VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Hola Cofrade

Hemos detectado que utilizas un bloqueador de anuncios. Si puedes, considera añadir La Taberna del Puerto a tu lista de excepciones. Esto nos ayuda a mantener la comunidad y cubrir los gastos del servidor. ¡Gracias por tu apoyo!

LOTERÍA DE NAVIDAD 2026
De nuevo jugamos al 31103 que no es otro que la fecha de fundación de la Taberna. Si quieres jugar haz click en el décimo

Por favor, si juegas, comprueba que estés en la lista y que no haya ningún problema. Muchas gracias a todos los que participáis y MUCHA SUERTE.

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Re: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

    Originalmente publicado por esscapar Ver Mensaje
    Que casualidad que a la nacra le gustan los mismos sitios de fondeo que a los pocos navegantes que lo hacen con un poco de resguardo
    Y casualmente en Cala Reona , en Cabo de Palos no hay Nacra, hay KK.

    Que vergüenza.

    Comentario


    • Re: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

      Por la zona del Galán ni un cartel informativo, y a lo lejos se ven dos boyas que por su tamaño sospecho son las que han colocado esta semana.

      En resumen, han hecho una chapuza de las grandes.

      Comentario


      • Re: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

        Ya tienen otro chiringuito montado.
        Han puesto cuarto boyas alrededor del Barón, y otras cuatro alrededor de la Perdiguera. Que ni se ven de lo lejos que estan una de otra . Pero que no me toquen los orinques , que yo seguiré fondeando tanto en una isla como en otra . Cogeré el chinchorro, clabaré el ancla en la orilla de la playa y cincuenta metros hasta el barco.

        Comentario


        • Re: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

          Por aclarar algo de todo esto, dejo los enlaces a loúltimo que he encontrado sobre las boyas de prohibición de fondeos.
          https://www.carm.es/web/pagina?IDCON...STRO=c$m122,70


          Podrían ser algo así.


          Y este es el mapa donde deberían de estar


          PD. cuando pueda comprobarlo lo confirmaré, pero es que está haciendo una meteo de lo más desagradable para ir a investigar

          Comentario


          • Re: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

            Hoy le he dado la vuelta a la isla del Baron y he podido comprobar donde están las boyas de "prohibido fondeo" que delimitan la zona prohibida y están "a tomar por cul" de la isla. La que os muestro es la de "levante" (ENE) y está a unos 400 metros de la isla. La de poniente (SSW) igual o más. Las del norte y sur están un poco más cerca de tierra, unos 200 metros.
            Vamos, que la sensación que me ha dado es que hay que anclar en el p. medio del mar sin ningún tipo de protección........¡un disparate!
            Ah, por cierto, en navionic ya aparecen .

            Ahí está la prueba (boya de levante - ENE)
            Editado por última vez por esscapar; 24/04/2025, 21:48:23.

            Comentario


            • Re: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

              Originalmente publicado por esscapar Ver Mensaje
              Hoy le he dado la vuelta a la isla del Baron y he podido comprobar donde están las boyas de "prohibido fondeo" que delimitan la zona prohibida y están "a tomar por cul" de la isla. La que os muestro es la de "levante" (ENE) y está a unos 400 metros de la isla. La de poniente (SSW) igual o más. Las del norte y sur están un poco más cerca de tierra, unos 200 metros.
              Vamos, que la sensación que me ha dado es que hay que anclar en el p. medio del mar sin ningún tipo de protección........¡un disparate!
              Ah, por cierto, en navionic ya aparecen .

              Ahí está la prueba (boya de levante - ENE)
              Efectivamente, se veía con las coordenadas que dieron de la zona de exclusión y es como dices, hay que fondear en medio de la nada.

              Yo es un tema del que estoy tan cansado y que me rompe tanto los esquemas que me quita las ganas de ir al barco. He pasado de navegar cada fin de semana a sentir que no tiene lógica ir para sacar el barco y volver a comer al puerto (fondear en medio de la mar sin abrigo ninguno, y más en invierno, en fin ...) Y luego vendrá el buen tiempo y se llenará de locos embarcados, que te quitan las ganas también.

