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1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

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10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

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14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

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Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

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Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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seguro rc por contaminacion

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  • seguro rc por contaminacion

    saludos a todos/as incluyendo invitacion a una ronda de cualquier espirituoso que toméis, el caso es que un compañero ha llegado esta mañana con una nueva propuesta de su seguro y le incluyen el de responsabilidad civil por contaminacion, yo tenia entendido que era solo para embarcaciones mayores de 24 m. pero la aseguradora le dice que son para todas las embarcaciones,la suya es de motor y tiene 5.80 m. He buscado informacion en el foro pero no he encontrado ninguna por lo que me dirijo a algun cofrade que este versado en el tema y sepa algo al respecto.
    agradecido a todos/as por vuestro interes, un saludo

  • #2
    Re: seguro rc por contaminacion

    Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas.

    Artículo 2. (del reglamento, no del real decreto) Embarcaciones de recreo o deportivas.
    Tienen la consideración de embarcaciones de recreo o deportivas, a los efectos de este Reglamento, los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor, incluidas las motos náuticas, así como aquellos que carezcan de motor y tengan una eslora superior a seis metros.



    Comentario


    • #3
      Re: seguro rc por contaminacion

      Perdona por la tardanza en contestar pero h estado ausente. mi pregunta iba encaminada al nuevo decreto del boe del 24 de julio del año pasado sobre navegación marítima en el que establece la responsabilidad civil por navegación y que dice en su articulo 389:
      "Artículo 389. Aseguramiento obligatorio.
      1. Será obligatorio el seguro de responsabilidad civil por daños por contaminación de las costas y aguas navegables, cuyas condiciones y cobertura mínima se determinarán reglamentariamente"
      No se si es independiente del seguro de responsabilidad civil obligatorio, ya he visto a dos compañeros que se lo han incluido en la poliza y son barcos que no superan los 6 metros

      Comentario


      • #4
        Re: seguro rc por contaminacion

        En el capitulo V y desde el articulo 384 al 391 es donde se refiere a este tema.

        Comentario


        • #5
          Re: seguro rc por contaminacion

          Originalmente publicado por paduhe Ver Mensaje
          Perdona por la tardanza en contestar pero h estado ausente. mi pregunta iba encaminada al nuevo decreto del boe del 24 de julio del año pasado sobre navegación marítima en el que establece la responsabilidad civil por navegación y que dice en su articulo 389:
          "Artículo 389. Aseguramiento obligatorio.
          1. Será obligatorio el seguro de responsabilidad civil por daños por contaminación de las costas y aguas navegables, cuyas condiciones y cobertura mínima se determinarán reglamentariamente"
          No se si es independiente del seguro de responsabilidad civil obligatorio, ya he visto a dos compañeros que se lo han incluido en la poliza y son barcos que no superan los 6 metros
          Perdón quería decir responsabilidad civil por contaminacion

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          • #6
            Re: seguro rc por contaminacion

            La Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, que yo sepa, todavía no tiene desarrollo reglamentario alguno, por lo que al no estar expresamente derogados los reglamentos anteriores, siempre que no sean contrarios a la propia ley, siguen vigentes.
            La responsabilidad civil por contaminación es una responsbilidad civil con apellido,y lo que dices de tus compañeros con barcos que no superan los seis metros es acorde con lo dispuesto en el Real Decreto 607/1999, siempre que sean barcos de motor.
            "Tienen la consideración de embarcaciones de recreo o deportivas, a los efectos de este Reglamento, los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor, incluidas las motos náuticas"
            Saludos

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            • #7
              Re: seguro rc por contaminacion

              Hola de nuevo Papaventos, perdona pero me pierdo en cuestiones legales, ¿quieres decir que aún no es obligatorio contratar expresamente el seguro de R.C. por contaminación? porque por lo poco que sé y he podido leer la ley de 1999 regula y cito textualmente: "los daños materiales y personales y por los perjuicios que sean consecuencia de ellos que, mediando culpa o negligencia, causen a terceros, a puertos o instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y, con carácter general, por los demás hechos derivados del uso de las embarcaciones en las aguas marítimas españolas".
              En el tema de mis compañeros de club en su seguro aparte de la responsabilidad civil obligatoria que regula los daños a tercero le han incluido otra clausula con la r.c. por contaminación y le dice la aseguradora que es de suscripción obligatoria, la compañía en cuestión es metromar

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              • #8
                Re: seguro rc por contaminacion

                A ver, yo no soy experto en seguros, pero hasta alguna cosa creo que llego.
                El contrato de seguro es un contrato privado y, en nuestro caso suele ser un contrato de adhesión, es decir normalmente no negociamos las cláusulas, nos permiten elegir entre distintas modalidades de contratos tipo (como el teléfono, suministro de energía y muchos más).
                Ahora bien, cuando existe un seguro de suscripción obligatoria, es que hay una norma administrativa que lo establece y, en consecuencia, la misma norma, u otra, establece igualmente las características. Si te dicen que además del seguro de responsabilidad civil obligatoria tienes que contratar otro también obligatorio, pues que te digan la norma que establece los capitales asegurados.
                Sin embargo creo que te estás equivocando. El artículo 8 del Real Decreto 607/1999, señala los límites de la RC obligatoria :
                El seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria cubre frente a terceros la reparación de los daños a personas hasta un límite de 20.000.000 de pesetas por víctima con un límite máximo de 40.000.000 de pesetas por siniestro, y los daños materiales y las pérdidas económicas a que se refiere el artículo 6.1 de este Reglamento hasta el límite de 16.000.000 de pesetas por siniestro.
                Total son 56 millones de pesetas, que si los pasas a euros son 336.566,78 euros. Pues bien, Metromar te hace un presupuesto rellenando los datos de tu barco en su página web, en la siguiente dirección:

                Prueba a meter los datos de tu barco y verás que como paso previo al presupuesto te sale ya la RC obligatoria 336.566,77 (un céntimo menos de la cuenta de paso de pesetas a euros porque redondean por defecto). Te saldrá tambien un capiatal asegurado de responsabilidad civil voluntaria, pero yo no veo ningún otro seguro obligatorio.
                Saludos

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                • #9
                  Re: seguro rc por contaminacion

                  He estado releyendo esta nueva ley de navegación marítima y en su articulado dice lo siguiente: "Artículo 389. Aseguramiento obligatorio.
                  1. Será obligatorio el seguro de responsabilidad civil por daños por contaminación de las costas y aguas navegables, cuyas condiciones y cobertura mínima se determinarán reglamentariamente.
                  Leído esto creo que tienes razón en lo que comentabas en unos de tus post que decias que la ley aun no tiene desarrollo reglamentario ya que este articulo sugiere que las condiciones del seguro ya se determinaran. El caso es que nos vemos con un nuevo gasto como si ya fueran pocos lo que soporta una embarcación aunque sea pequeña.
                  Muchas gracias por tu ayuda en este tema.

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