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VHF: Canal 77 |
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Exclusiones en Seguros por vivir a bordo
Buenas compañeros navegantes, una ronda para todos
Desde hace un par de años vivo en mi barco, una motora de 9,6 metros, y desde entonces no me veo volviendo a vivir en tierra. Estoy empadronado en mi barco (realmente en mi amarre). Mi intención es cambiar a velero en un futuro, cuando tenga la posibilidad, y comenzar a navegar recorriendo el mundo, pero eso es otro asunto. El tema es que recientemente me dio por leer cada cláusula del seguro que tengo contratado con Allianz para mi barco (tras un problema que tuvo un compañero), y he leído una exclusión que me ha dejado preocupado. Resulta que textualmente dice: Artº. 2º. RIESGOS EXCLUIDOS CON CARÁCTER GENERAL Tendrán la consideración de riesgos excluidos en todo caso: 2. Los siniestros ocurridos cuando la embarcación asegurada fuera utilizada para fines distintos de los expresamente recogidos en la presente póliza. En ningún caso, será aceptado un siniestro cuando la embarcación asegurada esté siendo utilizada como vivienda permanente.Es decir, por el hecho de vivir en mi barco, si voy navegando y el motor se me para y necesito remolque o asistencia de Salvamento Marítimo, el seguro se lavaría las manos porque con esta exclusión anula toda cobertura. Tengo el seguro básico de Responsabilidad Civil, Asistencia Marítima y Accidentes personales, por lo que ni tengo ni he pedido daños a mi barco (es muy antiguo). Después de investigar varios seguros, veo que la mayoría incluyen esta exclusión, o generalizan poniendo "si se usa el barco para un destino diferente al que fue contratado", y se pueden agarrar a ello. Solo en una compañía especifica que la exclusión es solo para los daños a la embarcación, cuando la causa de los daños sea el hecho de vivir a bordo, por lo que si navegando tengo una avería o necesito asistencia, que nada tiene que ver con el vivir a bordo, no existe cláusula que me desampare. Pero la cuestión es:
Por otro lado, próximamente me cambiaré de puerto y me voy a Portugal, por lo que me empadronaré allí. Desconozco si los seguros en Portugal funcionan igual, si puedo seguir con el que tenga contratado en España, o es preferible cambiarme a uno de Portugal, o incluso algun seguro europeo con el que esté cubierto en cualquier parte incluyendo mi barco como vivienda. Espero que me podáis iluminar un poco sobre este tema, o si hay un vacío legal en este aspecto, porque me preocupa necesitar asistencia y verme desamparado. Saludos |
#2
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Re: Exclusiones en Seguros por vivir a bordo
… yo más bien creo que eso se debe referir a los barcos que son alquilados a terceros para vivir o incluso ofertados por Airbnb.
Yo que tú, haría la consulta por escrito al seguro dejando muy claro que pasas temporadas viviendo en él. No creo que te pongan problemas. Buena mar. |
#3
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Re: Exclusiones en Seguros por vivir a bordo
Buenas compañero,
El problema es que he consultado por escrito a 2 o 3 aseguradoras distintas, incluso de fuera de España, y tras explicarle que el barco es mio, y que practicamente vivo en el, directamente me dicen que no me aseguran. Y eso que les explico que: - El barco esta completamente operativo y cumple toda normativa de seguridad y de navegacion - Solo quiero seguro de responsabilidad civil, asistencia maritima y accidentes personales (lo obligatorio), por lo que no necesito seguro de daños propios. No entiendo, si un barco esta equipado de astillero con cocina, baño, y todo completo, que diferencia hay entre estar de "vacaciones" en el barco durante 10 meses al año, teniendo una vivienda en tierra, a vivir los 12 meses en el barco. Si lo que necesito sobre todo es que si un dia necesito remolque porque el motor no me arranca, que tenga esta cobertura. Que tendrá que ver que duerma en el barco con un problema en el motor... En fin, habrá que vivir en ese vacío. |
#4
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Re: Exclusiones en Seguros por vivir a bordo
Mira... en seguros todo lo excluido se puede incluir (por el pago de un adicional)
Habrá que hablar con la aseguradora o el corredor de seguros y considerar la "extensión de cobertura" a vivienda permanente. El tema es que, como en el caso de las "autocaravanas" o "casas rodantes" ALGUNAS veces (no todas) los vehículos (de tierra o mar) que se utilizan para vivienda suelen estar hechos un desastre o por lo menos inhábiles para transitar/navegar lo cual cambia la naturaleza de la cosa. A ver... Ponle que tengas una motora cabinada. Si la usas para navegación de recreo cocinas cuanto mucho las veces que sales a navegar, si la usas como vivienda cocinarás todos los días con el consabido riesgo de incendio que se puede propagar a otras motoras del pantalán y por lo tanto el riesgo sube.
