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Motor sin documentación

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  • tradixabia
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Originalmente publicado por RMR2ENG Ver Mensaje
    Pues yo con el contrato compra venta estoy muy tranquilo.

    De echo la ley del abanderamiento es muy clara y no menciona ninguna factura. Menciona si que se necesita aportar el "título de adquisición de la propiedad o del derecho de disfrute".

    Yo interpreto que es la factura (si compras nuevo o de segundamano a una empresa) o el contrato compra venta (si compras a un particular).
    Quiza sea así, pero el"título de adquisición", yo creo que se refiere al documento de la consellería de hacienda que manifiesta que se ha realizado el abono (como no) de la cantidad correspondiente y en consecuencia se tiene un documento oficial.
    Pero no tengo seguridad de que sea así

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  • RMR2ENG
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Pues yo con el contrato compra venta estoy muy tranquilo.

    De echo la ley del abanderamiento es muy clara y no menciona ninguna factura. Menciona si que se necesita aportar el "título de adquisición de la propiedad o del derecho de disfrute".

    Yo interpreto que es la factura (si compras nuevo o de segundamano a una empresa) o el contrato compra venta (si compras a un particular).
    Editado por última vez por RMR2ENG; 13/04/2015, 12:42:44.

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  • Rascayus
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Donde fuiste a preguntar y cuando? El no tener la factura, que es una manera de demostrar la propiedad de un motor, no es ninguna infracción administrativa, y por tanto no es sanciionable. Ya no se asientan motores, y llevar un motor sin asentar si era una infracción. Si llevas una bici sin factura ¿también te multa tráfico?

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  • krathos3
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Por si a alguno le queda alguna duda os comentare algo q me paso.
    Yo tenia un motor fueraborda con su desacople y documento de libre disposicion. En una ocasion se me dio por comparar el numero de serie y me di cuenta que habia una pequeña diferencia pues en la documentacion faltaba un numero.
    Ejm: 932583 en los papeles y 9325831 en el motor.
    Asi que fui a preguntar y la respuesta fue:
    Arregla eso cuanto antes, por que aunque se ve de lejos que fue un error administrativo, si te quieren multar por andar con un motor sin papeles pueden perfectamente y la multa es gorda.
    Asi q si para ellos una documentacion con un pequeño y claro error administrativo puede ser considerada como no valida y sancionable no me quiero imaginar si lo unico que le presentas como documentacion es un compraventa.

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  • Pelahigo
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Por supuesto que existe la presunción de inocencia, y por su puesto que podrían verificar el numero de serie del ploter, de la tele, del gps, todo lo que pudiese tener un número de serie, lo que no es común, pero se podría. Lo normal si te paran, opino, es que miren la documentación del barco, seguro y la del motor. Si el origen del motor no está claro, o tienen sospechas de que pudiera ser robado, yo considero que corresponde al titular del mismo demostrar su lícita procedencia. Si el motor tiene su número de serie, lo comprueban, y no figura como sustraído aun así podríamos encontrarnos ante varias hipótesis, el motor es robado pero aun no ha sido denunciado, le han cambiado la chapita al motor...etc. Desconozco si te pueden denunciar administrativamente o no por llevar tan sólo un contrato de compraventa, es decir, por no llevar la documentación del motor. No creo que te puedan imputar un delito de receptación gracias al contrato de compraventa, tu se lo has comprado a una persona que dice que es suyo, ha perdido los papeles o lo que sea, de esto último es muy posible que te salves. Pero creo que si te quieren buscar las cosquillas te la pueden buscar, al menos eso es lo que me dijeron en Capitanía. Es una pena que no exista un registro de motores, es decir, tienes un motor sin papeles, quieres ponerlo al día, y tristemente no puedes, ya sea pagando unas tasas, un troquelado en el motor que no se pueda manipular y que si se manipulase fuera delito, lo que sea, pero es que existen en el mercado miles de motores sin factura de compra, asiento, y no se pueden "usar legalmente" aunque quieras. Una lástima y una putada para los aficionados como nosotros.
    Yo creo que si los Agentes que fueren, tienen sospechas de que el motor pudiera estar robado, y no porque a ellos le de la gana, sino porque el actual titular no puede justificar su procedencia, dado que un contrato de compraventa, justifica quién te lo ha vendido a ti, pero ese que te lo ha vendido a ti, ¿de dónde lo ha sacado?... una tele, lo mismo, un gps, lo mismo, un dvd, lo mismo. Pero en un barco lo normal que te miren y lo más caro y más fácil de sacar dinero con su compraventa fraudulenta es un motor y la propia embarcación.
    En fin, no quiero se pesado, cada cual que haga lo que quiera, inicié yo este enlace y gracias a vosotros y a unas llamadas, para mi, ha quedado claro, las cosas con sus papeles, un contrato de compraventa demuestra quien te lo ha vendido, pero no la legitimidad del motor. Buena mar a todos y todas.

