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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Imaginemos que vendo un barco de recreo de 7ª lista como particular a otro particular. Imaginemos que unos meses despues voy a capitanía y me dicen que el comprador todavía no ha hecho el cambio de titularidad, que en ese momento me cuesta contactar con él pero me acaba diciendo que lo resuelve pronto.
Imaginemos que pasan casi dos años y ves en la prensa a la policía registrando el que era tu barco con el comprador esposado y que este acaba en prision preventiva a la espera de juicio. Sigamos imaginando que uno sospecha que si no lo hubiese cambiado de nombre le llamarían de la policía o del juzgado, pero esa llamada no se produce. Un par de meses después a uno le da por pasar por capitanía para asegurarse de que lo llegó a cambiar y resulta que no, que sigue a mi nombre. Al barco no le constan cargas en registro ni está precintado o nada similar. El comprador sigue en prision y el barco se encuentra amarrado en un club náutico generando una deuda que acaban por reclamar a quien consta en el registro, usea imaginemos que a mí. Por último, imaginemos también que consta que el barco está siendo utilizado en alguna ocasión por terceras personas desconocidas, estando repito a mi nombre a todos los efectos salvo por el contrato privado de compraventa, con el inmenso riesgo que ello conlleva. Ante cualquier sanción o desgracia, primero a mi chepa y luego ya veremos en el juzgado... Tanto imaginar ... imagináis cual sería la mejor solución a esta situación? La primera que es ir yo a registrar la venta en capitanía, tengo dificultades porque tengo copia de todo, pero por algún motivo me falta la copia del DNI del personaje. Estoy ya bastante preocupado, la verdad. Editado por Fanso en 29-06-2017 a las 18:57. |
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#2
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Ufff la verdad es que suena a marrón del malo.
Claro tú tendrás el contrato de compra-venta firmado por el comprador... y deberías tener también copia de su DNI. Con esto te debería de bastar (¿no?) pues lo habitual es que el comprador haga el cambio en capitanía, al tener él que pagar el cambio... Sin el DNI deberías ir rápido con el contrato firmado por el personaje a la comandancia de la G CIVIL y preguntar. Suerte ![]() ![]()
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Soy un mar de dudas pero al menos soy un mar. |
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Fanso (29-06-2017) | ||
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#3
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#4
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Escrito a capitania, copia del contrato de venta, y solicitud de anotación de la misma, en calidad de vendedor, y para constancia de que has transferido el dominio, es un derecho del vendedor que puede ejercer si el comprador no cumple con su obligación de inscribir el cambio de propietario.
Te aconsejo que mires si la sociedad constituida es real o se la inventó toda para fines ilicitos (seguro que es así), en cuyo caso denuncia al juzgado. Muy importante que capitania te acepte la fecha de venta, en caso contrario no te van a hacer ningún favor, ya que ssrá posterior a la comisión del delito... |
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#5
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Y en caso de marrón pagarían la embarcación por transferencia don de estará justificado con el contrato el nuevo titular.
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Fanso (30-06-2017) | ||
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#6
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#7
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El cambio de titularidad en Capitanía es el último paso a dar en una compra venta, previo a éste debe existir una documento en hacienda,
el modelo 620 IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS TRANSMISIÓN DE DETERMINADOS MEDIOS DE TRANSPORTE USADOS. es este el documento más importante en una compra venta, investiga si se presentó y liquidó
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MMSI 224433230 Por la bahía... yo quiero ser marinero por la bahía bajo el azul de los cielos en el mar de Andalucía ,
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Fanso (30-06-2017) | ||
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#8
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Me han comentado también que la ley ha cambiado y que en este momento la obligación de notificar a Capitania el cambio de titular recae en el vendedor (no así en 2015, cuando se vendió el barco). |
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#9
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Pues notificalo por escrito dejando claro que en la fecha de la venta no tenias obligacion de hacerlo.
