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Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

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  • #26
    Respuesta: Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

    Atribuciones del título

    Atribuciones básicas:
    • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
    • Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

    Atribuciones complementarias:
    • Gobierno de embarcaciones de recreo a vela, de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.

    El artículo indeterminado parece que lo deja claro, no?
    Editado por última vez por hibrido; 08/06/2021, 10:29:00. Razón: formato erroneo
    ------------------------------------------>8
    taedet me quinque aut decem



    Oh it's a disgrace to see the
    Human-race in a rat race, rat race
    You got your horse race
    You got your dog race
    You got the human race
    But this is a rat race, rat race

    Comentario


    • #27
      Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

      Según BOE-A-2014-10344

      5. Lugar de abrigo: Lugar en el que fácilmente puede refugiarse una embarcación y permitir la llegada a tierra de sus ocupantes.

      Así que ojo con esto, ya que por ejemplo, una zona de acantilados no podría considerarse lugar de abrigo ya que no permitiría la llegada a tierra de sus ocupantes....

      la verdad que lo mejor que podemos hacer es evitar que los verdes nos propongan para sanción pues debe haber un defecto de forma muy muy grande para que un juzgado nos retire esa sanción.

      Yo lo evitaría a toda costa, nunca mejor dicho, si lo que quiere el cofrade es pasar una noche a bordo en una pequeña motora no creo que tenga necesidad de alejarse más.

      Además como han puesto otros compañeros hay campos de boyas cercanos o si no fondeas en algún lugar tranquilo cercano a estos con tus propios medios y a dormir
      Me lo contaron y lo olvidé, lo vi y lo aprendí, lo hice y lo entendí

      Comentario


      • #28
        Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

        Originalmente publicado por CeRi_JL Ver Mensaje
        Según BOE-A-2014-10344

        5. Lugar de abrigo: Lugar en el que fácilmente puede refugiarse una embarcación y permitir la llegada a tierra de sus ocupantes.

        Así que ojo con esto, ya que por ejemplo, una zona de acantilados no podría considerarse lugar de abrigo ya que no permitiría la llegada a tierra de sus ocupantes....

        la verdad que lo mejor que podemos hacer es evitar que los verdes nos propongan para sanción pues debe haber un defecto de forma muy muy grande para que un juzgado nos retire esa sanción.

        Yo lo evitaría a toda costa, nunca mejor dicho, si lo que quiere el cofrade es pasar una noche a bordo en una pequeña motora no creo que tenga necesidad de alejarse más.

        Además como han puesto otros compañeros hay campos de boyas cercanos o si no fondeas en algún lugar tranquilo cercano a estos con tus propios medios y a dormir
        compañero, esto es como una rabieta de patio de colegio, donde cada no quiere tener más razón que el otro, y la razón no tiene más que un camino,
        óen referencia al cofrade que abre el hilo, dice ya desde el principio, " que tiene Licencia " no tiene ni PER NI PNB solo Licencia, así que en mi opinión esta discusión de las 5 millas ya no le afecta, desde donde quiere salir Blanes a Cadaqués hay unas 48 millas, le traería más cuenta llevar el barco en un remolque y una vez allí botarlo al agua, pero el espíritu de aventura es mu respetable,
        esperemos le salga bien, no por una posible sanción sino por su propia seguridad

        Comentario


        • #29
          Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

          Originalmente publicado por pinux Ver Mensaje
          Completamente de acuerdo, yo tengo un velero de 5m en zona 5, no navego por esa zona, pero mi barco no tiene puerto asignado, es decir, puedo haber bajado por cualquier playa, así que siguiendo lo que comenta la ley, mientras esté a 5 millas de playa accesible, abrigo, o puerto, estoy legal, así que como si me voy navegando a Murcia desde Gibraltar.. o viceversa..

          Volviendo al tema nocturno, yo creo que da igual la titulación mientras no navegues, con que haya una luz todo horizonte.. es como si se baja el patrón a comprar en un barco anclado y deja a la familia.. no le van a exigir ninguna titulación a la tripulación, ya que el barco no esta navegando.
          si vas a murcia lleva cuidado, el rio segura no es navegable, murcia no tiene mar,
          el RD no dice que tenga que tener un puerto asignado, ni debe de tenerlo, lo que quiere decir el RD es del puerto que salgas o marina, o donde se pueda salir, desde ese punto no se puede alejar más de 5 millas en cualquier dirección, esto es lo que no entiende mucha gente, pero bueno ah está su opinión y decisión es muy respetable

          saludo
          Editado por última vez por j.lezama; 08/06/2021, 12:30:33.