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  • saniel
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Originalmente publicado por Atlantic55 Ver Mensaje

    Si les sale que es robado yo pienso que se te quedan hasta con el barco.
    Tu piensa. Si te cogen con una moto robada, sin papeles y solo papel de compraventa de un tio que no es su dueño. Te van a dejar que te la quedes hasta el juicio?

    A un conocido le pillaron con una moto con un motor que no era el suyo, resulto ser robado. Lo primero fue la retirada de la moto, pero como el chasis tenia papeles , le dejaron desmontar el motor que era lo robado y retirar del deposito el resto de la moto.
    Con el barco pasaria lo mismo, te quitarian el motor pero no el barco.

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  • Rascayus
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Primero tendran que demostrar que es robado, existe la presunción de inocencia. También te pueden preguntar por el origen del plóter, las cañas de pescar, los curris, la televisión que llevas en el barco, todo puede ser robado pero si ellos no lo pueden demostrar no hay nada que hacer. Al no tener que asentarlos en la embarcación Capitania no te puede sancionar por ningún motivo. El haber perdido la factura es algo muy común en motores muy viejos y, como ha comentado el compañero, el que roba no te va a hacer un contrato de compra-venta porque consta su nombre y dnI y eso si que es un marrón. Tu has comprado de buena fe, y como mucho perderás el motor.

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  • Pelahigo
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Saludos a todos, e infinitas gracias por vuestro tiempo y dedicación.
    Definitivamente insté por llamar a capitanía marítima, y os comento lo que me dijeron para que todos lo tengamos presente.

    En primer lugar le comenté mi caso, había visto un motor FB por internet, que no tenía papeles, que me hacían contrato de compraventa y que presumiblemente no era robado.
    Respuesta:

    No es suficiente, lo que ya han dicho varios compañeros por aqui, que ya no se le daba asiento, que lo que hace falta en todo caso es Factura. Le dije que si esta persona lo había perdido, se le habían mojado, o destruidos por cualquier motivo que si existía alguna forma de sacarle nueva documentación. Me comenta que en capitanía eso no lo hacen, que si el vendedor conservaba factura... pero claro, hay motores por ahí con más de 20 años, y que eso es como todo, yo no tengo la factura de mi coche cuando lo compre, pero si mi permiso de circulación y mi tarjeta de inspección técnica, y si los pierdo Trafico te expende uno nuevo, pagando las respectivas tasas, éste es el problema de los motores, no están registrados en ningún lado, y en capitanía tampoco.
    En definitiva, he decidido no comprar el motor, prefiero ir tranquilo navegando con todos mis papeles. Que a lo mejor te paran, y no te denuncian con un contrato de compraventa? pues puede ser, yo prefiero ir navegando, ver a la patrullera y no empezar a sudar...
    Lo que dije en un principio, muchisimas gracias a todos por vuestra atención.
    Y por cierto, si la G.C te engancha con un motor robado, aunque tengas contrato de compraventa, dad por seguro que os lo quitan, ya luego intenta recuperar tu dinero como puedas, pero el motor es del legítimo dueño. Y eso de que ni un Juez te lo quita con contrato de compraventa... un Juez es Dios, puede hacer lo que quiera.

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  • tradixabia
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Es éste un tema del que se habla con frecuencia.
    No se si es factible lo que voy a plantear, si se plantea la cuestión a la Guardia Civil del Mar, si fuera posible que respondieran, saldriamos todos de dudas.
    Lo que no se es si tienen obligación de responder a la cuestión.
    Saludos y buen viento.

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  • davideolo
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Originalmente publicado por jiauka Ver Mensaje
    Ni los fuerabordas, ni las bicis, ni las TV, ni los moviles, ni tantas otras cosas están en 1 registro de propiedad.


