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Motor sin documentación

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  • #51
    Re: Motor sin documentación

    Unas rondas para todos y para ti amigo Pelahigo doble de ron por las molestias de corroborar con la GC lo que nos habian dicho en nuestras respectivas capitanias.

    Originalmente publicado por Atlantic55 Ver Mensaje
    Pues mas clara no puede estar puesto que todos los que han ido a preguntar coinciden en que les han dejado claro que el compraventa solo no vale.
    Despues estan los de: "yo pienso , yo opino, yo creo, yo interpreto......"

    Hace poco compre un fueraborda. Pues tengo la factura y recibo, el CV del primer dueño al segundo y el CV del segundo a mi.
    Pues yo pienso, interpreto, opino y creo que lo que pasa es que algunos se niegan a darse cuenta que se han gastado "x" dinero en algo que resulta no estar legal.

    Comentario


    • #52
      Respuesta: Re: Motor sin documentación

      Lol por decir tb hay capitanias que dicen barbaridades incluso cdo les pones la ley delante. Un poco atras tienes un buen ejemplo.

      Me gustaria ver la ley que diga eso.
      "Born to sail, but forced to work..."

      Comentario


      • #53
        Re: Respuesta: Re: Motor sin documentación

        Originalmente publicado por RMR2ENG Ver Mensaje
        Lol por decir tb hay capitanias que dicen barbaridades incluso cdo les pones la ley delante. Un poco atras tienes un buen ejemplo.

        Me gustaria ver la ley que diga eso.
        Tienes razon, parece que no hay un criterio común en todo el pais en ciertos papeleos y que según la CM donde lo preguntes o hagas, cambian algunos "conceptos". Vease algunos ejemplos de algunos cofrades si leeis algun hilo por ahi......en fin.

        Por otra parte si alguno me pudiera ayudar con la duda que plantee mas arriba donde comentaba cómo realmente se bautiza una Auxiliar (con un ejemplo ), ya que no me queda claro con esto:

        Las embarcaciones auxiliares deberán llevar el mismo indicativo de matrícula de su principal, sin nombre, y añadiendo al final del mismo, entre paréntesis la expresión «Aux» y el indicativo de matrícula de su principal. En el supuesto de que hubiese más de una embarcación auxiliar, se utilizarán números correlativos.

        Las embarcaciones auxiliares, de las embarcaciones acogidas a este régimen especial, deberán llevar el mismo indicativo de inscripción de su principal, sin nombre, y añadiendo al final del mismo, entre paréntesis, la expresión «Aux» y el indicativo de matricula de su principal. En el supuesto de que hubiese más de una embarcación auxiliar, se utilizarán números correlativos
        .

        Gracias y un saludo

        Comentario


        • #54
          Re: Respuesta: Re: Motor sin documentación

          Por pedir tambien podrian pedir la copia de los DUAS del despacho de importación para comprobar si los motores han sido importados legalmente en la Union Europea, si tienen todos los impuestos y aranceles pagados y caso se trate de un motor a 2 tiempos verificar si la importación ha ocurrido antes de entrar en vigor la nueva normativa que prohibe la importancion y uso de nuevos motores a 2 tiempos convencionales (no de los ETECs y similares que cumplen la normativa). Quien los tiene? (yo si).

          Pedir es muy facil pq aparentemente les ahorra todo su trabajo, que deberia ser lo siguiente:

          1 La GC Te solicita los documentos del motor
          2 Presentas factura si compraste a nautica, o contrato de compraventa si compraste a particular.
          3 La GC comprueba si en nr. del motor (tanto de la pegatina como del troquelado del bloque) coinciden con la documentación y/o si presentan señales de haber sido manipulados.
          4 La GC apunta el nr. del motor, tu identificación y el de la nautica o del vendedor que te lo ha vendido y lo guardan para comprobación cdo lleguen a tierra o lo pueden hacer de inmediato por comunicación via radio VHF.
          5 La GC comprueba en su base de datos si ese nr. de motor ha sido denunciado como robado.
          6 Caso salte la alarma la GC investigará el actual proprietário y el proprietário anterior (da igual que sea particular como nautica poque como sabemos tambien hay nauticas que venden papeles y por eso tener una factura de una nautica no te garantiza ninguna legitimidad ni te dá ninguna autoridad moral).

