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VHF: Canal 77 |
#1
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PY Valencia Abril
Alguien con resultados del examen de Seguridad de PY en Valencia?
Suerte a todos los examinados |
#2
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Re: PY Valencia Abril
Los mios son
1-a 11 a 2 b 12 c 3 a 13 c 4 c 14 d 5 a 15 d 6 c 16 b 7 c 17 b aunque es la A 8 c 18 a 9 a 19 c 10 c 20 c |
#3
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Re: PY Valencia Abril
Estos son mis resultados
1- A 11- A 2- B 12- C 3- A 13- C 4- C 14. D 5- C 15- D 6- D 16- B 7- C 17- A creo que es D 8- C 18- C 9- A 19- C 10- C 20-C Suerte a todos los que nos hemos examinado. y hay que ir pensando en el próximo reto: CAPITAN DE YATE |
#4
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Re: PY Valencia Abril
Hola!
Editado por Rosana en 02-05-2013 a las 18:26. |
#5
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PY Valencia Abril. Navegación
Hola!
Alguien tiene los resultados de navegación de Patrón de Yate Valencia Abril 2013? Estos son mis resultados de navegación: HRB: 0830 lat. 36º 03,9´N Log. 005º 21,2´W HRB: 0942 lat. 35º 59,2´N Log. 005º 28,9´W Rc= 080º Ihc= 3,7´ HRB: 1143 2º rumbo Ra= 254º 3º rumbo Ra= 219º HRB: 1233 Editado por Rosana en 28-04-2013 a las 11:03. |
#6
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Re: PY Valencia Abril
Estos son mis resultados de Seguridad:
1- A 2- B 3- A 4- C 5- C 6- D 7- C 8- C 9- A 10- C 11- A 12- C 13- C 14- D 15- D 16- B 17- D 18- C 19- D 20-C |
#7
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Re: PY Valencia Abril
A ver si algun marinero sube el resultado de navegación de Valencia. Unas birras para todos...
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#8
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Respuesta: PY Valencia Abril
Piratas, alguien con resultados fiables de meteo y legislación?
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#9
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Re: PY Valencia Abril
Legislacion: Baadcaadbbcbcdccdaab
Meteo: Caadabaddcdaaabcdadd |
#10
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PY Seguridad Valencia Abril
Hola!
Editado por Rosana en 02-05-2013 a las 18:26. |
#11
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Respuesta: Re: PY Valencia Abril
Cita:
Con estos resultados ya puedo decir que soy PY..... |
#12
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Re: PY Valencia Abril
Estos son los resultados consensuados con algún compi de la academia, tenemos dudas en algunas, me gustaría que alguien corrigiera si ve algo mal, a poder ser algún Pper, o alguien que se halla examinado y lo tenga contrastado.
Segur Radio Meteo Legislación 1 A B C B 2 B C A A 3 A A A A 4 C B D D 5 C C A C 6 D A B A 7 C B A C 8 C D D D 9 A C D B 10 C C C B 11 A C D C 12 C C A B 13 C D A D 14 D B A D 15 D D B A 16 B A C C 17 D D D A 18 C A A A 19 C D D A 20 C B D B Y si todo va bien nos tomamos unas !!!! |
#13
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Re: PY Valencia Abril
Seguridad: La 17, según el real decreto no dice nada para 2 motores de hasta 150 KW, por lo tanto si se aplica bien el real decreto sería la A, uno en función de su eslora y otro por 2 motores de 140 KW.
Radio: La 10 es la B, se debe sintonizar el receptor en la frecuencia indicada, no la de socorro. La 11 es la B, se reanuda el uso restringido, por lo tanto es Prudence, si se abrieran totalmente sin restricciones si que sería Silence Fini. Meteo: Todas bien. Legislación: La 7 es la A. La 13 es la C, en el articulo 88 dice que la alta mar será utilizada exclusivamente con fines pacíficos. La 15 es la C, tanto en el mediterráneo como en el Atlántico se puede arrojar comida desmenuzada o triturada a mas de 12 millas. La 17 es la D, deberás inscribirte en el registro marítimo, pero inscribirte en el registro de Bienes Muebles es solo si quieres. |
#14
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Re: PY Valencia Abril
La 15 no sería la B? Porque dice que es anual. Y la D dice que son 4 años, cuando esos son los años maximos de uso.
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#15
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Re: PY Valencia Abril
Cita:
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#16
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Re: PY Valencia Abril
Hola,
Con respecto a lo que comentais .... Radio: La 10 es la B, se debe sintonizar el receptor en la frecuencia indicada, no la de socorro. La 11 es la B, se reanuda el uso restringido, por lo tanto es Prudence, si se abrieran totalmente sin restricciones si que sería Silence Fini. La 10, sigo creyendo que es la C, ya que al enviar un mensaje DSC, puedes o no indicar la naturaleza del peligro, pero no podrás indicar ninguna frecuencia de trabajo, por lo que pasaras en primer lugar al canal de socorro, urgencia seguridad, que es el CANAL 16, si ya estuvieses en el te mantendrías a la escucha. (Creo que lo que descarta la B, es el matiz de "deberán sintonizar en el receptor la frecuencia indicada en la llamada") ya que es un mensaje, no una llamada lo que se recibe. La 11, sigo creyendo que es la C, ya que en la pregunta dice, "para que las estaciones y los buques puedan a continuación reanudar el uso restringido de estas frecuencias CON FINES NORMALES" La definición de PRUDENCE es, permite que el trafico se reanude , pero de norma restringida, por lo que creo que queda descartada. Creo que el enunciado hubiese dicho algo parecido a "reanudar las comunicaciones con prudencia o uso restringido, a algo parecido. Yo me conformo con tener razón en una de las dos, entonces estaría aprobado, jejejeje. Un saludo. |
#17
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Re: PY Valencia Abril
hola.
