujeto por mor de su nacionalidad o residencia, y otra muy distinta es tratar de aplicar a un terriorio extranjero, (en este caso el barco), la ley española, pues si el sujeto esta vinculado a España como residente, y nacional o como residente, por supuesto hay unas leyes de caracter personal que se le pueden aplicar, por estar vinculado a España subjetivamente, Impositivas, titulación (que ya se esta haciendo etc...) pero nunca se puede basar en la vinculación del sujeto a España, el articular leyes que afectan al cumplimiento normativo del barco, ya que al ser por el principio del Pabellon territorio extranjero, lo que deba de cumplir sólo las leyes del pais de su pabellón y los tratados de los que sea firmante deberan ser cumplidos por dicho barco. (y lo dicho anteriormente sobre policia, aduanas, emigracion, etc..)

Por ello aunque se empeñen en decir para justificarlo la coletilla de : "...si el patron o armador tiene una vinculación real con España (residente, nacional etc)..." estan confundiendo churras con merinas porque la vinculación que tenga el armador del barco, le atañe al derecho aplicable subjetivo, es decir, a lo que él como persona debe cumplir, no a lo que el barco, que es territorio extranjero debe cumplír, pues la normativa Objetiva que debe cumplir ese barco viene derivada de su condición como extensión del principio de territorialidad de la ley aplicable, y al ser considerado por el principio del pabellon como una extension territorial, el derecho objetivo aplicable al barco siempre será el del pais de pabellon.

Lo demás, es marear la perdíz.

en fin... espero que haya quedado claro.

Las administraciones pueden hacer lo que les da la gana??....SI, pueden sacar esta norma e intentar que nos la traguemos...pueden cagarla mucho e inventarse normas totalmente infundadas tratando de retorcer la legalidad vigente e internacional, pero para eso están los jueces, para pararles los pies (siempre que no estén politizados, que en este país ya sabemos la corrupción que hay y como los partidos meten mano en los jueces (algunos).

Pero yo confío en que esto sirva para que la DGMM avance hacia lo observado en países mas avanzados, y se regule lo necesario e imprescindible, dejando libertad a los armadores, no sólo para que todos los que nos fuimos volvamos, sino para hacer nuestro pabellón atractivo a extranjeros que deseen tener un barco en España, y se ayude a dinamizar el sector también que eso es riqueza para el País.

PD: Apagapenol, disculpa por desvirtuarte el hilo si quieres que lo borre me lo dices...
Gracias por toda la info, acabo de aprende mucho.

Una pregunta: Teniendo bandera de Polonia y siendo en mi caso Brasileño y residente en España, debo por ley aporta la titulación de patron de cual País, Brasil, Polonia o España?
Gracias y si puder aclarar esta dura seria fenomenal.
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  #1253  
Antiguo 20-01-2021, 23:23
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

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Originalmente publicado por Cassilva Ver mensaje
Gracias por toda la info, acabo de aprende mucho.

Una pregunta: Teniendo bandera de Polonia y siendo en mi caso Brasileño y residente en España, debo por ley aporta la titulación de patron de cual País, Brasil, Polonia o España?
Gracias y si puder aclarar esta dura seria fenomenal.
Uf, qué difícil, que los cofrades expertos me corrijan, pero si tu residencia es España creo que necesitas título español.

Claro, que cuando saques tu pasaporte brasileiro nadie va a comprobar tu residencia fiscal ni por asomo, así que con toda probabilidad, al menos de momento, no creo que te pidan nada de nada sobre titulaciones ...

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  #1254  
Antiguo 21-01-2021, 11:38
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Pues no lo entiendo...
Imagino que no esperas a pasar la ITV para saber si está bien el coche, no? Realizas el mantenimiento en un taller, o no haces nada hasta que te lo dicen los chicos de la ITV?
Pues lo mismo con los barcos, no necesito que me digan como está el barco, porque lo se mejor que nadie.
Un saludo
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  #1255  
Antiguo 21-01-2021, 15:08
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

No alimenteis a la bestia, este hilo va de facilitar el proceso de abanderamiento a quien quiera hacerlo, para los temas paranormales y/o ideologicos mejor habrir un hilo específico.
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.

