|
VHF: Canal 77 |
#1
|
||||
|
||||
Material obligatorio categoría D
Buenos días, una ronda de sidra asturiana para todos. Quiero agradeceros todo lo que he aprendido en este foro durante estos años.
Tengo un velero de 3,93 m. modelo Gambeta con motor fueraborda de 4CV despachado para categoría D. Va a tener amarre permanente en el pantalán del Puerto Deportivo de Gijón. Os agradacería que me informáseis de todo el material y documentación obligatorios que tengo que llevar a bordo, pues tras leer el RD 339/2021 tengo muchas dudas. También me gustaría saber los límites de la Zona 7 de la bahía de Gijón por donde podría navegar. Saludos y gracias anticipadas. |
#2
|
||||
|
||||
Re: Material obligatorio categoría D
No hay mucho que comentar. Tienes que llevar obligatoriamente lo que especifica el panfleto para Zona 7.
No obstante, mira aquí: https://www.promonautica.com/blog/18...page_type=post Saludos y
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
#3
|
||||
|
||||
Re: Material obligatorio categoría D
Me ha dado por consultar lo de las zonas de navegación, y hete aquí que en la propia web del MITMA dice que las zonas 5, 6... son 5 y 2 millas.... ¡de la costa! Por supuesto en el RD sigue diciendo lo de "puerto o abrigo accesible", pero una web oficial tendría que servir también de referencia.
Para el que no se lo crea, aquí está el link. https://www.mitma.gob.es/marina-merc...po-obligatorio
__________________
incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
#4
|
||||
|
||||
Re: Material obligatorio categoría D
Cita:
https://foro.latabernadelpuerto.com/...9&postcount=22 Estos de la DGMC, entre que no saben y que no quieren saber… Saludos y
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
#5
|
||||
|
||||
Re: Material obligatorio categoría D
Muchas gracias por vuestras respuestas. Lo que más dudas me creaba era el tema de los extintores y tras mirar el BOE entiendo que no tengo que llevar ningún extintor a bordo pues en FUNCIÓN DE LA ESLORA la embarcación es menor de 10 m. y no tiene espacio habitable a bordo, y en FUNCIÓN POR LA INSTALACIÓN PROPULSORA al ser un motor fueraborda menor de 25CV tampoco es necesario aunque si creo aconsejable.
|
#6
|
||||
|
||||
Re: Material obligatorio categoría D
Cita:
https://pescaenelmariate.blogspot.co...gislaci%C3%B3n
__________________
Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/ |
#7
|
||||
|
||||
Re: Material obligatorio categoría D
Gracias a todos.
|
Ver todos los foros en uno |
|
|