              Courage mieux que l'argent
              IG @asailorsoul

              Comentario


              • Re: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

                Supongo que las boyas estarán fijadas al fondo con cadenas de acero resistentes al corte.

                Odin

                Comentario


                • Re: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

                  Originalmente publicado por humpback Ver Mensaje
                  Efectivamente, se veía con las coordenadas que dieron de la zona de exclusión y es como dices, hay que fondear en medio de la nada.

                  Yo es un tema del que estoy tan cansado y que me rompe tanto los esquemas que me quita las ganas de ir al barco. He pasado de navegar cada fin de semana a sentir que no tiene lógica ir para sacar el barco y volver a comer al puerto (fondear en medio de la mar sin abrigo ninguno, y más en invierno, en fin ...) Y luego vendrá el buen tiempo y se llenará de locos embarcados, que te quitan las ganas también.

                  humpback, a mi me pasa lo mismo, estoy volviendo a puerto a comer y esto le quita parte del encanto a navegar por esta maravilla de laguna.
                  Cuando pienso en echar el hierro "allí en medio" me parece desolador , es una sensación de...¿que pinto aquí en medio?.
                  Un fondeo, además de tener un buen tendedero debe de ofrecer algo de resguardo a los vientos y eso ya no se cumple en el Mar Menor.
                  En fin

                  Comentario


                  • Re: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

                    Por si alguno queréis estar atentos a la apertura del proceso de consulta pública, en el Plan Anual Normativo para el año 2025, se contempla la modificación del Real Decreto 118/2024, de 30 de enero, por el que se establecen limitaciones a la navegación marítima para la protección y recuperación del Mar Menor.
                    Se trata de una planificación que se llevará a cabo, o no, pero que se presenta como objetivo.
                    Aparece en los siguientes términos:

                    XXVII. TRANSPORTES
                    1. Reales Decretos
                    REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN DETERMINADAS NORMAS EN MATERIA DE MARINA MERCANTE.
                    Objetivo: Resolver las dudas interpretativas surgidas en la aplicación de los reales decretos, en materia de marina mercante, modificados: Real Decreto 186/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima, el Real Decreto 332/2023, de 3 de mayo, por el que se regula la compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en Ceuta y Melilla, y el Real Decreto 118/2024, de 30 de enero, por el que se establecen limitaciones a la navegación marítima para la protección y recuperación del Mar Menor.


                    Fuente:


                    Saludos

                    Comentario


                    • Re: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

                      Últimamente he vuelto a fondear en el Mar Menor, eso sí en el mismo medio del Mar Menor , ya que las boyas están muy alejadas de las costas en las islas......a nosotros en el W de la Isla del Barón nos daba la sonda 5,8 m cuando la profundidad máxima de la Laguna debe de ser unos 6,5 m .....si no llevas un buen ancla y suficiente cadena es fácil garrear por que el fondo es cieno y algas de esas pequeñas (malo, malo) y siempre sube el viento más de lo que te gustaría.

                      Había como ya comenté unas boyas (cuatro) que delimitaban la zona, hace tres días he visto que han hecho una especie de anillo con más boyas alrededor de las islas para que no haya dudas donde están los límites.
                      Esta es la noticia de la CARM

                      https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=122411&IDTIPO=10&RASTRO=c$m122, 70

                      ¿Medusas? todas las que quieras y más, aunque la gente se baña sin problemas (deben de ser del mismo Murcia) (yo es que soy de un pueblo de al lado )

                      Comentario


                      • Re: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

                        El Real Decreto 118/2024, de 30 de enero, por el que se establecen limitaciones a la navegación marítima para la protección y recuperación del Mar Menor estableció las condiciones y limitaciones que deben cumplir los buques y embarcaciones, tanto de bandera española como extranjera, para la navegación marítima en el Mar Menor, con la finalidad de contribuir a su protección y recuperación.

