La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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Antiguo 14-11-2010, 23:38
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Predeterminado La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Recientemente se ha conocido, de forma pública y a través de este foro, la consulta vinculante de la Agencia Tributaria, nº 7254 de 30-07-2010, sobre el tipo impositivo aplicable a los puntos de amarre en los puertos deportivos.
El nuevo criterio de las autoridades tributarias, por el cual considera que el tipo impositivo aplicable a los arrendamientos de amarres en los puertos deportivos debe ser el general del 18% en vez del reducido del 7%, ha causado un profundo malestar entre todos los navegantes de recreo, y en especial en algunas asociaciones de navegantes que les ha pillado por sorpresa la modificación de un criterio que creían ya asentado con los informes anteriores de los funcionarios de Hacienda.
Desde luego me sumo a todas las críticas que se han vertido contra este criterio, que encarece injustificadamente el uso de los puertos deportivos y que, sobre todo, constata una visión errónea por parte de la Administración, al no considerar a los puertos deportivos como instalaciones deportivas, afectando así a la propia Náutica de Recreo a la que le priva, indirectamente, de la conceptuación como una actividad deportiva, siquiera análoga a otras como el esquí, tenis, etc.
Resulta curioso, pero muy significativo, que la argumentación de la Dirección General de Tributos, se base en aspectos meramente lingüísticos, como la propia definición que sobre instalación da la Real Academia Española. Ello nos lleva a otro debate, que para mí, es una de las causas de la inquietante resolución tributaria, como es la necesidad de cambiarle el nombre a la Náutica de Recreo por otro más acorde con su propia y peculiar actividad, y sobre el que me he pronunciado en varias ocasiones, tanto en este foro de La Taberna del Puerto como en otro también náutico.
Lógicamente, es una opinión, nada más, y la expongo con la intención de abrir el debate y para, tal vez, encontrar soluciones a largo plazo.
Empezando por el principio, la DGT, en su ya famosa consulta (respuesta, en realidad!), entre otras cosas nos ha dicho:
“Si bien es cierto que cualquier embarcación destinada a la práctica de un deporte requiere disponer de un punto de amarre, no es menos cierto que la prestación de este servicio o la cesión del uso del mismo pueden y suelen no tener como finalidad inmediata el permitir la práctica de tal actividad, sino de otras bien distintas como pueden ser la navegación de recreo o el desarrollo de actividades económicas tales como el arrendamiento.
Aquí ya vemos como se está contraponiendo el deporte con la navegación de recreo u otras actividades inconfesables de tipo económico.
También dice:
“En efecto, todas las operaciones citadas (suministro de combustible, traslado de embarcaciones, electricidad y agua a embarcaciones, reparación, etc.), al igual que el arrendamiento o cesión de uso de puntos de amarre, son entregas de bienes o prestaciones de servicios que se ofrecen por igual y con carácter general a todo tipo de embarcaciones, con independencia de que las mismas se destinen posteriormente a la práctica de un deporte o de la educación física por parte de una persona física. Se trata, por tanto, de servicios que, lógicamente, pueden estar relacionados con la práctica de un deporte pero no lo están directa y específicamente puesto que son servicios generales prestados a todo tipo de embarcaciones.
¡Claro!, como en un puerto deportivo/instalación deportiva se ofrece electricidad tanto a un gran yate como a un velero de 7 metros, pues nada, me quedo con la idea del yate y todos a pagar igual. Por tanto, si tengo un velero de competición y me dedico a participar en regatas...cuando estoy recargando baterías en puerto estoy haciendo una actividad de ocio!!.
El remate final, es así:
El arrendamiento o la cesión de uso de puntos de amarre no pueden considerarse como un derecho de uso de unas instalaciones deportivas por cuanto dichos puntos de amarre no quedan encuadrados dentro de la definición de instalación que da la propia Real Academia Española, de acuerdo con la cual, se entiende por instalación todo recinto provisto de los medios necesarios para llevar a cabo una actividad profesional o de ocio”.
Es decir, los puertos deportivos no son instalaciones deportivas porque dan servicios a todo tipo de barcos y algunos, no practican deporte. Es decir que la calificación de una actividad, o la de una embarcación, se realiza en función de lo que consume o el servicio que recibe. Así, si un tractor acude a una gasolinera y se suministra gasolina súper, automáticamente deja de ser un tractor y su propietario no es un agricultor. Completamente absurdo.
Hasta aquí los hechos. Pero ¿porqué la Administración tributaria tiene este parecer?, ¿por razones exclusivamente recaudatorias? En parte, es posible que sí, pero a mí me parece que estamos ante un estereotipo muy arraigado entre las autoridades y la mayoría de la sociedad española: la náutica de recreo no es una actividad deportiva sino de prebostes y ricachones que están siempre tomando unos eternos vermouths domingueros y celebrando francachelas inconfesables de todo tipo y pelaje.
Y de la vigencia plena de ese estereotipo da cuenta y ejemplo la propia legislación que regula a la denominada Náutica de Recreo, que utiliza constantemente dos conceptos o actividades humanas, en sí mismas diferentes: el deporte y el ocio o “recreo”.
Veamos solo unos ejemplos:
-El reciente y tan cacareado R.D. 1435/2010, sobre abanderamiento. En su artículo 2, al definir a la embarcación de recreo, dice que es la utilizada “para fines deportivos o de ocio”. Además, en su Disposición Final 1ª, modifica el Reglamento de radiocomunicaciones marítimas, de 2006, introduciendo la misma definición y además introduciendo dos nuevas, la del buque de recreo, destinado a actividades de recreo o de ocio, y la de la embarcación de regata, cuyo fin es exclusivamente las regatas y con el numeral de las Federaciones de Vela y/o Motonáutica.
-RD 544/2007, las destinadas a la realización de actividades de recreo ú ocio, sin ánimo de lucro o para la pesca no profesional.
-RD 2127/2004, las proyectadas para fines deportivos o de ocio.
-RD 1434/1999, para fines recreativos y deportivos.
-Ley 27/1992, de Puertos del Estado, la flota civil española está compuesta por...los buques de recreo y deportivos españoles.
Con estos mimbres legislativos del propio Ministerio de Fomento o de la Dirección General de la Marina Mercante, no es de extrañar que luego venga Hacienda y lo tenga muy fácil para no considerar a nuestras embarcaciones como deportivas.
Como se puede observar, nuestra legislación náutica, está llena de referencias a las dos actividades, pero no como dos independientes sino siempre como una misma: las embarcaciones de recreo son las que realizan actividades deportivas o de ocio y por tanto de recreo. Por tanto su navegación será de tipo deportivo a veces, y las otras, la mayoría, será para tomar el sol y broncearse mientras el gin-tonic baja por el gaznate.
De todo lo cual se deriva, en mi modesta opinión, que hay que afinar mucho en lo referente al nombre de la actividad, la Náutica de Recreo, y buscar otro término, porque de lo contrario nos seguirán considerando de todo menos deportistas. De ahí la necesidad de cambiar las leyes, no solo en cuestiones de fondo sino también en las de la forma.
Y en ese arduo y duro camino deberían tener un papel importante las asociaciones de navegantes, pero claro, para ello habría que tener el ánimo decidido para entrar en esa ruta, y no perderse en otras cuestiones.

