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  #1  
Antiguo 12-12-2021, 07:36
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Predeterminado Sobre la rueda de timón y otros requisitos

Buenos días, cofrades:

Dado que el marcado de rueda de timón se ha mencionado últimamente, creo conveniente hacer algunas aclaraciones al marcado de productos dentro de la UE.

1. El marcado CE

El marcado CE



es obligatorio para que una serie de productos puedan ser comercializados dentro de la UE. Más información, aquí:

https://europa.eu/youreurope/busines...g/index_es.htm

y el Reglamento, aquí:

https://eur-lex.europa.eu/legal-cont...210716&from=EN

¡No os lo leáis, es un ladrillo!

Ojo, no hay que confundir el marcado CE con el marcado “China Export”:



2. La Directiva RED

La Directiva RED establece requisitos para la evaluación de la conformidad de los equipos radioeléctricos que se comercialicen dentro de la UE;esta evaluación la efectúan unos organismos independientes, llamados organismos notificados. Algunos equipos radioeléctricos que se instalan en barcos de recreo están sometidos a la Directiva RED.

El texto de la Directiva RED, aquí:

https://eur-lex.europa.eu/legal-cont...180911&from=EN

3. La Directiva MED

La Directiva MED establece requisitos para la evaluación de la conformidad de ciertos equipos que se instalen en los barcos abanderados en países miembros de la UE; la evaluación también la efectúan los organismos notificados. Los equipos a los que afecta la Directiva MED son los siguientes:
  • Equipos de salvamento SOLAS
  • Equipos de prevención de la contaminación según MARPOL
  • Equipos de radiocomunicaciones SOLAS
  • Equipos contraincendios SOLAS
  • Equipos de navegación SOLAS
  • Equipos requeridos según el RIPA
  • Otros equipos que no son de aplicación a barcos de recreo
El texto de la Directiva MED, aquí:

https://eur-lex.europa.eu/legal-cont...210811&from=EN

La Directiva MED exige el marcado de los equipos que obtengan la conformidad con una rueda de timón:



4. ¿Y el Brexit?

Tras el Brexit, el Reino Unido marca sus productos con el sello UKCA/UKNI:



Ojo, porque los productos marcados UKCA no puedan comercializarse en la UE si no tienen el marcado CE.

5. Conclusiones

Tres, todas ellas importantes:

La primera, el marcado de rueda de timón no lo concede la DGMM.

Otra, no todos los equipos que se instalen en barcos de recreo tienen que llevar el marcado de rueda de timón. Esto es particularmente cierto en el caso de los barcos que no están incluidos dentro del convenio SOLAS, como son la mayor parte de los barcos de recreo.

Y finalmente, se concluye que aplicar una homologación nacional (la célebre doble homologación) a equipos que ya tienen el marcado CE o el de rueda de timón, o que cumplen la Directiva RED, es una estupidez sólo propia de quienes ya sabemos…

Saludos y
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Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)
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Predeterminado Respuesta: Sobre la rueda de timón y otros requisitos

Cita:
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Buenos días, cofrades:

Dado que el marcado de rueda de timón se ha mencionado últimamente, creo conveniente hacer algunas aclaraciones al marcado de productos dentro de la UE.

...

3. La Directiva MED

La Directiva MED establece requisitos para la evaluación de la conformidad de ciertos equipos que se instalen en los barcos abanderados en países miembros de la UE; la evaluación también la efectúan los organismos notificados. Los equipos a los que afecta la Directiva MED son los siguientes:
  • Equipos de salvamento SOLAS
  • Equipos de prevención de la contaminación según MARPOL
  • Equipos de radiocomunicaciones SOLAS
  • Equipos contraincendios SOLAS
  • Equipos de navegación SOLAS
  • Equipos requeridos según el RIPA
  • Otros equipos que no son de aplicación a barcos de recreo
El texto de la Directiva MED, aquí:

https://eur-lex.europa.eu/legal-cont...210811&from=EN

La Directiva MED exige el marcado de los equipos que obtengan la conformidad con una rueda de timón:



.....

5. Conclusiones

Tres, todas ellas importantes:

La primera, el marcado de rueda de timón no lo concede la DGMM.

Otra, no todos los equipos que se instalen en barcos de recreo tienen que llevar el marcado de rueda de timón. Esto es particularmente cierto en el caso de los barcos que no están incluidos dentro del convenio SOLAS, como son la mayor parte de los barcos de recreo.

Y finalmente, se concluye que aplicar una homologación nacional (la célebre doble homologación) a equipos que ya tienen el marcado CE o el de rueda de timón, o que cumplen la Directiva RED, es una estupidez sólo propia de quienes ya sabemos…

Saludos y
No se puede explicar mejor, ojala lo aprendan alguno que confunden lo que es el sello de la directiva MED.

Muchas gracias por tu explicación.

Saludos
Rafa
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Apagapenol (12-12-2021)
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Predeterminado Re: Sobre la rueda de timón y otros requisitos

Cita:
Originalmente publicado por Apagapenol Ver mensaje
Buenos días, cofrades:

Dado que el marcado de rueda de timón se ha mencionado últimamente, creo conveniente hacer algunas aclaraciones al marcado de productos dentro de la UE.

