La Taberna del Puerto Sergio Ponce
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
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Antiguo 23-08-2024, 20:41
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Montar empresa y titulaciones requeridas

Buenas tardes! Soy nuevo en el foro y principalmente estoy aquí para ver si alguien puede ayudarme con unas dudas sobre una empresita que quiero montar.. la idea (llevo tiempo queriendo hacerlo y porfín estoy tirando “palante”) la idea es montar una empresita de paseos a calitas, tomar el sol, bañarse, ver atardeceres etc (en ibiza).. la duda es: en unos sitios me dicen que con el PER y el certificado de formacion basica en seg maritima sería suficiente, en otros sitios me dicen que necesito “PER, patron y capitan Yate, PPER… alguién sabría orientarme? Ya que si puedo ahorrarme alguna titulación no necesaria no me viene mal ahorrar esos eurillos

Lo siento si no es la zona del foro para ponerlo, soy nuevo y estoy algo perdido

Gracias de antemano
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  #2  
Antiguo 24-08-2024, 13:49
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Predeterminado Re: Montar empresa y titulaciones requeridas

Léete este enlace

https://www.transportes.gob.es/marin...aciones-anejas

Habilitaciones Anejas
Las titulaciones náuticas de recreo habilitan para gobernar embarcaciones de recreo que no tengan fines comerciales.

Las habilitaciones anejas de los títulos náuticos de recreo permiten a los poseedores de los títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo:

Prestar servicios de transporte de suministros, siempre dentro de las aguas interiores marítimas y del mar territorial españoles hasta una distancia máxima de cinco millas desde el puerto, puerto deportivo, marina o playa de salida, efectuados mediante embarcaciones de recreo y motos náuticas, con destino a otras embarcaciones o buques de recreo.Realizar actividades de atraque, fondeo, remolque o desplazamiento de embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos deportivos, marinas o playas, así como su traslado a otro puerto o lugar siempre que la navegación no tenga lugar a una distancia superior a cinco millas náuticas de la costa.Realizar pruebas de mar de embarcaciones de recreo y motos náuticas.Y el gobierno de embarcaciones destinadas al socorrismo en playas.
En el caso de los poseedores de los títulos de capitán de yate y patrón de yate podrán además patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, hasta una distancia máxima de cinco millas desde el puerto, puerto deportivo, marina o playa de salida.

La habilitación faculta para realizar estas actividades en embarcaciones de recreo para las que tengan facultado su gobierno, incluidas aquellas matriculadas en lista 6ª, siempre con respeto a la condiciones de seguridad que sean exigibles.

No se podrá trasladar un número de pasajeros o un volumen de carga mayor de aquel para el que están diseñadas las embarcaciones, sin que, en ningún caso, el número de pasajeros pueda ser superior a 6 personas.

También podrán desarrollar las actividades en motos náuticas siempre que distancia desde el puerto, marina o playa de partida no supere las cinco millas, no se transporten más pasajeros que aquellos indicados por el fabricante en las instrucciones de uso y una carga o superior a 50 kilos.

Requisitos para obtener las habilitaciones anejas
Los capitanes de yate, los patrones de yate y los patrones de embarcaciones de recreo deberán:

Disponer de todas las atribuciones complementarias propias del título de náutica de recreo que poseen, recogidas en el artículo 9 del Real Decreto 875/2014.Haber efectuado el curso de formación básica en seguridad incluido en la Sección A-VI/1 del Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar (Código de Formación), 1978, en su forma enmendada, impartido en centros de formación marítima homologados por la Dirección General de la Marina Mercante.
La habilitación será válida siempre que tanto el título náutico de recreo como el certificado de formación básica en seguridad estén en vigor.

Editado por buzo en 24-08-2024 a las 13:52. Razón: texto ampliado
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a buzo
Manila1886 (28-08-2024)
  #3  
Antiguo 24-08-2024, 18:51
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Montar empresa y titulaciones requeridas

Muchas gracias compañero!
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Sergio Ponce


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