                        Una de las cuestiones fundamentales reguladas por dicha norma es la relativa a las limitaciones y prohibiciones de fondeo. En este sentido, se indica que solo se permite el fondeo en los polígonos de fondeo debidamente autorizados y espacios permitidos de manera expresa de la franja litoral mediterránea de la Región de Murcia por el órgano autonómico competente. También se indica que, en cualquier caso, queda prohibido el fondeo en las zonas de especial protección para las aves (ZEPA). Esta previsión es errónea porque todo el Mar Menor tiene la condición de ZEPA, lo que hace imposible el fondeo de embarcaciones, lo que no constituía el propósito de la norma.

                        La finalidad de la modificación del real decreto es aclarar esta cuestión, procurando una redacción coherente con la necesaria protección del Mar Menor y, al mismo tiempo, con la práctica de la navegación de recreo que tradicionalmente tiene lugar en esas aguas y el ejercicio de las competencias que corresponden a las Administraciones públicas.


                        Eso y alguna otra cosa que afecta a la navegación de recreo en:



                        Saludos y mis mejores deseos para todos en el nuevo año que está a punto de llegar.

                        Comentario


                        • Re: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

                          Originalmente publicado por papaventos Ver Mensaje
                          El Real Decreto 118/2024, de 30 de enero, por el que se establecen limitaciones a la navegación marítima para la protección y recuperación del Mar Menor estableció las condiciones y limitaciones que deben cumplir los buques y embarcaciones, tanto de bandera española como extranjera, para la navegación marítima en el Mar Menor, con la finalidad de contribuir a su protección y recuperación.

                          Una de las cuestiones fundamentales reguladas por dicha norma es la relativa a las limitaciones y prohibiciones de fondeo. En este sentido, se indica que solo se permite el fondeo en los polígonos de fondeo debidamente autorizados y espacios permitidos de manera expresa de la franja litoral mediterránea de la Región de Murcia por el órgano autonómico competente. También se indica que, en cualquier caso, queda prohibido el fondeo en las zonas de especial protección para las aves (ZEPA). Esta previsión es errónea porque todo el Mar Menor tiene la condición de ZEPA, lo que hace imposible el fondeo de embarcaciones, lo que no constituía el propósito de la norma.

                          La finalidad de la modificación del real decreto es aclarar esta cuestión, procurando una redacción coherente con la necesaria protección del Mar Menor y, al mismo tiempo, con la práctica de la navegación de recreo que tradicionalmente tiene lugar en esas aguas y el ejercicio de las competencias que corresponden a las Administraciones públicas.


                          Eso y alguna otra cosa que afecta a la navegación de recreo en:



                          Saludos y mis mejores deseos para todos en el nuevo año que está a punto de llegar.
                          ¡¡¡GRACIAS cofrade!!!

                          Vaya, dos años después por fin reconocen que todo el Menor es ZEPA y que habían prohibido fondear completamente, cosa que dicen que no era el objetivo de la norma. Pego debajo el texto que interesa porque también vaya tela el galimatías de normas mezcladas de todo tipo y pelaje que publican juntas.

                          :banghead:

                          El Real Decreto 118/2024, de 30 de enero, por el que se establecen limitaciones a la navegación marítima para la protección y recuperación del Mar Menor estableció las condiciones y limitaciones que deben cumplir los buques y embarcaciones, tanto de bandera española como extranjera, para la navegación marítima en el Mar Menor, con la finalidad de contribuir a su protección y recuperación.

