VHF: Canal 77
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Zona 2

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  • Zona 2

    Saludos a todos !

    Este verano cuando compre mi barco con la itb pasada hasta el 2017 para zona 2, compre todo lo que me faltaba para tenerlo al dia, botiquin, bengalas, etc....
    Pero la balsa salvavidas y la radiobaliza tienen caducadas las revisiones que creo son de cada dos y cada año respectivamente, el brocker que me lo vendio me dijo que si no salia de las 12 millas no tenia porque tener las revisiones al dia ya que para esa zona no son indispensables, y que las pasara cuando me hiciera falta.
    Como tengo el Per por el momento no puedo ni pretendo salir de las 12 millas, espero que mas adelante, cuando tenga mas experiencia, ir a las pitiusas, pero como por el momento no va a ser el caso pues intento ahorrarme el gasto de las revisiones y hacerlas en el momento que realmente me hagan falta.
    Es cierta la informacion que me dio el brocker? O si me paran me empluman?
    Agradecere mucho si me orientais sobre este tema.
    Unas cervecitas para todos!

  • #2
    Re: Zona 2

    Pues yo tenía entendido que si llevas una balsa caducada, aunque no tengas obligación de llevarla, te multan... igual que si llevas bengalas caducadas (aunque lleves las obligatorias en regla)... cambiate a bandera belga u holandesa

    Comentario


    • #3
      Respuesta: Zona 2

      Únicamente te pueden exigir los equipos de seguridad para la zona en la que te encuentres navegando en ese momento.
      En mar y amores, entrarás cuando quieras y saldrás cuando puedas.

      Comentario


      • #4
        Re: Zona 2

        Bengalas caducadas te multan.
        Por que el obligatorio a doce millas, y por que lo consideran material peligroso.
        Lo de la balsa es como te dijo el broker. Pero te aconsejo que lo comentes en la capitania marítima de tu zona. Pues a mi me comento la GC que depende de cada capitania. Reino de taifas, pero mejor curarse en salud.

        Comentario


        • #5
          Re: Zona 2

          Como muy bien señala el cofrade Nortwind, solamente te pueden exigir los equipos de seguridad para la zona en la que te encuentres navegando en ese momento.
          Saludos

          Comentario


          • #6
            Zona 2

            Con el nuevo certificado de navegabilidad es así. Pero al renovar la ITB la Radiobaliza si que tiene que estar al día, y la balsa no hace falta (papel de empresa que alquila y listo).
            Para todo lo demás, bandera belga
            Saludos

            Comentario


            • #7
              Re: Zona 2

              Aparte de las cuestiones legales, que son como han comentado cofrades más entendidos, yo me plantearía las revisiones y llevar tanto la balsa como la radiobaliza en las mejores condiciones posibles.
              No hay que olvidar que son elementos de seguridad, si los tienes y los llevas, que estén en perfecto estado.

              Un saludo y unas birras
              www.vilasailing.com
              Socio de AMPPER
              Socio de ANAVRE

              Comentario


              • #8
                Respuesta: Zona 2

                Cambio de bandera. Es totalmente legal. Holanda y Bélgica zona única de navegación. A partir de ahí, levas en material que consideres necesario. El cambio de bandera no te va a costar más de 600€

                Comentario


                • #9
                  Re: Zona 2

                  Gracias a todos
                  Bien parece que hay mayoria que opinais que no es obligtorio llevar las revisiones al dia de balsa y radiobaliza.
                  En cuanto a la conveniencia de tenerlas a son de mar si este verano hacemos una escapada pues tambien creo que estaria bien, pero hasta entonces para salir a dar una vuelta sin alejarse mucho de la costa creo que el VHF ya me da suficientes garantias.
                  Y sobre el tema del abanteramiento, teniendo pasada la ITB hasta el 2017, por el momento no me lo planteo, a ver si tenemos suerte y con la de gente que esta emigrando se ponen las pilas!
                  Unas cervecitas para todos

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Zona 2

                    El tema que preguntas es como sigue:

                    1 Independientemente de la zona de navegación en la que tengas el barco, tu has de llevar lo necesario y exigible en la zona de navegación en la que te encuentres en el momento de una inspección.