          Una factura garantiza lo mismo que un contrato compraventa. Es unicamente un titulo de aquisición.

          Otra cosas es que los motores tuvieran su propria documentación como por ejemplo en Portugal o en Italia en que las autoridades los registran y te dan un Registro de Propriedad (como en los coches) con la descripción del motor. Pero en esos países tu tambien puedes solicitar una copia de la documentación caso se extravie o se deteriore. El problema es que cdo hay registros de los motores normalmente las autoridades aprovecham para inventar impuestos que extreminan la nautica de recreo como ha pasado recien en Portugal donde un simples 150 HP paga casi unos 500 EUR de impuesto al año...

          Editado por última vez por RMR2ENG; 15/04/2015, 19:45:01.
          "Born to sail, but forced to work..."

          Comentario


          • #55
            Re: Motor sin documentación

            Hola, hoy mismo he estado en capitanía marítima de Valencia y en Guardia Civil del Mar preguntando sobre este tema, ya que estoy en proceso de adquisición de un motor fueraborda de segunda mano.

            En Capitanía un solícito funcionario de "inspecciones" me ha explicado que, con la reglamentación actual, los fuerabordas han quedado excluídos de ser registrados o tutelados o inspeccionados (como lo queramos llamar) por capitanía, ya que en el BOE sólo se hace referencia a los motores "no fuerabordas". Con lo cual, ir a preguntar o pedir cualquier cosa relacionada con fuerbordas es como si lo hicieses en el ambulatorio de tu barrio, porque ellos ya no se encargan.

            En cuanto a los registros ANTIGÜOS como es mi caso, porque el motor tiene 30 años y estaba instalado en una zodiac, la funcionaria de "registro de buques" (en esta ocasión una chica, también muy amable) me ha indicado que me lo podría consultar si se lo pido si bien los motores nunca se han registrado, sólo las embarcaciones. Con lo cual, en el tema de un motor "sin papeles" tampoco pueden ayudarnos a buscar datos sobre él en su registro a menos que les demos la matrícula de la embarcación para que puedan encontrarlos a ambos, motor y embarcación (el nº de serie del motor no les vale porque la ficha es por la matrícula de la embarcación donde el motor se asentó).

            En cuanto a la "hoja de libre disposición" ya no hace falta, es un trámite que ya no existe porque los motores actualmente no se registran, y si fuese antiguo y por ello sí que figurase registrado a una embarcación en una base de datos antigua, pues como si no lo estuviera (antes si que era necesaria esa hoja de libre disposición porque no podías quitarlo de tu barca "legalmente" sin pasar ese trámite, pero actualmente puedes hacer lo que quieras con el motor sin papel ninguno por medio para ponerte otro, venderlo, etc.).

            En conclusión, capitanía ya no tiene NADA que ver con motores fueraborda ni nuevos ni de segunda mano. Ir a tratar algo sobre fuerabordas allí es como si vas a la pescadería del barrio, ni te pueden ayudar ni nada tienen que decir (de hecho, ni deben) porque el tema no les compete.

            ¿Quién entonces sí tiene algo que decir sobre los fb? Pues la GC que es quien te puede multar si algo no está en regla. Eso me han dicho en capitanía, y para allá que me he ido.

            En GC del Mar del puerto de Valencia, me han comentado lo siguiente. Se multa por dos motivos:

            - la potencia del fb supera la permitida por la embarcación
            - el del fb no puede acreditar que el motor es suyo

            Para acreditar que el motor es tuyo, si es nuevo
            , factura de compra a tu nombre.

            Para acreditar que el motor es tuyo, si es de segunda mano, contrato de compraventa y fotocopia DNI del que te lo vendió mas un documento que acredite que el que te lo vendió era el verdadero propietario.