                          Una de las cuestiones fundamentales reguladas por dicha norma es la relativa a las limitaciones y prohibiciones de fondeo. En este sentido, se indica que solo se permite el fondeo en los polígonos de fondeo debidamente autorizados y espacios permitidos de manera expresa de la franja litoral mediterránea de la Región de Murcia por el órgano autonómico competente. También se indica que, en cualquier caso, queda prohibido el fondeo en las zonas de especial protección para las aves (ZEPA). Esta previsión es errónea porque todo el Mar Menor tiene la condición de ZEPA, lo que hace imposible el fondeo de embarcaciones, lo que no constituía el propósito de la norma.

                          La finalidad de la modificación del real decreto es aclarar esta cuestión, procurando una redacción coherente con la necesaria protección del Mar Menor y, al mismo tiempo, con la práctica de la navegación de recreo que tradicionalmente tiene lugar en esas aguas y el ejercicio de las competencias que corresponden a las Administraciones públicas.
                          Artículo octavo. Modificación del Real Decreto 118/2024, de 30 de enero, por el que se establecen limitaciones a la navegación marítima para la protección y recuperación del Mar Menor.
                          El artículo 7 del Real Decreto 118/2024, de 30 de enero, por el que se establecen limitaciones a la navegación marítima para la protección y recuperación del Mar Menor, queda modificado como sigue:

                          «Artículo 7. Limitaciones y prohibiciones de fondeo.
                          1. Solo se permite el fondeo por tiempo prolongado o de temporada para buques y embarcaciones en el Mar Menor en los polígonos de fondeo autorizados de manera expresa por el órgano autonómico competente, y siempre que cuenten con el debido título habilitante para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre.

                          2. El fondeo tradicional de buques y embarcaciones que habitualmente se produce en temporada estival, y que se efectúa en zonas próximas a la costa para disfrutar de una jornada de baño, descanso, o del entorno del Mar Menor, queda limitado a un máximo de 24 horas y al cumplimiento de las medidas adicionales que disponga el correspondiente instrumento de planificación y gestión del espacio protegido.

                          En cualquier caso, queda prohibido el fondeo en las siguientes zonas:

                          a) Las de especial protección de la biodiversidad marina, incluidas las praderas de fanerógamas marinas y sobre sustratos rocosos, así como zonas con presencia de nacras (Pinna nobilis).

                          b) Las destinadas a uso de cultivos marinos notificadas y reflejadas en las correspondientes cartas náuticas.

                          c) Las delimitadas para su uso militar.

                          d) Aquellas que, de manera motivada, se acuerden por la Capitanía Marítima de Cartagena.

                          3. Se permitirá la instalación de fondeaderos ecológicos de visita en las zonas autorizadas de manera expresa por el órgano autonómico competente y siempre que cuenten con el debido título habilitante.

                          4. Queda prohibido el fondeo de cualquier tipo de estructura sumergida, para el amadrinamiento de buques y embarcaciones mediante cabo o cadena, fuera de los polígonos de fondeo autorizados y de las zonas autorizadas para la instalación de fondeaderos ecológicos de visita.»
                          Courage mieux que l'argent
                          IG @asailorsoul

                          Comentario


                          • Respuesta: Limitaciones a la navegación en el Mar Menor

                            Por actualizar este hilo sobre las boyas de fondeo que están instalando

                            Ayer, ya vi que en la playa oeste de la Perdiguera, ya había como diez boyas blancas dentro de la zona de exclusión de fondeo a unos 200 de la orilla (había tres o cuatro embarcaciones fondeadas en las boyas.); pienso que están todavía en fase de instalación. No vi ninguna más ni por el Este de la Perdiguera ni la parte que pude ver de la isla "grande" o del Barón.

                            Me pareció o eso me dio la impresión de que habían alejado las "amarillas" de limite de prohibición de anclas bastante con respecto a la costa de la isla en esa misma zona, bastante más de lo que estaban antes

                            Comentario

                            ¿Quién está?

                            Colapsar

                            Actualmente hay 1 usuario en línea. 0 miembros y 1 invitados.

                            La mayor cantidad histórica de usuarios es de 37.627, 06/09/2026 en 10:52:48.

                            Trabajando...
                            X