Bueno, perdón por la extensión, pero creo que me es imposible reducir texto, lo siento.

Para compensar...

Eirín.
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Eirín.
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Capitanmorgan777 (20-11-2010), Jangada (20-11-2010), josemanuel1962 (15-11-2010), lena9 (06-12-2010), Melquior (20-11-2010), teteluis (15-11-2010)
  #2  
Antiguo 15-11-2010, 07:56
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Pues mira, va a ser que estamos de acuerdo, y tan de acuerdo estamos que en el escrito de alegaciones que Anavre (asociación a la que perteneces) presentó al borrador de RD, concretamente la alegación segunda y su propuesta de redacción del artículo 2 a), resulta que defendíamos esta idea.

Para facilitarte la tarea, aquí tienes la transcripción literal de la citada alegación:

"...

SEGUNDA,- Propuesta de modificación, adición y supresión en el artículo 2. a, se propone ajustar la definición de embarcación de recreo a la definición establecida en el artículo 4.1 del RD 1027/1989 para embarcaciones de lista 7ª, ampliándola a las que serán inscritas en lista 7ª, e incluyendo sendas definiciones para embarcaciones auxiliares, clásicas o tradicionales y embarcaciones de regata. Así, se propone el
siguiente texto alternativo:


Artículo 2.
Definiciones.


A efectos de lo previsto en este real decreto se entenderá por:



a) «Embarcación de recreo» (en adelante «embarcación »): toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una eslora comprendida entre 2,5 y 24 metros, medida según los criterios fijados en el apartado b) de este artículo y utilizada para fines deportivos o de pesca no profesional. Se inscribirán en la lista 7ª aquellas embarcaciones de recreo destinadas al uso privativo de su armador, invitados o usuarios autorizados por aquél sin contraprestación económica.



Aquellas embarcaciones de recreo destinadas a su explotación con ánimo de lucro o a actividades de formación para la náutica de recreo serán inscritas en la lista 6ª.



<< Embarcación auxiliar>>: toda embarcación de cualquier tipo, con
independencia de su medio de propulsión, cuya eslora máxima no sea superior a 4 metros, medida según los criterios fijados en el apartado b) de este artículo, y cuya potencia instalada no sea superior a 8 Kw; siempre y cuando sea destinada al servicio auxiliar de una embarcación de recreo.



<< Embarcación tradicional o clásica >>: toda embarcación de recreo
construida con anterioridad a 1.960.



<< Embarcación de regata >>: toda embarcación de recreo destinada a su utilización exclusiva en regatas, a vela o a motor, así como a
entrenamientos para dichas competiciones, que cuente con numeral
expedido por la Real Federación Española de Vela o la Real Federación Española de Motonáutica de acuerdo con la normativa de las mismas.



Justificación:


Entendemos que con esta redacción se protege la consideración tradicional de la navegación de recreo como un deporte, que puede ser practicado o no en el ámbito de la competición, bien sea esta de ámbito profesional o amateur.


Igualmente, se trata de definir qué embarcaciones deben de ser registradas en lista 6ª y definir correctamente la actividad realizada por las embarcaciones pertenecientes a academias o escuelas de navegación. Se pretende así evitar la posible confusión a que podría inducir el uso de la palabra entrenamiento, que suponemos se debe a una traducción defectuosa de la Directiva Comunitaria sobre esta materia, toda vez que el
término “training” utilizado en la versión inglesa de la misma puede designar tanto las actividades de enseñanza como las actividades de entrenamiento para competición; que sería propia de las embarcaciones y tripulaciones de regata.



A mayor abundamiento, la definición de embarcaciones auxiliares permite solventar la problemática derivada de la actual exigencia de matriculación de estas embarcaciones utilizadas como anexos de embarcaciones de mayor eslora registradas en las listas 6ª o 7ª y que se utilizan exclusivamente para trayectos cortos desde los fondeaderos a playas
o muelles de transeúntes de puertos y marinas deportivos.



Por otra parte, la introducción de los conceptos de embarcación tradicional o clásica y de embarcación de regata, permitirán una mayor facilidad a la hora de regular un tratamiento diferenciado que contemple las peculiaridades de estas embarcaciones tanto a efectos de registro y abanderamiento como de un eventual tratamiento fiscal específico.



..."



Y este escrito de alegaciones se presentó el 23 de abril del presente año, el motivo de afinar así era precisamente que la nueva definición de embarcaciones de recreo nos hacía temer que pudiera producirse alguna deriva de este tipo ... como efectivamente se ha producido.