                    2 A bordo de la embarcación no puede haber ningún elemento que no esté al día sobre las inspecciones, ni elementos electrónicos que no tengas dados de alta. Si te pasan una inspección en zona 5 y te encuentran a bordo una balsa fuera de normativa, te empluman.

                    Ejem: Barco dado de alta en zona 4, y como seguridad su patrón se compra una balsa y no una HF, la balsa, como no tiene obligación no le pasa la revisión y la HF como no tiene obligación no la da de alta. Viene la Fenemerita y te da los buenos días, y te piden permiso para revisar el barco. Tu amablemente se lo das, y ves como el cabo Rupito saca la libretita y sonriendo empieza a apuntar...TOMATEEEEEEE. Así mismo baja y ve la radio, sonriendo mira los papeles que le has dado y sigue apuntando, TOMATEEEEEEEEE.

                    Independientemente de la zona en la que tengas el barco, lleva como mínimo lo de la zona en regla y lo otro lo que no esté en regla bajalo del barco.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Zona 2

                      Originalmente publicado por Northwind Ver Mensaje
                      Únicamente te pueden exigir los equipos de seguridad para la zona en la que te encuentres navegando en ese momento.
                      Redacción correcta (no te pueden exigir...), pero con bandera española también te pueden multar por cometer infracciones contra la seguridad, como llevar bengalas caducadas, aunque no las necesites para esa zona de navegación.

                      Originalmente publicado por igloto Ver Mensaje
                      Como muy bien señala el cofrade Nortwind, solamente te pueden exigir los equipos de seguridad para la zona en la que te encuentres navegando en ese momento.
                      Saludos
                      Idem.

                      Iba a hacer una exposición larga y meditada, pero Kuovadix lo ha dicho ya:

                      Originalmente publicado por kuovadix Ver Mensaje
                      E...A bordo de la embarcación no puede haber ningún elemento que no esté al día sobre las inspecciones...
                      Es así de sencillo.
                      ¿Va a bordo? Pues "en regla". Bengalas, balsas, radiobaliza.

                      Aprovecho la ocasión para recomendarte que no te pases a bandera belga u holandesa si sólo es para evitar inspecciones. Hazlo por muchas razones más.


                      Y en general, como ta han dicho ya otros cofrades, incluso con bandera extranjera, respeta las caducidades y revisiones indicadas por el fabricante, como poco.

                      ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Re: Zona 2

                        Originalmente publicado por Juanitu Ver Mensaje
                        ...

                        Aprovecho la ocasión para recomendarte que no te pases a bandera belga u holandesa si sólo es para evitar inspecciones. Hazlo por muchas razones más.
                        ...
                        Si no te conociera diría que eres un misionero de la fe verdadera en pleno proceso de expansión...

                        'NAVEGAR NO ES UN LUJO, ES UN DERECHO'

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Zona 2

                          Querido Juanitu, como verás en el siguiente oficio de la DGMM, y sin ánimo de entrar en polémica acerca de este espinoso asunto, cualquier equipo de seguridad que no corresponda a la zona de navegación en la que estás navegando no puede ser objeto de inspección.

                          OFICIO 19/12/2013 de la DGMM dirigido al Servicio Marítimo:

                          "[...] Conviene recordar que la embarcación deberá llevar los elementos de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos por aguas sucias, equipo de radiocomunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones según la legislación vigente, que en muchos casos depende del número de personas que vaya a bordo y de la zona en que la embarcación se encuentre navegando en cada momento.

