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abanderamiento extranjero

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  • abanderamiento extranjero

    Abro este post a propuesta de otro cofrade, para centralizar las iniciativas que hemos recogido en el otro, contra la injerencia de la legislación española en banderas extranjeras. Aquí podemos informar a todos los abanderados en el extranjero, a todos los extranjeros residentes en España, sobre las acciones que podemos ejercer.
    Estaría bien, que a través de los extranjeros residentes, si pertenecen a asociaciones náuticas, faciliten el contacto con Anavre y otras asociaciones del sector para un frente común en la UE.

  • #2
    Re: abanderamiento extranjero

    Originalmente publicado por caribdis Ver Mensaje
    Creo que en esto tienen muy claro que es lo que les puede beneficiar..en el global, no sé, pero en el local, a ser posible que nadie se escape a los productos homologados por la administración de turno, ¿no?


    La vía de la Comisión Nacional de la Competencia creo que es algo que se debería intentar.
    Caribdis estoy de acuerdo contigo, creo firmemente que hay una restricción del mercado en este sistema de la DGMM. Cuando aplicaron esta normativa no existía la directiva de la UE. Ahora el tema es muy distinto, pero nadie ha realizado una denúncia formal en la comisión nacional. Junto a otro cofrade que también está muy interesado vamos a presentar denúncias para que la comisión investigue el tema. Creo que sería bueno que tambien recibieran cuantas más denúncias mejor.

    Comentario


    • #3
      Re: abanderamiento extranjero

      ¿Crees que es mejor presentar denuncias individuales o hacer algo firmado por todos los interesados?
      Las criaturas de la luna huelen y rondan las cabañas.
      Vendrán las iguanas vivas a morder a los hombres que no sueñan.

      Comentario


      • #4
        Re: abanderamiento extranjero

        Mira, me tienen tan hasta los webs que pareceré un pulpo firmando lo que decidais, si son individuales pues esas, si es una colectiva, todas las que hagais, y si mi asociación ANAVRE me pide que firme eslogans todos los que haga falta.
        Pero esto no lo sacan.
        De todas formas creo que en el tema de la CNM, tenemos que esperar que la infracción se realice. Me explico, Como banderas extranjeras no estamos afectados, por tanto no hay, de momento nada que denunciar. En el momento en que tiraran adelante el intento de aplicarnos la normativa española en cuanto a material, es entonces cuando se produce la vulneración en la libertad de mercado, y es ahí cuando podremos proceder a la denúncia. De momento, un proyecto sólo son un conjunto de ideas, unas buenas, otras malas, que se ponen a exposición pública (esto en teoría claro, todos sabemos como va, pero haremos ver que nos creemos el cuento), supongo que cuando lean las acertadas proposiciones de modificación, y pasen el proyecto a los abogados del Estado antes de la publicación, lo cepillarán, y quitarán todas estas aberraciones jurídicas que duelen a la vista. Por tanto, la CNM tendrá que actuar si hay algún abanderado español que crea que en el mercado en el que le obligan a comprar el material y el tipo de material, le limita el mercado en contra de las directivas de la UE. Caso que no es el nuestro.
        Editado por última vez por kuovadix; 23/05/2018, 20:19:00.

        Comentario


        • #5
          Re: abanderamiento extranjero

          Originalmente publicado por kuovadix Ver Mensaje
          Mira, me tienen tan hasta los webs que pareceré un pulpo firmando lo que decidais, si son individuales pues esas, si es una colectiva, todas las que hagais, y si mi asociación ANAVRE me pide que firme eslogans todos los que haga falta.
          Pero esto no lo sacan.
          De todas formas creo que en el tema de la CNM, tenemos que esperar que la infracción se realice. Me explico, Como banderas extranjeras no estamos afectados, por tanto no hay, de momento nada que denunciar. En el momento en que tiraran adelante el intento de aplicarnos la normativa española en cuanto a material, es entonces cuando se produce la vulneración en la libertad de mercado, y es ahí cuando podremos proceder a la denúncia. De momento, un proyecto sólo son un conjunto de ideas, unas buenas, otras malas, que se ponen a exposición pública (esto en teoría claro, todos sabemos como va, pero haremos ver que nos creemos el cuento), supongo que cuando lean las acertadas proposiciones de modificación, y pasen el proyecto a los abogados del Estado antes de la publicación, lo cepillarán, y quitarán todas estas aberraciones jurídicas que duelen a la vista. Por tanto, la CNM tendrá que actuar si hay algún abanderado español que crea que en el mercado en el que le obligan a comprar el material y el tipo de material, le limita el mercado en contra de las directivas de la UE. Caso que no es el nuestro.



