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VHF: Canal 77 |
#1
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Puerto base
Buenas noches
Pues tengo una duda, a ver si podéis contestarme Se puede tener un barco en un puerto como base con un amarre de alquiler? O es obligado que sea en propiedad o asignado? Gracias |
#2
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Re: Puerto base
Creo que lo primero es definir, o por lo menos lo que a efectos legales, que se entiende por puerto base. Por más que busco por ahí no encuentro nada (cosa poco extraña dada la "claridad de la normativa").
Bajo mi punto de vista, y ojo es mi punto de vista particular sin ningún tipo de base legal, puerto base es allí donde tiene el barco un punto de amarre permanente, sea en propiedad, alquilado o cedido. Ahora bien que pasa con los nómadas, esos no tienen un puerto fijo lo mismo están 4 meses en Girona que 1 semana en Ibiza o 3 días en Palos. Puede parecer un asunto banal hasta que les en determinadas regulaciones de tasas e impuestos aquello de "las embarcaciones que tengan puerto base en un puerto español estarán exentos de ..." |
#3
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Re: Puerto base
Hola yo también añadiría, que esta relacionado con el distrito marítimo o capitanía marítima donde esté inscrito el barco. Las capitanía marítimas tienen zonas bien definidas de su competencia y por tanto puertos
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MMSI 224433230 Por la bahía... yo quiero ser marinero por la bahía bajo el azul de los cielos en el mar de Andalucía , |
#4
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Respuesta: Re: Puerto base
En buques de pesca si hablan de puerto base: "se entiende por puerto base de un buque aquel desde el cual desarrolla sus actividades o aquel donde lleva a cabo normalmente las operaciones de despacho del buque y comercialización de sus capturas"
Por esta razón yo creo que mi puerto base es donde tengo mi barco habitualmente, aunque mi folio sea de otra Capitanía Marítima. Saludos Rafa
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RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
#5
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Re: Puerto base
Eh ahí el tema, en pesqueros buques de pasaje y demás está más o menos claro. Lo del tema de las capitanías y sus puertos.... La verdad no lo veo mi barco está matriculado en Barcelona pero amarra en Getxo.
Para los que al final tenemos el barco matriculado en España, como digo, es un tema baladí pero para los que lo tienen matriculado en otro país... Por ejemplo Francia, Italia, etc esa ausencia de definición concreta me tiene escamado. Ahora no recuerdo que tasa es no sé si es la T0 o cuál pero específica que la tasa es anual excepto para barcos de 9 que tengan su puerto base en España que lo abonan una única vez. Si se entiende puerto base como expone el cofrade ROyOR perfecto es donde tienes el barco habitualmente (aunque estaríamos otra vez a dudas con los que no tienen un puerto fijo nómadas) pero si es como expone Danilo la cosa cambia |
#6
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Re: Puerto base
Para mí, la cosa está clara: el puerto de registro es el que figura en la documentación del barco (en España ni siquiera es un puerto, sino una Capitanía, que es un ente mucho más abstracto, una entidad meramente administrativa), y en principio es inamovible. El puerto base, como ha dicho el cofrade ROyOR, es el puerto donde normalmente tiene su amarre; curiosamente, el puerto base puede ser cambiante, e incluso hay quien ni siquiera lo tiene.
De todos modos, no creo que haya ningún conflicto entre ellos; es más, somos muchos los que tenemos un puerto base distinto del de registro (al que ni siquiera hemos ido nunca ). Y ojo, que esto no se aplica sólo a los pabellones extranjeros: también pasa, y muy a menudo, con los pabellones españoles. Saludos y
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
#7
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Re: Puerto base
Yo creo que lo del puerto base, o base, es solo para pesqueros y barcos del Estado, Gris Line, Heneikens, Aduanas, Sasemar etc..
Saludos |
#8
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Re: Puerto base
Y para los barcos de lista 6?
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