Presenta el extracto bancario donde aparece el pago del barco y deberias informar al puerto, si no lo has hecho ya. Todo para evitar marrones aun mayores. ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
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Fanso (30-06-2017) | ||
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#10
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Pues si esta a tu nombre todavía, recuperalo ¡
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Fanso (30-06-2017) | ||
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#11
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Todas las opciones las estoy considerando, abogado mediante. Lo que no quiero es generar yo un problema mayor del que puede haber por actuar a la brava
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#12
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Mucha suerte !! ![]() ![]()
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KUMI ![]() Después de una ola siempre viene otra |
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Fanso (30-06-2017) | ||
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#13
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Salu2 y unas
![]() Yo, además, iría al puerto a averiguar quien ha autorizado a esas "terceras personas" a que utilicen "tu barco", y quienes son. |
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Fanso (01-07-2017) | ||
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#14
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Ojito,no sea que recuperes un barco y un gran problema con ello, dado que no hay denuncia de robo de por medio. Como ya has comentado de hacer, ponlo en manos de un abogado, consultándole todas las opciones. Sería bueno saber el motivo de la detención, no es lo mismo que esté detenido por delitos de violencia de género, por ejemplo, que sería una causa que difícilmente implicaría al barco, que por causas de tráfico de drogas con utilización del barco, lo que sería un gran marrón.
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Fanso (01-07-2017) | ||
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#15
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Autorizado, nadie ha autorizado, pero alguien con acceso al pantalán tiene llaves del barco (amigo, familiar, a saber) y me dice el club náutico que es por su parte imposible de evitar. Les he pedido que pasen el barco a varadero, pero lo niegan por falta de espacio.
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#16
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Desde luego que no haré nada sin el debido asesoramiento. La semana que viene se contactará con el comprador en su actual residencia ... y veremos qué forma se le puede dar a esto. Si se aviene a regularizar todo, si no quiere o no puede por la causa que sea, y que opciones nos deja eso. Cuando el tema se vaya resolviendo ya contaré ![]() |
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#17
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Vaya, espero que la cosa acabe bien. Yo por norma, desde que tuve algo parecido con la venta de un coche, notifico la venta, en trafico, capitanía o donde sea. A un primo mio le paso lo mismo con un velero de 12 metros, al cabo de dos años contactaron con el por una deuda de amarre, al parecer el comprador no notifico la venta, tuvo problemas legales también y abandonó el barco en un puerto, con el contrato de compraventa y el dni lo pudo solucionar pero vamos que te enmarronan por menos de nada.
Saludos. |
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Fanso (02-07-2017) | ||
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#18
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El abogado te asesorará mejor, desde la barra de la taberna creo que la solución pasa por denunciar a la sociedad que lo compro y su/s administrador/es por no hacer los trámites correspondientes. Por otro lado era un sinsentido, que originaba muchas causas como estas, que el comprador fuera el único responsable de cambiar la documentación. Lo normal sería ir los dos juntitos a capitanía y en un rato salir con los papeles nuevos, pero sabemos cómo funciona aquí todo esto.... ![]()
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Puma 26 |
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Fanso (02-07-2017) | ||
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#19
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Cita:
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#20
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Hola cofrade:
Tal y como yo lo veo: El registro (hoja de asiento) solo sirve para dar publicidad al cambio de propiedad. La propiedad ya la has transmitido con el contrato y la entrega del barco en su día. El problema es que al no inscribir el cambio de propietario, como te han dicho, puede haber deudores de buena fe que se dirijan a ti porque figuras como tal en el registro. El mejor consejo es que hagas lo que ya has hecho, ponerte en manos de un profesional para estar bien asesorado. Pero en principio, el objetivo es acreditar con documentación (contrato, ITP, transferencia, cambio de amarre...) que transmitiste la propiedad hace tiempo. Un saludo y que vaya todo bien 🍻🍻🍻🍻🍻🍻 Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk |
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Fanso (03-07-2017) | ||
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