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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

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1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web, aplicaciones o canales, bien sea mediante enlaces, mediante artículos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.


14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Bandera USA

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  • Bandera USA

    Pues eso, se puede pedir el abanderamiento en USA igual que se hace con la belga?

  • #2
    Re: Bandera USA

    No es una pregunta que tenga una respuesta definitiva.

    La norma que obliga a matricular es la disposicion adicional primera de la ley de impuestos especiales. Hasta el 31 de diciembre de 2010 no tenia excepciones: si eras residente y usabas un barco en aguas del Estado español tenias que matricular.

    El 1 de enero de de 2011 entro en vigor la reforma que añadio los apartados 2 y ss., por los que se eximia de la obligacion de matriculacion en determinados casos de importacion de barcos.

    Esa reforma esta muy, muy mal hecha. Por ejemplo, confunde los conceptos de matriculacion y pago del impuesto de matriculacion como si fueran lo mismo (o sea, un disparate).

    Esa nueva redaccion no dice nada de que los barcos que se importan (los exentos de matriculacion) tengan que estar matriculados en un determinado pais; ni que tengan que estar matriculados en un pais europeo; ni siquiera que tengan que estar matriculados (lo cual deberia tenerse en cuenta dado que en la mayoria de paises no existe obligacion de matricular los barcos).

    Todo eso son deducciones como resultado de un trabajo de interpretacion de la norma. Pero la norma no lo dice. Concretamente, que los barcos exentos de matriculacion tengan que estar matriculados se deduce del hecho de que resulta inconcebible para el Derecho español. Y, ademas, por sentido practico: aunque la Ley lo pemitiera, hasta que la guardia civil y los aduaneros, y las capitanias, etc. lo asumieran, pasaria mucho tiempo antes de que dejaran de tener serios problemas los que navegaran con barcos sin matricular. En consecuencia, por lo poco que cuesta, mejor matricular y olvidarse de poner a prueba los argumentos legales en propia piel.

    Y lo de que tengan que estar matriculados en Europa tampoco lo dice la norma. Se podria entender asi por el hecho de que la reforma la introdujo la ley de medidas de diciembre de 2010 (la ley de acompañamiento a los presupuestos de 2011) en un apartado titulado "armonizacion con normativa europea". Y, de hecho, el motivo de la reforma fue que dentro de la Union Europea un Estado no puede poner trabas a la libre circulacion de bienes y personas. Y la obligacion de matriculacion es una traba contraria al Derecho europeo y por eso el Estado español tenia que modificar su legislacion. Si, a partir de ahi, se liberalizo para todos los paises del mundo o si hay que entender que esa norma es solo para barcos europeos, es una cuestion interpretativa:
    - a favor de la interpretacion extensiva (la que te conviene a ti en este caso) se podria decir que donde la ley no distingue no se puede hacer distinciones.
    - y a favor de la restriccion a barcos europeos se podria alegar una interpretacion teleologica de la reforma: es decir, que lo que perseguia era adaptarse a la normativa europea y que, por tanto, solo pretendia liberar a los barcos europeos.

    Por otro lado, tienes a tu favor que (para evitar la distorsion del mercado de barcos, nuevos y usados, que supondria aplicar a rajatabla la nueva normativa), la DGMM ha hecho una interpretacion extensiva mas alla de lo que dice la Ley, y permite que hasta los barcos que ya estaban matriculados se den de baja y se matriculen en otros paises. O sea, que la interpretacion que hace la DGMM es que se ha liberalizado y que ya no hay obligacion de matricular los barcos, lo cual es posible que propicie tambien que la interpretacion que impere sea que tambien los barcos de fuera de la UE pueden beneficiarse de esa liberalizacion.

    Lo que si esta claro es que, dado que hay dudas sobre el texto legal, no podria haber sanciones a un propietario que haya dejado de matricular basandose en una interpretacion razonable. Pero entonces si que se le obliga a matricular.

