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  #1  
Antiguo 11-03-2024, 21:57
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Question ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

Hola buenas tardes,

He comprado un barco, pero todavía no tengo residencia en España, ya que puede que me lo lleve de vuelta a casa al cabo de poco tiempo y no estaré en España permanentemente con el barco. El barco tiene bandera alemana.
He oído que la Guardia Civil a veces pide este certificado.
¿Tengo que pagar el ITP? He visto que ronda el 5%.

Saludos
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  #2  
Antiguo 11-03-2024, 22:54
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

Si no eres residente fiscal en España no veo manera de que pagues impuestos en España...

Tendrás que hacerlo con la fiscalidad y en el país en que tengas residencia fiscal.

Lo de que la GC lo pide... con bandera alemana te lo pedirá más bien Aduanas, en cualquier caso te lo pidiese quien te lo pidiese, no aplica, éso es para los que tenemos residencia fiscal en España.

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  #3  
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

Ampliando lo que te dice el cofrade humpback, si tu residencia fiscal está fuera de la UE, lo único en lo que se van a fijar es en que no se sobrepase el tiempo máximo de estancia en aguas comunitarias. Aduanas es muy quisquillosa con esto.

Si tu residencia fiscal está en un país de la UE esa limitación de tiempo no existe.

Finalmente, lo que sí te podrían pedir es una titulación para el gobierno de barcos de recreo, de acuerdo con la famosa (por estúpida, embrollada y definitivamente inútil) DA 5ª. Copio textualmente:

"[...] para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad."

Saludos y
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  #4  
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

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Originalmente publicado por cpasabor Ver mensaje
Hola buenas tardes,

He comprado un barco, pero todavía no tengo residencia en España, ya que puede que me lo lleve de vuelta a casa al cabo de poco tiempo y no estaré en España permanentemente con el barco. El barco tiene bandera alemana.
He oído que la Guardia Civil a veces pide este certificado.
¿Tengo que pagar el ITP? He visto que ronda el 5%.

Saludos
No. El ITP grava las compras de residentes (fiscales) en España.
Lo que te podrían pedir es el IEDMT (matriculación) si el barco pasa más de 6 meses (al año) en España (hay varias interpretaciones de esta norma).
Pero si lo has comprado en España, es probable que lo tenga pagado y se paga solo una vez.

Un saludo.
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  #5  
Antiguo 12-03-2024, 10:06
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

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Originalmente publicado por humpback Ver mensaje
Si no eres residente fiscal en España no veo manera de que pagues impuestos en España...
Yo sí: el IVA. No del barco, sino de todo lo demás. Está todo pensado...

Ya sé que no es la respuesta a la pregunta "exactamente" pero me has dejado el balón botando delante de la portería vacía

Saludos.
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  #6  
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

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Originalmente publicado por Costapinto Ver mensaje
Yo sí: el IVA. No del barco, sino de todo lo demás. Está todo pensado...

Saludos.
Aunque si no eres residente en la UE, y guardas facturas (de cosas compradas que te lleves), puedes pedir la devolución..
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  #7  
Antiguo 12-03-2024, 19:23
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

buenas tardes


Sabéis si cuando compras un barco en Francia (con iva pagado) ademas de matriculación hay que pagar ITP?
o solo matriculación?


Gracias
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  #8  
Antiguo 12-03-2024, 21:18
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

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buenas tardes


Sabéis si cuando compras un barco en Francia (con iva pagado) ademas de matriculación hay que pagar ITP?
o solo matriculación?


Gracias
El ITP se paga si la compra es entre particulares y vives o resides en 1 reino donde tú comunidad autónoma lo contempls

Si lo compras a 1 empresa comunitaria y pagas IVA, no pagas ITP
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  #9  
Antiguo 12-03-2024, 21:41
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

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Originalmente publicado por Costapinto Ver mensaje
Yo sí: el IVA. No del barco, sino de todo lo demás. Está todo pensado...

