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En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

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decreto sobre material de seguridad

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  • Re: decreto sobre material de seguridad

    Hola.

    Originalmente publicado por Piratacojo Ver Mensaje
    De cuando empezábamos a marear la perdiz.

    https://www.latabernadelpuerto.com/f...highlight=anen

    Originalmente publicado por mordaza
    El primer objetivo es tratar de dar una mejora generalizada, de todo lo que es la nautica en España, conseguir mas plazas de amarre, cambios en la fiscalidad nautica, tema de titulaciones y un largo etc
    Vamos no han cumplido ni una.

    El único que ha acertado fue el cofrade edu.
    Originalmente publicado por edu
    Lo que me temo es que las mejoras que buscan las asociaciones de fabricantes, escuelas nauticas, etc, suelen acabar en mas cosas obligatorias que hay que comprar en las tiendas nauticas, mas revisiones que hay que hacer en talleres nauticos y títulos mas largos y complicados, con más prácticas que hay que hacer en escuelas nauticas homologadas.

    Comentario


    • Re: decreto sobre material de seguridad

      Imagino que sigue siendo obligatorio bajo pena de multazo llevar el recibo del seguro en papel sellado.
      ¿No?
      Las criaturas de la luna huelen y rondan las cabañas.
      Vendrán las iguanas vivas a morder a los hombres que no sueñan.

      Comentario


      • Re: Respuesta: decreto sobre material de seguridad

        Originalmente publicado por ru2lph Ver Mensaje

        Qué sucede y qué va a suceder...pues que al igual que vemos que han hecho un copia y pega de la norma de 2003, con algunos remates chapuceros a interés de los lobistas que hayan estado negociando con ellos, han hecho semejante chapuza que ni se han parado a pensar la colisión que esto tiene con el derecho marítimo , europeo en Internacional, por lo que empezaremos a ver armadores que recurran sus sanciones y acaben en sentencias judiciales y serán estás las que dándonos la razón a los armadores harán jurisprudencia y se les acabará la tontería a estos de la Mercante.

        Ese es el camino.

        Europa tiene la piel muy fina cuando se tocan ciertas normas europeas y del derecho internacional, no hay mas que ver la que se ha liado con el avion de Rianair.

        Precisamente leyes comunes a trenes, aviones y barcos.
        .

        sigpic Slava Ukrayini!.

        Comentario


        • Re: decreto sobre material de seguridad

          Originalmente publicado por Piratacojo Ver Mensaje
          Imagino que sigue siendo obligatorio bajo pena de multazo llevar el recibo del seguro en papel sellado.
          ¿No?
          No creo, en todo caso te daran un plazo para que lo presentes en Capitania.
          .

          sigpic Slava Ukrayini!.

          Comentario


          • Re: decreto sobre material de seguridad

            Originalmente publicado por Piratacojo Ver Mensaje
            Imagino que sigue siendo obligatorio bajo pena de multazo llevar el recibo del seguro en papel sellado.
            ¿No?
            Teóricamente no sabría decirte, pero en la práctica, en la travesía que
            hicimos Luis (Miahpaih) y un servidor, en el Sonrisa, entre mediados de
            Abril y mediados de Mayo pasados, la benemérita nos pidió los papeles
            en dos ocasiones y Luis no llevaba copia del recibo en papel. De hecho,
            la primera vez no la llevaba ni en el móvil. Se la pidió sobre la marcha
            a Sergio Ponce y no tuvimos ningún contratiempo con la GC. Entiendo
            que eso se trasladable a una práctica generalizada, pero no te lo puedo
            asegurar. Habría que consultarlo.


            Salud y


            El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
            http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

            Comentario


            • Re: decreto sobre material de seguridad

              Enlace a extintor quitamultas para el nuevo RD;



              Falta comprobar que esta casa no pertenezca a la secta necrofaga.



              Yo por mi parte seguire llevando mi extintor de 3 kilos de siempre.


