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VHF: Canal 77 |
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Resumen sobre como moverse en Tabarca
Hola compañeros del foro,
A mitad de Verano y tras unas visitas a Tabarca (parte sur y parte norte), he hablado con patrones y leído artículos y foros sobre Tabarca, y me encuentro con que hay mucho desconocimiento e incertitude sobre qué se puede y qué no se puede hacer en barco en la Isla de Tabarca, y cuál es el plan de las autoridades respecto al uso de la Isla de Tabarca para el patrón de una embarcación con uso recreativo. Yo desde luego soy uno de los que tiene dudas respecto al uso correcto de la Reserva Marina de la Isla de Tabarca. Para subsanar esto, y para que a cualquier patrón que visite la isla le quede claro qué se puede hacer y qué no se puede (ó debe), he creado una guía que adjunto debajo de este párrafo. Esta guía es un prototipo/versión beta, y la he creado únicamente para que haya claridad sobre sobre las actividades recreativas que uno pueda hacer en Tabarca. Agradecería cualquier ayuda para rellenar las dudas, y por supuesto se admiten críticas y texto adicional, el documento no es mío sino un texto de uso público para ayudar a los patrones de embarcaciones de recreo. Si a alguien se le ocurre una idea mejor de como explicar los usos recreativos en la Isla de Tabarca, bienvenida sea esa idea y, por favor, compartela. Isla de Tabarca, resumen de la situacion a Agosto del 2022 Desde la publicación del documento BOE-A-2019-1680, por orden APA/102/2019, del 23 de Enero del 2019, se regula la [reserva marina de interés pesquero de la Isla de Tabarca], y se definen su delimitación y usos permitidos (ver referencias más abajo). El documento es un tanto enrevesado de leer, y a la vez un poco escueto en algunos puntos, con el resultado de que se mencionan las condiciones para pesca, investigación científica o buceo profesional (no es mala idea), y sin embargo no queda muy claro donde se permite fondear, o navegar, o bajo qué condiciones navegar a un patrón que llegue a la isla para usos recreativos que no contemplan ni la pesca ni el buceo profesional ni investigaciones científicas ni un simple tránsito. Aparte de eso, es importante saber que hay grupos medioambientales presionando al gobierno para prohibir o limitar de manera muy dura (a mi parecer) el acceso a la isla. Por ejemplo, está AHSA (Asociación de los Humedales del Sur de Alicante), buscando una reducción sustancial del número de amarres (ver referencias más abajo). Esta guía es un prototipo que espero que se pueda ir rellenando entre muchos para que el patrón de embarcación de recreo (no me refiero al posesor del PER, sino al operador de un barco de recreo) que viaje a Tabarca para un uso recreativo (comerse un bocadillo, bucear con tubo una hora, etc.) sepa qué esperar y así poder operar de manera legal, responsable y sin dudas, a la vez que disfruta de lo que ofrece nuestro gran país. Referencias: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-1680 http://ahsa.org.es/tabarca Mapa: https://www.boe.es/datos/imagenes/di...01680_5631.png Navegacion: • *Por rellenar* Fondeo: • Se puede fondear en el Puerto de la Mina (parte norte) • Se puede fondear en la Playa de Tabarca (parte sur) Preguntas y respuestas, con respecto al patrón de una embarcación de recreo (el operador de un barco), sin uso comercial ni pesquero: P1: ¿Dónde se puede y dónde no se puede navegar? R1: Según el del BOE-A-2019-1680, artículo 3, punto 3 a), “está permitido […] La libre navegación, según lo establecido en el artículo 7 de la presente orden”. En base al artículo 3, se entiende que se puede navegar dentro de toda la zona de la Reserva Marina de Tabarca. Sin embargo, hay una excepción: según el BOE-A-2019-1680, artículo 3, 1) d): “En la zona de reserva integral únicamente podrán realizarse las actividades científicas que estén expresamente autorizadas por la Secretaría General de Pesca […]”. En base a estos puntos, se entiende que se puede navegar en toda la Reserva Marina de la Isla de Tabarca excepto en la Zona de Reserva Integral. P2: ¿A qué velocidad debo navegar? R2: según el BOE-A-2019-1680 , artículo 7, a), “Los buques en tránsito (aquellos que no dispongan de autorización para realizar ninguna actividad en la reserva marina) navegarán a una velocidad superior a 6 nudos e inferior a 10 nudos.”