          Comentario


          • #30
            Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

            Solo hay una cosa que me queda muy clara en este mundilo y es que nada está claro. Todo son siempre interpretaciones, al igual que pasará con los verdes.
            En cuanto al espiritu de aventura, quien navega y tiene un barco, ha de tenerlo, al igual que el respeto, la seguridad, el sentido comun y todo lo que se quiera aplicar en positivo. Mi idea era ir haciendo paradas durante toda la semana hasta llegar a cadaqués y el cofrade CharlyPeter2000 lo ha detallado genial.



            JosepFK he mirado lo del Forfait y me sale por 260€ y para lo que tengo pensado, me sale bastante caro, pero gracias por el aporte.


            Ginmare, mil gracias por ese apunte, es de lo mas útil, ya que cuando salgo por barcelona costa, me miro las apps del tiempo y me vuelvo loco, parece según predicción que va a ir genial y luego se gira el mar en un momento y es un drama.



            Por último agradecer enormemente a todos los que habéis participado en el post, me habéis ayudado mucho y me encanta este contraste de opiniones.

            Comentario


            • #31
              Respuesta: Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

              Originalmente publicado por j.lezama Ver Mensaje
              si vas a murcia lleva cuidado, el rio segura no es navegable, murcia no tiene mar,
              saludo
              frio, frio.... perdón cálida, cálida
              ------------------------------------------>8
              taedet me quinque aut decem



              Oh it's a disgrace to see the
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              • #32
                Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                Originalmente publicado por j.lezama Ver Mensaje
                si vas a murcia lleva cuidado, el rio segura no es navegable, murcia no tiene mar,
                el RD no dice que tenga que tener un puerto asignado, ni debe de tenerlo, lo que quiere decir el RD es del puerto que salgas o marina, o donde se pueda salir, desde ese punto no se puede alejar más de 5 millas en cualquier dirección, esto es lo que no entiende mucha gente, pero bueno ah está su opinión y decisión es muy respetable

                saludo
                Me refieria a la comunidad de Murcia, así a grandes rasgos.. pero vamos, si te chirría, cambialo por Alicante que la ciudad tiene puerto 😂😂

                Eso es interpretable, ya que si son 5 millas, tu has podido salir desde el abrigo anterior y así ir saltando.. hecha la ley..
                -------------------------------------------------------------------------
                Foro Barquitos ligeros

                Comentario


                • #33
                  Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                  Originalmente publicado por pinux Ver Mensaje
                  Me refieria a la comunidad de Murcia, así a grandes rasgos.. pero vamos, si te chirría, cambialo por Alicante que la ciudad tiene puerto 😂😂

                  Eso es interpretable, ya que si son 5 millas, tu has podido salir desde el abrigo anterior y así ir saltando.. hecha la ley..
                  no, si hago una próxima navegación no será a alicante, será a Pedreña
                  tengo por allí varios amigos, - de mi época de anterior navegando en Pereda-
                  habia un contramaestre,- Manuel Raba- que me tiene invitado a visitarlo pero hace ya muchos años, - no se si vivirá -
                  saludos
                  ( te envió un privado )

                  Comentario


                  • #34
                    Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                    Primero que nada, al cofrade que inició el hilo, si tienes la LN y el barco en zona 6 no puedes dentro de la legalidad hacer singladuras cuando la distancia a un puerto o playa accesible sea superior a 2mn. Intentaré adjuntar un mapa con las distancias a escala para una embarcación en zona 5 y título PNB, tendrás que calcularlo igual a través de páginas como millómetro (localizatodo.com.es/millometro) En el adjunto están marcado 3 puertos y los círculos de 5mn con centro en cada puerto (es un lugar de abrigo, sea Club Náutico, Marina, Puerto de la Generalitat o de lo que sea)
                    Cuidado con el RD del 18 de mayo que actualiza los equipos de seguridad que tenemos que llevar obligatoriamente, según la zona de navegación, potencia del motor,etc. No sé como afecta la zona 6, a mi que estoy en 5 en unas cuantas cosas como la obligatoriedad del reflector del radar. En la taberna hay hilos abiertos con respecto al nuevo R.D.
                    Espero haberte ayudado algo, pero al final tu decides y eres el responsable de la misma.
                    Archivos Adjuntos