    Yo, en tu lugar, por lo poco que cuesta, lo matricularia en Belgica y me olvidaria de dudas. Pero si quieres mantener la bandera americana es una opcion que puedes plantearte. Si quieres profundizar en esta cuestion, puedes consultar el "hilo madre" de todos estos temas de bandera extranjera. Puedes empezar a partir del post 83, en el que expuse por primera vez mi teoria de que se podria navegar sin obligacion de matricular. Y, a partir de ahi, no pierdas tiempo con las discusiones con algunos que se negaban a reconocer el cambio legal (me llamaron de todo) y ve directo a los posts en que se habla sobre la interpretacion de la Ley.

    Comentario


    • #3
      Re: Bandera USA

      Originalmente publicado por Paulsailor Ver Mensaje
      Pues eso, se puede pedir el abanderamiento en USA igual que se hace con la belga?
      En Delaware por 350€, sin necesidad de presencia fisica.

      Salud
      Editado por última vez por iMystic; 22/06/2014, 17:47:15.
      La libertad es ser dueño de tu tiempo.

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      • #4
        Re: Bandera USA

        Originalmente publicado por iMystic Ver Mensaje
        En Delaware por 350€, sin necesidad de presencia fisica.

        Salud
        Sabes donde hay que ir para hacer el tramite, lo puede gestionar una gestoria ?(valga la redundancia). Es necesario tener la residencia?.
        Gracias de antemano.

        Comentario


        • #5
          Re: Bandera USA

          Originalmente publicado por Tupac A. Ver Mensaje
          No es una pregunta que tenga una respuesta definitiva.

          La norma que obliga a matricular es la disposicion adicional primera de la ley de impuestos especiales. Hasta el 31 de diciembre de 2010 no tenia excepciones: si eras residente y usabas un barco en aguas del Estado español tenias que matricular.

          El 1 de enero de de 2011 entro en vigor la reforma que añadio los apartados 2 y ss., por los que se eximia de la obligacion de matriculacion en determinados casos de importacion de barcos.

          Esa reforma esta muy, muy mal hecha. Por ejemplo, confunde los conceptos de matriculacion y pago del impuesto de matriculacion como si fueran lo mismo (o sea, un disparate).

          Esa nueva redaccion no dice nada de que los barcos que se importan (los exentos de matriculacion) tengan que estar matriculados en un determinado pais; ni que tengan que estar matriculados en un pais europeo; ni siquiera que tengan que estar matriculados (lo cual deberia tenerse en cuenta dado que en la mayoria de paises no existe obligacion de matricular los barcos).

          Todo eso son deducciones como resultado de un trabajo de interpretacion de la norma. Pero la norma no lo dice. Concretamente, que los barcos exentos de matriculacion tengan que estar matriculados se deduce del hecho de que resulta inconcebible para el Derecho español. Y, ademas, por sentido practico: aunque la Ley lo pemitiera, hasta que la guardia civil y los aduaneros, y las capitanias, etc. lo asumieran, pasaria mucho tiempo antes de que dejaran de tener serios problemas los que navegaran con barcos sin matricular. En consecuencia, por lo poco que cuesta, mejor matricular y olvidarse de poner a prueba los argumentos legales en propia piel.

          Y lo de que tengan que estar matriculados en Europa tampoco lo dice la norma. Se podria entender asi por el hecho de que la reforma la introdujo la ley de medidas de diciembre de 2010 (la ley de acompañamiento a los presupuestos de 2011) en un apartado titulado "armonizacion con normativa europea". Y, de hecho, el motivo de la reforma fue que dentro de la Union Europea un Estado no puede poner trabas a la libre circulacion de bienes y personas. Y la obligacion de matriculacion es una traba contraria al Derecho europeo y por eso el Estado español tenia que modificar su legislacion. Si, a partir de ahi, se liberalizo para todos los paises del mundo o si hay que entender que esa norma es solo para barcos europeos, es una cuestion interpretativa:
          - a favor de la interpretacion extensiva (la que te conviene a ti en este caso) se podria decir que donde la ley no distingue no se puede hacer distinciones.
          - y a favor de la restriccion a barcos europeos se podria alegar una interpretacion teleologica de la reforma: es decir, que lo que perseguia era adaptarse a la normativa europea y que, por tanto, solo pretendia liberar a los barcos europeos.

