La Taberna del Puerto SoleDiesel
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  #1  
Antiguo 22-12-2010, 15:16
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Predeterminado Hacienda, hacienda, hacienda.......

He leido esto en otro foro Editado por Natachamar: Norma 10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.


Por favor, ¿alguién me puede aclarar o decirme dónde me puedo enterar de qué conceptos están sujetos al IMPUESTO DE MATRICULACIÓN en la compra de una embarcación?

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Rebe
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Editado por Natachamar en 22-12-2010 a las 17:10.
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  #2  
Antiguo 22-12-2010, 15:24
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Predeterminado Re: Hacienda, hacienda, hacienda.......

se de un barco comprado en el 2007 en el mismo sitio que el tuyo, estan haciendo revision y quieren cobrar el impuesto del lujo por los extras y por el transporte, mas la multa... ya preguntare como ha acabado el tema, pero tenia muy mala pinta

aqui no se escapa ni la tele !!
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  #3  
Antiguo 22-12-2010, 15:33
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Predeterminado Re: Hacienda, hacienda, hacienda.......

Hola Rebellin,

me gustaría ayudarte pero la verdad, no tengo idea sobre este tema.

Intentaré hablar con un amigo que lo conoce y darte una respuesta

Saludos y que no sea nada aunque con Hacienda ya se sabe
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Editado por Tabernero en 22-12-2010 a las 23:46.
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  #4  
Antiguo 22-12-2010, 15:40
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e_u_o_ar
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Predeterminado Re: Hacienda, hacienda, hacienda.......

Esto es una cabronada

Ya se están pasando tres pueblos.

Con la crisis no saben de dónde sacar dinero, y se están cebando con la náutica de recreo.
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  #5  
Antiguo 22-12-2010, 15:43
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Predeterminado Re: Hacienda, hacienda, hacienda.......

lo siento en el alma pero estas completamente y definitivamente jodido ...

para que hubiese funcionado el truco tendrias que tener una factura de acsesorios 6 meses posterior a la fecha de la compra, y tienen que ser extras qual ausencia no impida el funcionamiento del barco ( por ex tienes que poner sustitucion de timon de caña por uno de rueda , sustitucion de motor ...ect )


lo siento en el alma , pero te van a cobrar por la totalidad de las dos facturas , mas interes de demora mas multa ...
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  #6  
Antiguo 22-12-2010, 16:00
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Predeterminado Re: Hacienda, hacienda, hacienda.......

Cita:
Originalmente publicado por vertijean Ver mensaje
lo siento en el alma pero estas completamente y definitivamente jodido ...

para que hubiese funcionado el truco tendrias que tener una factura de acsesorios 6 meses posterior a la fecha de la compra, y tienen que ser extras qual ausencia no impida el funcionamiento del barco ( por ex tienes que poner sustitucion de timon de caña por uno de rueda , sustitucion de motor ...ect )


lo siento en el alma , pero te van a cobrar por la totalidad de las dos facturas , mas interes de demora mas multa ...
pero para eso tendran que demostrar que eso no lo a cambiado por gusto... si yo me compro un barco nuevo y no me gusta la rueda que tiene. no la puedo cambiar hasta dentro de 6 meses??? eso es por que estan investigando a quien le has comprado el barco y ahora investigan a todos los compradores.

si tu tienes una factura de un barco y otra aparte de extras... se supone que tu esos extras se los has puesto por que te a dado la gana. y que el barco que has comprado en factura estaba a la orden del dia, no que hayas tenido que ponerle esos extras para poder llevarlo.

tu puedes comprar un coche y no te gustan las ruedas cuando lo ves y compras unas mas grandes.... que tienes que pagar el impuesto de matriculacion del coche sumando el valor de esas ruedas..... miralo bien. donde esta la ley esta la trampa. en todo caso tendran que reclamar al concesionario en caso de que se demuestre que no llevaba esos extras necesarios para su funcionamiento.... yo no lo tengo tan claro.
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  #7  
Antiguo 22-12-2010, 16:14
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Predeterminado Re: Hacienda, hacienda, hacienda.......

La nutica lo ha hecho fatal, y toca apoquinar= lo no pagado+intereses+sancion......

La base imponible del impuesto de matriculacion es el 100% del precio del barco con todo lo que lleve; teca, radar, wc electrico....... al igual que los coches pagas por el precio base+extras+transporte..

La nautica hizo una burda trampa, confecciono dos facturas; una factura el precio del barco base, con la que declaramos el 12% del impuesto de matriculación y otra por todos los demás extras y nos ahorramos el 12% del impuesto de matriculación. Parece todo bien , pero hacienda no es tonta y cruza datos:

Se puede hacer bien: Se factura a distintas personas, no por extras de tal barco sino que por trabajos u otros conceptos no relacionados ni con el cliente ni con la factura principal. En otro mes y/o ejercicio.....

De todas las maneras la nautica un CERO ellos importan un barco que sale de fabrica ya con los extras y asi es declarado en la aduana, y pagado los impuestos correspondientes ( documentacion que ya tiene la administracion) y a ti te lo venden sin extras..

