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ITB con pabellón extranjero

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  • ITB con pabellón extranjero

    Buenos días,


    por casualidad a alguien le han pedido en capitanía de su puerto "ITB o similar", aun teniendo pabellón extranjero?


    Saludos.

  • #2
    Re: ITB con pabellón extranjero

    En mi puerto y en otros siendo transeúnte, algunas veces me han pedido certificado de navegabilidad, ITBs y de todo, es simplemente que la persona no conoce bien los detalles de la normativa, saben lo "típico" de la española.

    Se explica sin problema, a veces consultan a "sus mayores", pero no pasa de ahí, hablando y resuelto.

    La ITB como tal, sólo para bandera española, alguna bandera habrá que tenga inspecciones y tal, desde luego británica y polaca que son los dos pabellones extranjeros que he tenido, no lo requieren para mi barco (36 pies). Para esloras superiores y/o uso comercial la cosa cambia.

    Courage mieux que l'argent
    IG @asailorsoul

    Comentario


    • #3
      Re: ITB con pabellón extranjero

      Gracias por tu pronta respuesta,

      el caso concreto es: pabellón polaco y menos de 8m de eslora.
      Le insistí en que no tenía obligación de ITB, y me contestó que en cualquier caso querían "ITB o similar". Por eso preguntaba si alguien más le había sucedido algo parecido.

      Pero bueno, voy a obviarlo de momento.

      Gracias.

      Comentario


      • #4
        Re: ITB con pabellón extranjero

        Originalmente publicado por blork Ver Mensaje
        Gracias por tu pronta respuesta,

        el caso concreto es: pabellón polaco y menos de 8m de eslora.
        Le insistí en que no tenía obligación de ITB, y me contestó que en cualquier caso querían "ITB o similar". Por eso preguntaba si alguien más le había sucedido algo parecido.

        Pero bueno, voy a obviarlo de momento.

        Gracias.
        Polaco, menos de 8 m y no dedicándolo a charter, no hay inspecciones exigidas por bandera.

        La normativa, traducción automática al inglés dice concretamente:

        Yacht Safety Certificate
        The Yacht Safety Certificate is issued under the provisions of Article 23.1 of the Act of 18 August 2011 on Maritime Safety (Journal of Laws of 2022, item 515) after a safety inspection by the Director of Maritime Office in Gdynia or Maritime Office in Szczecin (depending on the yacht’s port of registry). The Polish Register of Shipping (PRS) is also authorised by the Polish Government to carry out yachts’ inspections and issue Safety Certificates.

        The Yacht Safety Certificate is an obligatory requirement for:

        seagoing commercial yachts (irrespective of their size);
        seagoing recreational yachts of more than 15 m in length.

        For seagoing recreational yachts of up to 15 m in length the Yacht Safety Certificate is recommended, but not obligatory.

        During a safety inspection:

        Class Certificate or another document issued after a technical survey,
        Meeting the conditions for safe navigation of seagoing yachts, depending on their length and sailing area, e.g. equipment required by Regulation of the Minister of Transport, Construction and Maritime Economy of 28 February 2012 on the safety of navigation by seagoing yachts.
        are checked.

        The Yacht Safety Certificate also specifies minimum safe manning by listing the minimum number of crew and certificates of competency required.
        Publicado en https://portal.reja24.gov.pl/requirements-and-documents

        Yo les metía por escrito un expone-solicita explicándolo y si se ponen tontos, registro de entrada del expone-solicita en organismo oficial, Capitanía Marítima por ejemplo, o la Dirección de Puertos de la comunidad autónoma que sea, y lo daba por zanjado con ellos.

        Courage mieux que l'argent
        IG @asailorsoul

        Comentario


        • #5
          Re: ITB con pabellón extranjero

          El concepto "similar" es muy amplio; según el Diccionario de la RAE:

          1. adj. Que tiene semejanza o analogía con algo.

          La obligatoriedad de la ITB para barcos de recreo de pabellón español está fijada en una normativa española y la no obligatoriedad del Certificado de Inspección para barcos de recreo de pabellón polaco está fijada en otra normativa, esta vez polaca. Y esta es toda la analogía.