En fin, estimado cofrade, está claro que nuestros temores eran fundados, por desgracia.



Hala, unas para ayudar a digerir el ladrillo, Salud!!!

Editado por Jadarvi en 15-11-2010 a las 09:01.
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teteluis (15-11-2010)
  #3  
Antiguo 15-11-2010, 12:48
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Vaya dos ladrillos nos habeis puesto.
Prometo que me he leido los dos de cabo a rabo, pero después de hacerlo me ha quedado la duda, razonable, de saber si van a hacer caso y van a dejarse de tontería de diccionarios y vamos a tener el IVA al 7 o al 8% o al 18%.
Jaime ¿hay respuesta a las alegaciones presentadas por ANAVRE?

Yo no invito pues con estas cosas de pagar, pagar y pagar, lo mejor es ahorrar (para poder pagar claro .
Rafa
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  #4  
Antiguo 15-11-2010, 13:28
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Al 7%, ya te digo yo que no.


Saludos.
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https://www.ceutaactualidad.com/arti...222194342.html
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  #5  
Antiguo 15-11-2010, 13:30
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Efectivamente Rafa, si no mal recuerdo, 14 de las 30 y pico alegaciones de Anavre fueron estimadas e incluidas en el texto, que ya además incluía de por si algunas propuestas que se habían hecho en reuniones con la Sra. Durántez y escritos anteriores.

Así, a bote pronto, te puedo comentar el tema de las auxiliares y su definición, que no existía, la posibilidad de que el vendedor sea quien inicie los trámites para el cambio de titularidad en el caso de que el comprador no lo haga (con el fin de que el vendedor no se vea expuesto a sanciones o reclamaciones derivadas de actos del comprador), que el nombre y matrícula puedan ir en colores distintos del blanco o el negro siempre que resalten lo suficiente respecto al color del casco, la eliminación del requisito del walky SOLAS, la simplificación en materia de radiocomunicaciones, y otras cosas que ahora mismo se me escapan pero que ya se comentaron en su día tanto aquí como en la web de Anavre.

El aumento en la eslora máxima para el trámite simplificado de inserción en el Registro en lugar de abanderamiento hasta los 12 metros fue una especie de solución de compromiso entre los 8 m inicialmente previstos y nuestra propuesta, que era realmente revolucionaria y creo que hizo levantar las cejas a más de uno.

La verdad es que se nos empieza a escuchar ... y queremos que se nos siga escuchando.

Sé que se nos critica por falta de beligerancia, pero pienso que hemos conseguido mucho más hablando en tono mesurado y con trabajo diario que si hubiésemos montado algún pollo ... claro que si algún día dejan de escucharnos, habrá que plantearse la opción de lanzar por ahí alguna que otra silla en el más puro estilo de la antigua taberna

salud!!
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  #6  
Antiguo 15-11-2010, 13:33
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Cita:
Originalmente publicado por El Temido II Ver mensaje
Al 7%, ya te digo yo que no.


Saludos.
Pero es que eso es tema de Hacienda, no de la DGMM ... y es más problemático de lo que parece, aunque seguimos trabajando en ello. De todos modos, es algo que parece no se está aplicando en otros países de la UE ... pero claro, ellos no tienen Impuesto de Matriculación, T5, T0 y tantas otras cosas que padecemos por aquí ... así que si nuetsro gobierno considera que hemos de ir a la par con los demás países comunitarios, tal vez convendría que se planteasen ir eliminando esos impuestos, tasas y demás que sólo existen aquí ...

salud!!!
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  #7  
Antiguo 15-11-2010, 13:38
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Pero es que eso es tema de Hacienda, no de la DGMM ......
Lo decía, porque ya no existe el tipo del 7%. Ahora está el 8% y el 18% (aparte del super-reducido del 4%). De ahí lo de poner el dibujito del "cuñaaaao" detrás; porque en definitiva es una broma, al ser algo obvio.

Un fuerte abrazo y mucho ánimo, que estáis haciendo una buena labor.

Saludos.
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  #8  
Antiguo 15-11-2010, 14:25
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Cita:
Originalmente publicado por El Temido II Ver mensaje
Lo decía, porque ya no existe el tipo del 7%. Ahora está el 8% y el 18% (aparte del super-reducido del 4%). De ahí lo de poner el dibujito del "cuñaaaao" detrás; porque en definitiva es una broma, al ser algo obvio.

Un fuerte abrazo y mucho ánimo, que estáis haciendo una buena labor.

Saludos.
me has pillado totalmente a contrapié ... ¿en qué estaría yo pensando al contestarte?

Otro abrazo para tí y salud!!
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  #9  
Antiguo 15-11-2010, 22:42
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Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Pero es que eso es tema de Hacienda, no de la DGMM ... y es más problemático de lo que parece, aunque seguimos trabajando en ello. De todos modos, es algo que parece no se está aplicando en otros países de la UE ... pero claro, ellos no tienen Impuesto de Matriculación, T5, T0 y tantas otras cosas que padecemos por aquí ... así que si nuetsro gobierno considera que hemos de ir a la par con los demás países comunitarios, tal vez convendría que se planteasen ir eliminando esos impuestos, tasas y demás que sólo existen aquí ...

salud!!!
Gracias Jaime por tu respuesta.
Entiendo en ella que ANAVRE ha presentado en la AEAT alguna alegación/escrito o el documento preciso para ver si se logra pagar al 8% en vez al 18%?

Rafa
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  #10  
Antiguo 15-11-2010, 23:18
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Pues no hemos presentado aún nada, porque no hay legitimación directa por parte de Anavre para hacerlo, es una de esas cosas que no acabo de entender.

