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1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

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6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Atencion Pper!! Cambio En Los Certificados

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  • #26
    Re: Atencion Pper!! Cambio En Los Certificados



    He ahí la grandeza de España.

    La podredumbre, la desidia, el enchufe, la falta de profesionalidad y la corrupción anegan casi todo.

    Hay otras salidas: el Caribe, África del Sur, Australia, Nueva Zelanda, Polinesia, Seychelles, etc. ofertan buenas oportunidades para los que realmente sean Masters o Mates.

    Ubi bene ibi patria.

    Ojo: sabiendo inglés de verdad, no lo que llaman "saber inglés" en España.

    Comentario


    • #27
      Re: Atencion Pper!! Cambio En Los Certificados

      Originalmente publicado por trasluchado Ver Mensaje
      Hola Tino:

      respecto de la caducidad de los certificados, es un poco lío, pero voy a tratar de explicarlo. Si cometo algún error o inexactitud, por favor, corregidme:

      -Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo: caduca a los 5 años. Para revalidarlo tienes que tener en vigor los 4 certificados y el reconocimiento médico del ISM.

      *Reconocimiento médico del ISM: la validez es a criterio del médico, con un máximo de 2 años de validez (es lo habitual) y de 1 año para menores de 21 y mayores de 50 en todo caso.

      *Formación Básica en Seguridad
      *Operador Restringido/General del SMSSM
      *Buques de Pasaje
      Estos tres certificados caducan a los 5 años. Para cada uno de ellos, a su renovación, o bien se hace el curso de actualización, de menos horas horas que el que se hizo inicialmente y pasando por caja, o sino, se justifican bien 1 año de embarque en los últimos 5 años o 3 meses en el último año. Cualquiera de las 3 cosas valen.

      *Certificado de Formación Sanitaria Inicial/Avanzada: caduca a los 5 años. Aquí, si o sí hay que hacer el curso de actualización, lo bueno es que una buena parte del mismo se puede hacer online y solamente ir unas horas a la parte presencial. Además es gratuito si has estado trabajando en el sector. Se pueden hacer 2 actualizaciones (menos tiempo de curso), pero a la 3ª, o si no has hecho la actualización antes de que caducara, hay que hacer otra vez el curso completo.

      Espero te sirva de ayuda, y si hay alguna inexactitud, se agradecerá la corrección ;-)

      Toda la información la he sacado de las webs de Fomento y la SS.

      Gracias por la información, Trasluchado.

      ¡Esta a mi cuenta!

      Comentario


      • #28
        Re: Atencion Pper!! Cambio En Los Certificados

        Originalmente publicado por Freedom Ver Mensaje
        Hay que tener morro colega: cobras en negro, no cotizas, ni tú, ni quien te contrató y pretendes que te salgan gratis unos cursos que se pagan en parte con el dinero que ni tú y ni tus jefes han aportado al procomún!!??

        Y encima te descojonas diciendo que más triste es robar?? Venga hombre...!!

        Vamos a ver... yo siempre he querido que me contraten y hacer todo legal y cotizar y no tener que pedir trabajar gratis para renovar unos certificados pero...
        las empresas en las que he trabajado no despachan el barco con tripulación,con lo cual, no hay "tarjetita verde", con lo cual, no puedo pasarme por capitanía a sellar mi libreta...el viejo truco que eres parte del pasaje que ha alquilado la embarcación...
        Yo no pretendo que me salgan gratis los cursos no lo he mencionado en ningún momento,al revés, ofrezco mis servicios gratis para poder seguir con el PPER en vigor ya que si no los 3000€ que me pague yo de mi bolsillo para obtener los certificados se van al garete.
        Además yo me saqué el PPER justamente para trabajar legalmente y porque estoy "envenenado"con mi trabajo...me apasiona, pero las cosas siguen mal legisladas y no hay manera que los armadores y empresas te den de alta por el ISM,prometo que es mi máximo interés,me beneficia en todos los aspectos.
        Y lo de la coletilla es más triste robar...era por darle un toque de humor a la vergüenza que me da tener que pedir trabajo sin cobrar para poder intentar seguir trabajando "aunque ilegalmente",pero no por mi parte, en lo que más me gusta...bueno, un saludo para tod@s.
        Mira Freedom,
        Esta práctica ilegal que realizais tanto tu como la empresa que "te contrata" os puede salir muy cara. Como tengais un accidente, se os cae el pelo a todos, a parte de que supone una competencia desleal a los que trabajamos cumpliendo las leyes, que por otra parte no son tan complicadas.
        Si una empresa de chárter quiere alquilar un barco con patrón profesional lo que tiene que hacer es:
        -Despachar el barco para con o sin tripulación.
        -Dar de alta el barco en el ISM.
        -Hacer un contrato de trabajo al profesional por los días que va a realizar el alquiler.
        No es tan complicado, y por lo tanto si no se hace es porque no os da la gana hacer estas gestiones. El resultado es que todos estais fuera de la ley y por supuesto lo que ya es increíble es que quieras tener los mismos derechos que los que cumplen con la ley.
        Se que en tu caso es por ignorancia, pero en el caso del administrador de la empresa de charter, eso es pura pirateria y ojala la autoridad competente le meta el puro que se merece.
        Saludos pero no brindo

        Comentario


        • #29
          Re: Atencion Pper!! Cambio En Los Certificados

          Es casi inviable, y económicamente funesto, tener un barco en lista 6ª y despacharlo para alquilarlo con tripulación. Y no es por lo que se tenga que pagar al profesional y la seguridad social del mismo (pecata minuta) Son las exigencias de papeleo, material etc. etc. etc.

