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  • Pabellón Portugal

    Hola .
    Despues de dar unas cuantas vueltas por el foro en busca de diferentes opciones de abanderamiento en otros paises, no he encontrado nada relativo a abanderar en Portugal ( requisitos para un residente español, comparación con otros paises, ITB ó similares o lo que pueda ser equivalente, temas de seguridad, etc. )
    Si alguien de esta taberna, tiene información al respecto seria interesante compartirla pues, podia ser una alternativa a tener en cuenta. Gracias y una ronda virtual de lo que cada uno quiera por mi cuenta.

  • #2
    Re: Pabellón Portugal

    Buenas tardes, cofrade:

    Aquí tienes información sobre la náutica de recreo en Portugal:



    Saludos y
    Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

    Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

    Comentario


    • #3
      Re: Pabellón Portugal

      No sigo mucho el tema de los abanderamientos fuera, pero lo que te puedo decir es que muchos armadores portugueses que suben a las Rias Baixas llevan bandera belga, supongo que sea por que les compensa.

      Comentario


      • #4
        Re: Pabellón Portugal


        Me acabo de informar del abanderamiento en Italia, porque un amigo íntimo de juventud está allí afincado y podríamos compartir la propiedad llegado el caso.
        Negativo.


        La bandera italiana es PEOR que la española.
        Hablamos claro, de proteccionísmo inútil y exagerado lleno de trámites, papeleos, homologaciones y absurdos basados en una falsa seguridad.


        ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

        Comentario


        • #5
          Re: Pabellón Portugal

          Portugal:

          Convalida las titulaciones de la UE
          Permite abanderamiento a residentes fuera de Portugal
          ITB:
          - Una inicial
          - Para barcos de menos de 20 años, cada 10 años
          - Para barcos de más de 20 años, cada 5 años.
          - Los de madera inspección intermedia.

          Impuesto de Matriculación.

          Visto lo anterior: desechado, estaríamos igual o peor que en España.

          DSC : 261005503
          https://www.g24.gal/-/baiona

          Comentario


          • #6
            Re: Pabellón Portugal

            Según mi experiencia personal, NO lo permite.
            Lo sé de primera mano, ya que compré un barco en Portugal, que como no tenía mercado CE, intenté por todos los medios mantener la bandera Portuguesa, pero no fue posible, ya que ineludiblemente el dueño debe tener domicilio fiscal en Portugal. Y no hay mas vueltas. Estuve en varias ocasiones en la marinería de Cascais intentando buscarle la vuelta, pero nonay. Sin residencia en Portugal no hay abanderamiento.
            Otra cosa es tenerlo a medias con alguien de allí.


            ...EL PIBE DE LOS ASTILLEROS
            NUNCA SE RENDÍA...

            Comentario


            • #7
              Re: Pabellón Portugal

              Originalmente publicado por Juanitu Ver Mensaje

              Me acabo de informar del abanderamiento en Italia, porque un amigo íntimo de juventud está allí afincado y podríamos compartir la propiedad llegado el caso.
              Negativo.


              La bandera italiana es PEOR que la española.
              Hablamos claro, de proteccionísmo inútil y exagerado lleno de trámites, papeleos, homologaciones y absurdos basados en una falsa seguridad.



              Pues yo pensaba que eramos de lo mejorcito de Europa!!!!!
              S/V RUTHMIGUEL

              Navegando por Alboran Instagram : @ibizamiguel

              Socio Anavre 2022

              Comentario


              • #8
                Re: Pabellón Portugal

                Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje
                Según mi experiencia personal, NO lo permite.
                Lo sé de primera mano, ya que compré un barco en Portugal, que como no tenía mercado CE, intenté por todos los medios mantener la bandera Portuguesa, pero no fue posible, ya que ineludiblemente el dueño debe tener domicilio fiscal en Portugal. Y no hay mas vueltas. Estuve en varias ocasiones en la marinería de Cascais intentando buscarle la vuelta, pero nonay. Sin residencia en Portugal no hay abanderamiento.
                Otra cosa es tenerlo a medias con alguien de allí.


                Nueva Legislación a partir de 1 de Enero de 2019. Ver Artículo 17.




                DSC : 261005503
                https://www.g24.gal/-/baiona

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                • #9
                  Re: Pabellón Portugal

                  Originalmente publicado por CACATUA Ver Mensaje
                  Mira!! ya podrían haberme dicho algo en Capitanía de Cascais que iban a cambiar las leyes... El año pasado año he ido 2 veces para intentar mantener el barco con bandera Portuguesa y no me dijeron nada. De todos modos son CASI peor que los Españoles respecto a normativa y titulaciones

                  ...EL PIBE DE LOS ASTILLEROS
                  NUNCA SE RENDÍA...

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                  • #10
                    Respuesta: Re: Pabellón Portugal

                    Originalmente publicado por miguel ibiza alm Ver Mensaje
                    Pues yo pensaba que eramos de lo mejorcito de Europa!!!!!
                    Y lo somos..., en dura pugna con Italia y Portugal.
                    * Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo.
                    * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante.
                    * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros.

                    Comentario


                    • #11
                      Respuesta: Pabellón Portugal

                      Parece que no cambia mucho, piden acreditar domicilio en Portugal, si no eres residente.

                      1 — O pedido de registo das ER é acompanhado dos
                      seguintes elementos:
                      a) Identificação do proprietário:
                      i) No caso de pessoa singular, nome completo, número
                      do documento de identificação, número de identificação
                      fiscal e, tratando -se de residente fora de território nacional,
                      comprovativo de morada

                      1 - La solicitud de registro de las ER irá acompañada de los
                      siguientes elementos:
                      a) Identificación del propietario:
                      i) en el caso de una persona física, nombre completo, número
                      del documento de identificación, número de identificación
                      fiscal y, cuando se trate de residente fuera de territorio nacional,
                      prueba de domicilio

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Pabellón Portugal

                        A ver, entonces es como yo comentaba mas arriba? que sin domicilio fiscal no hay bandera?
                        ...EL PIBE DE LOS ASTILLEROS
                        NUNCA SE RENDÍA...

