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  #1  
Antiguo 19-05-2007, 12:10
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Predeterminado NUEVO real decreto por el que se regula el abanderamiento...

Hoy mismo se ha publicado en el BOE el (copipego):
REAL DECRETO 544/2007, de 27 de abril, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en la Lista séptima del Registro de matrícula de buques.

aquí: http://www.boe.es/boe/dias/2007/05/1...1641-21655.pdf

Aún no me lo he leido. Que Neptuno nos pille confesados (porque nos va a pillar, seguro).

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  #2  
Antiguo 19-05-2007, 12:27
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Predeterminado Re: NUEVO real decreto por el que se regula el abanderamiento...

Ya lo estoy imprimiendo....
lo dicho en anteriores post...
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Saludos y gracias
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  #3  
Antiguo 19-05-2007, 12:56
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Predeterminado Re: NUEVO real decreto por el que se regula el abanderamiento...

Lo estuve mirando así, por encima... y me parece un avance.
Toda esa mierda gigantesca de papeles habrá que llevarla en carretilla, pero está muy clarito qué hace falta.
Particularmente encuentro interesante que los barcos de menos de doce metros y menos de 15 años comunitarios no necesiten todo el mariconeo de la documentación ce si figuran en la base de datos. No sé si era así antes.

También lo del mes de plazo para denegar el abanderamiento, y además motivado. Creo que eso (no estoy seguro) hace el silencio administrativo positivo. (el silencio administrativo no siempre es positivo, pese a lo que pueda parecer).
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Desde pequeño quería ser alguien. Lo he conseguido. Pero debería haber especificado más.
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  #4  
Antiguo 20-05-2007, 00:38
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Predeterminado Re: NUEVO real decreto por el que se regula el abanderamiento...

Gracias ex-pi. A estas horas no tengo cuajo para leerlo, pero en el preámbulo dice que es para simplificar ¿Será verdad?.
Salud
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  #5  
Antiguo 20-05-2007, 00:42
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Predeterminado Re: NUEVO real decreto por el que se regula el abanderamiento...

me lo imprimo y ya lo miraré detenidamente.Aunque vaya contra la opinion general me parece que hay buena voluntad por parte de marina mercante por facilitar las cosas y de hecho me sorprendio la amabilidad y buena disposicion de la gente encargada del tema en una consulta sobre matriculacion que les hice hace unos meses.Un saludo.
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  #6  
Antiguo 20-05-2007, 11:27
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Predeterminado Re: NUEVO real decreto por el que se regula el abanderamiento...

alguien versado en temas legales nos lo podria destrullar a los torpes en estas (y algunas mas...) cosas
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  #7  
Antiguo 20-05-2007, 13:11
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Predeterminado Re: NUEVO real decreto por el que se regula el abanderamiento...

Hay que tener en cuenta que éste R.D. está en la versión 1.0 y tiene unos cuantos fallitos:
  • No exige acreditar el pago o exención/no sujeción del IVA o del Impuesto de Transmisiones (se les va a caer el pelo en la DGMM, porque en la AEAT ya se han dado cuenta).
  • Se inventa una cosa llamada NIB (art. 11. 1-a) ) que el propio R.D. no define pero que existe en el convenio SOLAS (ver modificaciones del 1994, capítulo XI, regla 3, aquí: http://www.boe.es/boe/dias/1997/12/1...123-36125.pdf), pero que el propio convenio limita a: "La presente regla es aplicable a todos los buques de pasaje de arqueo bruto igual o superior a 100 y a todos los buques de carga de arqueo bruto igual o superior a 300". Patinazo al canto
Uséase: parece que antes de la entrada en vigor (1 de Octubre) habrán cambios.

De todos modos, leyendo despacio aparecen muchas mejoras importantes.

La próxima vez que vaya al tigre seguiré leyendo...

Saludos y acercaos a la barra, que he dejado pagadas las mirindas
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  #8  
Antiguo 20-05-2007, 19:44
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Predeterminado Re: NUEVO real decreto por el que se regula el abanderamiento...

Cita:
Originalmente publicado por ex-pi Ver mensaje
Hay que tener en cuenta que éste R.D. está en la versión 1.0 y tiene unos cuantos fallitos:
  • No exige acreditar el pago o exención/no sujeción del IVA o del Impuesto de Transmisiones (se les va a caer el pelo en la DGMM, porque en la AEAT ya se han dado cuenta).
Uséase: parece que antes de la entrada en vigor (1 de Octubre) habrán cambios.

De todos modos, leyendo despacio aparecen muchas mejoras importantes.

La próxima vez que vaya al tigre seguiré leyendo...

