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Lista 6 en bandera Holandesa

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  • Lista 6 en bandera Holandesa

    Pues la pregunta, que no sé si está por aquí contestada,(no lo he visto), es si matriculo un barco nuevo en bandera Holandesa o Belga ,¿ puedo utilizarlo como barco para alquilarlo?

  • #2
    Re: Lista 6 en bandera Holandesa

    Originalmente publicado por Kuketes Ver Mensaje
    Pues la pregunta, que no sé si está por aquí contestada,(no lo he visto), es si matriculo un barco nuevo en bandera Holandesa o Belga ,¿ puedo utilizarlo como barco para alquilarlo?
    no.
    .
    .

    sigpic Slava Ukrayini!.

    Comentario


    • #3
      Re: Lista 6 en bandera Holandesa

      Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje
      no.
      .
      podrías ser un poco más explícito, porfa.

      Me imagino que en holanda y belgica también hay empresas de chrter,

      Comentario


      • #4
        Re: Lista 6 en bandera Holandesa

        Sí que se puede, aquí en Baleares hay muchísimas motoras y veleros con banderas europeas haciendo charter, eso si tienen que cumplir los mismos requisitos que los de 6ª

        https://www.iberley.es/legislacion/d...ecreo-25146213

        Artículo 3

        Características de las embarcaciones y buques de recreo

        1. El alquiler de embarcaciones y buques de recreo queda reservado a las embarcaciones aptas de países de la Unión Europea y de países firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que se sujetarán a la normativa española en todo lo que hace referencia a la seguridad marítima y deberán tener todos los certificados necesarios, de acuerdo con la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo; el Real Decreto 804/2014, de 19 de septiembre, por el que se establecen el régimen jurídico y las normas de seguridad y prevención de la contaminación de los buques de recreo que transporten hasta doce pasajeros, y el Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques, así como con el resto de la normativa vigente.

        Comentario


        • #5
          Re: Lista 6 en bandera Holandesa

          En mi zona hay hasta un submarino de turistas con bandera belga...
          Socio ANAVRE 1963

          Disfruta del camino sin importar el destino.

          Comentario


          • #6
            Re: Lista 6 en bandera Holandesa

            Originalmente publicado por Kuketes Ver Mensaje
            podrías ser un poco más explícito, porfa.

            Me imagino que en holanda y belgica también hay empresas de chrter,
            Pues eso, que simplemente matriculando en Holanda no, hay que hacer mas cosas.
            .

            sigpic Slava Ukrayini!.

            Comentario


            • #7
              Re: Lista 6 en bandera Holandesa

              que tal cofrades tengo una pregunta por si algun cofrade me puede orientar,,,,esposible tener un barco en bandera belga y con una titulacion de patron de yate dedicarte a hacer charter de forma temporal y legalmente

              Comentario


              • #8
                Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                Originalmente publicado por santana 1060 Ver Mensaje
                que tal cofrades tengo una pregunta por si algun cofrade me puede orientar,,,,esposible tener un barco en bandera belga y con una titulacion de patron de yate dedicarte a hacer charter de forma temporal y legalmente
                no,necesitas un título profesional belga

                Comentario


                • #9
                  Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                  Yo te hablo de experiencia y conocimiento del tema.

                  Puerto base: José Banús (Malaga)
                  Barco: Motor 30 metros
                  Bandera: Gibraltar
                  Dueño a todos los efectos del barco directa o indirectamente: Una persona española
                  Patrón: Español, con titulación universitaria en España (País Vasco)
                  ALquileres legales en España y extranjero. SI

                  Fijate si hay variable.
                  Saludos y un G'vine + tónica 1724, pa tooos

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                    Y un barco con bandera holandesa y titulación profesional británica (RYA Yachtmaster) ?
                    .... De pronto un día sentirás que el viento pasa por dentro de tu cuerpo antes de que llegue a la vela y, cuando percibas esa sensación, ya no habrá nadie que pueda enseñarte nada. Entonces dependerá todo de tu inspiración...