Sin embargo, se están estudiando otras alternativas por gente que sabe de derecho fiscal bastante más que yo y estamos esperando a que nos indiquen por donde ir. Además, estamos en contacto con otras asociaciones a fin de tratar de aunar criterios y fuerzas.

salud!
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  #11  
Antiguo 16-11-2010, 18:13
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Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Pues no hemos presentado aún nada, porque no hay legitimación directa por parte de Anavre para hacerlo, es una de esas cosas que no acabo de entender.

Sin embargo, se están estudiando otras alternativas por gente que sabe de derecho fiscal bastante más que yo y estamos esperando a que nos indiquen por donde ir. Además, estamos en contacto con otras asociaciones a fin de tratar de aunar criterios y fuerzas.

salud!
Pues, perdona, pero no entiendo como están las leyes españolas.
Si una asociación náutica no tiene legitimación para hablar sobre un tema náutico .....
Bueno esperemos que los fiscalistas encuentren un hueco legal para poder presentar una alegación, una queja o un simple escrito para que nos oigan y no solo podamos tener derecho al pataleo.
De todas formas esto es un tema claramente político y a causa de la crisis, espero que cuando salgamos de ella, si he dicho salgamos porque creo firmemente que vamos a salir, el gobernante que esté en la poltrona no le dé por mantener que no estamos en puertos deportivos y por ello no volvamos al 8%.

Rafa
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  #12  
Antiguo 16-11-2010, 22:36
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

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Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
me has pillado totalmente a contrapié ... ¿en qué estaría yo pensando al contestarte?

Otro abrazo para tí y salud!!



que te han puesto el pie

quen a osado a zancadillar ar efe



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Antiguo 17-11-2010, 09:29
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Aunque no lo parezca esto es un tema político, de ideas políticas, no de barullo político.

El tratamiento que da un país a determinado sector o industria es una decisión política. Nuestros vecinos han conseguido que Francia, Italia y Alemania sean las potencias mundiales en construcción naval y en matriculación de embarcaciones. Claro no han puesto palos en las ruedas de la industria náutica creando impuestos que gravan la náutica por encima de cualquier otra actividad. Y me refiero al impuesto de matriculación. Se trata de un impuesto que crea una diferencia entre la náutica y cualquier compra-venta. La tributación de una transacción inmobiliaria, o de un bien de lujo no está tan gravada como la náutica. ¿que tributarán por el diamante ese que se acaba de vender por 30 millones de euros? Así que no entiendo que seamos los únicos que mantenemos un vestigio del antiguo impuesto de lujo. Y esta es una decisión política.

Dicho esto, no entiendo la polémica del IVA. Porque no nos engañemos, el tanto por cien de embarcaciones dedicadas a lo que un médico consideraría deporte es ínfimo. Si vas a una revisión médica y te preguntan que deportes practicas, la pesca, la vela de crucero dominguero y el ajedrez van en el mismo saco. El saco del No deporte.

En cambio, considero que la náutica es una actividad recreativa, y muy divertida. Y por tanto, aunque me joda a mi bolsillo, veo bién pagar el IVA que corresponde. Porque el reducido es para el pan, los libros o las cosas que son necesarias. Y nosotros, miembros de una sociedad acaudalada y mimada, reclamamos derecho de deportistas para una actividad que es cara, inecesaria y clasista. Así que yo, ciudadano consciente de ser un tipo con suerte que vive por encima de la media de sus conciudadanos, estoy por pagar ese impuesto que grava una actividad que me puedo permitir precisamente por no ser pobre. O es que no pagaremos el 18% de IVA con la próxima vela de hiper-mega-regata que compremos?? Y con la próxima caña de pesca con carrete super-automático???

El que quiera hacer deporte que se compre unas zapatillas y se vaya a correr. Y pagará el 18% con las zapatillas.

En las sociedades modernas, hay un concepto denominado redistribución de la riqueza. Y en mi opinión, gravar a quien puede permitirse armar un barco y tenerlo amarrado en una "instalación" al efecto, con un impuesto igual al que paga cualquier ciudadano al comprar cualquier bién o pagar servicios no primordiales, es una buena decisión política encaminada hacia la redistribución de la riqueza. Pretender mantener un IVA reducido me parece pretender mantener prebendas de clase alta que, por suerte, se abolieron hace muchos años. Lo mismo que me parece ridículo mantener un impuesto como el de matriculación, que grava de más una actividad que no es más que la adquisición de bienes y servicios que no son de primera necesidad.

No soy experto en fiscalidad. Solo ciudadano consciente de la imperfección de la sociedad que vivimos. Y creo que hay que denunciar cuando se nos masacra nuestros derechos, pero hay que asumir nuestros deberes. Y uno muy importante es pagar impuestos. Más impuestos cuanto más se tiene. Así que si hay razones desde el campo de la fiscalidad que apoyen que subirnos el IVA de los amarres es una injusticia, estaré encantado de oirlas. Pero si no las hay, me aguantaré y pagaré la parte que me toca.

Y conste que no soy un ciudadano ejemplar. Porque una cosa son las ideas y otra como nos aplicamos el cuento cada uno. Y en mi vida real, yo también intento que me quiten parte del IVA de una factura. Pero de ahí a intentar que pongan por ley que está bién negociar una parte en negro... Pues eso, que una cosa son las ideas y otra bién diferente lo que hacemos a título particular. Y yo aquí solo quería hablar de ideas, y exponer las mías.



P.D.: Sentiría que esta intervención provoque una discusión contraria a las normas del foro y acabe cerrando el hilo. Así que ruego contención y posicionamiento ideológico, no partidista. Y prometo eliminar esta intervención si la cosa se ensucia.
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

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Aunque no lo parezca.....
Buen razonamiento, Butxeta. Yo también veo peor lo del impuesto de matriculación, que el IVA que se pague en los amarres. En definitiva, es una estrategia a seguir en las negociaciones con la administración. Por aquí decimos: "Teta y sopa, no caben en la boca". Es cuestión de prioridades: ir a "conquistar" una cosa u otra.