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Si exigen el documento de compra, (factura) en ella figurará el IVA, si es de 2ª mano, pedirán el documento de pago del Impuesto de Transmisiones.

Pero si es de importación, al tener que "autoliquidar" el IVA, ahí esta el problema.

Yo tambien creo que será un "lapsus" del legislador, seguro que ya tendrán en cuenta ese "tan importante" tema recaudatorio. Si no modifican la ley, enviaran una circular para que se justifique ese IVA, antes de proceder a la matriculación.

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  #9  
Antiguo 20-05-2007, 20:01
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Predeterminado Re: NUEVO real decreto por el que se regula el abanderamiento...

Tatatoa: tienes razón.
Si compras el barco, el la factura de compra viene el IVA. Y si no viene, se presume reglamentariamente que el comprador lo ha pagado. La responsabilidad la tiene el vendedor.
Si es de impotación, la aduana no te despacha el barco hasta que presentes el recibo del IVA.
Puede haber un agujero en la tributación de las embarcaciones autoconstruidas, en las que no aparece por ningún sitio la liquidación del IVA por autocosumo.
Y otro tema es el del Impuesto de Transmisiones en la transferencia entre particulares.
Saludos
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  #10  
Antiguo 20-05-2007, 20:03
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Predeterminado Re: NUEVO real decreto por el que se regula el abanderamiento...



No veo nada nuevo con respecto al anterior, es lo mismo, ahora añaden la "obligatoriedad" de solicitar en MMSI en el momento de iniciar el abanderamiento.

Más de lo mismo.

Tambien tienes que hacer la solicitud de "estación de barco" para llevar equipos radioelectricos.

Antes hacias todo esto por separado, te daban el abanderamiento sin necesidad de tener numero MMSI ni licencia de estación de radio. Ahora pues no.

Si te dan el abanderamiento, con este RD seguro que cumples toda la normativa. Anteriormente, tenidas que hacerlo despues de abanderar.

A mi me parece que todavia no me han dado el indicativo o licencia de "estación de barco" despues de casí 4 años. Me parece que tampoco lo he pedido .

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  #11  
Antiguo 20-06-2007, 21:40
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Predeterminado Re: NUEVO real decreto por el que se regula el abanderamiento...

Ya se que llego un poco tarde. Por eso esta ronda la invito yo. Ya veremos quien la paga
A ver si me aclaro para un barco de CE de segunda mano hay que pagar el Impuesto de transmisiones( 4%), justificar que tiene pagado el IVA en origen y el impuesto de matriculaci del 12% si tiene más de cuatro años no se paga como ocurre en lista 6ª
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  #12  
Antiguo 20-06-2007, 23:32
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Predeterminado Re: NUEVO real decreto por el que se regula el abanderamiento...

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Hay que tener en cuenta que éste R.D. está en la versión 1.0 y tiene unos cuantos fallitos:
  • No exige acreditar el pago o exención/no sujeción del IVA o del Impuesto de Transmisiones (se les va a caer el pelo en la DGMM, porque en la AEAT ya se han dado cuenta).
  • Se inventa una cosa llamada NIB (art. 11. 1-a) ) que el propio R.D. no define pero que existe en el convenio SOLAS (ver modificaciones del 1994, capítulo XI, regla 3, aquí: http://www.boe.es/boe/dias/1997/12/1...123-36125.pdf), pero que el propio convenio limita a: "La presente regla es aplicable a todos los buques de pasaje de arqueo bruto igual o superior a 100 y a todos los buques de carga de arqueo bruto igual o superior a 300". Patinazo al canto
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Ex-pi, qué te pasas de listo; el nib del decreto no tiene nada que ver con el SOLAS, que dicho sea de paso, no se aplica a embarcaciones de recreo, vale?? ((Es que hay una de aficionados...))
Y otra cosa, un RD cuando sale en elboe ha pasado muuuchos filtros; no es algo que el leguleyo de turno redacte en la dgmm y lo mande a publicar así como así, sobre todo sin saberlo Hacienda, menudos son...
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  #13  
Antiguo 20-06-2007, 23:45
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Ex-pi, qué te pasas de listo; el nib del decreto no tiene nada que ver con el SOLAS, que dicho sea de paso, no se aplica a embarcaciones de recreo, vale?? ((Es que hay una de aficionados...))
Y otra cosa, un RD cuando sale en elboe ha pasado muuuchos filtros; no es algo que el leguleyo de turno redacte en la dgmm y lo mande a publicar así como así, sobre todo sin saberlo Hacienda, menudos son...
Salud
No dudo lo de los filtros, pero las postriores inserciones de rectificaciones de errores en el BOE tampoco son raras.

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