    Contrato de compra venta y listos.

    Y por desgracia, no hay 1 registro único de bienes robados, es casi imposible saber si 1 FB ha sido denunciado o no.
    Existe y se llama objetos numerados

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  • xplanero
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Originalmente publicado por jiauka Ver Mensaje
    Ni los fuerabordas, ni las bicis, ni las TV, ni los moviles, ni tantas otras cosas están en 1 registro de propiedad.


    Contrato de compra venta y listos.

    Y por desgracia, no hay 1 registro único de bienes robados, es casi imposible saber si 1 FB ha sido denunciado o no.
    Ya va apareciendo la lógica

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  • jiauka
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Ni los fuerabordas, ni las bicis, ni las TV, ni los moviles, ni tantas otras cosas están en 1 registro de propiedad.


    Contrato de compra venta y listos.

    Y por desgracia, no hay 1 registro único de bienes robados, es casi imposible saber si 1 FB ha sido denunciado o no.

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  • METEORO
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Originalmente publicado por krathos3 Ver Mensaje
    Se me olvidaba ... si lo compraste en una nautica ya no tendras papel de compraventa sino una factura de compra. Y ya no seria un motor sin documentacion.

    Efectivamente, sería un motor con documentación "robado". Y al haberlo comprado en una naútica, sería irreivindicable por su anterior propietario. Y sería tuyo.
    Lo único que quería decir antes es que la ley tambien protege al comprador de buena fe.

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  • RMR2ENG
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Originalmente publicado por otoio Ver Mensaje
    Pregunta.
    Si en este momento los FB no hay que "acoplarlos" al barco ni hacerlos constar en la hoja de asiento, un vendedor (al que presumimos poseedor) que venda un motor FB de segunda mano que nunca ha figurado en hoja de asiento, ¿Qué papeles puede aportar? ¿la factura?
    Si han pasado más de 2 años, y ha perdido o tirado la factura, ¿ya no es vendible, porque puede ser robado?
    En mi Opinión, en ese caso un contrato de compraventa, pasar por ITP (se supone que entre particulares) y basta.

    Pero lo mejor, lo que ya te han dicho:
    CONSULTA EN CAPITANIA.
    Completamente de acuerdo.

    Primero, los FB al dia de hoy no se acoplan, y puedes tener un Fueraborda antiguo que nunca haya sido acoplado.

    Si es una venta entre particulares, el contrato compra-venta substituye la factura. Igual que si compras una embarcación, a un particular, no hay factura pero si un contrato venta.

    El vendedor puede no tener la factura original o no querer dartela, es suya y está en su derecho.

    Si el motor ha estado asentado anterirmente en una embarcación, lo normal es que le acompañe una hoja de desacople. Caso no exista esa hoja o el vendedor mencione que nunca ha sido asentado en ninguna embarcación, hacerlo constar en el contrato compra venta.

    Si te hacen un contrato de compra-venta con el numero de identificación del motor, copia de DNI etc, es muy raro que el motor haya sido robado.

    Os dejo un ejemplo del contrato compra venta que he utilizado en la compra de un motor de 2t que nunca habia sido utilizado ni asentado en ninguna embarcación:

    CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MOTOR FUERABORDA ENTRE PARTICULARES

    En _______, a ___ de _________ de 20__.

    Vendedor:

    Don ________________, con DNI _____________ y domicilio en ______________.

    Comprador:

    Don ________________, con DNI _____________ y domicilio en ______________.

    Motor:

    Marca: __________
    Fabricante: __________
    País de origen: __________
    Modelo: __________
    Nr. de serie: __________
    Tipo: Fueraborda
    Cola: Corta
    Potencia: __________ kw
    Año de construcción: _________

    Reunidos vendedor y comprador en la fecha del encabezamiento, manifiestan haber acordado formalizar en este documento

    CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MOTOR FUERABORDA que se especifica, en las siguientes CONDICIONES:

    PRIMERA.- El vendedor vende al comprador el motor fueraborda de su propiedad anteriormente especificado por la cantidad de __________ EUROS (___,__ €), sin incluir los impuestos correspondientes, que serán a cargo del comprador.

    SEGUNDA.- El vendedor declara que no pesa sobre el motor ninguna carga o gravamen ni impuesto, deuda o sanción pendientes de abono en la fecha de la firma de este contrato, comprometiéndose en caso contrario a regularizar tal situación a su exclusivo cargo.