                          Debemos recordarles, que existen embarcaciones con los modelos del certificado de navegabilidad antiguos. A estas embarcaciones se les debe tratar de la misma manera que a las que ya disponen del nuevo modelo y exigirles que disponga de los elementos de seguridad de acuerdo a la zona de navegación en la que se encuentren navegando".

                          Por otra parte, parece que la DGMM tiene previsto actualizar la normativa de seguridad para embarcaciones de recreo. Esperemos que se corrijan los defectos (y, sobre todo, excesos) de la actual.
                          Saludos

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Zona 2

                            Originalmente publicado por igloto Ver Mensaje
                            Querido Juanitu, como verás en el siguiente oficio de la DGMM, y sin ánimo de entrar en polémica acerca de este espinoso asunto, cualquier equipo de seguridad que no corresponda a la zona de navegación en la que estás navegando no puede ser objeto de inspección.
                            No, no... de eso nada. ¿Qué sería La Taberna sin una buena polémica? Yo he cultivado mucho el tema, y hubo quien me calificó de polemista nato, pero es que la polémica enriquece, si uno sabe escuchar, claro. Así que bienvenida sea.

                            Sigamos:

                            Originalmente publicado por igloto Ver Mensaje
                            OFICIO 19/12/2013 de la DGMM dirigido al Servicio Marítimo:

                            "[...] Conviene recordar que la embarcación deberá llevar los elementos de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos por aguas sucias, equipo de radiocomunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones según la legislación vigente, que en muchos casos depende del número de personas que vaya a bordo y de la zona en que la embarcación se encuentre navegando en cada momento.
                            Yo interpreto - leo sólo la negrita -...
                            "que debes llevar todo aquello que se exige para la zona donde estás"
                            pero no leo ni interpreto...
                            "que puedes llevar más cosas sin problema de que estas sean inspeccionadas".

                            Es decir, un barco que lleva RLS aunque no la necesite, puede ser requerido por la GC para presentar la documentación relativa a esa RLS. Lo mismo con la pirotecnia o con la balsa. No se le puede pedir la RLS, la balsa o bengalas para zona 3 a un barco que navega en zona 4, pero abriendo la caja de bengalas y viendo la GC que hay 6+6+2 (6bengalas + 6 cohetes + 2 botes de humo), puede revisar la caducidad DE TODOS ELLOS.

                            Yo creo, por lo que leo en el oficio que facilitas, que la GC sí podría sancionarte si llevas 2 o 3 bengalas caducadas, aunque lleves otras correctas, o por llevar una RLS con documentación incorrecta o batería caducada o balsa sin revisión, etc.... Podría.

                            La GC si le muestras 3 bengalas en zona 4 no puede pedirte "las otras tres porque el barco esté despachado para zona 2". Eso no puede según el oficio, ya que "el barco deberá llevar" significa que si las llevas ya has cumplido. Pero si al comprobarlo, la GC detecta una anomalía como que otras 3 estén caducadas, entonces sí habrá denuncia.

                            Eso es lo que quiero decir.

                            No te dejan llevar balsa sin estar revisada.
                            No te dejan llevar bengalas caducadas unos días o unos meses.
                            (Y la sanción es la misma que si las llevas caducadas 6 años).




                            Originalmente publicado por igloto Ver Mensaje
                            Debemos recordarles, que existen embarcaciones con los modelos del certificado de navegabilidad antiguos. A estas embarcaciones se les debe tratar de la misma manera que a las que ya disponen del nuevo modelo y exigirles que disponga de los elementos de seguridad de acuerdo a la zona de navegación en la que se encuentren navegando".
                            Vuelvo a leer:
                            «Que se "exija" (en positivo), los elementos de la zona en la que se está»
                            Pero no leo:
                            "Que todo lo demás que lleve a bordo no sea inspeccionado"




                            Mola.
                            Estoy destripando las vísceras burocráticas del por qué me he ido.