1. El marcado CE

El marcado CE



es obligatorio para que una serie de productos puedan ser comercializados dentro de la UE. Más información, aquí:

https://europa.eu/youreurope/busines...g/index_es.htm

y el Reglamento, aquí:

https://eur-lex.europa.eu/legal-cont...210716&from=EN

¡No os lo leáis, es un ladrillo!

Ojo, no hay que confundir el marcado CE con el marcado “China Export”:



2. La Directiva RED

La Directiva RED establece requisitos para la evaluación de la conformidad de los equipos radioeléctricos que se comercialicen dentro de la UE;esta evaluación la efectúan unos organismos independientes, llamados organismos notificados. Algunos equipos radioeléctricos que se instalan en barcos de recreo están sometidos a la Directiva RED.

El texto de la Directiva RED, aquí:

https://eur-lex.europa.eu/legal-cont...180911&from=EN

3. La Directiva MED

La Directiva MED establece requisitos para la evaluación de la conformidad de ciertos equipos que se instalen en los barcos abanderados en países miembros de la UE; la evaluación también la efectúan los organismos notificados. Los equipos a los que afecta la Directiva MED son los siguientes:
  • Equipos de salvamento SOLAS
  • Equipos de prevención de la contaminación según MARPOL
  • Equipos de radiocomunicaciones SOLAS
  • Equipos contraincendios SOLAS
  • Equipos de navegación SOLAS
  • Equipos requeridos según el RIPA
  • Otros equipos que no son de aplicación a barcos de recreo
El texto de la Directiva MED, aquí:

https://eur-lex.europa.eu/legal-cont...210811&from=EN

La Directiva MED exige el marcado de los equipos que obtengan la conformidad con una rueda de timón:



4. ¿Y el Brexit?

Tras el Brexit, el Reino Unido marca sus productos con el sello UKCA/UKNI:



Ojo, porque los productos marcados UKCA no puedan comercializarse en la UE si no tienen el marcado CE.

5. Conclusiones

Tres, todas ellas importantes:

La primera, el marcado de rueda de timón no lo concede la DGMM.

Otra, no todos los equipos que se instalen en barcos de recreo tienen que llevar el marcado de rueda de timón. Esto es particularmente cierto en el caso de los barcos que no están incluidos dentro del convenio SOLAS, como son la mayor parte de los barcos de recreo.

Y finalmente, se concluye que aplicar una homologación nacional (la célebre doble homologación) a equipos que ya tienen el marcado CE o el de rueda de timón, o que cumplen la Directiva RED, es una estupidez sólo propia de quienes ya sabemos…

Saludos y
Reconozco que no tenia ni idea de lo que era La Directiva MED y pensaba que era algo de la DGMM. Gracias por la aclaración.
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Apagapenol (12-12-2021)
  #4  
Antiguo 12-12-2021, 16:14
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Predeterminado Sobre la rueda de timón y otros requisitos

Estupenda aclaración cofrade Apagapenol.
Temo que ni la chatarrera ni el 99% de los funcionarios de la degeme por favor tengan una idea tan clara del tema
👏👏👏

🤠⛵🥂🍾

Enviado desde mi S97Pro mediante Tapatalk
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Apagapenol (12-12-2021)
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Predeterminado Re: Sobre la rueda de timón y otros requisitos

¡Bravo, Apagapenol!, las cosas claras, que ya nos toman el pelo bastante los de siempre.
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* Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo.
* Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante.
* No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros.
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Apagapenol (12-12-2021)
  #6  
Antiguo 13-12-2021, 07:18
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Predeterminado Re: Sobre la rueda de timón y otros requisitos

Conque CE=China Export, eh??
¡Anda que no son espabilaos los chinos!
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  #7  
Antiguo 14-12-2021, 05:41
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Predeterminado Re: Sobre la rueda de timón y otros requisitos

Añado una aclaración:

Que la DGMC no conceda las declaraciones de conformidad - y por tanto el marcado con la rueda de timón - no quiere decir que no pueda liarla con los equipos que la tengan concedida.

Un ejemplo: hace unos años, la DGMC tuvo la brillante idea de exigir que los equipos de radiocomunicaciones VHF-DSC que llevaran los barcos de recreo despachados para las Zonas 1 y 2 fueran SOLAS. Estos equipos cumplen unos requisitos muy superiores a los convencionales, y son muchísimo más caros.

Pues bien, después de la correspondiente dosis de protestas, cayeron en la cuenta de que lo habían hecho mal, y ahora ya no exigen que los equipos VHF sean SOLAS, es decir, ahora tienen que ser conformes con la Directiva RED.

¿Sólo eso? Noooo, esto es la DGMC y la estúpida doble homologación se mantiene: además de conformes con la Directiva RED, tienen que estar homologados por la DGMC; hay que dar de comer a los amiguetes…

Saludos y
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Editado por Apagapenol en 14-12-2021 a las 21:59. Razón: Corrección de erratas
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