    TERCERA.- El vendedor se compromete a firmar cuantos documentos aparte de éste sean necesarios para que quede correctamente inscrito y/o registrado a nombre del comprador en los correspondientes organismos públicos, siendo todos los gastos a cargo del comprador.

    CUARTA.- Por este acto se hace entrega al comprador de la posesión del motor, haciéndose el comprador cargo de cuantas responsabilidades puedan contraerse por la propiedad del motor y su tenencia y uso a partir de dicho momento de la entrega.

    QUINTA.- Por este acto se entrega al comprador una copia del DNI del vendedor, el Manual del Propietario original del motor y el juego de herramientas original del motor.

    SEXTA.- El vendedor confirma que en el momento de la entrega el motor está en perfecto estado de funcionamiento, que tiene 0 horas de uso y que no tiene ningún defecto, avería, reparación, desperfecto y/o vicio oculto.

    SEPTIMA.- El vendedor confirma que el motor está legalmente importado en la Unión Europea y que tiene todos los impuestos y aranceles pagados.

    OCTAVA.- El vendedor confirma que el motor fueraborda objeto de este contrato no está asentado en ninguna embarcación.

    NOVENA.- Por este acto se realiza el pago al vendedor de la cantidad estipulada, sirviendo este documento como carta de pago.


    Y para que así conste, firman el presente contrato de compraventa, por duplicado, en la fecha y lugar arriba indicados.



    Firma del vendedor:

    Firma del comprador:
    Editado por última vez por RMR2ENG; 08/04/2015, 09:58:11.

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  • otoio
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Pregunta.
    Si en este momento los FB no hay que "acoplarlos" al barco ni hacerlos constar en la hoja de asiento, un vendedor (al que presumimos poseedor) que venda un motor FB de segunda mano que nunca ha figurado en hoja de asiento, ¿Qué papeles puede aportar? ¿la factura?
    Si han pasado más de 2 años, y ha perdido o tirado la factura, ¿ya no es vendible, porque puede ser robado?
    En mi Opinión, en ese caso un contrato de compraventa, pasar por ITP (se supone que entre particulares) y basta.

    Pero lo mejor, lo que ya te han dicho:
    CONSULTA EN CAPITANIA.

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  • Atlantic55
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Unas rondas
    Ir con un FB sin papeles es lo mismo que ir con un coche sin papeles. Lo unico que en el mar es bastante mas dificil que te los pidan, por eso hay muchos que no le pasa nada. En el mar hay tanto piratilla que en la mayoria de las zonas miran de lejos el folio y con que tengas seguro ya ni te paran. Pero como tengas mala suerte....

    Originalmente publicado por METEORO Ver Mensaje
    No creo que puedan quitarte el motor tan facilmente. Si tu tienes un contrato de CV y actuaste de buena fe (y esto se presume) el motor es tuyo, aunque sea robado. Y no será la Guardia civil quien te lo quite sino un juez (de lo civil) quien mande hacerlo si su antiguo dueño se lo pide. Y no en todos los casos. En algunos, por ejemplo si quien te lo vendió fué una naútica a quien le colaron el motor robado, ni el propio juez te lo quitará.
    Si les sale que es robado yo pienso que se te quedan hasta con el barco.
    Tu piensa. Si te cogen con una moto robada, sin papeles y solo papel de compraventa de un tio que no es su dueño. Te van a dejar que te la quedes hasta el juicio?

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  • krathos3
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Se me olvidaba ... si lo compraste en una nautica ya no tendras papel de compraventa sino una factura de compra. Y ya no seria un motor sin documentacion.

