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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Hola cofrades.
He visto un barco que me encaja, y su precio también. Contacté con el broker, y le pregunté si aceptaba mi barco actual como parte del pago y me comentó que si. La sorpresa fue, que su tasación fue muy a la baja. El barco está a son de mar, bien equipado y cuidado. El caso, es que me argumentó que si se lo quedaba como parte del pago, tenía que asumir el 10% de ITP, luego el iva, más el impuesto de sociedades… y que finalmente si no lo deprecia mucho no le salía rentable. El barco que quería comprar era bandera Alemana, con el iva pagado. Mi barco, es bandera española, y lista 7. Las preguntas que tengo son: Se paga itp en este supuesto por parte del broker? El iva, lo soporta y luego lo repercute… por tanto..? El impuesto de sociedades, hasta donde yo se, se paga del beneficio… Yo tengo que asumir el itp, y el de matriculación. En que supuestos estaría exento del impuesto de matriculación? Solo si fuese bandera española estaría exento? Entiendo que si se lo compro a un broker, el iva está pagado. Pero si se lo compro a un particular? Que forma hay de cerciorarse que ese iva está pagado? Y por tanto no cargar con ese muerto? En fin… otro barco será.. Saludos. Jorge Sanchis. Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk Editado por jorgesanchis en 08-09-2021 a las 21:57. |
#2
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![]() Este brooker es muy vivales
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a port bo | ||
jorgesanchis (10-09-2021) |
#3
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![]() Buen brokers...digno socio de ANEN...y gran pirata de la nautica de recreo...
Lo primero que deberia saber, igual lo sabe y se lo guarda...es que ITP e IVA son impuestos incompatibles...igual es que esta acostumbrado a recaudar todo lo posible , legal o no...y transferir a hacienda lo que le parezca... El ITP es un impuesto que grava las transaciones entre particulares...y el IVA si la transacion es con una empresa. La pena es que por la Ley de Proteccion de Datos se tenga que omitir su nombre , para conocimiento de todos.
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![]() Editado por berpul en 12-09-2021 a las 17:57. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a berpul | ||
jorgesanchis (12-09-2021) |
#4
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![]() Cita:
Gracias por la aclaración cofrade. Entonces siempre que compre un barco a una empresa, y pague iva, estoy exento del ITP? Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk |
#5
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![]() Efectivamente si el barco lo compras a una empresa o profesional estaria gravado con el IVA,,,aunque si el broker lo que te vende es un barco de otro particular , pagarias el ITP/AJD. Tendrias que pagar el IVA , pero solamente de la factura del broker...es decir de sus honorarios de intermediacion.
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