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Saludos. Y por si quieren darse una vuelta por mi TW https://twitter.com/egis57 (Hay información bursátil y económica) |
#5
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Re: Exclusiones en Seguros por vivir a bordo
Si entiendo lo que me dices, pero por esa regla de tres se deberian de obligar a todas las viviendas de ladrillo a tener seguros, pero es opcional. Y puede tener el mismo o mas peligro que un barco o autocaravana.
Con lo de las extensiones para incluirlo como vivienda, lo he intentado con todas las que he hablado, aceptando por supuesto un plus en el precio de la prima anual, pero ninguna lo ha aceptado, por lo que no dan opción. Al menos con las que he hablado, por eso preguntaba si sabiais de alguna que si lo admita. Estaria encantado de que un perito inspeccionara mi vivienda (barco), para que comprobaran que no hay un riesgo extra, porque si es verdad que hay barcos que se usan como vivienda en muchos puertos, que ni motor tienen . Yo por prevenir, no tengo ni gas, ni nada que provoque llama. Y por supuesto con todas las protecciones electricas necesarias y extras. Por tener, tengo el barco domotizado, con sensores de humos, inundacion, temperatura, camaras IP en sala de maquinas y en cabina, etc... Entiendo que deban asegurarse de que la "vivienda" cumple con los requisitos, como una vivienda de ladrillos que necesite rejas en las ventanas para garantizar que no te roben, pero negarse en rotundo y no dar ni una posibilidad aun pagando un plus, no lo veo razonable. Por cierto, en cierta medida puedes encontrarte mas problemas de seguridad en una instalacion que usas 2 veces al año, que una que usas a diario y la tienes mas controlada. |
#6
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Re: Exclusiones en Seguros por vivir a bordo
buen apunte lo de barco-vivienta, me refiero que ya venden barco "para vivir dentro" . Pero teniendo tu ITB de que el barco ha pasado inspección no se que problema tiene que haber, desde luego el caso es curioso.
y porque tienes que declarar que es para vivienda? |
#7
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Re: Exclusiones en Seguros por vivir a bordo
Yo tuve problemas con mi coche con la aseguradora esta de la alianza porque la letra pequeña es muy interpretable y lo hacen siempre a su favor. Por ejemplo, te dicen que tienes vehículo de sustitución en caso de accidente; cuando lo necesitas, primero, para poder disponer de este vehículo, has de llevar tu coche a uno de los talleres donde la aseguradora mantiene este acuerdo y que este taller tenga un coche disponible para prestarte en ese momento (en mi caso, vivo en Ibiza y podía elegir entre unos pocos talleres con los que la aseguradora tenía convenio: uno en Mallorca y el resto, en Alicante, pero ninguno en Ibiza, tampoco se prestaban a pagar el ferry). Luego, su interpretación de la letra pequeña es que para que te presten vehículo de sustitución, es que tu vehículo no debe poder circular, o sea, si te arrancan una puerta en un accidente, como tu vehículo técnicamente puede circular, no cubre.
Busca otra aseguradora, busca corredurías náuticas, busca bien y que quede por escrito si te dicen que te va a cubrir aunque vivas en tu barco. |
#8
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Re: Exclusiones en Seguros por vivir a bordo
O haces 2 seguros, uno como vivienda habitual y otro como velero
No es ilegal tener varios seguros sobre el mismo bien, o que es ilegal es cobrar 2 o más indemnizaciónes por el mismo siniestro. |
Ver todos los foros en uno |
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seguro, vivir a bordo, vivir en un barco |
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