          En consecuencia, yo esperaría a que me lo soliciten por escrito, y les contestaría también por escrito, con sello de entrada en su oficina/secretaría o lo que sea, dándoles la normativa polaca que cita el cofrade humpback (en polaco, por supuesto ). Y que se apañen.

          Lo que no haría es llevar el asunto a organismos españoles; nunca se sabe por dónde van a salir...

          Saludos y
          Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

          Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

          Comentario


          • #6
            Re: ITB con pabellón extranjero

            ¿En qué puerto fué eso? Es para ir con los papeles de "NO NECESARIO" por delante o si es el caso no entrar.
            LSV - BARCO KAU-BÉ.
            "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

            MMSI: 261000743

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            Comentario


            • #7
              Re: ITB con pabellón extranjero

              Bueno, pues haré caso a Humpback y Apagapenol.
              Espero a que me lo pidan por escrito, y les contesto con la normativa polaca.
              LSV, disculpa pero prefiero no mencionar públicamente el puerto . (Al menos de momento,...).


              Saludos a todos.

              Comentario


              • #8
                Re: ITB con pabellón extranjero

                He dado con este documento, que se puede imprimir y llevar a bordo junto
                a la tarjeta y la licencia radio. Está en inglés, pero creo que se entiende bien.



                "Documents required for sea-going yachts under the Polish flag"
                Documentos necesarios para los yates de navegación marítima con bandera polaca

                Y el recuadro que dice:
                "Up to 15 m in length of the hull: RL"
                Hasta 15 metros en longitud del casco: RL

                Y arriba a la izquierda, se especifica lo que es la RL:
                "RL – Radio Licence"
                RL – Licencia de radio


                Salvo lapsus por mi parte, con la tarjeta (que es el documento de registro de
                la embarcación), la licencia radio, el título y el recibo del seguro, se llevan
                todos los papeles que se necesitan (barcos de hasta 15 metros, claro).


                Salud y
                Editado por última vez por El Temido II; 09/03/2024, 13:26:21.


                El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                Comentario


                • #9
                  Re: ITB con pabellón extranjero

                  Originalmente publicado por El Temido II Ver Mensaje
                  He dado con este documento, que se puede imprimir y llevar a bordo junto
                  a la tarjeta y la licencia radio. Está en inglés, pero creo que se entiende bien.



                  "Documents required for sea-going yachts under the Polish flag"
                  Documentos necesarios para los yates de navegación marítima con bandera polaca

                  Y el recuadro que dice:
                  "Up to 15 m in length of the hull: RL"
                  Hasta 15 metros en longitud del casco: RL

                  Y arriba a la izquierda, se especifica lo que es la RL:
                  "RL – Radio Licence"
                  RL – Licencia de radio


                  Salvo lapsus por mi parte, con la tarjeta (que es el documento de registro de
                  la embarcación), la licencia radio, el título y el recibo del seguro, se llevan
                  todos los papeles que se necesitan (barcos de hasta 15 metros, claro).


                  Salud y
                  Con eso está todo dicho.

                  Saludos y
                  Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                  Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                  Comentario


                  • #10
                    Re: ITB con pabellón extranjero

                    Creo que estamos mezclando dos cosas diferentes:
                    1. Los requisitos para navegar que impone la administración marítima polaca (y la española dentro de las 12 millas)

                    2. Los que impone un puerto concreto para atracar en sus instalaciones.


                    Concretamente conozco el caso del Port Olimpic de BCN, que a las embarcaciones de bandera NO española , les pide una inspección abreviada por parte de una ECA. Son media docena de puntos (tanque aguas negras en caso de wc fijo, bomba achique, alarma de gases, defensas...) y los requisitos de zona 6.

                    Comentario


                    • #11
                      Re: ITB con pabellón extranjero

                      Originalmente publicado por TripuBar Ver Mensaje
                      [...]

                      2. Los que impone un puerto concreto para atracar en sus instalaciones.


                      Concretamente conozco el caso del Port Olimpic de BCN, que a las embarcaciones de bandera NO española , les pide una inspección abreviada por parte de una ECA. Son media docena de puntos (tanque aguas negras en caso de wc fijo, bomba achique, alarma de gases, defensas...) y los requisitos de zona 6.
                      Si la DGMC no puede pedir ITB ni nada semejante a los barcos de recreo de pabellón extranjero (y seguro que ganas no les faltan), dudo mucho que los puertos puedan ejercer legalmente esas atribuciones.

