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decreto sobre material de seguridad

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  • Re: decreto sobre material de seguridad

    Originalmente publicado por Mariate Ver Mensaje
    Está muy bien ese secretismo, pero como la estrategia la hagáis con la misma fiabilidad con que habéis hecho la lista de material de seguridad para zona 4, arriba publicada, salvados estamos.
    Este es el resumen de equipos por zonas. Ya se ha corregido algún error. Si detectais algún otro os ruego lo comuniqueis.

    sigpic

    Comentario


    • Re: decreto sobre material de seguridad

      Originalmente publicado por RICARDOT Ver Mensaje
      Este es el resumen de equipos por zonas. Ya se ha corregido algún error. Si detectais algún otro os ruego lo comuniqueis.

      https://anavre.org/2021/05/23/equipo...-r-d-339-2021/
      Echo en falta los prismáticos para zona 4.
      Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/

      Comentario


      • Re: decreto sobre material de seguridad

        Hola
        yo detecto varios errores:
        -En zona de navegación 5 ahora no exigen botiquin nº 4.
        -Para todas las zonas de navegación los extintiores son con potencia de motor inferior a 25 kw uno tipo 34B excepto para motores fueraborda. Para eslora inferior a 10 m. con cabina uno tipo 34B pero sin cabina no se exige extintor.

        Saludos

        Comentario


        • decreto sobre material de seguridad

          Originalmente publicado por CarlosMS1959 Ver Mensaje
          Hola, pregunto: lo del cartel recordando airear el compartimiento del motor es para todos barcos? Veleros pequeños con motores pequeños también?
          Gracias

          Sólo para motores que usen combustibles grado 1.
          sigpic
          En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico

          Comentario


          • Re: decreto sobre material de seguridad

            Originalmente publicado por moryak Ver Mensaje
            Sólo para motores que usen combustibles grado 1.
            Muchas gracias.

            Comentario


            • decreto sobre material de seguridad

              Originalmente publicado por eborges_tfe Ver Mensaje
              Puedes poner el enlace?

              Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk



              Y aquí las empresas:

              sigpic
              En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico

              Comentario


              • Re: decreto sobre material de seguridad

                Originalmente publicado por moryak Ver Mensaje
                Sólo para motores que usen combustibles grado 1.
                ¿Y cuales son esos?, no lo encuentro por ninguna parte...
                * Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo.
                * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante.
                * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros.

                Comentario


                • Re: decreto sobre material de seguridad

                  Lo de llevar un juego de banderas y banderas de señales para la zona dos , lleva consigo un " curzo" de como usarlas para comunicarse y la obligacion de comprar un asta para flamearlas?

                  Roncito para todos

                  Comentario


                  • Re: decreto sobre material de seguridad

                    Dicen que es "para garantizar la seguridad de la vida humana en la mar"


                    ¿Cuántos muertos hay al año en la náutica de recreo? ¿Cuál es el objetivo de reducción con la aplicación de este RD?


                    A por el dineritooo!!!!!!!!

                    Comentario


                    • Re: decreto sobre material de seguridad

                      Originalmente publicado por Boston Ver Mensaje
                      ¿Y cuales son esos?, no lo encuentro por ninguna parte...
                      Se refiere al límite de inflamabilidad F. Las gasolinas que a temperatura ambiente pueden emitir vapores. El gasoil es grupo 2 F mayor de 55

                      Comentario


                      • Re: decreto sobre material de seguridad

                        Originalmente publicado por rasra Ver Mensaje
                        Lo de llevar un juego de banderas y banderas de señales para la zona dos , lleva consigo un " curzo" de como usarlas para comunicarse y la obligacion de comprar un asta para flamearlas?

                        Roncito para todos
                        Ya te digo, a ver quien de aquí de pone a comunicar con banderas de señales... como no sean 28 banderas con el abecedario completo y te pongas a montar palabras...