                    Manuel Vicent
                    (Son de Mar)

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                      Originalmente publicado por whitecast Ver Mensaje
                      Sí que se puede, aquí en Baleares hay muchísimas motoras y veleros con banderas europeas haciendo charter, eso si tienen que cumplir los mismos requisitos que los de 6ª

                      https://www.iberley.es/legislacion/d...ecreo-25146213
                      ese articulo es de la legislacion de Baleares, sirve en baleares, en el resto de españa " no "

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                        Originalmente publicado por santana 1060 Ver Mensaje
                        que tal cofrades tengo una pregunta por si algun cofrade me puede orientar,,,,esposible tener un barco en bandera belga y con una titulacion de patron de yate dedicarte a hacer charter de forma temporal y legalmente
                        No el patrón de yate es un título deportivo para chárter
                        Hace falta un título profesional o un certificado como el pper

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                          Originalmente publicado por zola V Ver Mensaje
                          ese articulo es de la legislacion de Baleares, sirve en baleares, en el resto de españa " no "


                          Hola a tod@s:

                          En la Comudidad Valenciana -otro trocito de España ¿no?- también se admiten embarcaciones con matrícula extranjera para el arrendamiento, siempre que cumplan los mismos requisitos que para las autóctonas.

                          Léete el listado y encontrarás alguna matrícula extranjera



                          Saludos y

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                            Originalmente publicado por Azimut000 Ver Mensaje
                            Hola a tod@s:

                            En la Comudidad Valenciana -otro trocito de España ¿no?- también se admiten embarcaciones con matrícula extranjera para el arrendamiento, siempre que cumplan los mismos requisitos que para las autóctonas.

                            Léete el listado y encontrarás alguna matrícula extranjera



                            Saludos y
                            gracias pero no tengo que leer nada
                            en la comunidad valenciana tambien se admiten
                            pero se rigen por las leyes de la legislacion valenciana "no" por la legislacion balear
                            es eso lo que hay que entender no ?
                            mi opinion simplemente era esa, las ordenanzas de baleares sirven en baleares, no sirven en otra comunidad, aunque sean similares o analogas
                            espero lo entiendas, yo no he escrito que no se puedan alquilar, he escrito que ese articulo es aplicable en la comunidad que lo decreta, no tiene valor ninguno en otra comunidad, como al parecer se pretende demostrar,
                            Editado por última vez por zola V; 29/04/2018, 11:15:41.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                              Originalmente publicado por zola V Ver Mensaje
                              gracias pero no tengo que leer nada
                              en la comunidad valenciana tambien se admiten
                              pero se rigen por las leyes de la legislacion valenciana "no" por la legislacion balear
                              es eso lo que hay que entender no ?
                              mi opinion simplemente era esa, las ordenanzas de baleares sirven en baleares, no sirven en otra comunidad, aunque sean similares o analogas
                              espero lo entiendas, yo no he escrito que no se puedan alquilar, he escrito que ese articulo es aplicable en la comunidad que lo decreta, no tiene valor ninguno en otra comunidad, como al parecer se pretende demostrar,
                              Hola, de nuevo, a tod@s:

                              Vamos a ver si nos entendemos, porque no sé lo que pretendes, si aclararle la pregunta al cofrade Kuketes, que inició el hilo, o liarla más. Para opinar, primero hay que conocer la normativa y luego opinar.
                              En primer lugar, el transporte marítimo -y el arrendamiento de embarcaciones de recreo está enmarcado dentro de esa actividad- entre puertos de competencia de una Comunidad Autónoma está, prácticamente transferido al conjunto de las Comunidades Autónomas. Por tanto, cada Comunidad tendrá su propia legislación. De hecho, son ellas las que te concederán o no la autorización de ejercicio de la actividad. Y, por supuesto, siempre será partiendo de un puerto de esa Comunidad y regresando a un puerto de la misma -independientemente de que hayas realizado escalas en otros puertos de otras Comunidades durante la travesía-.

                              No obstante, existe una norma estatal del año 85 que regula el alquiler de embarcaciones de recreo, que es la Orden de 4 de diciembre de 1985 del Ministerio de Transportes Turismo y Comunicaciones. La cual permite la actividad con embarcaciones y empresas extranjeras.


                              Por otro lado, la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, determina que las normas de los estados miembros no pueden contener disposiciones que limiten el acceso a la prestación de los servicios de los operadores de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea.


                              Resumiendo y para no liar más al cofrade Kuketes, la respuesta a su pregunta es sí. Evidentemente se tendrá que dirigir al ente competente en materia de otorgamiento de autorizaciones de arrendamiento de embarcaciones de recreo de la Comunidad Autonómica del puerto donde pretenda tener la base esa embarcación.