                            Ahora soy holandés.
                            Llevo las bengalas caducadas un més. No hay miedo.
                            Llevo la radio buena pero no homologada por DGMM. No hay problema.
                            Llevo una RLS cuya batería caduca a los 6 años y no a los 4 (33% de ahorro).
                            Llevo una balsa salvavidas cuyo fabricante me ha dado 4 años de garantía, y que cambiaré por otra nueva a los 5 o 6 años (para la navegación que hago, me la juego un poco).
                            Pero ya no sufro.
                            Los papeles se han transformado en 4:
                            • Documento del barco.
                            • Seguro
                            • Baja española
                            • Titulación española

                            Y llevas a bordo lo que mejor te convenga y como mejor estimes tú y quien te revise el barco.
                            El seguro lo sabe y conforme.


                            Amén.
                            ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Zona 2

                              No sólo esta conforme y lo sabe, sino que al haber menos siniestra liudad entre barcos holandeses, baja la prima
                              Ni en Holanda ni en la conchinchina, esta permitido llevar bengalas caducadas. Lo que te dicen es que el armamento es responsabilidad del armador y debe ir acorde al tipo de navegación que realice.
                              A mi para ir a Ibiza, me basta con llevar mi neumatica hinchada, mi radio baliza al día, y mi Inmarsat cargado.
                              La radio baliza, caduca cuando lo dice el fabricante, es decir a los 6 años. Sus pruebas habrá hecho, y no cuando dice la DGMM, que según estos, el fabricante de la baliza no tiene ni puta idea de fabricarlas y caduca a los 4 años. Es incomprensible como un fabricante puede poner una fecha de caducidad y la DGMM, le da igual la marca y el tipo de radiobliza. Y así , una chapuza tras otra.
                              Menos mal que ya soy holandés. Y bastante más equipado y a menos precio que cualquier barco español que quiera ir a Ibiza. Desde luego la Vhf, no esta mal, pero indiscutiblemente, mi teléfono satelital, que ha costado lo mismo, y tiene cobertura mundial.

                              Comentario


                              • #16
                                Re: Zona 2

                                Puedo entender que por unas bengalas caducadas puedan sancionarte ya que quizas pueden ser un peligro, pero no puedo entender que llevar una balsa salvavidas y una radiobaliza de mas sea sancionable teniendo en cuenta que tu titulacion, por el momento, no te da para salir de las doce millas.
                                No dejan de ser elementos que dan un plus de seguridad.
                                Pero bueno veo que la cosa no esta del todo clara, igual cuando vea a la GC por mi Club voy y se lo pregunto, espero que ellos lo sepan aunque no me extrañaria que como ha dicho alguien, se pueda interpretar de diferentes maneras y depende quien te sancione o no!
                                De todas maneras tambien creo que disponiendo de este material de seguridad sera mejor tenerlo al dia, y antes de salir de travesia lo pondre a son de mar.

                                Unas cervecitas para todos que el tema se esta poniendo interesante!

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: Zona 2

                                  Las balsas llevan bengalas -que caducan- y comida - que caduca - en su interior.

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: Zona 2

                                    Originalmente publicado por jiauka Ver Mensaje
                                    Las balsas llevan bengalas -que caducan- y comida - que caduca - en su interior.
                                    Esto es por aplicarle un poco de lógica a la cosa.... y tienes razón.

                                    Pero ya te imaginas que si el barco está en fase de hundimiento como para ser abandonado, y hemos tenido sangre fría y tiempo de bajar la balsa, abrirla y embarcar en ella, podemos haber tirado de bengalas de a bordo y de comida o bebida de a bordo, además de todo lo electrónico de ayuda.....