          Si tienes un barco en 6ª, o varios, los típicos veleros de hasta 12 metros, el 99,9 % están despachados para "alquiler sin tripulación", si tienes algún cliente que quiere alquilarlo con un profesional (pper) si lo hace, esta incumpliendo, y si lo quiere hacer bien, que se vaya preparando. El hecho de poner un profesional no legaliza la situación si el barco no esta correctamente despachado para llevar esa tripulación.

          Por todo ello, sigue siendo un gran dilema para los empresarios de lista 6ª contratar tripulación para sus embarcaciones, que normalmente no se suelen alquilar con patrón.

          Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
          EA 3 CBT

          Comentario


          • #30
            Re: Atencion Pper!! Cambio En Los Certificados

            Originalmente publicado por Tatatoa Ver Mensaje
            Es casi inviable, y económicamente funesto, tener un barco en lista 6ª y despacharlo para alquilarlo con tripulación. Y no es por lo que se tenga que pagar al profesional y la seguridad social del mismo (pecata minuta) Son las exigencias de papeleo, material etc. etc. etc.

            Si tienes un barco en 6ª, o varios, los típicos veleros de hasta 12 metros, el 99,9 % están despachados para "alquiler sin tripulación", si tienes algún cliente que quiere alquilarlo con un profesional (pper) si lo hace, esta incumpliendo, y si lo quiere hacer bien, que se vaya preparando. El hecho de poner un profesional no legaliza la situación si el barco no esta correctamente despachado para llevar esa tripulación.

            Por todo ello, sigue siendo un gran dilema para los empresarios de lista 6ª contratar tripulación para sus embarcaciones, que normalmente no se suelen alquilar con patrón.

            Disculpa Tatatoa. El despacho se puede hacer para con y sin tripulación en un solo despacho, de manera que cuando se alquila sin tripulación el patrón es el arrendatario y cuando va con tripulación en el rol figura el patrón profesional, mediante el autoenrole y el oportuno contrato de trabajo. La única diferecia es que en un barco despachado para "con o sin tripulación " profesional, hay que llevar un botiquín más amplio. No hay excusas, es más fácil de lo que parece, y los derechos de los patrones se respetarían (días de mar etc.), aunque eso si, hay que preocuparse de altas y bajas, como a cualquier trabajador., ¿Es tan difícil?.
            El único problema que legalmente no tiene solución en la náutica de recreo es el del arrendamiento de barco de lista 6ª que esté despachado "sin tripulación" y al que se le quiera poner tripulación profesional para un evento por ejemplo o para unos días, porque el ISM exige que ese contrato de arrendamiento esté elevado a público con lo que se da la paradoja de que costaría más el contrato (notario etc) que el sueldo que va a cobrar el patrón. Es un sin sentido, que como ya se ha expresado a la DGMM desde la Asociación de Ppers, (la última vez con motivo del salón náutico), esperamos que se resuelva con la nueva normativa que tiene que salir, en que se establezcan nuevas atribuciones para PPer.
            De todo este desaguisado que hay en la náutica de recreo al respecto de las normas laborales para con las tripulaciones profesionales, los primeros responsables somos los patrones por no saberlas explicar a las empresas y a sus gestorias (los gestores como no son responsables de nada, pues eso, no quieren complicarse el "trabajo" de consultar a la capitanía o a la DGM o al ISM). Pero no deja de ser alucinante que pudiendo hacer las cosas bien, por desidia o por ignorancia o por mal asesoramiento, el 99% de las empresas de chárter hacen las cosas mal. Pais.....
            Cualquier pregunta o aclaración puedes preguntar,
            Saludos