Ya sé que no es la respuesta a la pregunta "exactamente" pero me has dejado el balón botando delante de la portería vacía

Saludos.
Y si tienes 2a residencia en España, también pagas impuestos, aunque no seas residente.
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  #10  
Antiguo 12-03-2024, 21:46
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

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Originalmente publicado por buzo Ver mensaje
Y si tienes 2a residencia en España, también pagas impuestos, aunque no seas residente.
Ley, boe?

Que impuestos pagas?

Los de la propiedad es normal, es tuya, alguno mâs?
Yl
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  #11  
Antiguo 12-03-2024, 22:03
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

Pagarán el IBI, el IRNR (una especie de IRPF por rentas de los inmuebles, aunque estén vacios), y si vende el inmueble puede tener plusvaía fiscal y municipal.

Editado por buzo en 12-03-2024 a las 22:03. Razón: ortografía
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  #12  
Antiguo 13-03-2024, 09:49
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

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buenas tardes


Sabéis si cuando compras un barco en Francia (con iva pagado) además de matriculación hay que pagar ITP?
o solo matriculación?


Gracias
En principio, el ITP solo se debería pagar si la compra se hace en España (independientemente de la bandera).

Pero si lo quieres abanderar en España te lo van a pedir (aunque no estoy seguro de que realmente sea necesario).

Guarda muy bien el contrato, para poder demostrar en donde se realiza la compra.

En todo caso, para el que tenga que pagar ITP para embarcaciones, si te empadronas en Galicia, solo pagas el 1%.

Un saludo.

Editado por fende_testas en 13-03-2024 a las 09:55.
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  #13  
Antiguo 13-03-2024, 10:42
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

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Originalmente publicado por fende_testas Ver mensaje
En principio, el ITP solo se debería pagar si la compra se hace en España (independientemente de la bandera).

Pero si lo quieres abanderar en España te lo van a pedir (aunque no estoy seguro de que realmente sea necesario).

Guarda muy bien el contrato, para poder demostrar en donde se realiza la compra.

En todo caso, para el que tenga que pagar ITP para embarcaciones, si te empadronas en Galicia, solo pagas el 1%.

Un saludo.
No estoy de acuerdo en que se pague si la compra se hace en España, sino si el sujeto tiene residencia fiscal en España, de hecho es como dices en tu última frase, tributas donde tienes la residencia. Y si eres residente en España y compras el barco en la Conchinchina, pagas ITP también.

Como a la compra que él quiere hacer no le aplica IBI, ni impuesto de basuras, ni siquiera IVA (porque ha preguntado por el ITP directamente), pues sigo pensando que no siendo residente no puede tributar en España, y preciso, me refiero a su pregunta concreta

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  #14  
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

Por aclararlo un poco:

Soy residente fiscal español, es un barco de segunda mano que el propietario ya pagó el IVA
Pero la duda la tengo en si hay que pagar las dos cosas o no
Ya que he recibido opiniones en los dos sentidos (si pagas matriculación ya no pagas ITP) ( hay que pagar ambos ya que no tiene que ver una cosa con la otra)

Y era por si alguien ha comprado fuera y que le ha tocado hacer, o si hay alguien que sabe de eso.

En fin muchas gracias a todos por intentar ayudar.


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  #15  
Antiguo 13-03-2024, 14:18
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

Cada vez que se transmite la propiedad, hay que pagar el ITP, como con los coches o motos. La cantidad a pagar está publicada en las tablas de cada comunidad autónoma.
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  #16  
Antiguo 13-03-2024, 14:21
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

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Ya que he recibido opiniones en los dos sentidos (si pagas matriculación ya no pagas ITP) ( hay que pagar ambos ya que no tiene que ver una cosa con la otra)
IVA si se compra a empresa. ITP si se compra a particular. Son excluyentes.

IEDMT no tiene nada que ver con IVA o ITP.

Si el barco va a estar en España y eres residente, independientemente de bandera y nacionalidad tienes que pagar IEDMT (una sola vez por barco).

Lo del ITP si lo vas a abanderar en España te lo van a pedir fijo.

Aunque la ley es un poco ambigua y hay interpretaciones.