            - Si el que te lo vendió lo compró nuevo, este documento es obviamente la factura de la náutica a su nombre.

            - Si en cambio el que te lo vendió lo compró de segunda mano, contrato de compraventa y fotocopia DNI del que se lo vendió a él mas un un documento que acredite que el que se lo vendió era el verdadero propietario (la factura de la náutica). Y así sucesivamente.

            Si la documentación no quieres llevarla original o el que te lo vende prefiere conservar por lo que sea su factura, etc., pues llevas a GC del Mar factura original y fotocopia, y te compulsan las fotocopias, y devuelves la factura al vendedor.

            Perdonad tanto rollo pero he querido transmitir fielmente y de forma clara lo que me han dicho, por si resulta de utilidad para alguien. Sé que varios cófrades ya habian comentado estas cosas en mensajes anteriores, pero esta información es "fresca" de hoy y es una confirmación de que en otras capitanías y GCMar (en este caso la de Valencia) también proceden así.
            Editado por última vez por Esoy; 21/04/2015, 18:42:39.

            Comentario


            • #56
              Re: Motor sin documentación

              Si no puedes demostrar que el motor es tuyo ¿en base a que te multan? ¿que ley, reglamento o decreto incumples? En el caso de superar la potencia permitida es evidente, pero no demostrar su procedencia ¿que incumple?
              ¿Te denuncian por robo?

              Comentario


              • #57
                Re: Motor sin documentación

                Pues no lo sé.

                Yo al GC le he preguntado por lo que había que llevar en la barca sobre el motor de segunda mano que he comprado, para que estuviese todo "legal", y me ha comentado eso.

                Comentario


                • #58
                  Re: Motor sin documentación

                  Originalmente publicado por Rascayus Ver Mensaje
                  En el caso de superar la potencia permitida es evidente
                  Y como saben ellos si el motor supera o no supera la potencia permitida??
                  Pones en el compraventa que es de menos caballos y le cambias la chapa y las pegatinas.
                  Editado por última vez por krathos3; 21/04/2015, 20:40:10.

                  Comentario


                  • #59
                    Re: Motor sin documentación

                    De acuerdo con lo expuesto.
                    Unicamente que creo, no estoy seguro, que cuando se hace la compraventa hay que pasar por Hacienda, y pagar. Pero no lo puedo afirmar tajantemente.

                    saludos y buen viento

                    Originalmente publicado por Esoy Ver Mensaje
                    Hola, hoy mismo he estado en capitanía marítima de Valencia y en Guardia Civil del Mar preguntando sobre este tema, ya que estoy en proceso de adquisición de un motor fueraborda de segunda mano.

                    En Capitanía un solícito funcionario de "inspecciones" me ha explicado que, con la reglamentación actual, los fuerabordas han quedado excluídos de ser registrados o tutelados o inspeccionados (como lo queramos llamar) por capitanía, ya que en el BOE sólo se hace referencia a los motores "no fuerabordas". Con lo cual, ir a preguntar o pedir cualquier cosa relacionada con fuerbordas es como si lo hicieses en el ambulatorio de tu barrio, porque ellos ya no se encargan.

                    En cuanto a los registros ANTIGÜOS como es mi caso, porque el motor tiene 30 años y estaba instalado en una zodiac, la funcionaria de "registro de buques" (en esta ocasión una chica, también muy amable) me ha indicado que me lo podría consultar si se lo pido si bien los motores nunca se han registrado, sólo las embarcaciones. Con lo cual, en el tema de un motor "sin papeles" tampoco pueden ayudarnos a buscar datos sobre él en su registro a menos que les demos la matrícula de la embarcación para que puedan encontrarlos a ambos, motor y embarcación (el nº de serie del motor no les vale porque la ficha es por la matrícula de la embarcación donde el motor se asentó).