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  • krathos3
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Originalmente publicado por METEORO Ver Mensaje
    No creo que puedan quitarte el motor tan facilmente. Si tu tienes un contrato de CV y actuaste de buena fe (y esto se presume) el motor es tuyo, aunque sea robado. Y no será la Guardia civil quien te lo quite sino un juez (de lo civil) quien mande hacerlo si su antiguo dueño se lo pide. Y no en todos los casos. En algunos, por ejemplo si quien te lo vendió fué una naútica a quien le colaron el motor robado, ni el propio juez te lo quitará.
    - Si es robado no es tuyo ... por mucho que hayas pagado por el y por mucho contrato de compraventa q tengas.
    - Si la GC mete el numero de serie en el ordenador y le sale q es robado es por q su legitimo dueño ha presentado una denuncia por robo.
    - Si sale q es robado se lo llevaran al deposito y una vez finalizados los tramites pertinentes su legitimo dueño podra recuperarlo. El juicio suele tardar meses y de ninguna manera te dejaran quedarte con el al igual que si se tratara de un vehiculo robado.
    Te enfrentaras a dos juicios. Uno por robo ... del que muy probablemente saldras airoso gracias al documento de compraventa y el segundo para que el individuo que te vendio algo q no le pertenecia te devuelva tu dinero.

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  • METEORO
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Originalmente publicado por krathos3 Ver Mensaje
    Yo por el bien de nuestro amigo Pelahigo vuelvo a insistir. Una cosa es que hagan la vista gorda ... pero sin factura de compra, hoja de desacople o papel de libre disposicion el contrato de compraventa no vale. Por algo los motores sin papeles son bastante mas baratos.
    Asi q en principio multon. Despues si por alguna razon resultase ser robado enseñandoles el papel de compraventa no se van a ir a por el otro directamente y te van a dejar tranquilo.
    Te quitaran el motor ... y conoceras todos los recodos de esta nuestra justicia ... solo q con un as en la manga. Hazme caso vete a capitania .. pregunta y navega tranquilo.
    No creo que puedan quitarte el motor tan facilmente. Si tu tienes un contrato de CV y actuaste de buena fe (y esto se presume) el motor es tuyo, aunque sea robado. Y no será la Guardia civil quien te lo quite sino un juez (de lo civil) quien mande hacerlo si su antiguo dueño se lo pide. Y no en todos los casos. En algunos, por ejemplo si quien te lo vendió fué una naútica a quien le colaron el motor robado, ni el propio juez te lo quitará.

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  • krathos3
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Yo por el bien de nuestro amigo Pelahigo vuelvo a insistir. Una cosa es que hagan la vista gorda ... pero sin factura de compra, hoja de desacople o papel de libre disposicion el contrato de compraventa no vale. Por algo los motores sin papeles son bastante mas baratos.
    Asi q en principio multon. Despues si por alguna razon resultase ser robado enseñandoles el papel de compraventa no se van a ir a por el otro directamente y te van a dejar tranquilo.
    Te quitaran el motor ... y conoceras todos los recodos de esta nuestra justicia ... solo q con un as en la manga. Hazme caso vete a capitania .. pregunta y navega tranquilo.

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  • RMR2ENG
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Originalmente publicado por josanvall Ver Mensaje
    Pues eso que te han dicho, contrato de compraventa donde ponga marca, modelo y n. de serie del motor, los datos del vendedor y una fotocopia del DNI, ten por seguro que los que se dedican a robar motores no te hacen un contrato de compraventa, si después en una investigación saliera que fue robado como mucho te quitarían el motor, pero la responsabilidad sería del que te lo vendió.
    Saludos.
    Soy de la misma opinion.

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  • josanvall
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Pues eso que te han dicho, contrato de compraventa donde ponga marca, modelo y n. de serie del motor, los datos del vendedor y una fotocopia del DNI, ten por seguro que los que se dedican a robar motores no te hacen un contrato de compraventa, si después en una investigación saliera que fue robado como mucho te quitarían el motor, pero la responsabilidad sería del que te lo vendió.
    Saludos.

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  • Jesustf
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Buenas cofrade.Lo ideal seria que tuvieras la factura ,pero si no la tienes es necesario que tengas contrato de compraventa,fotocopia dni,modelo de hacienda pagado,y lo ideal seria que tuvieras una copia de la hoja de asiento.El vendedor tiene que saber que es el responsable de la procedencia de ese motor.

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  • jomogar3
    respondió
    Motor sin documentación

    Contrato compraventa, factura y sellado capitanía.....

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  • Pelahigo
    respondió
    Re: Motor sin documentación

    Ahora bien. Suponiendo que el motor no es robado, que creo que no lo está. El actual propietario lo usaba sin mas, no lo tenía asentado a su embarcación. Hay alguna manera de comprobarlo, ya sea en un registro o algo para poder así comprarlo y legalizarlo a mi nombre y a mi embarcación?

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