. El BOE-A-2019-1680 no contiene ninguna indicación de velocidad para un buque que quiera ver el paisaje de la costa o que vaya a fondear en las inmediaciones de la isla para cualquier uso, incluído el recreativo. P3: ¿Dónde se puede y dónde no se puede fondear? R3: El punto 6 del BOE-A-2019-1680 dice que “queda prohibido el fondeo en la misma, salvo por motivos de emergencia relacionados con la seguridad de la vida humana en el mar, la seguridad nacional o el orden público”. Sin embargo, desde el punto de vista práctico hay barcos fondeados en el Puerto de la Mina y la Playa de Tabarca. NOTA: en este momento, no hay boyas indicando puntos de amarre en ninguno de estos sitios (pero ver más abajo). No queda claro bajo qué condiciones se puede fondear fuera de el Puerto de la Mina y la Playa de Tabarca, se asume que está prohibido. Tampoco queda claro dónde está el límite exterior de la zona de fondeo para el Puerto de la Mina o para la Playa de Tabarca, aunque el límite de aproximación a la cosa sí tiene boyas en la Playa de Tabarca (en Verano, porque en Mayo no había). En teoría, no se permite entrar al Puerto de la Caleta sin una licencia (pero hay muchas “reglas” no escritas al respecto”, animo al foro a contribuir). P4: ¿Hay un límite al número de barcos que pueden fondear alrededor de la isla? R4: No hay uno en este momento, pero se habla de tener 86 boyas en la zona norte (Puerto de la Mina) y 35 boyas en la zona sur (Playa de Tabarca), para un total de 121 boyas. NOTA1: AHSA quiere reducir la cantidad de boyas a un número entre 35 y 50 (en total para toda la isla, contrastar con las 121 que se han propuesto), y ha estado en contacto con las autoridades pertinentes al respecto. NOTA2: No sé por qué un grupo como AHSA, con un enfoque a la ornitología y a preservar el medio ambiente de las salinas (loable actividad), mete baza en un tema sobre el uso legítimo del litoral español tal como el libre acceso a nuestra propia costa de manera responsable, ó si existe un grupo que abogue por los derechos del patrón y ciudadano español a la libertad de uso responsable en la costa de su país. P5: ¿Se puede navegar en la zona de Usos Regulados? R5: Se puede navegar en toda la Reserva Marina de Tabarca excepto en la Zona de Reserva Integral. P6: ¿Se puede navegar en la zona de Usos Restringidos? R6: Se puede navegar en toda la Reserva Marina de Tabarca excepto en la Zona de Reserva Integral. P7: ¿Se puede navegar en la zona de Reserva Integral? R7: No, está prohibido. Según el artículo 3 del BOE-A-2019-1680, “En la zona de reserva integral únicamente podrán realizarse las actividades científicas que estén expresamente autorizadas por la Secretaría General de Pesca […]”. P8: ¿Se puede bucear en Tabarca? R8: Según el artículo 3 3) b) del BOE-A-2019-1680, “En toda la reserva marina están permitidas, sin necesidad de autorización, pero sin perjuicio del cumplimiento de la normativa que las regula, con la obligación de observar las buenas prácticas marineras y bajo la responsabilidad de sus practicantes, las siguientes actividades: […] El «snorkeling» (equipo ligero: gafas, tubo y/o aletas) y la natación estarán permitidos únicamente en el litoral de la isla, a no más de 200 metros de distancia de la orilla en las playas y a no más de 50 metros en el resto de la costa o, cuando existan zonas de baño balizadas, hasta su límite.” Se supone que el buceo no está permitido en la zona de Reserva Integral, ya que según el artículo 3 del BOE-A-2019-1680, “En la zona de reserva integral únicamente podrán realizarse las actividades científicas que estén expresamente autorizadas por la Secretaría General de Pesca […]”. Sin embargo, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, indica que se requiere autorización para buceo autónomo: “Se permite el buceo autónomo en la reserva, previa autorización. Las embarcaciones deben amarrarse a la boya destinada.”. El Ministerio no menciona ninguna restricción al “snorkeling”. https://www.mapa.gob.es/es/pesca/tem...racteristicas/ P9: ¿Por qué hay distintas Zonas de Usos Regulados? R9: P10: ¿Qué limitaciones tienen para el uso recreativo cada una de las Zonas de Usos Regulados? R10: P11: ¿Qué limitaciones tiene para el uso recreativo las Zona de Usos Restringidos? R11: |
16 Cofrades agradecieron a Rionegro este mensaje: | ||
Bayron (24-08-2022), ELKAN (23-08-2022), genoves (23-08-2022), gongar (12-08-2022), jaberi (11-08-2022), jsirventb (16-08-2022), kelt (16-08-2022), mario147 (14-08-2022), Mastelerillo (12-08-2022), Matasurf (12-08-2022), miguel76 (13-08-2022), Pipika (24-08-2022), pytyclys (11-08-2022), Reivah (11-08-2022), teteluis (15-08-2022), Willy-foc (24-08-2022) |
#2
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Re: Resumen sobre como moverse en Tabarca
Vaya tocho que he escrito!