Slava Ukrayini!.
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Zephyr (23-01-2021)
  #1256  
Antiguo 21-01-2021, 15:26
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Hola
La titulación que te pueden exigir en España es la del pais de residencia o en su defecto la de tu nacionalidad
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  #1257  
Antiguo 21-01-2021, 15:28
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Queria contestar a Cassilva que no me ha salido la cita.
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  #1258  
Antiguo 21-01-2021, 20:37
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Cita:
Originalmente publicado por Jose Manuel 41 Ver mensaje
Hola
La titulación que te pueden exigir en España es la del pais de residencia o en su defecto la de tu nacionalidad
Muchísimas gracias, tengo el Capitán Amador que puedo velejar entre puertos internacionales. Con isto me basta

Si esta un dia por Mallorca puede me llamar 604356229

Saludossss
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  #1259  
Antiguo 22-01-2021, 02:02
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Una pregunta:

En el operativo de cambiarme a BANDERA BELGA, y en relación a la VHF, obtuve dos cosas:

- el indicativo de llamada/ nº de ATIS
- el indicativo de llamada selectivo/MMSI

Creo que lo que tengo que grabar en la VHF es el MMSI (?) sobre todo para el DISTRESS

Mi radio es una M-TECH modelo MT 500

Sabéis si lo puedo hacer yo mismo fácilmente? Alguien lo ha hecho y me puede decir cómo? Los técnicos me pedían un pastizal por hacerlo.

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  #1260  
Antiguo 22-01-2021, 07:07
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Aquí mismo:

https://foro.latabernadelpuerto.com/...7&postcount=26

Saludos y
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berrincha (22-01-2021)
  #1261  
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

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Originalmente publicado por Apagapenol Ver mensaje
Gracias amigo Apagapenol, como siempre al quite. Lo había buscado sin éxito.

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Apagapenol (22-01-2021)
  #1262  
Antiguo 23-01-2021, 13:53
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Predeterminado Respuesta: Abanderamiento En Polonia


Editado por hapiri en 23-01-2021 a las 13:58.
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  #1263  
Antiguo 23-01-2021, 13:56
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Predeterminado Respuesta: Abanderamiento En Polonia

Buenas tardes a todos y ron bueno para los gaznates.

Llevo más de una hora leyendo e intentando hacerme yo el trámite a polaca sin éxito.

Lo que tengo claro es que no se puede hacer sin intermediario polaco,agradecería contacto por privado de dicho contacto.

Agradecería también un link o explicación paso a paso del procedimiento.

Muchas gracias ��
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  #1264  
Antiguo 23-01-2021, 14:33
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

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Gracias por toda la info, acabo de aprende mucho.

Una pregunta: Teniendo bandera de Polonia y siendo en mi caso Brasileño y residente en España, debo por ley aporta la titulación de patron de cual País, Brasil, Polonia o España?
Gracias y si puder aclarar esta dura seria fenomenal.
Segun la Disposicion Adicional V
En primer lugar te pedirian un titulo expedido por el pais de la bandera que enarboles ( en este caso Polonia ) si no lo llevas -por que no existe u otras causas - se pasaria al 2º punto de la disposicion
te pedirian un titulo expedido por el pais de Residencia, sea cual sea la bandera que enarboles, y sea cual sea tu nacionalidad, ( en este caso si resides en españa te pedirian un titulo español, - si no lo tienes se pasaria a la tercera opcion de la disposicion V
entonces te pedirian un titulo expedido por el pais de tu nacionalidad, Brasil
creo que es sencillo entenderlo
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Cassilva (27-01-2021)
  #1265  
Antiguo 23-01-2021, 15:14
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Predeterminado Re: Respuesta: Abanderamiento En Polonia

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Originalmente publicado por hapiri Ver mensaje
Buenas tardes a todos y ron bueno para los gaznates.