Lo siento lo teneis perdido.
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  #8  
Antiguo 22-12-2010, 16:51
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Predeterminado Re: Hacienda, hacienda, hacienda.......

pero por que a distintas personas.... esta claro que la nautica lo ha hecho mal.... clarisimo al 100% pero de hay a que yo me compre un barco nuevo y no le pueda poner extras.... o modificar cosas..... no lo veo yo tan claro.... como pueden demostrar que ese barco no venia con una rueda, radar, o lo que sea???? yo puedo comprarme un barco y automaticamente antes de sacarlo del astillero/nautica hacer los cambios que quiera y no tengo que buscar a nadia para que le puedan facturar a el.... es como si te compras una casa y no puedes comprar los muebles al mismo nombre o hasta dentro de 6 meses. y con un coche idem, yo compro un coche y le digo al concesionario. ahora quiero que me pongas los faros de xenon, el dvd en el techo para los nanos, unas llantas y el navegador. total 5000€ no puedo??? tengo que llamar a alguien para que se lo facturen a el???
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  #9  
Antiguo 22-12-2010, 17:13
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Predeterminado Re: Hacienda, hacienda, hacienda.......

Como dicen los cofrades Vertijean y kilinkala lo tienes mal; por las razones que apuntan ellos y por una más que yo he vivido en mis carnes: con la Agencia Tributaria ellos SIEMPRE tienen presunción de veracidad (no se trata de un procedimiento judicial) y la carga de la prueba la tienes tu, es decir, que eres culpable hasta que no demuestres lo contrario. Es más, te aconsejo lo siguiente:
1. Si la catidad es importante, buscate un buen abogado fiscalista. Si no lo es pasa directamente al punto 2
2. Date prisa en pagar y luego alegar si así lo crees. De lo contrario pondran en marcha su maquinaria implacable (recaudación ejecutiva, embargos, intereses, multas, etc.)
3. Siempre puedes ir al contencioso administrativo pero .... en 3 o 4 años quizás ganes (o no) el recurso ante la justicia ordinaria

Lo siento pero no brindo
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Editado por Itaca2 en 22-12-2010 a las 17:16.
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  #10  
Antiguo 22-12-2010, 17:50
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Predeterminado Re: Hacienda, hacienda, hacienda.......

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pero por que a distintas personas.... esta claro que la nautica lo ha hecho mal.... clarisimo al 100% pero de hay a que yo me compre un barco nuevo y no le pueda poner extras.... o modificar cosas..... no lo veo yo tan claro.... como pueden demostrar que ese barco no venia con una rueda, radar, o lo que sea???? yo puedo comprarme un barco y automaticamente antes de sacarlo del astillero/nautica hacer los cambios que quiera y no tengo que buscar a nadia para que le puedan facturar a el.... es como si te compras una casa y no puedes comprar los muebles al mismo nombre o hasta dentro de 6 meses. y con un coche idem, yo compro un coche y le digo al concesionario. ahora quiero que me pongas los faros de xenon, el dvd en el techo para los nanos, unas llantas y el navegador. total 5000€ no puedo??? tengo que llamar a alguien para que se lo facturen a el???
NO tu sacas el coche del concesionario con los xenon y demás por un valor de 5000 € y pagas en la matriculacion el 12%.

El barco viene del astillero con los extras..... luego son mayor valor del barco.... y asi es la ley.

Otra cosa es que te compres un barco PELAO... lo matricules y luego lo "tunees".

Hacienda no es tonta, y los barcos deben de cuadrar:
- Sabe las unidades de tal modelo importadas
- Sabe la declaración de fabrica de las unidades y por el valor de importación.
- Sabe que la nuatica X a facturado al Sr. W por tal valor.
- Sabe que el valor que el señor W declara en el impuesto de matriculacion.
......
.....

Todo esto lo sabe la nautica, pero con tal de vender mienten y te meten un problema, ........ esto pasaba con los coches de Alemania, te los vendian tirados pq aqui el fulano de turno declaraba un valor bajo y pagaba una matriculacion y un iva sobre un precio menor y a los meses llegaba hacienda con las rebajas
.....
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  #11  
Antiguo 22-12-2010, 17:58
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Predeterminado Re: Hacienda, hacienda, hacienda.......

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... y por una más que yo he vivido en mis carnes: con la Agencia Tributaria ellos SIEMPRE tienen presunción de veracidad (no se trata de un procedimiento judicial) y la carga de la prueba la tienes tu, es decir, que eres culpable hasta que no demuestres lo contrario.
No estoy de acuerdo con esta afirmación: en el supuesto esto, no existe ningún tipo de presunción a favor de la Agencia Tributaria, por lo que tendrán que probarte lo que afirmen.