                    Comentario


                    • #35
                      Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                      Haber, el que esta en posesión de la verdad son las matematicas.
                      Las zonas de abrigo, puertos, marinas, clubs nauticos o playas accesibles que esten a menos de 10 millas nauticas de distancia se pueden recorrer legalmente con barco en zona 5 y PNB si vas arrimado a la costa. Por ejemplo:
                      si hay 2 lugares alejados 8 millas puedes ir a 3 millas de la costa sin salirte de los semicirculos para ir de un lugar a otro.

                      Y cuando la norma dice: un puerto marina o lugar de abrigo, se refiere a cualquier puerto, si no pondria el puerto de salida, marina o lugar de abrigo.

                      Tambien se pueden hacer travesias largas con barco en zona 6.

                      Comentario


                      • #36
                        Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                        Originalmente publicado por charlypeter2000 Ver Mensaje
                        Primero que nada, al cofrade que inició el hilo, si tienes la LN y el barco en zona 6 no puedes dentro de la legalidad hacer singladuras cuando la distancia a un puerto o playa accesible sea superior a 2mn. Intentaré adjuntar un mapa con las distancias a escala para una embarcación en zona 5 y título PNB, tendrás que calcularlo igual a través de páginas como millómetro (localizatodo.com.es/millometro) En el adjunto están marcado 3 puertos y los círculos de 5mn con centro en cada puerto (es un lugar de abrigo, sea Club Náutico, Marina, Puerto de la Generalitat o de lo que sea)
                        Cuidado con el RD del 18 de mayo que actualiza los equipos de seguridad que tenemos que llevar obligatoriamente, según la zona de navegación, potencia del motor,etc. No sé como afecta la zona 6, a mi que estoy en 5 en unas cuantas cosas como la obligatoriedad del reflector del radar. En la taberna hay hilos abiertos con respecto al nuevo R.D.
                        Espero haberte ayudado algo, pero al final tu decides y eres el responsable de la misma.
                        pero compañero, el dibujo que pones la línea verde que tu dices que está bien se contradice con el concepto de la atribución de PNB que no puede navegar en una línea paralela a la costa ,y (en ese dibujo si lo está haciendo)
                        esto es lo que no quieres entender, y es así segÚn el RD ) como si lo pone muy claro para PER PY Y CY, en ese dibujo se puede alegar que el barco esta a menos de 5 millas de puerto marina abrigo etc. pero esta realizando una navegación siguiendo una línea paralela a la costa y eso está prohibido para PNB, mírate un post que puse al principio con los semi-círculos post nº 11 y ya me dirás donde no se solapen como navegas o si estás entre dos de ellos ¿ donde estás ? por otro lado el RD que citas no tiene nada que ver con las atribuciones de los títulos y las zonas de PNB, ese RD es otro cantar
                        en fin lo dejo
                        Editado por última vez por j.lezama; 08/06/2021, 19:49:49.

                        Comentario


                        • #37
                          Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                          La confusión que creo se da en esta discusión es que hablamos de dos cosas distintas:

                          - Zona 5 con sus 5 millas de un puerto, playa o lugar accesible
                          - Licencia de Navegación con sus 2 millas de un puerto en cualquier dirección. https://www.mitma.gob.es/marina-merc...-de-navegacion

                          ¿No es eso?

                          Comentario


                          • #38
                            Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                            Pero con el permiso del cofrade y por alusiones a mi comentario tengo que responder ya que hay muchos que tienen dudas, y no considero las discusiones en cuanto se refieren a leyes marítimas o aspectos de la navegación como "peleas de patio de colegio", ya que estoy argumentando con distancias entre puertos, leyes, mapas a escala. Cuando se argumenta que "han habido sentencias al respecto" sin aportar cuáles o enlaces a las mismas es como: "me lo ha dicho mi primo que de esto sabe mucho"

                            pero me puedes decir donde está escrito que las atribuciones de PNB le atribuyan la capacidad de navegar en una línea paralela a la costa trazada a cinco millas de distancia de la costa, " no está escrito en ningún sitio

                            te respondo: en ningún sitio. Tampoco lo he dicho nunca, siempre he hablado de distancia a lugar de abrigo, no sé porque confundes navegación costera con navegación a 5 millas de la costa en paralelo???, acaso no puedes navegar a 0,5 millas, por decir algo, en paralelo ??? Si ves el adjunto anterior yo creo que está claro.