Saludos.
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El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

DIMISIONES EN LA JUNTA DIRECTIVA DE ANAVRE: (Noticia del 22-03-24).
https://www.ceutaactualidad.com/arti...222194342.html
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  #15  
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Un poquito de por favor.....

Como le dijo el cabo de reemplazo al general de la división, cuando lo pilló dormido durante una guardia.......¿ Es que entre mandos vamos a putearnos ?

NO A TODO !! ya obligarán a llegar a un .....bueno sí.....en alguna cosa, pero que venga desde la otra parte, coñe !

....se llama negociación....

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  #16  
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

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Aunque no lo parezca esto es un tema político, de ideas políticas, no de barullo político.

El tratamiento que da un país a determinado sector o industria es una decisión política. Nuestros vecinos han conseguido que Francia, Italia y Alemania sean las potencias mundiales en construcción naval y en matriculación de embarcaciones. Claro no han puesto palos en las ruedas de la industria náutica creando impuestos que gravan la náutica por encima de cualquier otra actividad. Y me refiero al impuesto de matriculación. Se trata de un impuesto que crea una diferencia entre la náutica y cualquier compra-venta. La tributación de una transacción inmobiliaria, o de un bien de lujo no está tan gravada como la náutica. ¿que tributarán por el diamante ese que se acaba de vender por 30 millones de euros? Así que no entiendo que seamos los únicos que mantenemos un vestigio del antiguo impuesto de lujo. Y esta es una decisión política.

Dicho esto, no entiendo la polémica del IVA. Porque no nos engañemos, el tanto por cien de embarcaciones dedicadas a lo que un médico consideraría deporte es ínfimo. Si vas a una revisión médica y te preguntan que deportes practicas, la pesca, la vela de crucero dominguero y el ajedrez van en el mismo saco. El saco del No deporte.

En cambio, considero que la náutica es una actividad recreativa, y muy divertida. Y por tanto, aunque me joda a mi bolsillo, veo bién pagar el IVA que corresponde. Porque el reducido es para el pan, los libros o las cosas que son necesarias. Y nosotros, miembros de una sociedad acaudalada y mimada, reclamamos derecho de deportistas para una actividad que es cara, inecesaria y clasista. Así que yo, ciudadano consciente de ser un tipo con suerte que vive por encima de la media de sus conciudadanos, estoy por pagar ese impuesto que grava una actividad que me puedo permitir precisamente por no ser pobre. O es que no pagaremos el 18% de IVA con la próxima vela de hiper-mega-regata que compremos?? Y con la próxima caña de pesca con carrete super-automático???

El que quiera hacer deporte que se compre unas zapatillas y se vaya a correr. Y pagará el 18% con las zapatillas.

En las sociedades modernas, hay un concepto denominado redistribución de la riqueza. Y en mi opinión, gravar a quien puede permitirse armar un barco y tenerlo amarrado en una "instalación" al efecto, con un impuesto igual al que paga cualquier ciudadano al comprar cualquier bién o pagar servicios no primordiales, es una buena decisión política encaminada hacia la redistribución de la riqueza. Pretender mantener un IVA reducido me parece pretender mantener prebendas de clase alta que, por suerte, se abolieron hace muchos años. Lo mismo que me parece ridículo mantener un impuesto como el de matriculación, que grava de más una actividad que no es más que la adquisición de bienes y servicios que no son de primera necesidad.

No soy experto en fiscalidad. Solo ciudadano consciente de la imperfección de la sociedad que vivimos. Y creo que hay que denunciar cuando se nos masacra nuestros derechos, pero hay que asumir nuestros deberes. Y uno muy importante es pagar impuestos. Más impuestos cuanto más se tiene. Así que si hay razones desde el campo de la fiscalidad que apoyen que subirnos el IVA de los amarres es una injusticia, estaré encantado de oirlas. Pero si no las hay, me aguantaré y pagaré la parte que me toca.

Y conste que no soy un ciudadano ejemplar. Porque una cosa son las ideas y otra como nos aplicamos el cuento cada uno. Y en mi vida real, yo también intento que me quiten parte del IVA de una factura. Pero de ahí a intentar que pongan por ley que está bién negociar una parte en negro... Pues eso, que una cosa son las ideas y otra bién diferente lo que hacemos a título particular. Y yo aquí solo quería hablar de ideas, y exponer las mías.



P.D.: Sentiría que esta intervención provoque una discusión contraria a las normas del foro y acabe cerrando el hilo. Así que ruego contención y posicionamiento ideológico, no partidista. Y prometo eliminar esta intervención si la cosa se ensucia.

Tu intervención, a mi juicio, es absolutamente correcta desde un punto de vista social. No valoro la aportación desde un punto de vista político. En conclusión se aboga por el principio de que pague más el que más puede, principio de redistribución de la renta fundamental. No obstante, cofrade Butxeta, lo que Eirín realiza es un análisis jurídico de la cuestión. De la nueva interpretación de la DG de Tributos. Lo que ocurre es que TODA la actividad deportiva en nuestro sistema jurídico goza de un IVA reducido. La compra de bienes y servicios destinados a la práctica del deporte goza de esta reducción que cuando se practica por intermediación de Clubes todavía se reduce más hasta un tipo del 0%. Así, el alquiler de equipos de esquí o de equipos hípicos para la práctica del salto, la doma clásica o incluso el polo.
Las embarcaciones inscritas en la lista 7ª, son por definición del legislador destinadas a la práctica del deporte, porque la RAE de las letras, define el deporte de forma más laxa, no apenas el deporte de competición, sino un concepto más ligado a la vida sana e incluso al ocio.¿el senderismo es deporte o es ocio? ¿el parapente que es?
Lo que se debate aquí en el fondo es el principio de igualdad ante la ley, no la justicia de la ley, que es un problema del legislador. Lo que se trata de combatir es una cambio de criterio de la DG de Tributos que persigue recaudar más, en contra de lo que ha dispuesto el legislador que es reducir el tributo sobre la práctica del deporte.
Ahora bien, insisto, en el momento de definir políticas tributarias por parte de los representantes políticos legalmente elegidos, tu argumento es impecable. Son en realidad dos ámbitos diferentes.
Lo que apunta Eirín es la trampa jurídica que nos plantea la DG de Tributos que en vez de aplicar la ley como se ha dictado y viene aplicando hace tiempo, cambia de orientación interpretativa, burlando al legislador, cosa que hace con mucha frecuencia y aprovecha para recaudar más.