Llevo más de una hora leyendo e intentando hacerme yo el trámite a polaca sin éxito.

Lo que tengo claro es que no se puede hacer sin intermediario polaco,agradecería contacto por privado de dicho contacto.

Agradecería también un link o explicación paso a paso del procedimiento.

Muchas gracias ��
Buenas tardes, cofrade:

Desde que el verano pasado los polacos eliminaron el trámite de registro por correo postal y lo sustituyeron por el sistema REJA24, el registro online en Polonia sólo es accesible a ciudadanos polacos. Quizá en un futuro la situación cambie, pero por ahora es lo que hay.

Así, las únicas vías que tenemos los extranjeros para abanderar en Polonia son:

- a través de gestoría.
- a través de un ciudadano polaco, que presente los papeles en nuestra representación.
- ir personalmente a hacerlo.

En condiciones normales, yo soy partidario de la última opción, que no es tan descabellada como pudiera parecer: por el mismo precio que nos cobra una gestoría, nos cogemos un vuelo de ida a Varsovia, hacemos los trámites, un poco de turismo y vuelo de vuelta en el mismo día. ¿Por qué? Porque aunque hay gestorías que hacen las gestiones perfectamente (y otras que no tanto, ojo), estas cosas me gusta hacerlas por mí mismo. Sin embargo, tal como están las cosas con el COVID, no es una opción viable. Si tenemos un amigo polaco que se preste a ello, es la siguiente mejor opción.

Primera parte - Registro

El siguiente enlace contiene un archivo comprimido con los documentos necesarios para hacerlo nosotros mismos o con un amigo polaco: formulario de registro, autorización para el registro y autorización para retirar la documentación, junto con modelos de cómo rellenarlos.

https://www.dropbox.com/s/j5szjdae2o...onsal.zip?dl=0

A los documentos de solicitud hay que adjuntar:
- certificado de baja del registro anterior (copia notarial o traducción jurada)
- factura o contrato de compraventa (copia notarial o traducción jurada)
- DNI del propietario (sin traducir)
- documento que especifique las dimensiones y superficie vélica del barco (traducción jurada si no está en inglés o no es un certificado ORC).

Este procedimiento es para hacer el trámite en las oficinas de la PZZ en Varsovia. El registro se puede hacer también en otras oficinas - Ayuntamientos y Starost (algo así como las Diputaciones Provinciales) - pero al parecer, en estos sitios no son tan flexibles con la documentación: piden que esté traducida exclusivamente al polaco y a veces piden documentos adicionales...

Tanto la entrega de la documentación como la recogida del certificado de registro hay que hacerlas personalmente. Si no va el interesado, hay que dar una autorización para cada trámite por separado a la persona que vaya a recoger la documentación, según el modelo que adjunto.

En el formulario de registro hay que firmar dos veces: una por el documento en sí y otra por el consentimiento de tratamiento de datos.

Segunda parte - Licencia radio

Una vez que tengamos el certificado de registro hay que pedir la licencia radio. El procedimiento para solicitar licencia radio (y, si los quieres, MMSI o ATIS) no ha cambiado, sigue siendo en papel por correo postal y lo puede hacer uno mismo desde España; tarda entre 2½ - 3 meses .

Hay que adjuntar copia de los certificados de conformidad CE de todos los equipos citados en el formulario, copia del certificado de registro polaco del barco y copia del título de operador radio (vale el PER/PY/CY del modelo nuevo, y no hace falta traducirlo porque ya viene en inglés).

Si tenemos radiobaliza, en el formulario hay que indicar el número de certificado TAC de la radiobaliza emitido por COSPAS-SARSAT.

El enlace para la guía de la licencia radio es el siguiente:

https://www.dropbox.com/s/m6tp0kgsd4...olaca.zip?dl=0

Si tuvieras alguna duda, privado al canto.