                            por cierto cual es ese nuevo rd del 18 de mayo que dices, porque el RD donde se hace mención a esas atribuciones es el RD 875/ 14 de 10 de Octubre de 2014, que entro en vigor el 11 de Enero de 2015

                            El que mencionas correctamente es el de las titulaciones náuticas. una cosa es la titulación y otra la zona de navegación (que depende de la categoría de diseño del barco). El que menciono es el nuevo Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo. En el mismo se refiere a las zonas de navegación, que es de lo que hablaba y no de títulos náuticos.

                            las distancias no se miden desde un punto a un " club nautico " se miden a abrigos, o playas, etc, un club nautico es un privado

                            Pues no, el sentido de la distancia a un lugar de abrigo es porque en caso de emergencia puedas refugiarte en lugar seguro, cuando pueda peligrar la vida por una avería, accidente, mal tiempo. Es lo que se llama vulgarmente derecho de abrigo, aunque creo que legalmente está regulado por el deber de socorro. Da igual que sea privado o no. El motivo de la distancia a puerto es por esto, por el refugio en caso de necesidad, en caso de emergencia. No exime de que te cobren por el atraque y creo que el puerto puede negarse si considera que entrar al mismo puede ser un peligro mayor que permanecer navegando, en caso de mal tiempo por ejemplo(es sólo un ejemplo). Esto da para mucho y mucha más discusión que no viene al caso.

                            En fin, espero que si respondes sea con argumentos, fundamentados y concretos ya que no lo considero una discusión de patio de colegio. Pero repito, que cada uno haga lo que considere oportuno, faltaría más

                            Comentario


                            • #39
                              Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                              Originalmente publicado por Jose Manuel 41 Ver Mensaje
                              Haber, el que esta en posesión de la verdad son las matematicas.
                              Las zonas de abrigo, puertos, marinas, clubs nauticos o playas accesibles que esten a menos de 10 millas nauticas de distancia se pueden recorrer legalmente con barco en zona 5 y PNB si vas arrimado a la costa. Por ejemplo:
                              si hay 2 lugares alejados 8 millas puedes ir a 3 millas de la costa sin salirte de los semicirculos para ir de un lugar a otro.

                              Y cuando la norma dice: un puerto marina o lugar de abrigo, se refiere a cualquier puerto, si no pondria el puerto de salida, marina o lugar de abrigo.

                              Tambien se pueden hacer travesias largas con barco en zona 6.


                              por supuesto que si, sobre todo si lo llevas en un remolque, puedes ir desde huelva a santander, y una vez llegues lo echas al agua
                              y efectivamente la norma no pone nombre de un puerto de salida, el puerto de salida lo elijes tu, la norma solo dice desde " un puerto " etc, pero una vez que has salido de ese puerto,marina,lugar de abrigo etc, ya no puedes alejarte más de 5 millas en cualquier dirección
                              mira el post nº11 y descarga ese enlace - si quieres claro está -
                              ten en cuenta una cosa las zonas se solapan pegadas a la costa y si un barco cruza de una zona a otra a 100 metros de la costa está en situación ilegal, o sea está en zona 4
                              Editado por última vez por j.lezama; 08/06/2021, 20:04:08.

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                              • #40
                                Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                                Originalmente publicado por j.lezama Ver Mensaje
                                pero compañero, el dibujo que pones la línea verde que tu dices que está bien se contradice con el concepto de la atribución de PNB que no puede navegar en una línea paralela a la costa ,y (en ese dibujo si lo está haciendo)
                                esto es lo que no quieres entender, y es así segÚn el RD ) como si lo pone muy claro para PER PY Y CY, en ese dibujo se puede alegar que el barco esta a menos de 5 millas de puerto marina abrigo etc. pero esta realizando una navegación siguiendo una línea paralela a la costa y eso está prohibido para PNB, mírate un post que puse al principio con los semi-círculos post nº 11 y ya me dirás donde no se solapen como navegas o si estás entre dos de ellos ¿ donde estás ? por otro lado el RD que citas no tiene nada que ver con las atribuciones de los títulos y las zonas de PNB, ese RD es otro cantar
                                en fin lo dejo
                                Puedes decirme en dónde pone que el PNB no te permita una navegación paralela a la costa???, no sé si tus fuentes son el "el mundo today", es que no puedo...
                                Nada, te invito otra ronda que con un poco de ron podríamos montar unas buenas tertulias.