                    En cuanto a la "hoja de libre disposición" ya no hace falta, es un trámite que ya no existe porque los motores actualmente no se registran, y si fuese antiguo y por ello sí que figurase registrado a una embarcación en una base de datos antigua, pues como si no lo estuviera (antes si que era necesaria esa hoja de libre disposición porque no podías quitarlo de tu barca "legalmente" sin pasar ese trámite, pero actualmente puedes hacer lo que quieras con el motor sin papel ninguno por medio para ponerte otro, venderlo, etc.).

                    En conclusión, capitanía ya no tiene NADA que ver con motores fueraborda ni nuevos ni de segunda mano. Ir a tratar algo sobre fuerabordas allí es como si vas a la pescadería del barrio, ni te pueden ayudar ni nada tienen que decir (de hecho, ni deben) porque el tema no les compete.

                    ¿Quién entonces sí tiene algo que decir sobre los fb? Pues la GC que es quien te puede multar si algo no está en regla. Eso me han dicho en capitanía, y para allá que me he ido.

                    En GC del Mar del puerto de Valencia, me han comentado lo siguiente. Se multa por dos motivos:

                    - la potencia del fb supera la permitida por la embarcación
                    - el del fb no puede acreditar que el motor es suyo

                    Para acreditar que el motor es tuyo, si es nuevo
                    , factura de compra a tu nombre.

                    Para acreditar que el motor es tuyo, si es de segunda mano, contrato de compraventa y fotocopia DNI del que te lo vendió mas un documento que acredite que el que te lo vendió era el verdadero propietario.

                    - Si el que te lo vendió lo compró nuevo, este documento es obviamente la factura de la náutica a su nombre.

                    - Si en cambio el que te lo vendió lo compró de segunda mano, contrato de compraventa y fotocopia DNI del que se lo vendió a él mas un un documento que acredite que el que se lo vendió era el verdadero propietario (la factura de la náutica). Y así sucesivamente.

                    Si la documentación no quieres llevarla original o el que te lo vende prefiere conservar por lo que sea su factura, etc., pues llevas a GC del Mar factura original y fotocopia, y te compulsan las fotocopias, y devuelves la factura al vendedor.

                    Perdonad tanto rollo pero he querido transmitir fielmente y de forma clara lo que me han dicho, por si resulta de utilidad para alguien. Sé que varios cófrades ya habian comentado estas cosas en mensajes anteriores, pero esta información es "fresca" de hoy y es una confirmación de que en otras capitanías y GCMar (en este caso la de Valencia) también proceden así.
                    Me esperan los dias
                    que pretendo llenar
                    y que me hagan vibrar.
                    Y aprendiendo mi vida
                    solo quiero sentir
                    que no es vida perdida

                    Comentario


                    • #60
                      Re: Motor sin documentación

                      Originalmente publicado por tradixabia Ver Mensaje
                      De acuerdo con lo expuesto.
                      Unicamente que creo, no estoy seguro, que cuando se hace la compraventa hay que pasar por Hacienda, y pagar. Pero no lo puedo afirmar tajantemente.

                      saludos y buen viento
                      Yo te lo confirmo ... concretamente un 1% del valor que le hayas puesto en el compraventa y le ponen una pegatina azul por detras.

                      Comentario


                      • #61
                        Re: Motor sin documentación

                        Originalmente publicado por krathos3 Ver Mensaje
                        Y como saben ellos si el motor supera o no supera la potencia permitida??
                        Pones en el compraventa que es de menos caballos y le cambias la chapa y las pegatinas.
                        Estoy de acuerdo ... sin factura ni nada oficial seria muy sencillo falsear la potencia de un fueraborda.

                        Comentario


                        • #62
                          Re: Motor sin documentación

                          Originalmente publicado por Atlantic55 Ver Mensaje
                          Yo te lo confirmo ... concretamente un 1% del valor que le hayas puesto en el compraventa y le ponen una pegatina azul por detras.
                          Sí, es un modelo de impreso que se usa para pagar un impuesto por ventas entre particulares (¿el 06 es?), se compra en un estanco y se lleva a Hacienda para pagarlo.