Otra cosa es lo que dice el cofrade Kilinkara: si es cierto que la Agencia Tributaria tiene constancia de que por Aduana se importó el barco con todos los extras y que, tal cual, fue adquirido por el cofrade Rebellin está claro que lo de las dos facturas (barco + extras) no deja de ser una burda maniobra para eludir impuestos. En este caso no es que la Agencia Tributaria tenga presunciones a su favor, sino que tiene pruebas contra la declaración del contribuyente.

En cuanto a la posibilidad de ir contra la nautica que te lo vendió, entiendo que es del todo inviable (sin futuro), dado que lo hecho se realizó no solo con tu consentimiento, sino a tu favor.

Hay que joderse. Se podía haber hecho bien, pero lo hicisteis mal.
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  #12  
Antiguo 23-12-2010, 00:09
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Originalmente publicado por Rebellin Ver mensaje
He leido esto en otro foro Editado por Natachamar: Norma 10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.


Por favor, ¿alguién me puede aclarar o decirme dónde me puedo enterar de qué conceptos están sujetos al IMPUESTO DE MATRICULACIÓN en la compra de una embarcación?

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Rebe
Sí que se puede aclarar:

Es de aplicación al caso planteado:

Artículo 69. (de la ley del impuesto al que aludes):Base imponible.
La base imponible estará constituida:
En los medios de transporte nuevos, por el importe que con ocasión de la adquisición del medio de transporte se haya determinado como base imponible a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, de un impuesto equivalente o, a falta de ambos, por el importe total de la contraprestación satisfecha por el adquirente, determinada conforme al artículo 78 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. No obstante, en este último caso, no formarán parte de la base imponible las cuotas del Impuesto General Indirecto Canario satisfechas o soportadas directamente por el vendedor del medio de transporte

Ahora por remisión del precepto necesitamos saber que incluye la base de cálculo:

Artículo 78 (ley del IVA). Base imponible. Regla general.
1. La base imponible del impuesto estará constituida por el importe total de la contraprestación de las operaciones sujetas al mismo procedente del destinatario o de terceras personas.
2. En particular, se incluyen en el concepto de contraprestación:
Los gastos de comisiones, portes y transporte, seguros, primas por prestaciones anticipadas y cualquier otro crédito efectivo a favor de quien realice la entrega o preste el servicio, derivado de la prestación principal o de las accesorias a la misma.

Como se ha dicho ya por los cofrades, la empresa distribuidora realizó la operación mal.

Dice agb:
"No estoy de acuerdo con esta afirmación: en el supuesto esto, no existe ningún tipo de presunción a favor de la Agencia Tributaria, por lo que tendrán que probarte lo que afirmen".

Lamentablemente no es así, cualquier funcionario público en el ejercicio de sus funciones, tiene la presunción de validez y la administración goza del privilegio de ejecutoriedad. En base a estos dos principios, a los administrados nos corresponde probar que se equivocan. Por la ejecutoriedad se entiende que las AAPP ejecutan tu patrimonio para ponerlo a la venta, por la vía del apremio y la subasta pública aunque estés discutiendo en los tribunales, la legalidad de la sanción o el cobro. Con la salvedad que una medida cautelar de un juez no se lo impida.
Estos dos privilegios en el derecho administrativo se denominan EXORBITANCIAS y estan en pleno vigor.

Lo siento cofrade Rebellin, pero creo que tienes un asunto delicado a resolver. Un asesor fiscal te puede ayudar.

Te deseo mucha suerte
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Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos.
(Fernando Pessoa -1931)
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  #13  
Antiguo 23-12-2010, 00:43
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Cita:
Originalmente publicado por agb Ver mensaje
no existe ningún tipo de presunción a favor de la Agencia Tributaria, por lo que tendrán que probarte lo que afirmen.
.
, los conoces poco ... Ellos no te han de probar nada, te dicen "lo has hecho mal, has de pagar X" y tu has de probar que lo has hecho bien o , al menos, no tan mal como ellos dicen. Además, primero PAGA ( o avala) y luego reclama y demuestra (según su criterio) que se equivocan .
No es teoría, es por experiencia propia.
Coincido con lo expuesto por el cofrade Jangada en todo.

Bueno... un chupito
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Editado por Itaca2 en 23-12-2010 a las 00:49.
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  #14  
Antiguo 23-12-2010, 00:55
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Originalmente publicado por Itaca2 Ver mensaje
, los conoces poco ... Ellos no te han de probar nada, te dicen "lo has hecho mal, has de pagar X" y tu has de probar que lo has hecho bien o , al menos, no tan mal como ellos dicen. Además, primero PAGA y luego reclama y demuestra (a su criterio) que se equivocan .
No es teoría, es por p*ta experiencia propia.


más o menos es así

Tú, de salida, eres culpable. Después debes demostrar tu inocencia , que es muy posible que la acabes perdiendo, como la virginidad, por novato




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  #15  
Antiguo 24-12-2010, 01:01
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Predeterminado Re: Hacienda, hacienda, hacienda.......

Este caso no me afecta, lo leí en otro lugar pero Natachamar lo editó rectificándolo, ya que dice que no se pueden reproducir textos de otras web, aunque sí insertar enlaces a ellas.

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