                                    No es por chinchar, es por el tema de las revisiones "ANUALES" de balsas salvavidas. Sigo viéndolo una exageración. Es cierto que no revisarlas conlleva que asumes un riesgo. Pero ciertos patrones prefieren asumir ese riesgo, porque conocen muy bien la navegación que hacen. Yo mismo no me iría a Baleares sin la balsa bien revisada. Porsiaca

                                    ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

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                                    • #19
                                      Re: Zona 2

                                      Originalmente publicado por jiauka Ver Mensaje
                                      Las balsas llevan bengalas -que caducan- y comida - que caduca - en su interior.
                                      Esto es cierto, existe peligro si las bengalas que estan dentro de la balsa estan caducadas, pero y si la balsa segun el fabricante no estan caducados los elementos internos, ya no hay peligro.
                                      Entonces si no has pasado d zona, porque te van a multar por no haberla revisado anualmente, entiendo que la balsa como se comenta es un plus de seguridad, y es como si llevaras una zodiac que esta pinchada, ¿ tambien te multan?.
                                      Esta claro que nuestras autoridades se dben poner las pilas, e interpretar correctamente el espiritu de las normas y no rizar el rizo, para multar "per se".
                                      Si fuere asi, no tendriamos siquiera que pensar en cambiar d bandera.

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                                      • #20
                                        Re: Zona 2

                                        La balsa se puede abrir, sacar bengalas y comida y volver a cerrar, la guardas como quieras, y nada (que yo sepa) prohibe llevar un hinchable no homologado a bordo dentro de las doce millas.

                                        Tampoco nos saquemos normativas de la manga que no debe haber muchos multados por lleVAR -CON LA NORMATIVA ESPAÑOLA ACTUAL- una balsa caducada a bordo.

                                        De hecho yo llevo una desde hace cinco años, siempre dentro de las doce millas (mi navegación habitual).
                                        'NAVEGAR NO ES UN LUJO, ES UN DERECHO'

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                                        • #21
                                          Zona 2

                                          Originalmente publicado por genoves Ver Mensaje
                                          La balsa se puede abrir, sacar bengalas y comida y volver a cerrar, la guardas como quieras, y nada (que yo sepa) prohibe llevar un hinchable no homologado a bordo dentro de las doce millas.

                                          Tampoco nos saquemos normativas de la manga que no debe haber muchos multados por lleVAR -CON LA NORMATIVA ESPAÑOLA ACTUAL- una balsa caducada a bordo.

                                          De hecho yo llevo una desde hace cinco años, siempre dentro de las doce millas (mi navegación habitual).

                                          Eso es lo que hice hace año y medio, y la revisare a los 5.....
                                          El día que pase de 12 millas alquilo una...

                                          Saludos

                                          Comentario


                                          • #22
                                            Re: Zona 2

                                            Originalmente publicado por genoves Ver Mensaje
                                            .... que no debe haber muchos multados por lleVAR -CON LA NORMATIVA ESPAÑOLA ACTUAL- una balsa caducada a bordo.
                                            Estoy de un tocapelotas últimamente que yo mismo me sorprendo.
                                            No es por tocar los webs, pero creo que tenemos 2 planteamientos diferentes:

                                            A.- Barco despachado (papeles) para zona de navegación que exige balsa. Momento en el que se navega dentro de otra zona inferior, que no exige balsa. Balsa no revisada a bordo. Visita de la GC.

                                            B.- Barco despachado para zona que no exige balsa. Barco navegando en su zona. Balsa salvavidas no revisada (ni homologada) a bordo. Visita de la GC.


                                            Entiendo que no deberían "denunciar" el tema de la balsa, y más aún entendiéndolo como un "hinchable" como dice Genovés..... Pero creo que en el caso A sí que van a denunciar, ya que el barco está obligado a una dotación concreta - en este caso balsa - y la que lleva no es la suya.

                                            Se que es rizar el rizo, pero es que esta semana es muy mala y estoy tocándome los webs a mi mismo.