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                                • #41
                                  Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                                  No eres pieza para la GC...... navega bien tranquilo, búscate una calita por las noches, abrígate y sobretodo no se te ocurra encender un fuego en la playa... Te confundíran con un fardero y tendrás a la G. C. EN 5 minutos encima la Glastron...

                                  Comentario


                                  • #42
                                    Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                                    No se como será en España, pero aquí en Portugal todo puerto identificado como puerto de abrigo no puede negarte la entrada.
                                    En general si preguntas siempre te dicen que no hay sitio, pero hace tiempo entendí que hay que entrar y pedir abrigo. Están obligados por ley.

                                    Un abrazo!


                                    Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

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                                    • #43
                                      Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                                      Uff a mi esto me genera muchas dudas y en el decreto no lo veo claro.
                                      Entonces por ejemplo en una embarcación neumática si que se podría realizar navegación por la costa a cualquier distancia siempre que exista una playa a menos de 2 millas?
                                      Entiendo que los demás barcos la playa no se considera zona de abrigo porque no va a ir a una playa un barco de 8 metros?
                                      Si que se considera zona de abrigo una playa para una embarcación neumática?

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                                      • #44
                                        Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                                        Originalmente publicado por charlypeter2000 Ver Mensaje
                                        Puedes decirme en dónde pone que el PNB no te permita una navegación paralela a la costa???, no sé si tus fuentes son el "el mundo today", es que no puedo...
                                        Nada, te invito otra ronda que con un poco de ron podríamos montar unas buenas tertulias.



                                        No exactamente lo dice así, pero que no se aleje más de 5 millas de un puerto yo interpreto que es del puerto en el que ha botado el barco y no entre puertos.

                                        Cierto es que debería ser mucho más claro en la redacción. O poner ejemplos, porque tal y como está ahora la doble interpretación está servida.

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                                        • #45
                                          Respuesta: Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                                          Originalmente publicado por j.lezama Ver Mensaje
                                          pero compañero, el dibujo que pones la línea verde que tu dices que está bien se contradice con el concepto de la atribución de PNB que no puede navegar en una línea paralela a la costa ,y (en ese dibujo si lo está haciendo)
                                          esto es lo que no quieres entender, y es así segÚn el RD ) como si lo pone muy claro para PER PY Y CY, en ese dibujo se puede alegar que el barco esta a menos de 5 millas de puerto marina abrigo etc. pero esta realizando una navegación siguiendo una línea paralela a la costa y eso está prohibido para PNB, mírate un post que puse al principio con los semi-círculos post nº 11 y ya me dirás donde no se solapen como navegas o si estás entre dos de ellos ¿ donde estás ? por otro lado el RD que citas no tiene nada que ver con las atribuciones de los títulos y las zonas de PNB, ese RD es otro cantar
                                          en fin lo dejo
                                          ¿No se puede navegar en una línea paralela a la costa?

                                          yo creo que el RD de verdad tiene doble o triple interpretación

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                                          • #46
                                            Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                                            Originalmente publicado por charlypeter2000 Ver Mensaje
                                            Pero con el permiso del cofrade y por alusiones a mi comentario tengo que responder ya que hay muchos que tienen dudas, y no considero las discusiones en cuanto se refieren a leyes marítimas o aspectos de la navegación como "peleas de patio de colegio", ya que estoy argumentando con distancias entre puertos, leyes, mapas a escala. Cuando se argumenta que "han habido sentencias al respecto" sin aportar cuáles o enlaces a las mismas es como: "me lo ha dicho mi primo que de esto sabe mucho"

                                            pero me puedes decir donde está escrito que las atribuciones de PNB le atribuyan la capacidad de navegar en una línea paralela a la costa trazada a cinco millas de distancia de la costa, " no está escrito en ningún sitio

                                            te respondo: en ningún sitio. Tampoco lo he dicho nunca, siempre he hablado de distancia a lugar de abrigo, no sé porque confundes navegación costera con navegación a 5 millas de la costa en paralelo???, acaso no puedes navegar a 0,5 millas, por decir algo, en paralelo ??? Si ves el adjunto anterior yo creo que está claro.