          Por otro lado, tienes a tu favor que (para evitar la distorsion del mercado de barcos, nuevos y usados, que supondria aplicar a rajatabla la nueva normativa), la DGMM ha hecho una interpretacion extensiva mas alla de lo que dice la Ley, y permite que hasta los barcos que ya estaban matriculados se den de baja y se matriculen en otros paises. O sea, que la interpretacion que hace la DGMM es que se ha liberalizado y que ya no hay obligacion de matricular los barcos, lo cual es posible que propicie tambien que la interpretacion que impere sea que tambien los barcos de fuera de la UE pueden beneficiarse de esa liberalizacion.

          Lo que si esta claro es que, dado que hay dudas sobre el texto legal, no podria haber sanciones a un propietario que haya dejado de matricular basandose en una interpretacion razonable. Pero entonces si que se le obliga a matricular.

          Yo, en tu lugar, por lo poco que cuesta, lo matricularia en Belgica y me olvidaria de dudas. Pero si quieres mantener la bandera americana es una opcion que puedes plantearte. Si quieres profundizar en esta cuestion, puedes consultar el "hilo madre" de todos estos temas de bandera extranjera. Puedes empezar a partir del post 83, en el que expuse por primera vez mi teoria de que se podria navegar sin obligacion de matricular. Y, a partir de ahi, no pierdas tiempo con las discusiones con algunos que se negaban a reconocer el cambio legal (me llamaron de todo) y ve directo a los posts en que se habla sobre la interpretacion de la Ley.
          Si los tramites para abanderar en USA se me complican, no descarto el hacerme Belga, gracias por la explicacion exaustiva y aclarar muchas dudas.

          Comentario


          • #6
            Re: Bandera USA

            Originalmente publicado por Paulsailor Ver Mensaje
            Sabes donde hay que ir para hacer el tramite, lo puede gestionar una gestoria ?(valga la redundancia). Es necesario tener la residencia?.
            Gracias de antemano.

            Teclea en cualquier buscador, yate delaware, abanderamiento offshore delaware etc, tienes muchas empresas que te lo gestionan especialmente para no residentes.

            Salud
            La libertad es ser dueño de tu tiempo.

            http://www.imystic.es
            http://imysticblog.blogspot.com.es
            Socio Anavre 1148
            Mmsi: 205824110 Call Sign: OR8241
            Ex-Mysticibiza




            sigpic

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            • #7
              Re: Bandera USA

              Yo de ti primero miraría el tema seguro. De acuerdo a la legislación española, todo barco, tenga la bandera que tenga, tiene que tener contratado un seguro de responsabilidad civil obligatoria. Y las cias tienen la obligación de realizar contrato de seguro a barcos de bandera de país de la comunidad de acuerdo a la normativa de la CE. En el caso USA...ya nos contarás.

              Comentario


              • #8
                Respuesta: Re: Bandera USA

                Entonces no entiendo la cuestión.

                Si un Español residente, se compra y trae un barco de otro pais no Europeo a España, pueden pasar varias cosas?

                Que le dén transito de 6 meses?
                Que aunque el barco esté a nombre de otra entidad (no europea), lo pueda navegar en esos 6 meses?
                Que le den 30 días para matricular a Español?
                Que le den 30 días para matricular a cualquier país Europeo?
                Que le den transito permanente?

                No tengo claro cuales de estos puntos pueden ser los acertados.
                Se Humilde en riquezas, Sabio en conocimientos y Hábil en oficios. Por tanto; ni envidias ni celos.

                Comentario


                • #9
                  Re: Respuesta: Re: Bandera USA

                  Originalmente publicado por R.Santana Ver Mensaje
                  Entonces no entiendo la cuestión.

                  Si un Español residente, se compra y trae un barco de otro pais no Europeo a España, pueden pasar varias cosas?

                  Que le dén transito de 6 meses?
                  Que aunque el barco esté a nombre de otra entidad (no europea), lo pueda navegar en esos 6 meses?
                  Que le den 30 días para matricular a Español?
                  Que le den 30 días para matricular a cualquier país Europeo?
                  Que le den transito permanente?

                  No tengo claro cuales de estos puntos pueden ser los acertados.
                  Ninguno de ellos es acertado.

                  Comentario

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