          Comentario


          • #6
            Re: abanderamiento extranjero

            Sería bueno que Gert "El Belga" apareciese por aqui y nos cuente si conoce algo de como se está desarrollando el tema de la OM en su pais.


            Comentario


            • #7
              Re: abanderamiento extranjero

              Y que las gestorias que proporcionan esa banderas, también avisasen a esos paises avisando lo que les va a pasar a los extrangeros residentes españoles

              Comentario


              • #8
                Re: abanderamiento extranjero

                Originalmente publicado por gregalet Ver Mensaje
                Sería bueno que Gert "El Belga" apareciese por aqui y nos cuente si conoce algo de como se está desarrollando el tema de la OM en su pais.


                Totalmente de acuerdo contigo, lo k me extraña es k no lo haya hecho ya , con la k se esta preparando, por cierto las tesis de Kuovadix me parecen también acertadisimas

                Comentario


                • #9
                  Re: abanderamiento extranjero

                  ¿Y que hay del decreto de exigencia de titulación para los residentes patroneando embarcaciones de bandera comunitaria?

                  Si bien es cierto que no nos ha afectado pues prácticamente todos tenemos una titulación anterior a todo este lío, no lo es menos que en principio invade también competencias exclusivas de los estados de abanderamiento y se hizo con el mismo fin que pretenden ahora.

                  Creo que ese tema no debe quedar olvidado y soy partidario de dar guerra también con este asunto.
                  * Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo.
                  * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante.
                  * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: abanderamiento extranjero

                    Otro que se apunta a firmar todo lo que haya que firmar
                    Manel - EA3CBQ

                    Socio fundador Anavre n° 15

                    de Baja por en crisis económica ??

                    Comentario


                    • #11
                      Re: abanderamiento extranjero

                      Yo también me apunto a firmar las exigencias
                      Para navegar con éxito por el mundo que nos rodea, debemos mirar en nuestro interior.

                      Cuando cambies tu forma de ver las cosas, las cosas que ves cambian.

                      ANAVRE: Socio 1928

                      Comentario


                      • #12
                        Re: abanderamiento extranjero

                        +1
                        en cuanto a gert,creo que esta informandose bien de los pasos a seguir antes de mover ficha

                        Comentario


                        • #13
                          Re: abanderamiento extranjero

                          Ya somos 6 o 7
                          Las criaturas de la luna huelen y rondan las cabañas.
                          Vendrán las iguanas vivas a morder a los hombres que no sueñan.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: abanderamiento extranjero

                            Yo también firmo lo que me digáis.
                            El Mediterráneo se nos acaba al mismo tiempo que la vida, nunca antes. (Werke)

                            Comentario


                            • #15
                              Re: abanderamiento extranjero

                              Mi propuesta es estar a la espera de lo que ANAVRE haga. Si no confiamos en nuestras asociaciones, poco tenemos que hacer. El mensaje es claro, y si me equivoco puntualizar aquello que considereis no recoge bien los puntos que penseis son importantes.

                              1.- España no puede de ningún modo, ningunear el respeto a la normativa internacional. Bajo ningún concepto hay que permitir que se inmiscuya en barcos abanderados en diferentes paises de la UE. INNEGOCIABLE, RETIRADA INMEDIATA. (Las exigencias de titulación son sobre la persona, nacional, no sobre el barco y mucho menos sobre residentes).