un caipirinha
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

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Originalmente publicado por Jangada Ver mensaje
Tu intervención, a mi juicio, es absolutamente correcta desde un punto de vista social. No valoro la aportación desde un punto de vista político. En conclusión se aboga por el principio de que pague más el que más puede, principio de redistribución de la renta fundamental. No obstante, cofrade Butxeta, lo que Eirín realiza es un análisis jurídico de la cuestión. De la nueva interpretación de la DG de Tributos. Lo que ocurre es que TODA la actividad deportiva en nuestro sistema jurídico goza de un IVA reducido. La compra de bienes y servicios destinados a la práctica del deporte goza de esta reducción que cuando se practica por intermediación de Clubes todavía se reduce más hasta un tipo del 0%. Así, el alquiler de equipos de esquí o de equipos hípicos para la práctica del salto, la doma clásica o incluso el polo.
Las embarcaciones inscritas en la lista 7ª, son por definición del legislador destinadas a la práctica del deporte, porque la RAE de las letras, define el deporte de forma más laxa, no apenas el deporte de competición, sino un concepto más ligado a la vida sana e incluso al ocio.¿el senderismo es deporte o es ocio? ¿el parapente que es?
Lo que se debate aquí en el fondo es el principio de igualdad ante la ley, no la justicia de la ley, que es un problema del legislador. Lo que se trata de combatir es una cambio de criterio de la DG de Tributos que persigue recaudar más, en contra de lo que ha dispuesto el legislador que es reducir el tributo sobre la práctica del deporte.
Ahora bien, insisto, en el momento de definir políticas tributarias por parte de los representantes políticos legalmente elegidos, tu argumento es impecable. Son en realidad dos ámbitos diferentes.
Lo que apunta Eirín es la trampa jurídica que nos plantea la DG de Tributos que en vez de aplicar la ley como se ha dictado y viene aplicando hace tiempo, cambia de orientación interpretativa, burlando al legislador, cosa que hace con mucha frecuencia y aprovecha para recaudar más.



un caipirinha

Efectivamente, lo que de forma magistral y resumida ha dicho Jangada,, es lo que yo, torpemente, he querido decir.

Hay un viejo aforismo jurídico, que proviene, nada menos, del derecho romano, por el cual,"la Justicia consiste en tratar de forma desigual a los que son desiguales". Este principio básico en derecho, se debe armonizar con el de "igualdad ante la ley", a fin de evitar agravios comparativos.

Lo que yo he planteado al abrir el hilo no era una treta semántica para obviar el pago de impuestos, ni mucho menos. Lo que he pretendido resaltar es,como ha resumido Jangada, la tomadura de pelo de Hacienda que para justificar un tipo impositivo ordinario al 18%, no tiene empacho en considerar a toda la náutica de rcreo, como una actividad no-deportiva, por la via de negar ese caracter a los puntos de amarre de los puertos deportivos.

No se trata de que todos los navegantes de recreo tengan que tener un cuerpo atlético y esculpidos los músculos cuales Hercules marítimos, sino de que, al igual que esquiadores en tierra o golfistas normales, llevamos a cabo una actividad deportiva lo suficientemente intensa como para justificar un IVA, al menos reducido.
Y sino, ¿no es deporte o actividad deportiva el llevar el timón con 30 nudos de viento ciñendo a rabiar?,¿ no es actividad deportiva la que produce el sudor que cae por nuestras mejillas al enfrentarnos a esas olas mediterráneas, cortas y puñeteras, que te alivian del stres laboral?. Ese ejercicio,que todos conocemos, y que en mi caso, agradece con entusiasmo mi solera abdominal, para luego recuperar la circunferencia perdida al llegar a puerto con nuevas y refrescantes cervezas, es tan digno y meritorio,en realidad mucho mas en mi opinión, como el que puedan realizar los ,por Hacienda reconocidos como deportistas, practicantes de esos otros "deportes" ya mencionados.

La vuelta de tuerca que pretendía en el comentario inicial, era la idea de que la DGT nos toma el pelo, en parte porque nosotros mismos, o mejor la nefasta legislación náutica de nuestro pais, se lo ponemos a "güevo".

Y ello es así, creo, porque en las definiciones jurídicas que la legislación náutica emplea, se incluyen como dos actividades diferentes (que en ciertos casos si lo son, obviamente) las que se pueden llevar a cabo en las embarcaciones de recreo. Al mencionar "actividades deportivas y/o recreo u ocio" parece que se está aludiendo a dos tipos de navegación, cuando en realidad debería ser una sola,porque esa concepción de "deportiva" es la concepción laxa que atinadamente explica Jangada, en cambio los funcionarios de Hacienda tiran de RAE y nos vacilan y suben el impuesto.
Si no hay "tenis deportivo o de ocio", ni "petanca deportiva o de recreo"...pues tampoco en el caso nuestro de la navegación se debería realizar esa diferenciación.

Por todo eso, mi razonamiento no solo se dirige a discrepar de lo que nos han hecho los señores de Hacienda ,sino tambien de los legisladores náuticos, que no solo no se enteran, sino que siguen erre que erre en el mismo yerro...y sino ya veis lo que ha supuesto de mantenella et non enmendalla el reciente RDecreto de abanderamiento..

