La Taberna del Puerto Valenciaboat
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
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  #1  
Antiguo 05-03-2011, 10:32
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

Pues Eso Que Me Estoy Planteando Ganarme La Vida Con Un Velero En Lista Sexta, Pero Solo Tengo Las Siguientes Titulaciones Que No Se Si Son Suficientes:

Patron De Recreo
Patron Portuario

Ayudita
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  #2  
Antiguo 05-03-2011, 12:31
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Corsario
 
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

No, no te bastan, ya que le patron portuario, a pesar de ser profesional, solo te vale para la rada del puerto donde estés habilitado.

Obciones:

- Patron Profesional de Recreo
- Patron de Cabotaje o equivalente (en estos momentos es tal la almalgama de titulos que yo no se caules son equivalentes. De ello seguro que aqui alguien te dice cuales.

Salut i Ron
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Creo que hay solo dos cosas infinitas: el universo y la estupidez humana. Del universo no estoy muy seguro.
(Albert Einstein)

La voile : C'est le moyen le plus lent, le plus cher, le plus inconfortable, pour aller d'un endroit où on est bien vers un autre où l'on n'a rien à faire.
(Eric Tabarly)


Navegar no es un lujo, es un derecho

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  #3  
Antiguo 05-03-2011, 13:52
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

Y Si Con Ese Velero No Voy A Navegar Mas Alla De Las 3 Millas De La Costa Tampoco.
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  #4  
Antiguo 05-03-2011, 19:12
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

Me parece que con ese título no se te arregla Creo que deberías ir directamente a capitanía marítima a ver si puedes despachar el barco para la actividad que pretendes, alquiler o lo que sea, y allí te dirán el título y la documentación del barco necesaria (seguro de pasajeros y todo eso) que necesitas. Pero me temo que no . Ya nos dirás
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  #5  
Antiguo 05-03-2011, 21:27
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

Atribuciones: Patrón de buques mercantes de arqueo bruto no superior a 100 GT que realicen navegaciones que no se alejen más de 3 millas de puerto y que transporten un máximo de 150 pasajeros. Puede ejercer simultáneamente las funciones de patrón y jefe de máquinas, siempre que el buque cuente con los automatismos adecuados y la potencia no rebase los 375 KW en un solo motor, o el doble en dos o más motores.

Condiciones de los buques

Buques civiles españoles de arqueo bruto superior a 5 GT/T.R.B y potencia

superior a 100 KW.


Creo que esta nitido y claro, distancia a puerto máxima 3 NM, y tu velero tiene que superar el desplazamiento y la potencia reseñada.

Para lo que si te sirve PPortuario es para los paseos a turistas esos de entrar y salir de puerto a ver delfines (cuando se dejan ver)
O en un fondeo de boyas para servir de taxi a las tripulaciones.
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Si acaso sobre babor la verde se deja ver
sigue avante ojo avizor, debese el otro mover.
Si a estribor ves colorado debes con cuidado obrar
pasa a uno u otro lado, para o manda ciar.
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  #6  
Antiguo 09-03-2011, 21:14
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

Si que podrias ganarte la vida pero hasta 3millas. Los títulos que siguen al patron portuario son:

-patrón litoral valido hasta 60 millas
-patrón de altura no tiene limitación
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  #7  
Antiguo 11-03-2011, 21:01
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

el patron portuario solo puede salir a 3 millas de su puerto base pero en algunas capitanias, segun el tipo de costa que tengan te hacen una
excepcion ya que en costas como las de mallorca norte existen varios puertos de emergenciao refugio , por temporales, barcos con problemas etc. si t va a la capitania marina y en tu costa existe un tipo de puerto que esten cerca uno del otro a lo mejor te despacha el barco con mas millas.
un amigo mio lo hizo asi y ahora tiene una embarcacion de charters que le dejan actuar dentro un radio de 20 millas.
y la otra solucion es poner el barco en una sociedad limitada tu buscas tus clientes i cuando tengas un viage la sociedad limitada te alquile el barco a ti con el titulo del per i asi no tienes limites de millas.
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  #8  
Antiguo 30-03-2011, 08:37
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