            Comentario


            • #31
              Respuesta: Re: Atencion Pper!! Cambio En Los Certificados

              Originalmente publicado por AILANAUTIC Ver Mensaje
              Disculpa Tatatoa. El despacho se puede hacer para con y sin tripulación en un solo despacho, de manera que cuando se alquila sin tripulación el patrón es el arrendatario y cuando va con tripulación en el rol figura el patrón profesional, mediante el autoenrole y el oportuno contrato de trabajo. La única diferecia es que en un barco despachado para "con o sin tripulación " profesional, hay que llevar un botiquín más amplio. No hay excusas, es más fácil de lo que parece, y los derechos de los patrones se respetarían (días de mar etc.), aunque eso si, hay que preocuparse de altas y bajas, como a cualquier trabajador., ¿Es tan difícil?.
              El único problema que legalmente no tiene solución en la náutica de recreo es el del arrendamiento de barco de lista 6ª que esté despachado "sin tripulación" y al que se le quiera poner tripulación profesional para un evento por ejemplo o para unos días, porque el ISM exige que ese contrato de arrendamiento esté elevado a público con lo que se da la paradoja de que costaría más el contrato (notario etc) que el sueldo que va a cobrar el patrón. Es un sin sentido, que como ya se ha expresado a la DGMM desde la Asociación de Ppers, (la última vez con motivo del salón náutico), esperamos que se resuelva con la nueva normativa que tiene que salir, en que se establezcan nuevas atribuciones para PPer.
              De todo este desaguisado que hay en la náutica de recreo al respecto de las normas laborales para con las tripulaciones profesionales, los primeros responsables somos los patrones por no saberlas explicar a las empresas y a sus gestorias (los gestores como no son responsables de nada, pues eso, no quieren complicarse el "trabajo" de consultar a la capitanía o a la DGM o al ISM). Pero no deja de ser alucinante que pudiendo hacer las cosas bien, por desidia o por ignorancia o por mal asesoramiento, el 99% de las empresas de chárter hacen las cosas mal. Pais.....
              Cualquier pregunta o aclaración puedes preguntar,
              Saludos
              Buenos días . nada de lo que decís me ha ocurrido a mi , desde marzo del años 2012 tengo mi barco despachado para patrón profesional , lo único que me pidieron es unas rutas y unas documentaciones para la generalitat, que es quien autoriza a darte el permiso para ejercer la actividad de charter al menos en la comunidad donde yo estoy .... en la comunidad donde yo trabajo con pasaje y con ese permiso y los de tu barco y los del profesional (que en mi caso soy yo )
              no hay nada mas que hacer , dado de alta en el ISM , para asalariado sin vinculación que es como si fueras un autónomo , pero cotizando por el ISM, y nada mas ....y legal botiquín tipo C . el nuevo que lleva algunas cosas mas y si puedes por que ahora si que lo piden para patrones el avanzado de formación sanitaria
              si que es pena lo que ocurre, lo que veo cada día y me da mucha rabia, gente que alquila su barco con patrón y ocurren alguna de las circunstancias siguientes,
              el barco no esta despachado para la actividad de patrón profesional y se ofertan con la siguiente leyenda ..alquiler con patrón
              el patrón no es profesional.....y hacen un contrato de alquiler sin patrón a un patrón de recreo y a las personas que lo alquilan , mutis por el foro (si ocurre algo ) que diría el seguro
              y muchas muchas veces sacan a un patrón que en su día fue profesional y que hace mucho tiempo que ni tan siquiera pasa reconocimiento alguno
              a todo esto hay que añadirle algo mas
              los precios de los alquileres , siempre son infinitamente mas bajos
              y como te quedas...........
              CON CARA DE TONTO......
              y os garantizo que todo lo que a mi me hicieron para tener el barco en regla esta muy bien documentado y la persona de la capitanía que lleva el tema de
              embarques ...lo tiene muy claro
              www.pleamaruno.com

              https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

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              • #32
                Re: Atencion Pper!! Cambio En Los Certificados

                Originalmente publicado por Tatatoa Ver Mensaje
                Es casi inviable, y económicamente funesto, tener un barco en lista 6ª y despacharlo para alquilarlo con tripulación. Y no es por lo que se tenga que pagar al profesional y la seguridad social del mismo (pecata minuta) Son las exigencias de papeleo, material etc. etc. etc.

                Si tienes un barco en 6ª, o varios, los típicos veleros de hasta 12 metros, el 99,9 % están despachados para "alquiler sin tripulación", si tienes algún cliente que quiere alquilarlo con un profesional (pper) si lo hace, esta incumpliendo, y si lo quiere hacer bien, que se vaya preparando. El hecho de poner un profesional no legaliza la situación si el barco no esta correctamente despachado para llevar esa tripulación.

                Por todo ello, sigue siendo un gran dilema para los empresarios de lista 6ª contratar tripulación para sus embarcaciones, que normalmente no se suelen alquilar con patrón.

                Totalmente incierto

                Comentario


                • #33
                  Re: Atencion Pper!! Cambio En Los Certificados

                  Con tropezones, con zancadillas, con competencia muy muy desleal, con criterios diferentes de capitanias diferentes comunidades.... Pero si es una cuestión de gestión de papeleo, no es tan difícil....Despacho con tripulación, necesitas además de lo normal el botiquín especial y autorizado y seguro SOVI. Das de alta el barco como centro de trabajo con su numero de cuenta de cotización en ISM, y te das de alta tu como patrón... ya esta, ya tienes embarque.
                  Otra cosa es que reconozco que, en las comunidades que nos exigen marinero, estamos trabajando con despacho sin tripulación 10 meses al año, porque es inviable en cuestión de gastos, tener un marinero con sueldo y seguridad social en los meses que se hacen 4 / 6 salidas al mes.

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