                      Razón más que suficiente para no pedir atraque en el puerto que pida esa inspección.

                      Saludos y
                      Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo)

                      Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo)

                      Comentario


                      • #12
                        Re: ITB con pabellón extranjero

                        Originalmente publicado por TripuBar Ver Mensaje
                        Creo que estamos mezclando dos cosas diferentes:
                        1. Los requisitos para navegar que impone la administración marítima polaca (y la española dentro de las 12 millas)

                        2. Los que impone un puerto concreto para atracar en sus instalaciones.


                        Concretamente conozco el caso del Port Olimpic de BCN, que a las embarcaciones de bandera NO española , les pide una inspección abreviada por parte de una ECA. Son media docena de puntos (tanque aguas negras en caso de wc fijo, bomba achique, alarma de gases, defensas...) y los requisitos de zona 6.
                        Un puerto concreto, el que sea, no puede extralimitarse en sus funciones. Muchas veces por no complicarnos la vida transigimos con tal o cual petición y así nos va. Si TODOS o la mayoría ejerciéramos nuestros derechos amparados en bandera de conveniencia -ojo, y los deberes también aunque sean pocos- se iba a acabar tanta petición, requisitos, papeles ... que en la mayoría de los casos piden por la inercia y la costumbre (mala malísima) de tenernos acojonados . Y perdón por el exabrupto....
                        No brindo

                        Comentario


                        • #13
                          Re: ITB con pabellón extranjero

                          Originalmente publicado por TripuBar Ver Mensaje
                          Concretamente conozco el caso del Port Olimpic de BCN, que a las embarcaciones de bandera NO española , les pide una inspección abreviada por parte de una ECA. Son media docena de puntos (tanque aguas negras en caso de wc fijo, bomba achique, alarma de gases, defensas...) y los requisitos de zona 6.
                          Lo encuentro alucinante, y buscando en su web veo que este requisito también se solicitará a los barcos que estén de tránsito, un sinsentido

                          Comentario


                          • #14
                            Re: ITB con pabellón extranjero

                            surrealista, ...
                            Editado por última vez por blork; 22/03/2024, 21:26:52.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: ITB con pabellón extranjero

                              Originalmente publicado por blork Ver Mensaje
                              Originalmente publicado por TripuBar Ver Mensaje
                              Concretamente conozco el caso del Port Olimpic de BCN, que a las embarcaciones de bandera NO española , les pide una inspección abreviada por parte de una ECA. Son media docena de puntos (tanque aguas negras en caso de wc fijo, bomba achique, alarma de gases, defensas...) y los requisitos de zona 6.
                              surrealista, ...
                              Y muy probablemente ilegal.


                              Salud y


                              El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                              http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                              Comentario


                              • #16
                                Re: ITB con pabellón extranjero

                                Pues el Port Olimpia es del ayuntamiento. Pero ya vemos que las instituciones y la legalidad van cada una por su lado...

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: ITB con pabellón extranjero

                                  Originalmente publicado por Costapinto Ver Mensaje
                                  Pues el Port Olimpia es del ayuntamiento. Pero ya vemos que las instituciones y la legalidad van cada una por su lado...
                                  No, la propiedad no es del ayuntamiento...

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: ITB con pabellón extranjero

                                    Originalmente publicado por jiauka Ver Mensaje
                                    No, la propiedad no es del ayuntamiento...

                                    Ah, pues no será de su propiedad, pero la gestión sí. ¿O tampoco?

                                    Cito:

                                    Desde abril de 2020, Barcelona de Serveis Municipals (B:SM) se enfrenta, por encargo del Ayuntamiento de Barcelona, a un reto repleto de ilusión: transformar el Port Olímpic para convertirlo en un espacio comprometido con la ciudadanía.

                                    Y en la página web queda encabezada por Ajuntament de Barcelona.

                                    Vamos, que sea de quién sea, las decisiones que se toman dependen del ayuntamiento en última instancia.

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