Entre tanto texto, igual no queda claro que puntos están en duda. Resumo las preguntas que animo al foro a responder: 1) Se puede fondear fuera del Puerto de la Mina o de la Playa de Tabarca? Se entiende que no, pero según el BOE no se puede fondear en ningun sitio de la isla, y a la vez todos vemos que se fondea al norte y al sur y que esas boyas de las que se habla no están. Vamos, que esto no queda nada claro y yo cuando fondeo allí me dedico a seguir lo que veo que hace el resto, pero no sé en realidad qué límites hay aparte de la delimitación de la Reserva Integral y no fondear dentro del puerto comercial (y sin embargo leo de gente que lo ha hecho con éxito, desconozco el detalle, eso ya para otra) 2) para el marinero normalito de un chapuzón y un bocadillo viendo las olas... hay alguna diferencia entre las distintas zonas de Uso Regulado y/ó la de Uso Restringido? No veo ninguna diferencia, tal vez sea algo de pesca comercial? 3) no veo expresamente prohibido navegar en las zonas de Uso Regulado o Uso Restringido. Se agredecería si alguien puediera ayudar a verificar al 100% que se puede navegar en estas zonas, y si hubiera restricciones, de que índole son 4) no queda claro a qué velocidad se debe navegar dentro de la reserva si uno no está en tránsito 5) no queda claro si está permitido turistear la costa, o si sólo se permite entrar y salir de la zona de fondeo |
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teteluis (15-08-2022) |
#3
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Re: Resumen sobre como moverse en Tabarca
Vaya tocho que he escrito!
Entre tanto texto, igual no queda claro que puntos están en duda. Resumo las preguntas que animo al foro a responder: 1) Se puede fondear fuera del Puerto de la Mina o de la Playa de Tabarca? Se entiende que no, pero según el BOE no se puede fondear en ningun sitio de la isla, y a la vez todos vemos que se fondea al norte y al sur y que esas boyas de las que se habla no están. Vamos, que esto no queda nada claro y yo cuando fondeo allí me dedico a seguir lo que veo que hace el resto, pero no sé en realidad qué límites hay aparte de la delimitación de la Reserva Integral y no fondear dentro del puerto comercial (y sin embargo leo de gente que lo ha hecho con éxito, desconozco el detalle, eso ya para otra) 2) para el marinero normalito de un chapuzón y un bocadillo viendo las olas... hay alguna diferencia entre las distintas zonas de Uso Regulado y/ó la de Uso Restringido? No veo ninguna diferencia, tal vez sea algo de pesca comercial? 3) no veo expresamente prohibido navegar en las zonas de Uso Regulado o Uso Restringido. Se agredecería si alguien puediera ayudar a verificar al 100% que se puede navegar en estas zonas, y si hubiera restricciones, de que índole son 4) no queda claro a qué velocidad se debe navegar dentro de la reserva si uno no está en tránsito 5) no queda claro si está permitido turistear la costa, o si sólo se permite entrar y salir de la zona de fondeo |
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teteluis (15-08-2022) |
#4
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Re: Resumen sobre como moverse en Tabarca
Yo estuve hace poco
Se fondea en la zona del puerto y en la playa…según el viento Cuantos? Los que quepan Prohibido dentro del puerto Se pude navegar por la zona delimitada de la reserva pero no fondear ni bucear Hubo un año que a un político iluminado se le ocurrió que no se podían dejar los barcos solos, ya no está en vigor Ah, el problema en la zona de la playa es que no hay zona para desembarcar con auxiliar, en la zona del puerto si hay Bueno esto es lo que se hace…la normativa? Pues no se |
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teteluis (15-08-2022) |
#5
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Re: Resumen sobre como moverse en Tabarca
Cita:
Y no solo no se podía dejar solo, sino que el que se quedará a bordo debía tener titulación acorde con la eslora del barco (no valía dejar al niño mientras todos bajaban al chiringuito a comer). |
#6
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Re: Resumen sobre como moverse en Tabarca
Cita:
La Comandancia de Marina ya no tiene nada que ver con la ordenación del tráfico en la isla Buen finde |
#7
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Resumen sobre como moverse en Tabarca
Entonces ya no hay problema legal en dejar el barco solo para por ejemplo, comer en la isla o hacer snorkel dos horas?
Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk |
#8
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Re: Resumen sobre como moverse en Tabarca
Creía que había sido la comandanci y no capitanía
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#9
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Re: Resumen sobre como moverse en Tabarca
Si, ya se puede.
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Rionegro (23-08-2022) |
#10
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Resumen sobre como moverse en Tabarca
P2: ¿A qué velocidad debo navegar?