                        Comentario


                        • Re: decreto sobre material de seguridad

                          Originalmente publicado por Boston Ver Mensaje
                          ¿Y cuales son esos?, no lo encuentro por ninguna parte...
                          No me extraña que no lo encuentres Lo mismo podrías haberse buscado combustibles "grado unicornio" o "grado supersayan"



                          Artículo 19. (yo me lo guiso yo me lo como, así me brota)
                          Editado por última vez por moryak; 23/05/2021, 16:47:34.
                          sigpic
                          En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico

                          Comentario


                          • Re: decreto sobre material de seguridad

                            Originalmente publicado por CarlosMS1959 Ver Mensaje
                            Se refiere al límite de inflamabilidad F. Las gasolinas que a temperatura ambiente pueden emitir vapores. El gasoil es grupo 2 F mayor de 55
                            Entonces los usuarios de motores diesel no tienen que llevar la puta pegatina, entiendo...

                            Me acabo de ahorrar 400 lereles que van al fondo de resistencia.
                            * Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo.
                            * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante.
                            * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros.

                            Comentario


                            • Re: decreto sobre material de seguridad

                              Entra en vigor el día 1 de julio. No tenemos mucho tiempo (1 mes) para ir a comprar la vaselina.

                              Comentario


                              • Re: decreto sobre material de seguridad


                                Os pongo este enlace donde viene la interpretación de ANAVRE sobre este decreto. No la he visto en este hilo, si ya está puesta y lo repito, perdón por adelantado. A mí me parece que ponerse a estudiar AHORA si jurídicamente es legal que la GC pueda multar a los barcos de recreo con bandera extranjera cuando era sabida la intención de hacerlo hace años, es ir por detrás de los acontecimientos. Los comentarios en esta noticia que enlazo tienen también su interés.

                                Comentario


                                • Re: decreto sobre material de seguridad

                                  Originalmente publicado por rasra Ver Mensaje
                                  Lo de llevar un juego de banderas y banderas de señales para la zona dos , lleva consigo un " curzo" de como usarlas para comunicarse y la obligacion de comprar un asta para flamearlas?

                                  Roncito para todos
                                  las banderas de señales no se izan en asta sino en las drizas de señales o en su defecto en el obenque.



                                  Courage mieux que l'argent
                                  IG @asailorsoul

                                  Comentario


                                  • Respuesta: decreto sobre material de seguridad

                                    Amos a ver, aparte de lo de lo de "Banderas de señales" Veo que en los extintores están exigiendo 34B cuando antes y es el que llevo, renovado el timbre hace muy poco era 21B.
                                    que eso de "Tabla de señales" ?
                                    Editado por última vez por Bernardo II; 23/05/2021, 18:53:50.

                                    Comentario


                                    • Re: decreto sobre material de seguridad

                                      Originalmente publicado por Jose Manuel 41 Ver Mensaje
                                      Hola
                                      yo detecto varios errores:
                                      -En zona de navegación 5 ahora no exigen botiquin nº 4.
                                      -Para todas las zonas de navegación los extintiores son con potencia de motor inferior a 25 kw uno tipo 34B excepto para motores fueraborda. Para eslora inferior a 10 m. con cabina uno tipo 34B pero sin cabina no se exige extintor.

                                      Saludos
                                      Si no la han derogado, sigue vigente la norma de los extintores, si puedes mencionarme donde lo has visto dímelo y lo consultaré.

                                      Lo que se ha publicado es un resumen lo más sucinto posible, en la web ya se menciona consultar el RD(está el enlace) para cualquier duda al respecto.
                                      sigpic

                                      Comentario


                                      • Re: decreto sobre material de seguridad

                                        Originalmente publicado por Mariate Ver Mensaje
                                        Echo en falta los prismáticos para zona 4.
                                        Por alguna razón todos los que hemos publicado resúmenes nos hemos comido los prismáticos

                                        Efectivamente hay que llevarlos en las zonas 1,2,3,4
                                        sigpic

                                        Comentario


                                        • Re: decreto sobre material de seguridad

                                          Originalmente publicado por RICARDOT Ver Mensaje
                                          Por alguna razón todos los que hemos publicado resúmenes nos hemos comido los prismáticos
                                          Os ha faltado una mirarlo "tomando distancia". Pero claro...