                              2.- Cualquier negociación tiene que poner sobre la mesa un punto de llegada, por fases. La náutica se divide en tres áreas diferenciadas:
                              a) Recreo: aguas interiores, mar.
                              b) Charter y profesional.
                              c) Mercante.
                              3.- La náutica de recreo en mar, no ha de tener ninguna injerencia del Estado, más que la de registrar los buques, y la aplicación del RIPA. En cuanto a requisitos de seguridad obligatorios: extintores, timón de respeto, balde de achique, y chalecos salvavidas. El resto es el patrón quien decide que poner en función de su tipo de navegación.
                              4.- Náutica de recreo en aguas interiores: Aquellas normativas que se considere en cuanto a la tipología de los rios, o pantanos en los que se desarrolle la actividad. Considerando que es una tipología muy peculiar de cada tipo de rio, o pantano, hay que estar al estudio que pueda desarrollar Fomento.

                              5.- La náutica de charter y profesional: Tiene responsabilidad sobre terceros que han subscrito unos contratos, bien de transporte, bien de trabajo, se rige por las normativas que la DGMM considere y negocie con el sector.

                              6.- La náutica mercante: Tiene responsabilidad sobre terceros que han subscrito contratos, bien de transporte, bien de trabajo, se rige por las normativas que la DGMM considere y negocie con el sector.

                              SEÑORES APLIQUEN LA LÓGICA Y DEJEMOS YA DE SER EL PAIS DE TORPES DE EUROPA.

                              Comentario


                              • #16
                                Re: abanderamiento extranjero

                                Por lo interesante que me parece, os copio el post de TEMIDO. Yo si que lo haré.

                                "Esta opinión, la he capturado del Facebook de La Taberna, emitida por Mónica Xufre:

                                Referente a la próxima ORDEN relativa a que los ESPAÑOLES que enarbolen banderas de otros países , deban cumplir la legislación española en materia de lo que les sale a ellos de ahí, personalmente he escrito a la entidad SOLVIT con sede en Bruselas, que es una red europea existente desde 2002 que tiene como objetivo resolver problemas entre ciudadanos / empresas y administraciones de una manera directa y pragmática en el caso de aplicaciones incorrectas o imprecisas de la legislación de la UE .Os invito a que hagáis lo mismo.

                                SOLVIT.
                                M. Dumont
                                DG E – Europese zaken en coördinatie/ Coordination et affaires européennes
                                E3 COMPET – TTE – SOLVIT – EU Pilot – omzetting van Europese richtlijnen/ transposition

                                solvit@diplobel.fed.be
                                Tel. +32 2 501 47 65

                                FOD Buitenlandse Zaken, Buitenlandse Handel en Ontwikkelingssamenwerking
                                SPF Affaires Etrangères, Commerce Extérieur et Coopération au développement
                                Karmelietenstraat/ Rue des Petits Carmes 15
                                1000 Brussel/ Bruxelles"

                                Comentario


                                • #17
                                  abanderamiento extranjero

                                  Nosotros estamos atentos y dispuestos a firmar y más.
                                  Muchas Gracias a todos los implicados, están haciendo una gran tarea.

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: abanderamiento extranjero

                                    Originalmente publicado por kuovadix Ver Mensaje
                                    Mi propuesta es estar a la espera de lo que ANAVRE haga. Si no confiamos en nuestras asociaciones, poco tenemos que hacer. El mensaje es claro, y si me equivoco puntualizar aquello que considereis no recoge bien los puntos que penseis son importantes.

                                    1.- España no puede de ningún modo, ningunear el respeto a la normativa internacional. Bajo ningún concepto hay que permitir que se inmiscuya en barcos abanderados en diferentes paises de la UE. INNEGOCIABLE, RETIRADA INMEDIATA. (Las exigencias de titulación son sobre la persona, nacional, no sobre el barco y mucho menos sobre residentes).