R2: según el BOE-A-2019-1680 , artículo 7, a), “Los buques en tránsito (aquellos que no dispongan de autorización para realizar ninguna actividad en la reserva marina) navegarán a una velocidad superior a 6 nudos e inferior a 10 nudos.” Comentar de nuevo este punto. Qué lumbrera lo habrá redactado? Sabrá dicha lumbrera que existen los veleros? O quizá prefiera que los veleros vayan a motor todo avante.
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Mario. |
#11
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Resumen sobre como moverse en Tabarca
Cita:
A lo que hemos de añadir la confusión que genera la palabra "buque" (más de 24 metros). Definitivamente, ya va siendo hora, hace falta un departamento de náutica de recreo. |
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Rionegro (23-08-2022) |
#12
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Re: Resumen sobre como moverse en Tabarca
No sabeis lo que os agradezco esto,..
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Rionegro (23-08-2022) |
#13
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Re: Resumen sobre como moverse en Tabarca
Me ha parecido curioso tu post, a la vez que me ha aportado aun más dudas si cabe. Si llego a haberlo leido hace cuatro días habría preguntado tus dudas allí mismo a los que lo vigilan.
He estado fondeado en Tabarca este fin de semana, primera vez que volvía desde el 2015, cuando apenas existían tantas normas respecto al fondeadero, e iba en todas las épocas del año varias veces. Sabedor de los problemas de antaño de encontrar fondeo, y más un finde de agosto, sábado, y los líos que leí aquí y en otros sitios, salí el viernes de San Pedro del Pinatar a las 18.00, para llegar a vela con un buen SSE a las 22.30, fondeando de noche en la playa el S, y había otros 4 veleros en el fondeo además de una enorme goleta de tres palos y más de 50 m. de eslora, separada algo más de una milla, y que me gustaría saber cómo se llamaba. Pensé que llegando de noche habría más sitio, y en caso de que me hicieran ver alguna limitación, me podría ir por la mañana temprano. Fondeé orincado con 24 m de cadena en 7 de fondo para pasar la noche, el viento habia bajado ya del todo, pero quedaba una molesta pero soportable ola de SSE. Fue una noche bonita pero algo movida. El sábado al amanecer pasó una motora eléctrica con un logotipo grande de RESERVA MARINA y gente más o meno uniformada, se acercó a un velero próximo, les despertó y les indicó algo que no oí. Más tarde pasé por curiosidad a preguntarles y me dijeron que les habían hecho quitar la caña del cañero, aunque no estaban pescando, pero que se la habían dejado al venir haciendo curricán. Ni a mi ni a otros 4 barcos nos dijeron nada. El fondeo S tiene una delimitación con boyas amarillas en forma de U invertida al S y con el extremo curvo hacia la playa, delimitando la parte en que no se puede ni fondear ni navegar (ni es recomendable por las piedras). Dentro de esa U sí se puede fondear y navegar líbremente hasta llenarla y pelearte con los prójimos. En la playa hay tambien un canal balizado de desembarco. Un rato más tarde, temprano aun, me fui (con dudas) a dar la vuelta a la isla en piragua muy cerca de la costa. El fondeo N tenía más barcos, unos 15, y muy esparcidos. Al N parece no haber una zona tan delimitada, tan solo unas boyas entre los bajíos del E de esa cara N, y aproximadamente perpendicular a la iglesia al W, y estaba lleno de barcos fondeados en fondo de roca y posidonia, y la motora de las reserva los habria visto como yo, entiendo. A lo largo del día, el fondeadero S de la playa, se llenó de cerca de 300 entre veleros, motoras de distinto porte y motos de agua, además de toda clase de artilugios flotantes procedentes de los barcos o la playa, por supuesto monótonos regaetones variados sonaban, y rara vez las motos de agua pasaban despacio entre embarcaciones, bañistas o tablas de padel y unicornios. La playa estaba llena hasta la bandera. por toda la costa, dentro y fuera de la zona balizada, se veía a gente haciendo snorkel, montando en padel o bañándose desde la calas. Hacia las 1800 se habían ido ya casi todos los barcos, a las 1930 quedábamos tres veleros y una motora para dormir. Bajamos todos a cenar en zodiac, confirmándonos la polícía local, que no había ninguna prohibición. Por la mañana del domingo la prevision era de S que subiría a mediodía a 18', e iba aumentando la ola y los que estábamos aun nos fuimos antes de las 11. Las pocas motoras y veleros que llegaban, se iban al poco. En cambio, al N había ya a las 1200 cerca de 50 barcos de todo porte, protegidos de la ola aunque no del viento, y como digo, en un area sin perimetrar claramente. CONCLUSIONES:
Y eso es lo que puedo contar en caliente. Editado por genoves en 23-08-2022 a las 18:22. |
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