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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Cervezas para todos y ron para algunos. Vista la contestación del Registro Central de la Marina Mercante se abre un nuevo horizonte y nuevas dudas.
¿Bajo que bandera sale más económico navegar? ¿Hay gestorías en España que tramiten los cambios de bandera? Buena mar...sea con la bandera que sea. |
#2
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![]() bandera holandesa:
gestoria. vogue la galere distribution service immatriculations les bretons 17350 saint-savinien-france tel 0825595730-33535540086 fax 0546908633 www.pavillon holandais.com tarifas primera matriculacion: eslora por correo en linea hasta 7,50 330 313 mas de 7,50 390 370 documentos necesarios: dni titulo o fatura de compra de la embarcacion certificado de baja de bandera española marcado cee despues de 1998 material de seguridad: un chaleco por persona bengalas 3 de mano dos rojas brujula luces de navegacion bocina de niebla sonda de mano o electrica ancla achicador un par de remos 20m de cabo linterna extintor botiquin basico carta de navegacion para la zona reglamento internacional para la prevencion de abordajes licencia de radio seguro documento de registro
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#3
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![]() ![]() Y como va en estos paises el tema de ITB y Zonas de navegación, si es que existen???? Saludos |
#4
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![]() ¡No existen!, La seguridad, queda a tu responsabilidad.
Saludos
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Buena mar y vientos moderados. "El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés) |
#5
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![]() Gracias cofrade. Otra preguntita...supongo que la licencia de radio se puede sacar aquí?
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#6
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![]() Yo no me plantearía qué bandera es más económica, sino cuál me conviene mas. Es decir, aparte de mirar cómo registrarse en un país X, cosa que puedes hacer tu msimo ahorrandote un pastón, miraría si hay que renobar certificados, cada cuánto, si hace falta alguna licencia, si se paga un impuesto de "circulación", cuánto valen los seguros dependiendo de la bandera, equipamiento, etc. Aunque puede que el término "más económico" al fin y al cabo englobe todo esto, no muchos lo tienen en cuenta.
En cuanto a gestorías, aquí en españa te tramitan la baja española, luego ya te apañas tú con la nueva bandera. Volvemos a lo mismo, es solo un trámite dar de baja la bandera, pero en muchas capitanías ya no te dejan darte de baja "por exportación" porque se nos vé el plumero, como le pasó a un cofrade por el sur. Iván ![]() |
#7
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![]() En cuanto a gestorías, aquí en españa te tramitan la baja española, luego ya te apañas tú con la nueva bandera. Volvemos a lo mismo, es solo un trámite dar de baja la bandera, pero en muchas capitanías ya no te dejan darte de baja "por exportación" porque se nos vé el plumero, como le pasó a un cofrade por el sur.
Iván ![]() capitania de marin (pontevedra) no tramitan bajas por exportacion por lo menos ami . un desastre:
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#8
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![]() No entiendo lo de "dar de baja por exportación". Si se trata de cambiar tu barco de bandera, para pasar de la española a la de otro país, el barco no deja de ser tuyo, por lo que no hay traspaso que valga.
Yo lo que entendería, es que te pidiesen una dirección de residencia en el nuevo país, pero no otra cosa. ¿Alguien sabe como va este asunto?. Salud y ![]()
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![]() ![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 DIMISIONES EN LA JUNTA DIRECTIVA DE ANAVRE: (Noticia del 22-03-24). https://www.ceutaactualidad.com/arti...222194342.html |
#9
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![]() Cita:
Bueno, me refería a las de Barcelona (tampoco todas), te tramitan la baja de bandera española y tú luego te espabilas para darte de alta, traducciones, tasas, etc. Iván ![]() |
#10
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![]() Cita:
Entre ellas estan "siniestro", "desgüase", "exportación" y seguramente me dejo alguna. A vosotros os concierne la de exportación ¿o no exportas tu barco a otro país al cambiar de bandera? Cuando rellenas el formulario marcas "Motivo: Exportación", luego tienes dos casillas que ponen "con cambio de propietario" y "sin cambio de propietario", pues en vuestro caso la segunda casilla. Y por último se tiene que poner a qué país y bandera (es lo mismo, pero hay que ponerlo) se exporta la embarcación. Porque para el que no lo sabía, no se puede solicitar la baja "porque te da la gana". Y ya está, la única dirección que te piden es la de tu domicilio para que te llegue la carta de la DGMM en la que pone que con esa carta mas la documentación del barco puedes recoger el certificado de baja en capitanía. Es decir, al solicitar la baja solo hace falta rellenar un formulario y pagar una tasa de unos 20 euros, la documentación hay que llevarla al ir a recoger el certificado. Espero haberos ayudado en algo. Iván ![]() Vale, pues eso es lo que te hacen las gestorías por aquí cobrándote 250 euros. Pero el alta te la haces tú solito o vas a una de esas gestorías (o llamas) para que te saquen las muelas. Editado por Punta del Este en 27-01-2012 a las 10:58. |
#11
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![]() OK Bambam.
![]() Entonces lo que no entiendo es como pueden negarse a dar la baja por exportación. ¡Si precisamente es uno de los motivos!. Otra cosa es que te obliguen, a posteriori, a llevarte el barco el pais. Eso tendría cierta lógica, lo otro no. Salud y ![]()
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![]() ![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 DIMISIONES EN LA JUNTA DIRECTIVA DE ANAVRE: (Noticia del 22-03-24). https://www.ceutaactualidad.com/arti...222194342.html |
#12
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![]() Si se puede hacer (cambiar de bandera), porque es legal, y estas en tu derecho (que no lo sé) , el no concederte la baja para impedirte que lo hagas es prevaricar.
un saludo.