                                    2.- Cualquier negociación tiene que poner sobre la mesa un punto de llegada, por fases. La náutica se divide en tres áreas diferenciadas:
                                    a) Recreo: aguas interiores, mar.
                                    b) Charter y profesional.
                                    c) Mercante.
                                    3.- La náutica de recreo en mar, no ha de tener ninguna injerencia del Estado, más que la de registrar los buques, y la aplicación del RIPA. En cuanto a requisitos de seguridad obligatorios: extintores, timón de respeto, balde de achique, y chalecos salvavidas. El resto es el patrón quien decide que poner en función de su tipo de navegación.
                                    4.- Náutica de recreo en aguas interiores: Aquellas normativas que se considere en cuanto a la tipología de los rios, o pantanos en los que se desarrolle la actividad. Considerando que es una tipología muy peculiar de cada tipo de rio, o pantano, hay que estar al estudio que pueda desarrollar Fomento.

                                    5.- La náutica de charter y profesional: Tiene responsabilidad sobre terceros que han subscrito unos contratos, bien de transporte, bien de trabajo, se rige por las normativas que la DGMM considere y negocie con el sector.

                                    6.- La náutica mercante: Tiene responsabilidad sobre terceros que han subscrito contratos, bien de transporte, bien de trabajo, se rige por las normativas que la DGMM considere y negocie con el sector.

                                    SEÑORES APLIQUEN LA LÓGICA Y DEJEMOS YA DE SER EL PAIS DE TORPES DE EUROPA.
                                    No le sobra ni un punto ni una coma. ¡Gracias, cofrade kuovadix!

                                    Saludos y
                                    Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                                    Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

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                                    • #19
                                      Re: abanderamiento extranjero

                                      Hoy he recibido la renovación de bandera Belga. Y mirando exhaustivamente el papel, sinceramente, es que no hay por donde coger la normativa esa que pretenden sacar. Bélgica reconoce la exclusividad en sus barcos, y ningún país, independientemente del patrón puede vulnerar la exclusividad de otro país en la soberanía sobre los bienes en los que ejerce competencia.

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                                      • #20
                                        Re: abanderamiento extranjero

                                        Originalmente publicado por kuovadix Ver Mensaje
                                        Hoy he recibido la renovación de bandera Belga. Y mirando exhaustivamente el papel, sinceramente, es que no hay por donde coger la normativa esa que pretenden sacar. Bélgica reconoce la exclusividad en sus barcos, y ningún país, independientemente del patrón puede vulnerar la exclusividad de otro país en la soberanía sobre los bienes en los que ejerce competencia.

                                        ¿Sigue vigente el modo de renovar la lettre?, me toca a final de año :

                                        Entrar en la web http://es.mobilit.fgov.be/maritiem-vlaggenbrief/
                                        registrarse, con el e-mail como nombre y la contraseña tiene que tener por este orden 2 mayusculas, dos minusculas, dos numeros y dos signos.
                                        Te lleva a otra pagina donde poner tu numero de lettre du pavillon y un numero que esta tambien en la lettre du pavillon, pagas con visa telematicamente y ya esta.
                                        * Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo.
                                        * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante.
                                        * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros.

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                                        • #21
                                          Re: abanderamiento extranjero

                                          Os pido apoyo por aquí con vuestra firma porfa

                                          https://www.change.org/p/dirección-gene...-del-9-mayo-18

                                          Para navegar con éxito por el mundo que nos rodea, debemos mirar en nuestro interior.

                                          Cuando cambies tu forma de ver las cosas, las cosas que ves cambian.

                                          ANAVRE: Socio 1928

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                                          • #22
                                            Re: abanderamiento extranjero

                                            Firmado cofrade
                                            Lo he wasapeado a todos mis contactos nauticos.
                                            Editado por última vez por gregalet; 30/05/2018, 01:13:02.

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                                            • #23
                                              Re: abanderamiento extranjero

                                              Este correo es de gert.
                                              El día 9 de mayo, el Ministerio de Fomento publicó un Proyecto de Orden por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo. El texto completo de esta orden se puede encontrar aquí:



                                              Básicamente, este texto dice que quiere modernizar los equipos de seguridad que se tienen que llevar a bordo e imponer ese régimen a todas las embarcaciones de recreo navegando por aguas españolas, que sean propiedad de españoles o residentes en España, abanderados en España o en otros países.