                                          .... os faltaban los prismáticos.



                                          Salud y


                                          El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                                          http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                                          Comentario


                                          • Re: decreto sobre material de seguridad

                                            Originalmente publicado por RICARDOT Ver Mensaje
                                            Si no la han derogado, sigue vigente la norma de los extintores, si puedes mencionarme donde lo has visto dímelo y lo consultaré.

                                            Lo que se ha publicado es un resumen lo más sucinto posible, en la web ya se menciona consultar el RD(está el enlace) para cualquier duda al respecto.
                                            Las normas de los extintores es de la que estamos hablando del material de seguridad R.D. 339/2021 que deroga la anterior orden FOM 1144/2003, aunque sera exigible dentro de 6 meses, no hace falta ir corriendo a la tienda nautica.

                                            En este aspecto no varia mucho del las anteriores normas a estas nuevas que en el recuadro del articulo 15 punto 3 pone L<=10 m. y espacio habitable cerrado 1 tipo 34B y en el recuadro del punto 4 pone P<=25 kw 1 tipo 34B (no requerido en motorización fueraborda).

                                            Por lo tanto no necesitas extintor si con L<=10m. no tienes cabina y si la potencia del motor es <=25kw y tienes motor fueraborda.
                                            Por otro lado el extintor exigido por potencia del motor sustituye al exigido por eslora si es menor de 10m. ahorrandote un extintor.

                                            Comentario


                                            • Re: decreto sobre material de seguridad

                                              Hola cofrades,

                                              Sabéis sí es cierta la noticia de que tenemos 6 meses para ponerse al día?

                                              Comentario


                                              • Re: decreto sobre material de seguridad

                                                Bueno, saludos a todos, aunque el horno no esté para bollos,...

                                                Estoy tratando de digerir todo esto de forma racional, ya que las pataletas no conducen a nada. De entrada, toca tratar de ir "legales" mientras tratamos de salir de este entuerto. Bueno, la cuestión es que me estoy estudiando el decretazo a fondo y me surgen varias preguntas:

                                                - Entiendo que la balsa no te la pueden pedir, ya que no es obligatoria hasta zona 4. Hasta ahí bien. Pero si la llevo, ¿me pueden exigir que esté revisada?
                                                - Apartado extintores. Tengo una motora de 12 m (1 extintor 34B) con dos motores de 235 CV (173 KW). Así, 2*173*0.3= 103.8, que corresponden a 3 extintores 34B. Sumado al necesario por la eslora supone que debo llevar ¿4 extintores de 2 Kg tipo 34B?... Pero dice mínimo 34B. Si son 89B ¿serían sólo 2 por los motores? Es que esto de los extintores es un lio...
                                                - Y de la electrónica y la radiobaliza... ¿na de na?

                                                Ofu pare

                                                Saludos y
                                                Editado por última vez por yoyete; 23/05/2021, 23:57:04.
                                                Y las birras que las pague el de arriba
                                                (Si posteas entre Dibujito y yo tendrás que pagar el doble)


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                                                • Re: decreto sobre material de seguridad

                                                  Lo pongo aquí también....
                                                  brindis: la Paom con fecha de hoy a presentado denuncia por infracción del derecho de la UE en contra del estado español por el RD de seguridad, ahora falta ver las ganas que tenéis de decirle al estado que no somos borregos y no vamos a tragar con todas sus cacicadas así que si nos unimos asociaciones y navegantes en general podemos recurrir por la vía jurídica, el día de decidir si eres lobo o borrego ha llegado...
                                                  Editado por última vez por PAOM; 24/05/2021, 00:22:18.

                                                  Comentario


                                                  • Re: decreto sobre material de seguridad

                                                    Originalmente publicado por humpback Ver Mensaje
                                                    las banderas de señales no se izan en asta sino en las drizas de señales o en su defecto en el obenque.



                                                    Mas dificil me lo pones

                                                    Roncito para todos

                                                    Comentario

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