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Las criaturas de la luna huelen y rondan las cabañas. Vendrán las iguanas vivas a morder a los hombres que no sueñan. |
#13
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![]() Ya, pero mira lo que le pasó a Kibo en Cartagena http://foro.latabernadelpuerto.com/s....php?p=1200404
Iván ![]() |
#14
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![]() Esto es lo que he encontrado al respecto:
Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y Registro marítimo SECCIÓN III. CAMBIO DE LISTA Y NOMBRE; BAJAS, DESGUACES Y ENAJENACIÓN AL EXTRANJERO. Artículo 58. Las solicitudes de cambio de lista o nombre, en su caso, así como la baja por desguace o enajenación al extranjero, serán sometidas a la aprobación de la Dirección General de la Marina Mercante y solo podrán ser formuladas por el titular o persona que lo represente, debidamente autorizada. A las solicitudes se acompañará siempre una copia actualizada de la hoja de asiento del buque certificada. Dicha copia será complementada con la oportuna autorización de exportación, si procede, en los casos en que las solicitudes tengan por objeto la enajenación de un buque al extranjero. Las bajas por hundimiento o pérdida total por accidente se tramitarán de oficio. Artículo 59. Para la debida concordancia de los asientos respectivos, se comunicarán de oficio al Registro Mercantil donde el buque esté inscrito, cuantas vicisitudes afecten al mismo, tales como cambio de nombre, de lista, así como aquellas modificaciones sustanciales que se operen en el buque. Deberá ser igualmente comunicada al Registro Mercantil la baja definitiva cuando legalmente quede aprobada, sea ella debida a desguace, pérdida total por accidente, enajenación al extranjero debidamente autorizada o baja de oficio. Artículo 60. La utilización provisional por un buque nacional de un pabellón extranjero podrá ser autorizada por la Dirección General de la Marina Mercante a solicitud del titular del mismo. Con la solicitud se acompañará: Contrato de arrendamiento. Hoja de asiento puesta al día. Certificado del Registro Mercantil que acredite hallarse libre de cargas. Documentación que acredite la solicitud de exportación temporal. La autorización para utilizar provisionalmente la bandera extranjera se condicionará a que se haga constar de modo expreso en el contrato de arrendamiento, que quedará sin efecto el abanderamiento recobrando el buque el pabellón español en los casos en que España entrase en guerra o en aquellas otras circunstancias extraordinarias en que el Gobierno de la nación exija el cese del abanderamiento provisional. Saludos.
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#15
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![]() Cita:
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Mi blog en: Sailing Florence May. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a KIBO | ||
#16
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![]() Evidentemente. Lo contrario significaría un multazo por parte de la comisión europea. No están los tiempos para ir pagando multas por parte del Estado. Ya lo puse en otro post, todo lo que sea poner impedimentos a la libre circulación de personas y BIENES y a la libre competencia (como era el caso de la nautica) significa DENÚNCIA (ante el tribunal europeo) y MULTAZO.
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#17
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![]() Zanjado el tema del abanderamiento en el extranjero siempre que sea país comunitario.
¿Nadie tiene amistad con una gestoría que le interese hacernos un buen precio y tramitar las bajas de bandera y abanderamiento en Belgica, Holanda o Inglaterra? |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a kuovadix | ||
sorderita (11-02-2012) |
#18
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![]() Estamos en ello, a ver si en unos días tenemos novedades y las expongo.
Saludos y ![]()
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#19
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![]() Cita:
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#20
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![]() yo tambien me apunto al grupo para la gestoria!!!, contar conmigo para lo que haga falta
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#21
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![]() ![]() Después de leer/releer páginas y páginas sobre el asunto (con todo tipo de opiniones/interpretaciones) durante más de un año, y a la vista de ese último documento (¿ "Vinculante" ?) de la Capitanía/DGMM, me gustaría poder llegar a una conclusión/decisión asumiendo los pertinentes riesgos calculados/supuestos. Caso concreto: - Barco fabricado en USA de 41´en 1977 e importado, ese año, por empresa española. - Vendido a un particular posteriormente. Bandera española. - Actualmente soy el propietario, y lo compré, con bandera española. Según se comenta/argumenta lo puedo cambiar/abanderar en, por ejemplo, Holanda. Pregunto: - ¿ Es asumible/compensaría el "riesgo" de que me obliguen (supuestamente y a futuro) a re-abanderarlo "aquí" si cambiara la legislación ?. "A bote pronto" parece que es muy interesante, desde el punto de vista económico/gastos/mantenimiento y para evitar "absurdos" requerimientos que creo que deben de ser de órden/responsabilidad personal, pero... Mi opinión/análisis es que merece la pena el "riesgo". ¿¡ Qué opináis !?. ![]() ![]()
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al. tanllaui @ gmail. com WhatsApp: 610.431.497 (indicadme vuestro nick de LTP). "Carga la nao trasera si quieres que ande a la vela" |
#22
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![]() Cita:
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Al_Tanllaui (04-02-2012) |
#23
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![]() muy buena idea. esta semana pasare por las que tengo por la zona
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#24
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![]() Cita:
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#25
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![]() Y yo tambien asumo el riesgo si lo hubiera.
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La libertad es ser dueño de tu tiempo. http://www.imystic.es http://imysticblog.blogspot.com.es Socio Anavre 1148 Mmsi: 205824110 Call Sign: OR8241 Ex-Mysticibiza ![]() |
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NPI (04-02-2012) |
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