                                              Si se analiza el texto, no se trata de una modernización. O sea que el texto contradice el objeto del mismo texto.

                                              Pero sí se trata de hacer aplicable ese régimen de equipo de seguridad español a embarcaciones de recreo abanderados en otros países. Con esto hay varios problemas legales:
                                              El articulo 10, 2. del Código Civil dice textualmente: “Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro.” Una Orden Ministerial no puede derogar al Código Civil.
                                              El art. 97 de la Ley 14/2014 de 24 de julio, a la cual hace referencia explícitamente el Proyecto de Orden hace referencia muy claramente a “los buques y embarcaciones nacionales”. Obviamente, una embarcación abanderada en otro país no esuna embarcación nacional.
                                              El Proyecto también hace referencia al Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Real Decreto 2/2011, de 5 de septiembre) en el articulo 9.1 del cual se indica que la flota civil españolaincluye los buques de recreo y deportivos nacionales. ¿Desde cuando una embarcación abanderado en otro estado es una embarcación nacional española?

                                              Si el Ministerio publica esta Orden Ministerial, quita uno de los atractivos más importantes de la bandera belga para los armadores españoles. Entonces se puede esperar que la Guardia Civil irá a por ellos, con un fin de molestar y de recaudar. Si ponen una multa, creo que hay razones de sobra de legalidad de la Orden Ministerial para recurrirla, pero, evidentemente es desagradable.

                                              Por suerte, aún no se ha publicado y es está montando una protesta muy fuerte, organizada por Anavre y otras asociaciones afines. En primer lugar, y hasta el día 31 de mayo, se puede enviar alegaciones al Ministerio de Fomento. La dirección de email es esta: normativamaritima@fomento.es.

                                              En mi web (en la pagina http://www.banderabelga.info/documentos/), se puede descargar un modelo de carta de alegaciones. Está escrita en formato Word, para que la puedes personalizar un poco.

                                              Asimismo, puede ser buena idea enviar otra carta a la embajada belga (Madrid@diplobel.fed.be), para que el gobierno belga tome cartas en el asunto y presione al gobierno español para parar esa Orden Ministerial. Un modelo de carta se puede descargar en el mismo sitio (http://www.banderabelga.info/documentos/).

                                              Finalmente, la Asociación de Navegantes de Recreo (ANAVRE), está trabajando duro para parar esta orden, no sólo para los navegantes con bandera extranjera, sino para todos los navegantes. Están negociando con el Ministerio de Fomento, y están a la escucha de los navegantes en está dirección de correo electrónico: propuestas.proyecto.om@anavre.org.

                                              Siento que no he podido enviar ese email una semana antes, pero he tenido problemas informáticos para colgar las cartas en mi web, que sólo hoy se han resuelto. Por lo menos, tienes todavía un par de días para enviar las cartas de protesta.

                                              Un saludo,
                                              Gert Van den Bergh

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                                              • #24
                                                Re: abanderamiento extranjero

                                                pues a mandar correos a la embajada y ministerio correspondiente,no vale solo escribir aqui,a rañala

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                                                • #25
                                                  Re: abanderamiento extranjero

                                                  Por supuesto que he firmado y te felicito por la iniciativa. Ahora se me ha ocurrido que si el Estado español legisla una modificación sobre las medidas de seguridad que tienen que llevar los barcos de bandera de otros paises, está menoscabando la seguridad de estos barcos, ya que modifica la legislación nacional de cada bandera sin consentimiento de los paises respectivos. Si esto se permite, podría salir una pais X que decida que en sus aguas los barcos no tienen que llevar material pirotecnico, y por tanto tendrías que tirarlo todo por la borda, o que no se permiten balizas localizadoras. Cuanto más la miro, más ridícula me parece esta legislación, ahora entiendo lo de sacarse master y títulos de derecho en CCC.

                                                  Si, cofrade la normativa sigue igual y el procedimiento es aún más ágil, lo que ha variado es el precio que lo han subido un pelín 130€ para 5 años. El color de la carta que te envían ahora no es azul, es naranja. Lo demás és todo igual.

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