              Hace poco mas de un mes que me han hecho la revision anual y me han cobrado 6€.
              Editado por última vez por markuay; 01/06/2021, 09:59:09.
              .

              sigpic Slava Ukrayini!.

              Comentario


              • Re: decreto sobre material de seguridad

                Originalmente publicado por markuay Ver Mensaje
                Enlace a extintor quitamultas para el nuevo RD;



                Yo por mi parte seguire llevando mi extintor de 4 kilos de siempre.

                Falta comprobar que esta casa no pertenezca a la secta necrofaga.
                Ese no vale, tiene que ser mínimo 2 Kg. y mínimo eficacia 34B.

                Los de 2 Kg. y 34B que estoy viendo suben de los 60 Euros.... y fuera de la secta.....

                Editado por última vez por CACATUA; 31/05/2021, 14:59:23. Razón: Aclaración peso
                DSC : 261005503
                https://www.g24.gal/-/baiona

                Comentario


                • Re: decreto sobre material de seguridad

                  pues yo aqui veo que cuesta 23€.
                  .

                  sigpic Slava Ukrayini!.

                  Comentario


                  • Re: decreto sobre material de seguridad

                    ¿Y si se tiene uno mayor del que requieren? Yo tengo un 34B (ese sería el necesario) y de regalo un 89B, pero igual con el 2º bastaría.
                    incerti quo fata ferant, ubi sistere detur
                    ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos.

                    Comentario


                    • Re: decreto sobre material de seguridad

                      Por 7 euros más tienes uno de reconocido prestigio, homologado, con boquillas de bronce y 55B. ¿Donde está el chollo?
                      Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/

                      Comentario


                      • Respuesta: Re: decreto sobre material de seguridad

                        Originalmente publicado por CACATUA Ver Mensaje
                        Ese no vale, tiene que ser mínimo 2 Kg. y mínimo eficacia 34B.

                        Los de 2 Kg. y 34B que estoy viendo suben de los 60 Euros.... y fuera de la secta.....

                        Pues menos mal porque es donde compro de las pocas que mandan a Canarias, eso si previo pago transporte.
                        Gracias por el detalle de los kilos lo tenía casi pedido ya.
                        El de dos kilos es 89B
                        Editado por última vez por Bernardo II; 31/05/2021, 15:13:15.

                        Comentario


                        • decreto sobre material de seguridad

                          Unas rondas pa la cofradía.🍻🍻 Tabernero cargarlas en la cuenta de nuestros amigos de Anen!

                          Una pregunta de SI o NO, a ver si algún cofrade puede iluminarme.
                          ¿Es cierto que tenemos 6 meses a partir del 1 de julio para adaptarnos a las novedades del Real Decreto?
                          En el texto creo que no pone nada de ello pero he oído campanas al respecto, aunque no sé si estaban homologadas por la DGMM.

                          Salud y tiempo para disfrutarla.



                          Enviado desde mi CPH1941 mediante Tapatalk

                          Comentario


                          • Respuesta: decreto sobre material de seguridad

                            Originalmente publicado por CapitanSlocum Ver Mensaje
                            Unas rondas pa la cofradía.���� Tabernero cargarlas en la cuenta de nuestros amigos de Anen!

                            Una pregunta de SI o NO, a ver si algún cofrade puede iluminarme.
                            ¿Es cierto que tenemos 6 meses a partir del 1 de julio para adaptarnos a las novedades del Real Decreto?
                            En el texto creo que no pone nada de ello pero he oído campanas al respecto, aunque no sé si estaban homologadas por la DGMM.

                            Salud y tiempo para disfrutarla.