                                            Me voy a la cama.
                                            ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

                                            Comentario


                                            • #23
                                              Re: Zona 2

                                              Creo que algún cofrade tiene una pequeña confusión.
                                              Si yo llevo una balsa que no me es exigida por la zona de navegación a la que esta despachado mi barco, en absoluto me pueden sancionar por no estar al dia la revisión, ya que no tenga ninguna obligación de llevarla.
                                              Yo en mi barco despachado para zona 4 llevo una balsa no homologada en España (si está en Francia para navegación costera), y el fabricante me aconseja que se revise cada 3 años, para que siga teniendo la garantía (cosa que hago), así que como me va a decir la GC que cumpla la normativa de revisarla todos los años, cuando no tengo la obligación de llevarla.
                                              Por cierto también llevo radiobaliza no homologada, y por supuesto que no me pueden sancionar por llevarla, porque una cosa es el material mínimo exigido en función de la zona de navegación que hay que llevar, y otra todo lo que uno considere necesario para una mayor seguridad.
                                              Un saludo

                                              Comentario


                                              • #24
                                                Re: Zona 2

                                                Originalmente publicado por Juanitu Ver Mensaje
                                                Estoy de un tocapelotas últimamente que yo mismo me sorprendo.
                                                No es por tocar los webs, pero creo que tenemos 2 planteamientos diferentes:

                                                A.- Barco despachado (papeles) para zona de navegación que exige balsa. Momento en el que se navega dentro de otra zona inferior, que no exige balsa. Balsa no revisada a bordo. Visita de la GC.

                                                B.- Barco despachado para zona que no exige balsa. Barco navegando en su zona. Balsa salvavidas no revisada (ni homologada) a bordo. Visita de la GC.


                                                Entiendo que no deberían "denunciar" el tema de la balsa, y más aún entendiéndolo como un "hinchable" como dice Genovés..... Pero creo que en el caso A sí que van a denunciar, ya que el barco está obligado a una dotación concreta - en este caso balsa - y la que lleva no es la suya.

                                                Se que es rizar el rizo, pero es que esta semana es muy mala y estoy tocándome los webs a mi mismo.

                                                Me voy a la cama.

                                                Caso A, al no ser obligatoria su tenencia ya pese al despacho, no pueden denunciarte conforme a la normativa actual si estás en una zona en que no es necesaria. Mentira, si pueden denunciarte, pero es difícil que te sancionen porque es fácilmente recurrible (juridicos dicen), insisto en que en el año y pico desde que cambió la norma debe haber pocos que navegando en las 12 millas con una balsa caducada a bordo hayan sido sancionados. aunque el instructor del expediente podrá hacer lo que crea conveniente, pero hay defensa. Queda si acaso el fleco de las bengalas y las galletas pochas.

                                                La duda es si te pueden sancionar fuera delas doce millas, tanto porque vayan a comprobarlo como porque tengan competencia, y si lo hacen una vez dentro, puedan comprobar o comprueben que es o no cierto tu tránsito por una zona más allá de las doce millas sin balsa adecuada.

                                                Vale, rizar el rizo, de acuerdo, pero insisto en que antes de asustar hay que ver qué hacen ahora las autoridades al respecto.



                                                Cuanto echo de menos al cofrade INSPECTORATE por aquí, se fue a otro gremio tras alecciónarnos muy bien de lo que se debe hacer y de lo que se puede hacer.
                                                Editado por última vez por genoves; 18/12/2014, 02:02:00.
                                                'NAVEGAR NO ES UN LUJO, ES UN DERECHO'

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                                                • #25
                                                  Re: Zona 2

                                                  Una balsa salvavidas con bengalas caducadas dentro es tan denunciables como llevar bengalas caducadas, sea o no obligatorio llevar la balsa.

                                                  Y eso es independiente de la absurda normativa de revisar cada año.

                                                  Yo paso las revisiones cada 3 años que es lo que marca el fabricante, pero he visto muchas balsas que llevan años y años sin revisarse y con la pirotecnia dentro.

                                                  Una solución es abrir la balsa y sacar todo lo caducado.

                                                  Comentario

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