                                            por cierto cual es ese nuevo rd del 18 de mayo que dices, porque el RD donde se hace mención a esas atribuciones es el RD 875/ 14 de 10 de Octubre de 2014, que entro en vigor el 11 de Enero de 2015

                                            El que mencionas correctamente es el de las titulaciones náuticas. una cosa es la titulación y otra la zona de navegación (que depende de la categoría de diseño del barco). El que menciono es el nuevo Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo. En el mismo se refiere a las zonas de navegación, que es de lo que hablaba y no de títulos náuticos.

                                            las distancias no se miden desde un punto a un " club nautico " se miden a abrigos, o playas, etc, un club nautico es un privado

                                            Pues no, el sentido de la distancia a un lugar de abrigo es porque en caso de emergencia puedas refugiarte en lugar seguro, cuando pueda peligrar la vida por una avería, accidente, mal tiempo. Es lo que se llama vulgarmente derecho de abrigo, aunque creo que legalmente está regulado por el deber de socorro. Da igual que sea privado o no. El motivo de la distancia a puerto es por esto, por el refugio en caso de necesidad, en caso de emergencia. No exime de que te cobren por el atraque y creo que el puerto puede negarse si considera que entrar al mismo puede ser un peligro mayor que permanecer navegando, en caso de mal tiempo por ejemplo(es sólo un ejemplo). Esto da para mucho y mucha más discusión que no viene al caso.

                                            En fin, espero que si respondes sea con argumentos, fundamentados y concretos ya que no lo considero una discusión de patio de colegio. Pero repito, que cada uno haga lo que considere oportuno, faltaría más
                                            estimado hablando se entiende la gente,
                                            decirte que ya han habido casos de propuestas de sanciones por parte de la GC y su posterior sancion por parte de la capitania es totalmente cierto, por estos sitios donde me muevo, lo que no puedo hacer es ir a pedir los expedientes ni a capitania, ni a la GC, porque es obvio, no me los van a dar, si te aseguro la veracidad de esos hechos por los compañeros que les " toco " esa loteria,
                                            el tema de la navegacion en paralelo pues claro que lo puedes hacer, ir en paralelo a la costa desde un exremo de un semicirculo al otro, que en total tendrias 10 millas, pero ya no te puedes salir de ahi, si te sales de ahi está ilegal y el tema que estas defendiendo tu y algún cofrade más es que se puede seguir navegando en paralelo a la costa y ahí está el quid de la cuestión " no se puede " porque las zonas no se acaban en perpendicular a la costa, las zonas de cinco millas son arcos con radio 5 y terminan justo pegadas a la piedra, y si desde ese punto empieza otro arco de 10 millas de longitud total empieza desde la costa formando arco, si un barco por ej. esta a 100 metros de la piedra, ya se encuentra fuera del arco, ya está en zona 4
                                            el rd que citas no tiene nada que ver con lo que dices, ni con los PNB y las zonas de navegación, ese RD es para barcos con banderas extranjeras y armadores españoles, y referidos a las zonas de navegación donnde hay que llevar balsa, radiobaliza, y otros elementos, nada que ver con loque hablamos aquí de PNB y Licencia te he puesto en mi otro post que mirarás el enlace del post nº 11 y lo descargues ahi tienes las zonas de 5 millas, bastante claras, y te lo recuerdo otra vez, atribuciones para PNB navegación a cinco millas desde un puerto etc. " sin alejarse más de cinco millas en cualquier dirección" 5 millas perpendicular al punto de salida, cinco millas hacia babor o cinco millas hacia estribor del punto de referencia,
                                            mira la diferencia, Atribuciones PER Navegación en una línea paralela trazada a 12 millas de la costa
                                            ha sido un placer debatir el hilo con respeto y educación
                                            me retiro, que vaya bien para todos