                            Enviado desde mi CPH1941 mediante Tapatalk

                            Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo
                            Los equipos establecidos con carácter obligatorio por este real decreto y que no eran exigidos para las embarcaciones de recreo a las que venía aplicándose la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, se instalarán en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto. Asimismo, antes del plazo indicado, los chalecos salvavidas serán completados, cuando proceda, con la luz prescrita en el artículo 7

                            Comentario


                            • Re: decreto sobre material de seguridad

                              Extintor de 2 Kg y 89B, 23,20€:

                              https://www.francobordo.com/extintor...xoC9cYQAvD_BwE

                              No sé si es empresa del grupo mafioso, pero he visto precios similares en muchos sitios.

                              Saludos y
                              Y las birras que las pague el de arriba
                              (Si posteas entre Dibujito y yo tendrás que pagar el doble)


                              Comentario


                              • Re: decreto sobre material de seguridad

                                Originalmente publicado por yoyete Ver Mensaje
                                No sé si es empresa del grupo mafioso, pero he visto precios similares en muchos sitios.
                                No es, no. Personalmente, la recomiendo mucho.

                                Comentario


                                • Re: Respuesta: decreto sobre material de seguridad

                                  Originalmente publicado por Bernardo II Ver Mensaje
                                  Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo
                                  Los equipos establecidos con carácter obligatorio por este real decreto y que no eran exigidos para las embarcaciones de recreo a las que venía aplicándose la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, se instalarán en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto. Asimismo, antes del plazo indicado, los chalecos salvavidas serán completados, cuando proceda, con la luz prescrita en el artículo 7
                                  Respecto a esto, creo que la obligación, en general, empieza el 1 de julio. Dice que dan un plazo de 6 meses para instalar equipos que antes no eran obligatorios en ese barco. Por ejemplo, a barcos que antes navegaban en zona 6 o 7 no tenían que llevar reflector de radar, ahora sí. Creo que se refiere a estos casos.

                                  Como todo, muy claro...
                                  Saludos y
                                  Y las birras que las pague el de arriba
                                  (Si posteas entre Dibujito y yo tendrás que pagar el doble)


                                  Comentario


                                  • Re: decreto sobre material de seguridad



                                    Respecto a los extintores además de la Homologación (Rueda de timón), peso (2 kg mínimo) y eficacia (34B mínimo), hay otra diferencia:

                                    1.- Extintores desechables (tienen la válvula y cierre de plástico) solamente se retimbran como máximo una vez, es decir duración 5 a 10 años en el mejor de los casos, pero generalmente nadie los quiere retimbrar.

                                    2.- Extintores recargables, se retimbran hasta 3 veces (cada 5 años), con lo cual duración de 20 años. Tienen la válvula y cierre metálicos.

                                    DSC : 261005503
                                    https://www.g24.gal/-/baiona

                                    Comentario


                                    • Respuesta: decreto sobre material de seguridad

                                      Es que por el precio casi no vale la pena, yo retimbre el 21B, estaba nuevo pero creo que era cada año. y si no recuerdo mal me salió por 20 leuros


                                      Respecto a esto, creo que la obligación, en general, empieza el 1 de julio. Dice que dan un plazo de 6 meses para instalar equipos que antes no eran obligatorios en ese barco. Por ejemplo, a barcos que antes navegaban en zona 6 o 7 no tenían que llevar reflector de radar, ahora sí. Creo que se refiere a estos casos.

                                      Como todo, muy claro...
                                      Gracias por la aclaración, si hay que interpretarlo todo.

                                      Comentario


                                      • Re: Respuesta: decreto sobre material de seguridad

                                        Originalmente publicado por Bernardo II Ver Mensaje
                                        Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo

                                        Los equipos establecidos con carácter obligatorio por este real decreto y que no eran exigidos para las embarcaciones de recreo a las que venía aplicándose la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, se instalarán en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto. Asimismo, antes del plazo indicado, los chalecos salvavidas serán completados, cuando proceda, con la luz prescrita en el artículo 7
                                        Gracias Bernardo II
                                        Tendré que leer el texto con más atención a ver si averiguo dónde lo dice, más que nada por morbosa curiosidad, ya que en cuanto le echo el ojo al R D se me ponen los pelos de punta y empiezo estornudar.... Debe ser alergia... Digo yo.