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Antiguo 24-01-2021, 10:16
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  #1267  
Antiguo 24-01-2021, 10:22
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Predeterminado Re: Respuesta: Abanderamiento En Polonia

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Originalmente publicado por Apagapenol Ver mensaje
Buenas tardes, cofrade:

Desde que el verano pasado los polacos eliminaron el trámite de registro por correo postal y lo sustituyeron por el sistema REJA24, el registro online en Polonia sólo es accesible a ciudadanos polacos. Quizá en un futuro la situación cambie, pero por ahora es lo que hay.

Así, las únicas vías que tenemos los extranjeros para abanderar en Polonia son:

- a través de gestoría.
- a través de un ciudadano polaco, que presente los papeles en nuestra representación.
- ir personalmente a hacerlo.

En condiciones normales, yo soy partidario de la última opción, que no es tan descabellada como pudiera parecer: por el mismo precio que nos cobra una gestoría, nos cogemos un vuelo de ida a Varsovia, hacemos los trámites, un poco de turismo y vuelo de vuelta en el mismo día. ¿Por qué? Porque aunque hay gestorías que hacen las gestiones perfectamente (y otras que no tanto, ojo), estas cosas me gusta hacerlas por mí mismo. Sin embargo, tal como están las cosas con el COVID, no es una opción viable. Si tenemos un amigo polaco que se preste a ello, es la siguiente mejor opción.

Primera parte - Registro

El siguiente enlace contiene un archivo comprimido con los documentos necesarios para hacerlo nosotros mismos o con un amigo polaco: formulario de registro, autorización para el registro y autorización para retirar la documentación, junto con modelos de cómo rellenarlos.

https://www.dropbox.com/s/j5szjdae2o...onsal.zip?dl=0

A los documentos de solicitud hay que adjuntar:
- certificado de baja del registro anterior (copia notarial o traducción jurada)
- factura o contrato de compraventa (copia notarial o traducción jurada)
- DNI del propietario (sin traducir)
- documento que especifique las dimensiones y superficie vélica del barco (traducción jurada si no está en inglés o no es un certificado ORC).

Este procedimiento es para hacer el trámite en las oficinas de la PZZ en Varsovia. El registro se puede hacer también en otras oficinas - Ayuntamientos y Starost (algo así como las Diputaciones Provinciales) - pero al parecer, en estos sitios no son tan flexibles con la documentación: piden que esté traducida exclusivamente al polaco y a veces piden documentos adicionales...

Tanto la entrega de la documentación como la recogida del certificado de registro hay que hacerlas personalmente. Si no va el interesado, hay que dar una autorización para cada trámite por separado a la persona que vaya a recoger la documentación, según el modelo que adjunto.

En el formulario de registro hay que firmar dos veces: una por el documento en sí y otra por el consentimiento de tratamiento de datos.

Segunda parte - Licencia radio

Una vez que tengamos el certificado de registro hay que pedir la licencia radio. El procedimiento para solicitar licencia radio (y, si los quieres, MMSI o ATIS) no ha cambiado, sigue siendo en papel por correo postal y lo puede hacer uno mismo desde España; tarda entre 2½ - 3 meses .

Hay que adjuntar copia de los certificados de conformidad CE de todos los equipos citados en el formulario, copia del certificado de registro polaco del barco y copia del título de operador radio (vale el PER/PY/CY del modelo nuevo, y no hace falta traducirlo porque ya viene en inglés).

Si tenemos radiobaliza, en el formulario hay que indicar el número de certificado TAC de la radiobaliza emitido por COSPAS-SARSAT.

El enlace para la guía de la licencia radio es el siguiente:

https://www.dropbox.com/s/m6tp0kgsd4...olaca.zip?dl=0

Si tuvieras alguna duda, privado al canto.

Saludos y
Mil gracias
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  #1268  
Antiguo 25-01-2021, 20:41
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Predeterminado Respuesta: Abanderamiento En Polonia

Hola a todos y ante todo agradecer a todos los que nos iluminais en estos tramites de forma desinteresada ! Gracias

Voy a empezar con los tramites para abanderar en Polonia, pero tengo una duda. Actualmente llevo bandera holandesa y la renove este verano pasado, por lo tanto me quedan año y medio para que caduque. Para solicitar la polaca, debo dar de baja la holandesa o como ley en algun post es suficiente con esperar que caduque ?