                          Comentario


                          • #63
                            Re: Motor sin documentación

                            Originalmente publicado por Atlantic55 Ver Mensaje
                            Yo te lo confirmo ... concretamente un 1% del valor que le hayas puesto en el compraventa y le ponen una pegatina azul por detras.
                            Depende de CCAA, sus tablas, potencia, año de construcción, etc..

                            En resumen, hay que pagar el ITP, al igual que si compras 1 coche, 1 lavadora o 1 bici de segunda mano. Aunque en muchos casos, si el importe es pequeño y no hay registro (p.e. 1 lavadora de 80€) nadie -o casi nadie- lo liquida, y ninguna inspección va a expedientar a alguien por no declarar el ITP de 1 sofá de segunda mano que cuesta 300€, y con los FB lo mismo. Aunque yo lo he hecho, el importe en motoes pequeños y de cierta edad es ridículo.

                            Comentario


                            • #64
                              Re: Motor sin documentación

                              Originalmente publicado por krathos3 Ver Mensaje
                              Y como saben ellos si el motor supera o no supera la potencia permitida??
                              Pones en el compraventa que es de menos caballos y le cambias la chapa y las pegatinas.
                              La chapa lleva el número de serie, ya puestos, haz lo mismo en 1 coche, DNI o pasaporte. Se llama falsedad documental.

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                              • #65
                                Re: Motor sin documentación

                                No estoy diciendo que sea legal .... solo me estoy refiriendo a lo sencillo que resultaria meterle a una embarcacion mas caballos de los que puede si la unica documentacion que tienes que presentar del motor es un papel de compraventa.

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                                • #66
                                  Re: Motor sin documentación

                                  Originalmente publicado por jiauka Ver Mensaje
                                  Depende de CCAA, sus tablas, potencia, año de construcción, etc..

                                  En resumen, hay que pagar el ITP, al igual que si compras 1 coche, 1 lavadora o 1 bici de segunda mano. Aunque en muchos casos, si el importe es pequeño y no hay registro (p.e. 1 lavadora de 80€) nadie -o casi nadie- lo liquida, y ninguna inspección va a expedientar a alguien por no declarar el ITP de 1 sofá de segunda mano que cuesta 300€, y con los FB lo mismo. Aunque yo lo he hecho, el importe en motoes pequeños y de cierta edad es ridículo.
                                  Los fuerabordas pagan todos un 1% del precio de compra, da igual potencia, antiguedad, etc..

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                                  • #67
                                    Re: Motor sin documentación

                                    Originalmente publicado por Atlantic55 Ver Mensaje
                                    No estoy diciendo que sea legal .... solo me estoy refiriendo a lo sencillo que resultaria meterle a una embarcacion mas caballos de los que puede si la unica documentacion que tienes que presentar del motor es un papel de compraventa.
                                    El contrato de compraventa es para demostrar la procedencia y propiedad, no las características

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                                    • #68
                                      Re: Motor sin documentación

                                      un Seaking de 5 CV con la carcasa partida y numero de serie H06009406 es robado y es mío..

                                      Si te paran los guardias con él la denuncia está puesta. Si te para la guardia civil con un motor similar sin placa la denuncia está puesta. Las denuncias están informatizadas, no nos engañemos.

                                      Y no será hoy, ni mañana, ni pasado, pero en un futuro próximo los golfos tendrán su espacio muy limitado.

                                      Y la GC tendrá sus mas, sus menos, les gustará mas o menos a unos y otros. Pero lo que no son es j..l..p..ll..as.



                                      ( esque me fastidió mucho quedarme sin motor sorry, aunque como soy patron de 2ª puedo hacer todo a vela )
                                      “There is never a 'right' time to sail across the Atlantic alone. There is only 'now' or 'never'.”

                                      .... el infierno puede ser divertido....
                                      .... si estás con la diablesa correcta ....

