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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Buenas tardes, cofrades:
A raíz del desgraciado accidente en el que falleció un navegante manejando un dispositivo pirotécnico, se me ocurre que podríamos pedir formalmente a la DGMC que eliminara la obligatoriedad de llevar pirotecnia a bordo. Ya sé que la Chatarrera no va a dar su brazo a torcer, pero uno no pierde la esperanza de que alguna vez haya algo de sentido común en Ruiz de Alarcón, 1. ¿Ideas? ¿Comentarios? Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
18 Cofrades agradecieron a Apagapenol este mensaje: | ||
Aitonos (25-01-2023), aywi (25-01-2023), Blau70 (25-01-2023), ddelgrac (21-02-2023), Egis (01-02-2023), humpback (24-01-2023), Itaca2018 (28-01-2023), javijust (24-01-2023), jotaguirre (01-03-2023), kakyka (25-01-2023), moryak (26-01-2023), ODIN (25-01-2023), port bo (27-01-2023), Reivah (24-01-2023), ROyOR (24-01-2023), Tanausu (30-01-2023), Xenofonte (25-01-2023), yoyete (24-01-2023) |
#2
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![]() Desde luego que los tiempos lo imponen al haber alternativas mejores. Algunas posibles objeciones:
- como se ha comentado, parece que la normativa internacional aún requiere la pirotecnia. - si se sustituyen oficialmente por LED u otra tecnología similar, introducirán lo que ya sabemos: la doble homologación, revisiones periódicas, cambio de batería por instalador autorizado, etc... y por supuesto las sanciones correspondientes. Con lo que al final iba a resultar mucho más oneroso que la pirotecnia, lo que también es un factor a tener en cuenta.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
#3
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![]() Cita:
Mira este enlace y verás que ya llevamos a bordo - obligatoriamente - la radio VHF-DSC, y muchos llevamos otros de los dispositivos de socorro indicados (EPIRB, PLB, AIS-MOB, etc.): https://assets.rya.org.uk/assetbank-...?assetId=47542 Por otra parte, hay que tener en cuenta que el número de accidentes en los que la señal de socorro utilizada ha sido la pirotecnia es inferior al 1%, entre 2001 y 2010. ¿Realmente merece la pena llevar explosivos a bordo? Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) Editado por Apagapenol en 24-01-2023 a las 16:11. |
#4
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#5
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![]() Me parece una idea estupenda, pero conociendo como funciona nuestra administracion
![]() Se nota que tengo poca fe en la normativa española ya sea nautica y / o de otros sectores, lo dejo ahi.
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Xavi ![]() Oceanis 361 Cambrils EA3B |
#6
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![]() Debería hacerse una ILP (Iniciativa Legislativa Popular), pero exigen que se aporten un mínimo de 500.000 firmas y en este foro somos casi 71.500 cofrades... sería cosa de moverse. Eso sí, una vez que participé en una (hace más de 15 años) pedían que el redactado que se iba a presentar en el Parlamento estuviera en las hojas en las que se firmaba y con esa firma debía aparecer claramente el nombre, apellidos, DNI y domicilio de cada uno de los firmantes. Sería cuestión de ver si hay cofrades suficientes repartidos por nuestros puestos como para poder recoger tantas firmas como fuera posible.
Ya os digo que cosas como "change.org" y similares solo sirven para que nos envíen publicidad después de que metamos nuestros datos en esa página y no tiene vinculación alguna. Ya todo depende de si nos organizamos y nos liamos la manta a la cabeza. ![]() |
#7
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![]() Como idea, es buena
como comentario, ¿ quien ó a través de quien,se podría presentar esa petición? directamente con un pliego de firmas ? o a traves de alguna asociación ? espero alguna información más, ![]() |
#8
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![]() Una idea, inutilizarlas sin que se note, pero así no arden ni explotan, guardarlas para las inspecciones y comprar un kit de Led.
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MMSI 224433790 |
#9
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![]() Cita:
La ventaja es que con los actuales medios que permiten la firma electrónica (y contando con un certificado digital o DNI electrónico con los certificados al día) se deja el documento en cualquier nube una vez redactado y puede ser sucesivamente firmado por todos los interesados. Puedo hacer un tutorial de firma electrónica para quien lo necesite. Enviado desde mi M2012K11AG mediante Tapatalk |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Reivah | ||
pablitoig (24-01-2023) |
#10
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![]() Cita:
Sabes cuantas firmas +/- serían suficientes gracias |
#11
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Enviado desde mi M2012K11AG mediante Tapatalk |
#12
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![]() Cita:
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#13
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![]() Pues cuenta con ello.
En unos días estará listo. Enviado desde mi M2012K11AG mediante Tapatalk |
#14
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![]() No había leído esto aún, pero me parece patética la situación ; veréis por qué:
Yo pregunto. ¿Dónde está la gente de Anavre? ¿No debieran actuar en estos casos? ¿Para qué cobran la cuota a sus asociados? No debieran defender nuestros intereses como navegantes luchando a partir de cualquier resquicio que haya, ¿no? Lo que ha pasado con el recurso del RD es ya un claro síntoma de que su directiva no buscan defender sus asociados, sino quedar bien, cobrar dietas (altamente calóricas ![]() Al final, ¿ha de ser la iniciativa popular como la que se habla en este hilo en colaboración con Paom, que al final somos 4 gatos, los que salvemos el tipo a la comunidad? Creo que lo haremos encantados porque lo hacemos desde el corazón, pero ¿dónde está esa asociación de navegantes tan amiga de la patronal? ¿Tanto empozoña el soma? ![]() |
#15
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![]() Sí se lee con atención el real decreto, especialmente su disposición adicional cuarta, ya queda claro que si se autoriza el uso de bengalas electrónicas como sustitutas de las señales pirotécnicas será previa homologación.