Gracias y muchos rones...
foner
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  #1269  
Antiguo 25-01-2021, 21:32
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Predeterminado Respuesta: Abanderamiento En Polonia

Necesitas el documento de baja holandés.


Si buscas un poco hay un tuto para tramitarlo tu...a mí me pedían 95 euros un robo...teniendo en cuenta que la tasa vale 12/15 euros.
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markuay (25-01-2021)
  #1270  
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Más 5,80€ de carta certificada a Utrech
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  #1271  
Antiguo 26-01-2021, 16:55
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Hola,

Yo he dado de baja el IPC holandés, es muy sencillo y barato, no tienes que ir a gestoría,

En este hilo te lo explican bien

https://foro.latabernadelpuerto.com/...d.php?t=173160
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  #1272  
Antiguo 27-01-2021, 16:29
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Hola,

Solicitada la baja del ICP y a la espera de que me llegue. Vamos a por Polonia... Entiendo que ahora todo es telemático y funciona igual... igual de mal quiero decir, que no podemos acceder... por ahí rondaba un contacto de alguien que te hacía los tramites presenciales? es así? Porque es la única manera a nivel particular verdad? o ir de paseo a Polonia un día entre semana.
Esperar a que habiliten el eDNI español en Polonia creo que no es opción, la verdad.
Mil gracias de antemano.
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  #1273  
Antiguo 27-01-2021, 17:42
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Buenas tardes, cofrade:

Aquí van las respuestas a tus cuestiones:

https://foro.latabernadelpuerto.com/...postcount=1238

https://foro.latabernadelpuerto.com/...postcount=1265

Con la que está cayendo, no creo que convenga ir a Varsovia a hacer los trámites presenciales a menos que tengas 1 mes disponible para pasar dos cuarentenas, una al ir y otra al volver. Ten también en cuenta que esto hay que hacerlo dos veces, una para presentar los papeles y otra para recoger el Certificado de Registro (sí, hay que recogerlo en mano). En cuanto a posibles contactos, te mando un privado.

Saludos y
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)
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FernandoR (28-01-2021)
  #1274  
Antiguo 27-01-2021, 21:13
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Cita:
Originalmente publicado por noray43 Ver mensaje
Segun la Disposicion Adicional V
En primer lugar te pedirian un titulo expedido por el pais de la bandera que enarboles ( en este caso Polonia ) si no lo llevas -por que no existe u otras causas - se pasaria al 2º punto de la disposicion
te pedirian un titulo expedido por el pais de Residencia, sea cual sea la bandera que enarboles, y sea cual sea tu nacionalidad, ( en este caso si resides en españa te pedirian un titulo español, - si no lo tienes se pasaria a la tercera opcion de la disposicion V
entonces te pedirian un titulo expedido por el pais de tu nacionalidad, Brasil
creo que es sencillo entenderlo
Muchísimas gracias, fico mas tranquilo ahora, porque tengo el titulo de Brasil. :-)

Una pregunta, el titulo español seria solo los oficiales del gobierno? es dizer los curso de RYA por exemplo no valen? Mire el contenido del PER y del RYA, me
parece que el de RYA es mucho mas completo.

Gracias por vuestra ayuda.
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  #1275  
Antiguo 28-01-2021, 14:43
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Predeterminado Re: Abanderamiento En Polonia

Buenos días a todos y una ronda de ron:
Estoy como muchos con la travesía hecha de la holandesa a la canadiense y ahora quiero empezar la de la polaca. Gracias por los avisos y explicaciones tan claros y precisos. Sólo una petición ya que en vez de una gestoría preferiría un contacto polaco. ¿Alguien puede proporcionármelo? Y puestos a pedir, son dos, ¡claro!: un sitio o persona para las traducciones juradas.
Gracias de antemano por ello y por lo que aprendo.
__________________
Mareta
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