                                      NO ESTES TRISTE. TEN GANAS¡¡¡

                                      sigpic

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                                      • #69
                                        Re: Motor sin documentación

                                        Originalmente publicado por Atlantic55 Ver Mensaje
                                        Los fuerabordas pagan todos un 1% del precio de compra, da igual potencia, antiguedad, etc..
                                        Mirate el BOE #306 del 19/12/2014, en especial el anexo III, y luego me explicas que ley dice eso del 1%.

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                                        • #70
                                          Re: Motor sin documentación

                                          Estoy mirando fuerabordas usados, y me llama la atención que un 90% están sin documentar. No quiero insinuar que sean de procedencia dudosa, más bien que no se presta atención al tema de conservar los documentos, como facturas, o de hacer la comrpaventa conforme corresponde.
                                          Y es una lástima, porque dificulta poder vender.

                                          Saludos

                                          Originalmente publicado por Antonio_Mataelpino Ver Mensaje
                                          un Seaking de 5 CV con la carcasa partida y numero de serie H06009406 es robado y es mío..

                                          Si te paran los guardias con él la denuncia está puesta. Si te para la guardia civil con un motor similar sin placa la denuncia está puesta. Las denuncias están informatizadas, no nos engañemos.

                                          Y no será hoy, ni mañana, ni pasado, pero en un futuro próximo los golfos tendrán su espacio muy limitado.

                                          Y la GC tendrá sus mas, sus menos, les gustará mas o menos a unos y otros. Pero lo que no son es j..l..p..ll..as.



                                          ( esque me fastidió mucho quedarme sin motor sorry, aunque como soy patron de 2ª puedo hacer todo a vela )
                                          Me esperan los dias
                                          que pretendo llenar
                                          y que me hagan vibrar.
                                          Y aprendiendo mi vida
                                          solo quiero sentir
                                          que no es vida perdida

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                                          • #71
                                            Re: Motor sin documentación

                                            Originalmente publicado por jiauka Ver Mensaje
                                            Mirate el BOE #306 del 19/12/2014, en especial el anexo III, y luego me explicas que ley dice eso del 1%.
                                            Estas equivocado. En hacienda solo te miran la potencia y antiguedad para calcular el valor del motor, y despues pagas un 1% de lo que salga. Lo se bien que he pasado por ese tramite dos veces este año y he pagado un 1% en los dos casos pese a ser dos motores muy distantes en potencia y edad.

                                            Comentario


                                            • #72
                                              Re: Motor sin documentación

                                              Depende de la comunidad

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                                              • #73
                                                Re: Motor sin documentación

                                                Buenas noches alguien me puede decir cual es la documentacion exacta de un motor fueraborda por quiero comprar uno y no quiero lios con nadie y menos con la gc

                                                Comentario


                                                • #74
                                                  Re: Motor sin documentación

                                                  Lo cierto es que la cosa no esta clara.
                                                  Hay dos papeles que si es seguro, que son:
                                                  - Papel de compra-venta
                                                  - Fotocopia del dni de la persona que te lo vende.

                                                  Despues hay otro que unos dicen que es obligatorio y otros no. Y es un documento que acredite que la persona que te lo vende es su legítimo dueño. Lo mejor es la factura de compra, pero si el motor es antiguo y estubo acoplado en una embarcacion tambien vale un documento de libre disposicion o desacople.

                                                  Los que dicen que SI es obligatorio alegan que han ido a preguntar a sus correspondientes Capitanias Maritimas e incluso a la propia GC y les han dicho que SI es obligatorio.

                                                  Los que dicen que NO es obligatorio alegan que no hay ninguna norma que diga que dicho papel sea necesario y que por lo tanto la GC no tiene ninguna base sobre la que multarte.

                                                  Yo te lo cuento de la manera mas objetiva que me es posible. Ahora tu decide....

                                                  Comentario


                                                  • #75
                                                    Re: Motor sin documentación

                                                    Buenas es lo q yo pensaba si cuando compro el motor me dan el contrato de compra venta validado por hacienda y pagado us tasas y fotocpia del carnet no hay problema por q los motores fuera borda carecen de ficha tecnica u otra documentacion

                                                    Comentario

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