                              Ahora opinamos.... y esta ronda corre de mi cuenta.

                              Saludos y

                              Comentario


                              • #16
                                Lista 6 en bandera Holandesa

                                Si la embarcacion es Belga tiene que tener la "lettre de pavillon commercial" cuyo tramite es diferente al que hacemos por aquí, además de estar sujeto a inspeccion por autoridad maritima Belga.
                                sigpic
                                En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                                  Originalmente publicado por moryak Ver Mensaje
                                  Si la embarcacion es Belga tiene que tener la "lettre de pavillon commercial" cuyo tramite es diferente al que hacemos por aquí, además de estar sujeto a inspeccion por autoridad maritima Belga.
                                  Además de lo dicho por el cofrade moryak, añado que los requisitos de la Lettre de Pavillon Commerciale belga son más exigentes que los de la Lista 6ª española.

                                  Saludos y
                                  Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                                  Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                                    Originalmente publicado por Azimut000 Ver Mensaje
                                    Hola, de nuevo, a tod@s:

                                    Vamos a ver si nos entendemos, porque no sé lo que pretendes, si aclararle la pregunta al cofrade Kuketes, que inició el hilo, o liarla más. Para opinar, primero hay que conocer la normativa y luego opinar.
                                    En primer lugar, el transporte marítimo -y el arrendamiento de embarcaciones de recreo está enmarcado dentro de esa actividad- entre puertos de competencia de una Comunidad Autónoma está, prácticamente transferido al conjunto de las Comunidades Autónomas. Por tanto, cada Comunidad tendrá su propia legislación. De hecho, son ellas las que te concederán o no la autorización de ejercicio de la actividad. Y, por supuesto, siempre será partiendo de un puerto de esa Comunidad y regresando a un puerto de la misma -independientemente de que hayas realizado escalas en otros puertos de otras Comunidades durante la travesía-.

                                    No obstante, existe una norma estatal del año 85 que regula el alquiler de embarcaciones de recreo, que es la Orden de 4 de diciembre de 1985 del Ministerio de Transportes Turismo y Comunicaciones. La cual permite la actividad con embarcaciones y empresas extranjeras.


                                    Por otro lado, la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, determina que las normas de los estados miembros no pueden contener disposiciones que limiten el acceso a la prestación de los servicios de los operadores de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea.


                                    Resumiendo y para no liar más al cofrade Kuketes, la respuesta a su pregunta es sí. Evidentemente se tendrá que dirigir al ente competente en materia de otorgamiento de autorizaciones de arrendamiento de embarcaciones de recreo de la Comunidad Autonómica del puerto donde pretenda tener la base esa embarcación.

                                    Ahora opinamos.... y esta ronda corre de mi cuenta.

                                    Saludos y

                                    buenas tardes
                                    gracias por tus aclaraciones, pero si conocemos las normas, y mi opinion si aclara al cofrade kuketes - en caso de que la leyera - que si puede, - cumpliendo las normas que rijan en su comunidad - pero que por ese articulo que se publica, - no dudo que con toda la buena intencion - no puede guiarse pues es un articulo decretado por la comunidad de baleares, y es valido unicamente en esa comunidad, no es aplicable a nivel nacional solo es cuestion de querer entenderlo
                                    la proxima ronda que la pague kuketes que es quien abre el hilo

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                                    • #19
                                      Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                                      Originalmente publicado por Apagapenol Ver Mensaje
                                      Además de lo dicho por el cofrade moryak, añado que los requisitos de la Lettre de Pavillon Commerciale belga son más exigentes que los de la Lista 6ª española.

                                      Saludos y
                                      avatar279_4.gif

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                                      • #20
                                        Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                                        Originalmente publicado por moryak Ver Mensaje
                                        Si la embarcacion es Belga tiene que tener la "lettre de pavillon commercial" cuyo tramite es diferente al que hacemos por aquí, además de estar sujeto a inspeccion por autoridad maritima Belga.
                                        buena aclaracion

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                                        • #21
                                          Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                                          Originalmente publicado por javierskipper Ver Mensaje
                                          no,necesitas un título profesional belga
                                          Buenas yo pensaba que los títulos profesionales o stcw tienen validez internacional

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                                          • #22
                                            Re: Lista 6 en bandera Holandesa

                                            Es que tienes dos opciones,un título holandés o un stwc hacer un examen de legislación holandesa

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