                                            Comentario


                                            • #47
                                              Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                                              Originalmente publicado por j.lezama Ver Mensaje
                                              estimado hablando se entiende la gente,
                                              decirte que ya han habido casos de propuestas de sanciones por parte de la GC y su posterior sancion por parte de la capitania es totalmente cierto, por estos sitios donde me muevo, lo que no puedo hacer es ir a pedir los expedientes ni a capitania, ni a la GC, porque es obvio, no me los van a dar, si te aseguro la veracidad de esos hechos por los compañeros que les " toco " esa loteria,
                                              el tema de la navegacion en paralelo pues claro que lo puedes hacer, ir en paralelo a la costa desde un exremo de un semicirculo al otro, que en total tendrias 10 millas, pero ya no te puedes salir de ahi, si te sales de ahi está ilegal y el tema que estas defendiendo tu y algún cofrade más es que se puede seguir navegando en paralelo a la costa y ahí está el quid de la cuestión " no se puede " porque las zonas no se acaban en perpendicular a la costa, las zonas de cinco millas son arcos con radio 5 y terminan justo pegadas a la piedra, y si desde ese punto empieza otro arco de 10 millas de longitud total empieza desde la costa formando arco, si un barco por ej. esta a 100 metros de la piedra, ya se encuentra fuera del arco, ya está en zona 4
                                              el rd que citas no tiene nada que ver con lo que dices, ni con los PNB y las zonas de navegación, ese RD es para barcos con banderas extranjeras y armadores españoles, y referidos a las zonas de navegación donnde hay que llevar balsa, radiobaliza, y otros elementos, nada que ver con loque hablamos aquí de PNB y Licencia te he puesto en mi otro post que mirarás el enlace del post nº 11 y lo descargues ahi tienes las zonas de 5 millas, bastante claras, y te lo recuerdo otra vez, atribuciones para PNB navegación a cinco millas desde un puerto etc. " sin alejarse más de cinco millas en cualquier dirección" 5 millas perpendicular al punto de salida, cinco millas hacia babor o cinco millas hacia estribor del punto de referencia,
                                              mira la diferencia, Atribuciones PER Navegación en una línea paralela trazada a 12 millas de la costa
                                              ha sido un placer debatir el hilo con respeto y educación
                                              me retiro, que vaya bien para todos
                                              Los arcos siempre se solapan, a no ser que los lugares de abrigo estén distanciados a 10 millas exactas, lo que no suele suceder, con lo que si que se puede navegar legalmente entre ellos.

                                              Un saludo,
                                              Pablo

                                              Comentario


                                              • #48
                                                Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                                                Antes no tenía muy clara la reglamentación,pero ahora....
                                                Y mi pregunta es: todos los barcos tienen que tener puerto base?, pues cuando a mí me ha abordado navegando la G.C. me ha preguntado de dónde venía y adónde iba, pero en otra ocasión por problemas de documentación abanderamiento, que sería largo de contar me dijeron “ diríjase a su puerto base”.
                                                Por eso creo que si no tienes obligación de tener puerto base y no te alejas más de 5 mn. de puerto o lugar de abrigo, donde está el límite legal, además del sentido común?

                                                Comentario


                                                • #49
                                                  Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                                                  Originalmente publicado por pespinar Ver Mensaje
                                                  Los arcos siempre se solapan, a no ser que los lugares de abrigo estén distanciados a 10 millas exactas, lo que no suele suceder, con lo que si que se puede navegar legalmente entre ellos.

                                                  Un saludo,
                                                  Pablo
                                                  no Pablo se solapan pegados a la costa y tu cruzas a 100 o 150 metros de la costa y ahi estas fuera de esos arcos
                                                  mira el post nº11

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                                                  • #50
                                                    Re: Navegando costa brava 5m eslora trasnochando

                                                    El centro de los semicirculos se ponen en la orilla en cualquier playa accesible puerto etc... de forma que si el centro de 2 semicirculos esta a menos de 10 millas estos entran uno sobre el otro y puedes navegar entre ellos. Lo estamos esplicando con detalle y paciencia una cosa tan simple.
                                                    Cuando pone un puerto, quiere decir cualquier puerto, sino pondria el puerto.
                                                    Una playa accesible vale para todas las esloras puesto que es una norma de supervivencia, de hecho las zodias tampoco pueden salir y entrar por cualquier playa de forma habitual.
                                                    Por otro lado aqui se a comentado que en Portugal con mal tiempo pueden cerrar puertos y si no te has enterado y entras, te ponen una multa de miles de euros

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