Brindo por esta Taberna y por sus cofrades,con caipirinha y con un albariño, por ejemplo...¿Gran Bazán ámbar?

Eirín.
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  #18  
Antiguo 20-11-2010, 21:48
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

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Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Pues no hemos presentado aún nada, porque no hay legitimación directa por parte de Anavre para hacerlo
Estimado cofrade,

Como no lo acabo de entender, te agradecería que nos explicases porqué no está legitimada Anavre para interponer un recurso contra un acto de la administración (el cambio de criterio sobre el tipo de IVA) que afecta a sus socios.
Muchas gracias
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  #19  
Antiguo 20-11-2010, 22:17
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

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Originalmente publicado por Jangada Ver mensaje
Tu intervención, a mi juicio, es absolutamente correcta desde un punto de vista social. No valoro la aportación desde un punto de vista político. En conclusión se aboga por el principio de que pague más el que más puede, principio de redistribución de la renta fundamental. No obstante, cofrade Butxeta, lo que Eirín realiza es un análisis jurídico de la cuestión. De la nueva interpretación de la DG de Tributos. Lo que ocurre es que TODA la actividad deportiva en nuestro sistema jurídico goza de un IVA reducido. La compra de bienes y servicios destinados a la práctica del deporte goza de esta reducción que cuando se practica por intermediación de Clubes todavía se reduce más hasta un tipo del 0%. Así, el alquiler de equipos de esquí o de equipos hípicos para la práctica del salto, la doma clásica o incluso el polo.
Las embarcaciones inscritas en la lista 7ª, son por definición del legislador destinadas a la práctica del deporte, porque la RAE de las letras, define el deporte de forma más laxa, no apenas el deporte de competición, sino un concepto más ligado a la vida sana e incluso al ocio.¿el senderismo es deporte o es ocio? ¿el parapente que es?
Lo que se debate aquí en el fondo es el principio de igualdad ante la ley, no la justicia de la ley, que es un problema del legislador. Lo que se trata de combatir es una cambio de criterio de la DG de Tributos que persigue recaudar más, en contra de lo que ha dispuesto el legislador que es reducir el tributo sobre la práctica del deporte.
Ahora bien, insisto, en el momento de definir políticas tributarias por parte de los representantes políticos legalmente elegidos, tu argumento es impecable. Son en realidad dos ámbitos diferentes.
Lo que apunta Eirín es la trampa jurídica que nos plantea la DG de Tributos que en vez de aplicar la ley como se ha dictado y viene aplicando hace tiempo, cambia de orientación interpretativa, burlando al legislador, cosa que hace con mucha frecuencia y aprovecha para recaudar más.
un caipirinha
Precisamente es eso, el quid de la cuestión.

Sea o no en competición, sea solo como actividad recreativa no cabe duda que es un deporte.

Y estoy muy seguro que, si así fuera considerado, social y fiscalmente, seria un gran paso para que estuvieramos en lugar que nos corresponde como pais rodeado de mar en el campo de la náutica de recreo y seguramente en el nivel deportivo tanto de afición como de profesionales.

¿que tiene francia que no tengamos nosotros? ¿que hay en Nueva Zelanda que aqui no hay? ¿Y en Inglaterra, que alli nunca hay buen tiempo?...

Pues simplemente afición y una legislación que protege a este deporte.

Pero nuestros gestores politicos son de tierra adentro y los que no, viven de espaldas al mar.... y eso tiene dificil arreglo

Salut i Ron
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(Eric Tabarly)


Navegar no es un lujo, es un derecho


Editado por Capitanmorgan777 en 21-11-2010 a las 20:31. Razón: matizar lo escrito...
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

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Originalmente publicado por Butxeta Ver mensaje
Pretender mantener un IVA reducido me parece pretender mantener prebendas de clase alta que, por suerte, se abolieron hace muchos años.
Como explicas que en el Golf no se pague el 18 , y en los amarres (cuadras) de los caballos se pague IVA= 0%
O estos -y otros mas- son practicados regularmente por las clases medias / bajas ?
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en crisis ??
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  #21  
Antiguo 21-11-2010, 21:24
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

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Originalmente publicado por fletxa Ver mensaje
Estimado cofrade,

Como no lo acabo de entender, te agradecería que nos explicases porqué no está legitimada Anavre para interponer un recurso contra un acto de la administración (el cambio de criterio sobre el tipo de IVA) que afecta a sus socios.
Muchas gracias
La ACERTADA pregunta, cofrade fletxa no es baladí:

Me tomo la libertad de ampliarla y precisarla más:
Considerando tres cuestiones jurídicas relevantes al debate que nos ocupa, a saber; la legitimación de las asociaciones, el interés legítimo de ANAVRE Y los actos recurribles en vía económico-administrativa o en contencioso-administrativa

Legitimación de las asociaciones según el Tribunal Constitucional:
Para apreciar existencia de interés legítimo, es necesario que exista interés profesional o económico predicable de la entidad asociativa recurrente: STC 195/92 de 16/11 de la asociación de puertos deportivos y turísticos de Baleares en recurso contra la tasa G-5. Además diversas sentencias, como ejemplo: STC 252/2000 de 30/10 y STC 28/2009

Dicen los estatutos de la entidad:
La entidad denominada "ASOCIACIÓN DE NAVEGANTES DE RECREO", cuyo acrónimo será en adelante “ANAVRE”, tiene como objeto y finalidad principal la defensa de los intereses de los usuarios y propietarios de Embarcaciones de Recreo.
Dicha defensa comprende todas aquellas actuaciones legales, administrativas y comerciales, que contribuyan a beneficiar el desarrollo de esta actividad marítima.