Un saludo.
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humpback (13-03-2024)
  #17  
Antiguo 13-03-2024, 19:16
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

Cita:
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Por aclararlo un poco:

Soy residente fiscal español, es un barco de segunda mano que el propietario ya pagó el IVA
Pero la duda la tengo en si hay que pagar las dos cosas o no
Ya que he recibido opiniones en los dos sentidos (si pagas matriculación ya no pagas ITP) ( hay que pagar ambos ya que no tiene que ver una cosa con la otra)

Y era por si alguien ha comprado fuera y que le ha tocado hacer, o si hay alguien que sabe de eso.

En fin muchas gracias a todos por intentar ayudar.


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En tu caso sí, hay que pagar ITP si lo has comprado a un particular, el IVA que él pagó necesitas tenerlo justificado junto con los papeles del barco. En tu caso da igual si compraste en España o fuera, te toca ITP por ser súbdito fiscal español.

Éso por adquirir patrimonio.

IVA sólo se paga una vez en la vida del barco, y te sirve incluso si se pagó el IVA en otro país de la UE.

El IEDMT (matriculación) tienes que tenerlo pagado en España, sí o sí, con independencia de tu pabellón, también por ser residente fiscal en España. Si el anterior propietario no lo pagó (en España), te toca pagarlo a ti, pero si lo pagó ya (insisto, en España, no vale el equivalente de otro país UE), entonces sólo necesitas el justificante.

Resumiendo:
  • ITP: se paga siempre, cada comprador, si lo compró a un particular.
  • IVA: sólo una vez, salvo que tú lo compres a una empresa con factura, en cuyo caso lo pagas en la factura y no pagas ITP (que yo vea, por lo que dices no es tu caso, entiendo que compraste a un particular). Necesitas el justificante o te tocará pagar de nuevo antes o después.
  • IEDMT: se paga una sola vez, si no lo pagó el propietario anterior te tocará a ti. Si no tienes justificante pero el anterior propietario lo pagó, puedes pedir copia en la AEAT.

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  #18  
Antiguo 13-03-2024, 19:19
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

Cita:
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Cada vez que se transmite la propiedad, hay que pagar el ITP, como con los coches o motos. La cantidad a pagar está publicada en las tablas de cada comunidad autónoma.
Y si no está en tablas exactísimamente el mismo modelo, entonces se paga sobre el valor en el documento de compraventa (salvo que sea flagrantemente por debajo de precio de mercado).

En cuanto al documento de compraventa, no tiene por qué ser español ni estar redactado en lengua oficial de aquí, te vale por ejemplo el Bill of Sale en el caso de los británicos (que fue mi caso, aunque tuve la precaución de firmar también compraventa de las nuestras).

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  #19  
Antiguo 13-03-2024, 22:46
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

Gracias chicos, entonces ya se que no tengo que pagar ITP a no ser que me haga residente fiscal.

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humpback (14-03-2024)
  #20  
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

Cita:
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El IEDMT (matriculación) tienes que tenerlo pagado en España, sí o sí, con independencia de tu pabellón, también por ser residente fiscal en España. Si el anterior propietario no lo pagó (en España), te toca pagarlo a ti, pero si lo pagó ya (insisto, en España, no vale el equivalente de otro país UE), entonces sólo necesitas el justificante.
No parece ser el caso del cofrade cpasabor, pero hay que tener en cuenta que el IEDMT no se paga si el barco se puso en servicio en España antes de la introducción del impuesto.

Saludos y
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Predeterminado Re: ¿Pagar el ITP sin la bandera española?

Cita:
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No parece ser el caso del cofrade cpasabor, pero hay que tener en cuenta que el IEDMT no se paga si el barco se puso en servicio en España antes de la introducción del impuesto.

Saludos y
jeje menudo follón , esta parte era para el cofrade masivas que sí es residente fiscal aquí, cpasabor que no lo es ya lo tiene claro por lo que veo.

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Cita:
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jeje menudo follón , esta parte era para el cofrade masivas que sí es residente fiscal aquí, cpasabor que no lo es ya lo tiene claro por lo que veo.

Gracias por la aclaración. No me había dado ni cuenta de que se habían cruzado los mensajes; en todo caso, la exención de pago del IEDMT para barcos puestos a flote en España anteriores a la introducción del impuesto es aún válida.

Saludos y
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