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Pabellón Portugal

                          Buenas tardes:
                          En Portugal no hay impuesto de matriculación, tendrías que pagarlo en caso de navegar en aguas españolas.
                          Respecto a la ITB es cada 5 años. No tienes ningún problema con la titulación y no es necesario tener domicilio fiscal allí.
                          Creo que es una buena opción.
                          Yo la tengo porque navego en Cascais y algarve y no tengo ningún problema. Los portugueses que llevan bandera belga lo suelen hacer para evitar inspecciones de material de seguridad, pienso que equivocadamente.
                          En cuanto a impuestos sólo se paga anualmente el IUC que es equivalente al impuesto de circulación y proporcional a la potencia, no es mucho, unos 3 € por cv al año.

                          Comentario


                          • #14
                            Respuesta: Re: Pabellón Portugal

                            Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje
                            A ver, entonces es como yo comentaba mas arriba? que sin domicilio fiscal no hay bandera?
                            Yo creo que en tu caso la solución es Bélgica (Mientras se pueda) y tienes 5 años para resolver.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Pabellón Portugal

                              Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje
                              A ver, entonces es como yo comentaba mas arriba? que sin domicilio fiscal no hay bandera?
                              Pues abanderamiento aparte, hay muchos españoles que están estableciendo su domicilio fiscal en Portugal, por los beneficios fiscales ... estúdialo.

                              "Soy ciudadano de la nación más bella de la Tierra, una nación cuyas leyes son duras pero simples, una nación que nunca engaña, que es inmensa y sin fronteras, donde la vida se vive en el presente. En esta nación ilimitada, esta nación de viento, luz y paz, no hay otro gobernante además del mar"
                              Bernard Moitessier

                              Instagram : sv_tao

                              Comentario


                              • #16
                                Re: Respuesta: Re: Pabellón Portugal

                                Originalmente publicado por LP706 Ver Mensaje
                                Yo creo que en tu caso la solución es Bélgica (Mientras se pueda) y tienes 5 años para resolver.
                                Me ha llegado hace una semana! soy Belga por 5 años !!
                                ...EL PIBE DE LOS ASTILLEROS
                                NUNCA SE RENDÍA...

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: Pabellón Portugal

                                  Originalmente publicado por Lupas Ver Mensaje
                                  Pues abanderamiento aparte, hay muchos españoles que están estableciendo su domicilio fiscal en Portugal, por los beneficios fiscales ... estúdialo.

                                  Eso te OBLIGA a residir 6 meses al año en Portugal. Como residas 6 meses y UN día en España, estás obligado a tener tu domicilio fiscal aquí.
                                  Quizás para alguno sirva.
                                  Por fortuna me acaba de llegar la bandera Belga

                                  ...EL PIBE DE LOS ASTILLEROS
                                  NUNCA SE RENDÍA...

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Respuesta: Re: Pabellón Portugal

                                    Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje
                                    A ver, entonces es como yo comentaba mas arriba? que sin domicilio fiscal no hay bandera?
                                    Entiendo que teniendo un domicilio es bastante, ya que se refiere a personas que no tienen residencia en Portugal y normalmente residencia habitual y fiscal coinciden.

                                    De todas formas, en tu caso, yo abanderaría en Bélgica, al menos tendrías 5 años para solucionar la homologación.

                                    Comentario


                                    • #19
                                      Re: Pabellón Portugal

                                      Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje
                                      Eso te OBLIGA a residir 6 meses al año en Portugal. Como residas 6 meses y UN día en España, estás obligado a tener tu domicilio fiscal aquí.
                                      Quizás para alguno sirva.
                                      Por fortuna me acaba de llegar la bandera Belga

                                      Si ya tienes la bandera belga, problema resuelto.

                                      Pero si es posible el obtener la residencia fiscal sin residir 6 meses si tienes una dirección postal en ese país (domicilio). Si no tienes un domicilio no se si puedes domiciliarte en el propio barco en un puerto portugués, pero si hay que tener en cuenta que ademas es ventajoso a nivel fiscal.
                                      "Soy ciudadano de la nación más bella de la Tierra, una nación cuyas leyes son duras pero simples, una nación que nunca engaña, que es inmensa y sin fronteras, donde la vida se vive en el presente. En esta nación ilimitada, esta nación de viento, luz y paz, no hay otro gobernante además del mar"
                                      Bernard Moitessier

                                      Instagram : sv_tao

                                      Comentario


                                      • #20
                                        Respuesta: Pabellón Portugal

                                        Lo del domicilio fiscal no es tan claro, uno puede tener que pagar impuestos en dos paises y por lo tanto considerarse que tiene domicilio fiscal en dos sitios.
                                        Depende de la legislación "Nacional" de cada país.
                                        Lo importante desde el punto de vista económico-fiscal es evitar la doble imposición.

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                                        • #21
                                          Respuesta: Re: Pabellón Portugal

                                          Originalmente publicado por Don Armano Ver Mensaje
                                          Eso te OBLIGA a residir 6 meses al año en Portugal. Como residas 6 meses y UN día en España, estás obligado a tener tu domicilio fiscal aquí.
                                          Quizás para alguno sirva.
                                          Por fortuna me acaba de llegar la bandera Belga

                                          Me alegro, problema resuelto de momento.
                                          A ver si se aclara algo el tema de las homologaciones anteriores al marcado CE.

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