SON RECURRIBLES en el Tribunal Económico-Administrativo:
Actos de gestión, inspección y recaudación tributaria de la Administración del Estado y de las Entidades Públicas dependientes de la misma, como la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
En especial:
Los actos que determinen el régimen tributario aplicable a un obligado tributario, en cuanto sean determinantes de futuras obligaciones, incluso formales, a su cargo.

Es más, como asociado de ANAVRE me pregunto si al amparo de lo dispuesto en el Artículo 25 de la LJCA, en el ámbito Contencioso administrativo, no nos hallamos con este informe de la DGT ante un acto de trámite cualificado susceptible de recurso, porque provoca perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

También me pregunto si ya no se ha perdido el plazo del recurso.

PREGUNTO A LOS QUE HACE CASI DOS MESES ESTUDIAN EL CASO:

¿Qué nos puede decir el departamento jurídico y el presidente de ANAVRE sobre todo esto?

Si es posible, se ruegan respuestas objetivas a las cuestiones planteadas, mientras se toman unas capirinhas con poco azúcar
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  #22  
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Solo quiero agradecer la mesura de las intervenciones hasta ahora.
Parece que nos estamos haciendo mayores

Y por supuesto, apoyar a los juristas que derrocháis tiempo en ilustrarnos sobre lo que es, o no es en vuestro campo. E incluso en defender los intereses de todos, sin recibir nada a cambio.

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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Estamos sacando los pies del tiesto, en las últimas intervenciones, y denoto un cierto tono partidista, intentando cuestionar la forma de proceder de la actual JD. Por otro lado licito. Pero entiendo que aquí, en este foro, no es el medio adecuado.

Yo ni quito ni pongo rey. No estoy al tanto de lo que se “cuece” Anavre, solo tengo lo que me llega, por su foro y por este, y me parece suficiente a nivel de socio de base.
Lo que si percibo, es un ápice de quintacolumnismo. Posiblemente sea mentira, así me gustaría que fuera. Pero la realidad, las sensaciones que noto, me hacen decantarme en este sentido. Insisto es una apreciación.

Entiendo que los mecanismos para pedir cuentas de las actuaciones, al equipo gestor que nos representa, no es en una curia abierta como esta. Existen procedimientos para ello, que pasan por la petición de una asamblea extraordinaria de la asociación, si tanta prisa hay, que no se puede esperar a la ordinaria. Y si no recuerdo mal, se puede pedir con las firmas del 5 % se los asociados.

¿A que esperáis?

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Soy cantor, soy embustero, me gusta el juego y el vino, tengo alma de marinero. Qué le voy a hacer, si yo nací en el mediterráneo.

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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

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1-Estamos sacando los pies del tiesto, en las últimas intervenciones, y denoto un cierto tono partidista, intentando cuestionar la forma de proceder de la actual JD. Por otro lado licito. Pero entiendo que aquí, en este foro, no es el medio adecuado.

2- Yo ni quito ni pongo rey. No estoy al tanto de lo que se “cuece” Anavre, solo tengo lo que me llega, por su foro y por este, y me parece suficiente a nivel de socio de base.
Lo que si percibo, es un ápice de quintacolumnismo. Posiblemente sea mentira, así me gustaría que fuera. Pero la realidad, las sensaciones que noto, me hacen decantarme en este sentido. Insisto es una apreciación.

3- Entiendo que los mecanismos para pedir cuentas de las actuaciones, al equipo gestor que nos representa, no es en una curia abierta como esta. Existen procedimientos para ello, que pasan por la petición de una asamblea extraordinaria de la asociación, si tanta prisa hay, que no se puede esperar a la ordinaria. Y si no recuerdo mal, se puede pedir con las firmas del 5 % se los asociados.

¿A que esperáis?

1 Totalmente de acuerdo
2 totalmente de acuerdo
3 Esa es la via mas , se puede decir, "democratica" ?

Alguien a apelado que en el foro de Anavre , hay "restricciones", cosa que no creo que haya mecanismos para ello , y aqui, gracias al Taber , creo que es para adelantar noticias (por su mayor difusion) no para sacar los trapos de "otra asociacion"
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en crisis ??
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Antiguo 25-11-2010, 12:50
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Predeterminado Re: La imagen de la nautica de recreo para los señores de Hacienda

Hace ya algún tiempo que detecto en este apartado del foro dos tipos de mensajes.

Unos sobre la situación de la náutica en nuestro país, su legislación y las posibles críticas a las mismas que ejercen individuos o asociaciones.

Otros sobre como individuos o asociaciones ejercen sus derechos de crítica, pataleo o simple comentario. El presente es del segundo grupo, evidentemente.

Es mi opinión que este foro está para dialogar entre cofrades que somos todos, y aportar ideas entre todos. Y también en mi opinión, este foro no es para criticar como se realizan determinadas acciones en una u otra asociación. En especial, Anavre, tiene su propio foro en su propia web donde verter las críticas o alabanzas que se desee.

Un comentario puntual sobre la opinión, la aportación o el mal camino de una asociación creo que sí caben aquí. Por el contrario, utilizar esta plataforma de manera reiterada como lugar desde donde ejercer la crítica sobre la Junta Directiva de Anavre excede, en mi opinión, los objetivos de este foro. repito, para ello existe un foro específico en Anavre.

Así que queridos Eirín y Jangada, me encantaría que trasladarais vuestra legítima campaña a Anavre y siguierais aportando aquí tanto y tan bién como hacéis cuando os limitáis a lo que (en mi opinión) aquí corresponde.

Esto es, por supuesto, una opinión personal. Y desde luego, tras ella tardaré bastante en volver a intervenir en este apartado del foro. Pues dudo de mi potestad para verterla. Así que querido Tabernero, si te parece la borras. Y si alguno de los aludidos quiere que así sea, también la borraré.

Pero lo cierto es que este rincón de la taberna es interesante y útil, cuando no se despista con temas que no vienen al caso.

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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Butxeta
pipe (25-11-2010)
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Sergio Ponce


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