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                                        • Re: decreto sobre material de seguridad

                                          Originalmente publicado por yoyete Ver Mensaje
                                          Extintor de 2 Kg y 89B, 23,20€:

                                          https://www.francobordo.com/extintor...xoC9cYQAvD_BwE

                                          No sé si es empresa del grupo mafioso, pero he visto precios similares en muchos sitios.

                                          Saludos y
                                          La duda que tengo es el 89B es valido siempre que sea de 2 kilos mínimo. Algún experto si el 89B es superior al 34B. por numeración si pero no veo información
                                          “La vida es como un viaje por la mar: hay días de calma y días de borrasca; lo importante es ser un buen capitán de nuestro barco.” -Jacinto Benavente- .....

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                                          • Respuesta: decreto sobre material de seguridad

                                            fuegos tipo B," liquidos inflamables ", 89B, capaz de sofocar 89 litros de agua y heptano (es el producto que utilizan para la certificación) en un recipiente, para la prueba. 89 es el volumen de agente combustible capaz de apagar el susodicho extintor.
                                            En ocasiones se verá con esta denominación EXTINTOR DE POLVO ABC | 2 KG | 13A-89B-C.por ejemplo significa extintor para fuegos A,B,C, (solidos, liquidos inflamables, combustible gaseoso) , capaz de apagar 13 listones de madera - 89 litros de liquido inflamable - la C ultima será la misma proporción pero para gas.
                                            No experto apelo a San Google, la casualidad quiso que tenía un aritculo sobre extintores.
                                            Editado por última vez por Bernardo II; 31/05/2021, 22:46:31.

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                                            • Re: Respuesta: decreto sobre material de seguridad

                                              Originalmente publicado por Bernardo II Ver Mensaje
                                              fuegos tipo B," liquidos inflamables ", 89B, capaz de sofocar 89 litros de agua y heptano (es el producto que utilizan para la certificación) en un recipiente, para la prueba. 89 es el volumen de agente combustible capaz de apagar el susodicho extintor.
                                              En ocasiones se verá con esta denominación EXTINTOR DE POLVO ABC | 2 KG | 13A-89B-C.por ejemplo significa extintor para fuegos A,B,C, (solidos, liquidos inflamables, combustible gaseoso) , capaz de apagar 13 listones de madera - 89 litros de liquido inflamable - la C ultima será la misma proporción pero para gas.
                                              No experto apelo a San Google, la casualidad quiso que tenía un aritculo sobre extintores.
                                              Todo bien, excepto el C, que no tiene números ni proporciones.
                                              Un saludo.

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                                              • Re: decreto sobre material de seguridad

                                                Originalmente publicado por Mariate Ver Mensaje
                                                Por 7 euros más tienes uno de reconocido prestigio, homologado, con boquillas de bronce y 55B. ¿Donde está el chollo?
                                                ¿y donde se habla de chollo?
                                                .

                                                sigpic Slava Ukrayini!.

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                                                • Re: decreto sobre material de seguridad

                                                  deberiamos de hacernos un archivo con los libros necesarios y actualizados para descargar

                                                  anuario mareas, derroteros, primeros auxilios, radioseñales....


                                                  lo pego en este hilo que me cole en otro

                                                  Comentario


                                                  • Re: decreto sobre material de seguridad

                                                    Originalmente publicado por frant Ver Mensaje
                                                    deberiamos de hacernos un archivo con los libros necesarios y actualizados para descargar

                                                    anuario mareas, derroteros, primeros auxilios, radioseñales....


                                                    lo pego en este hilo que me cole en otro
                                                    Hola chicos !! Soy nueva en el mundillo , ¿ es obligatorio llevar todos estos libros impresos ?

                                                    Comentario

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