Hola soy patron portuario de mallorca, referente a las 3 millas, no son del puerto base, son de algun puerto o abrigo o refugio con lo cual nosotros aqui podemos navegar por toda la isla, menos la costa norte alli lo deberiamos hacer desde el unico puerto que hay que es soller. en cuanto a esto aqui por ejemplo la mayoria de los barcos en verano vienen a las playas y calas que son muy bonitas, con lo cual si puedes trabajar en un barco de charter es raro que se quieran alejar de la costa y normalmente suelen ir a dormir a puerto, ademas para cualquier actividad que se haga en la costa, buceo, bananas, ski,parapente etc la ley obliga a contratar como minimo un patron portuario y esto afortunadamente cada vez lo exigen mas, tambien te puede contratar una empresa de charter si quiere y su navegacion es costera como aqui. espero que os sirva
un saludo
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  #9  
Antiguo 30-03-2011, 08:44
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

Ah otra cosa que se me olvidaba! los 375kw de los que hablais equivalen en la practica a poder llevar dos motores de 500 caballos cada uno! creo que suficiente no? y el minimo de gt no es exactamente com decis pues ya os explique que la actividades anteriores necesitan de un patron portuario en ese aspecto creo que son a partir de 7, 5 m pero el tamaño ahora mismo no lo recuerdo bien ya os lo mirare

chao
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  #10  
Antiguo 30-03-2011, 08:48
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

otra cosa nuestro titulo nos habilita para llevar hasta 150 pasajeros tambien
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  #11  
Antiguo 01-04-2011, 11:46
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

Supongo que puedes explotarlo con el título de artificiero.




Perdón, perdón ya me voy, es que no he podido evitarlo.
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Refociles en la era y fornicios varios
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  #12  
Antiguo 05-04-2013, 20:26
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Exclamation Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

Cita:
Originalmente publicado por ashiniko Ver mensaje
otra cosa nuestro titulo nos habilita para llevar hasta 150 pasajeros tambien
Queria hacerte algunas preguntas sobre... Que tengo que hacer porque tu leas los mensajes en Taringa???
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  #13  
Antiguo 06-04-2013, 09:07
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

Pregunta: ¿quien le factura a tus clientes en este caso?

Cita:
Originalmente publicado por pagara Ver mensaje
...la otra solucion es poner el barco en una sociedad limitada tu buscas tus clientes i cuando tengas un viage la sociedad limitada te alquile el barco a ti con el titulo del per i asi no tienes limites de millas.

gracias y unas birras para todos!
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  #14  
Antiguo 12-04-2013, 19:08
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

No estoy muy seguro, pero pensaba que los patrones portuarios sólo podían patronear embarcaciones o buques matriculados en lista 5ª (lista quinta) ¿Es así o no?


¿Un patrón portuario puede patronear embarcaciones y/o buques matriculados en las listas 6ª y/o 2ª?

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Iñaki
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  #15  
Antiguo 12-04-2013, 22:53
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

yo conozco patrones portuarios que patronean barcos de la 4ª lista....

del boe, real decreto 62/1999, de 30 de diciembre, no habla de lista.

Artículo 12.Patrón Portuario.
Se crea el título profesional de Patrón Portuario, con
los siguientes requisitos de obtención y atribuciones:
A) Requisitos de obtención:
a) Haber cumplido veinte años de edad.
b) Haber realizado un período de embarque superior
a veinticuatro meses, al menos doce de ellos en el
servicio de puente como marinero de la guardia de nave-
gación y otros doce meses en el servicio de máquinas.
c) Superar la prueba de idoneidad profesional que
se determine por el Ministerio de Fomento, de acuerdo
con las normas de competencia de la sección A-II/3
del Código de Formación.
B) Atribuciones:
Ejercer como patrón de buques mercantes de arqueo
bruto no superior a 100 GT que realicen navegaciones
que no se alejen más de 3 millas de un puerto y que,
en su caso, transporten un máximo de 150 pasajeros.
Podrá ejercer simultáneamente el mando de la embar-
cación y el servicio de máquinas siempre y cuando lo
permita las características de la embarcación y la poten-
cia propulsora no rebase los 375 kW en un sólo motor
o el doble de la citada potencia propulsora en dos o
más motores.
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  #16  
Antiguo 13-04-2013, 09:28
Avatar de Aparcabarcos
Aparcabarcos Aparcabarcos esta desconectado
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Predeterminado Re: Opinion. Tengo Un Velero En Lista 6 Puedo Explotarlo Con El Patron Portuario

El período de prácticas, ¿En que tipo de barco?.

Gracias.
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Me gustaría vivir como vivo...pero pudiendo.
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