yo en legislacion pondria: la 13 - D si en cualquier caso. en enunciado dice: ¿un buque de guera puede ejercer el derecho de visita a un buque que se niegue a izar su pabellon en alta mar? si se niega a izar el pabellon,se puede ejercer el derecho de visita!! RESPUESTA CORRECTA D. LA 15 Los restos de comida se pueden arrojar en el mediterraneo:RESPUESTA A a mas de 12 millas,nunca te dicen en ningun lado que esten desmenuzadas,pero como bien dice restos de comida,lo que no puedes es arrojar un jamon!! RESPUESTA CORRECTA A LA 17 es D SUERTE A TODOS !!! |
#18
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Re: PY Valencia Abril
Hola, alguien puede subir el examen de navegación (el problema de carta). Gracias (si lo subís responderé con el ejercicio resuelto)
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#19
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Re: PY Valencia Abril
Hola Cofrades:
Os dejo el enlace del Exámen de Legislación de PY del 27 de Abril. En mi caso las respuestas han sido: 1 B 2 A 3 A 4 D 5 C 6 A 7 C Mal, es la A, letra (U)Uniform. 8 D 9 C Mal, es la B (http://www.fondear.org/noticias/Noti...IDNoticia=1680) 10 B 11 C 12 B 13 A Tengo dudas, D? 14 D 15 C Tengo dudas, A? 16 C 17 A Tengo dudas. D? 18 A 19 D Mal, es la A (http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...RegEspanol.htm) 20 A Mal, es la B (http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...TE/capitanias/) Revisando respuestas, creo que la he jodido.... Un saludote y suerte! Editado por txiku en 29-04-2013 a las 13:02. |
#20
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Re: PY Valencia Abril
Hola Txiku. Creo que has aprobado, de las que dices tener dudas hay una que creo que está bien, que es la 13 A. Las demás no están bien, pero hay otra de las que no dudas que creo que tienes mal, es la 12: desde luego salvamento no es porque se necesita que exista una situación de peligro claro para el buque, desde mi punto de vista la respuesta correcta es la A, se trata de un remolque.
Y ahora insistiendo en la petición anterior: alguien puede subir el enunciado de carta. Gracias |
#21
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Re: PY Valencia Abril
Ah, me he columpiado, la 13 es la D, pues se puede ejercer el derecho de visita si un buque se niega a izar su pabellón (creo que es el artículo 111.1. de la Convención de las Naciones Unidad sobre el derecho del Mar)
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#22
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Re: PY Valencia Abril
La 13 estuve dudando, pero me sonaba falta eso de D-Si, en cualquier caso...., Seguro que la he cagao...
Sobre la 12, creo que es correcta y se trata de un salvamento. De hecho he encontrado esto por internet y me sonaba un test de otra comunidad en la que salía esta pregunta: 'Salvamento B. Voluntarios. b) Sin concurrir la voluntad del salvado. 2. No manifestada. (art. 22 LAS). Estamos en el caso de buque abandonado. El citado artículo nos dice que en este caso no existe hallazgo sino salvamento (tampoco remolque). Hay que notar que cuando el barco está abandonado es por estar en un estado imposible para la navegación, lo que quiere decir que la acción legal a llevar a cabo por los salvadores se ve ampliamente facilitada.' Un saludote |
#23
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Re: PY Valencia Abril
Pues tienes razón. Veo en el libro de Itsazo esto:
"5.3.5. Hallazgos Se denomina «hallazgo» la recogida de cosas abandonadas en la mar o arrojadas por ella en la costa, en tanto en cuanto no sean producto de la misma mar. OBLIGACIONES DEL HALLADOR: La L.A.S. establece dos presupuestos distintos, a saber: a) Que aparezca su propietario: En este caso, el hallador tiene derecho al cobro de los gastos y al tercio del valor de las cosas salvadas. b) Que no aparezca su propietario: Transcurrido el plazo de 6 meses, si el valor de tasación de la cosa no fuera superior a 150.000 pesetas, se entregará al hallador, previo pago de los gastos (normalmente, los gastos de depósito) Si el valor de tasación fuera superior a 150.000 Ptas., el hallador tendrá derecho a esta suma y además a una tercera parte del exceso que sobre la misma se haya obtenido en la subasta, ingresándose el remanente en el tesoro (Art. 21 de la L.A.S.). EXCEPCIONES: Las estipulaciones relativas al hallazgo no son aplicables: a) A los buques y aeronaves abandonados en la mar y a sus cargamentos, que se rigen por los principios de salvamento marítimo. b) A los efectos arrojados a la mar para aligerar el buque o aeronave en caso de peligro, cuando fueran salvados inmediatamente, que se regirán igualmente por los principios de salvamento marítimo. c) A las cosas que por su naturaleza o por preceptos legales estén exceptuados de libre comercio, las cuales se regirán por lo dispuesto en las disposiciones especiales sobre la materia." |
#24
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Re: PY Valencia Abril
Alguien sabe cuando se publican las notas del PY de Valencia?
Mil gracias |
#25
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Re: PY Valencia Abril
Lo normal seria que fuera para finales de esta semana
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