Enviado desde mi M2012K11AG mediante Tapatalk Editado por Reivah en 27-01-2023 a las 07:39. |
#16
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![]() Cita:
de 23 de julio de 2014 y que sirve de base de desarrollo de nuestro Real Decreto 701/2016, de 23 de diciembre. Os aconsejo la lectura, porque al leerla se entiende un poco la base de nuestro ordenamiento, la marca de rueda del timón, procesos de homologación y armonización de las legislaciones de los pabellones de la UE. Os adjunto enlace y en el artículo 30 es donde se hace referencia a la posible excepción. https://www.boe.es/doue/2014/257/L00146-00185.pdf ![]() |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Ligera | ||
Reivah (27-01-2023) |
#17
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![]() Sobre todo, conviene leerse atentamente el Anexo II de la Directiva, en donde se explican los procesos de evaluación de la conformidad (ojo, no confundir con una homologación), que tienen que ser efectuados por los denominados Organismos Notificados, entidades independientes de evaluación y certificación.
Que yo sepa, la Administración náutica española no es un Organismo Notificado, por lo que no puede emitir certificados de conformidad; las homologaciones que expide son redundantes - e innecesarias, a menos que su propósito sea forzar a unos proveedores cautivos a que pasen por el aro - porque se hacen sobre equipos que ya poseen un certificado de conformidad. Para más información sobre el marcado: https://foro.latabernadelpuerto.com/...d.php?t=194833 Por otra parte, varios de los EVDS que existen en el mercado tienen certificado de conformidad CE; por ejemplo: https://www.odeoflare.com/wp-content...-C-Issue-1.pdf Y ahora vamos a lo nuestro... Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
#18
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![]() Cita:
7) «organismo notificado»: el organismo designado por la administración nacional competente de un Estado miembro de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17; Artículo 17 Notificación de los organismos de evaluación de la conformidad 1. Mediante el sistema de información facilitado por la Comisión a tal efecto, los Estados miembros notificarán a la Comisión y a los demás Estados miembros cuáles son los organismos autorizados para realizar tareas de evaluación de la conformidad con arreglo a la presente Directiva. 2. Los organismos notificados deberán cumplir los requisitos contemplados en el anexo III. ANEXO III REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ORGANISMOS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD PARA CONVERTIRSE EN ORGANISMOS NOTIFICADOS 1. A efectos de la notificación, un organismo de evaluación de la conformidad deberá cumplir los requisitos establecidos en los puntos 2 a 11. 2. El organismo de evaluación de la conformidad se establecerá con arreglo al Derecho interno y tendrá personalidad jurídica. 3. El organismo de evaluación de la conformidad será independiente de la organización o del equipo marino que evalúa. 4. Se puede considerar organismo de evaluación de la conformidad a un organismo perteneciente a una asociación empresarial o una federación profesional que represente a las empresas que participan en el diseño, la fabricación, el suministro, el montaje, el uso o el mantenimiento de los equipos marinos que evalúa, a condición de que se demuestre su independencia y la ausencia de conflicto de intereses. Y no era mi intención inmiscuirme en "lo vuestro" pero ya que me la has puesto votando... "para viaje tan corto no hacían falta alforjas". Saludos |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Ligera | ||
J.Alcantara (27-01-2023) |
#19
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![]() Presentada
Enviado desde mi SM-A528B mediante Tapatalk |
#20
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![]() Si alguien necesita ayuda con la vía telemática o para comprobar si sus certificados están vigentes, solo tiene que decirlo aquí.
Sobre el estupendo tutorial de Apagapenol, añadir: - Que, además de los certificados que él indicó también se puede firmar con otros muchos certificados emitidos por otras autoridades de certificación. - Que para usuarios de Windows y Android (con móviles con NFC) el teléfono puede funcionar como lector de DNIe. Enviado desde mi M2012K11AG mediante Tapatalk Editado por Reivah en 01-02-2023 a las 05:49. |
2 Cofrades agradecieron a Reivah este mensaje: | ||
alcachofo (31-01-2023), Apagapenol (31-01-2023) |
#21
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![]() Enviada.
Gracias por el esfuerzo!! ![]() |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a alcachofo | ||
Apagapenol (31-01-2023) |
#22
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![]() Cita:
Si no es así, en cuanto pueda me acerco a Correos y la presento en papel. Lo único que no veo claro, maniático como soy con el tema de los datos personales, es lo de dar el teléfono, ¿es un requisito obligatorio? Editado por BlackPearl en 01-02-2023 a las 12:03. |
#23
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![]() Cita:
- Cl@ve PIN - Cl@ve permanente sin acreditación presencial - Cl@ve permanente con acreditación presencial (has pasado por una oficina pública y han comprobado que eres tú) Cl@ve permanente con acreditación sirve en este momento para un buen número de gestiones, pero para firmar electrónicamente solo sirve en gestiones de Seguridad Social y eso previa generación de un certificado digital remoto que no estará alojado en tu ordenador (como el de la FNMT) o en una tarjeta criptográfica (que es lo que, en el fondo, es el DNIe). Así que sin haberlo comprobado y con el riesgo de equivocarme, diría que no te servirá. Eso no quita para que Cl@ve Permanente me parezca una herramienta estupenda, pero tiene la utilidad que tiene. Edito para añadir que yo no puse el teléfono y que no parece, por tanto, un dato obligatorio. Enviado desde mi M2012K11AG mediante Tapatalk Editado por Reivah en 01-02-2023 a las 13:18. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Reivah | ||
BlackPearl (01-02-2023) |
#24
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![]() Buenos días.
Petición enviada "por fin" telemáticamente, tiende a dar error cuando se trata de enviar. ![]() ![]() ![]() ![]() |
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