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2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

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4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

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15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Importacion, Iva Si, Iva No

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  • Importacion, Iva Si, Iva No

    Hola, pues estoy hecho un lío.

    Estoy interesado en un barco con Bandera EEUU, y he pedido presupuestos para el papeleo en dos sitios distintos y en uno me incluyen además de los aranceles, un IVA de importación. En el otro presupuesto no me incluyen el IVA y, tras preguntar, me insiten en que no es necesario.

    ¿Me lo podéis aclarar?
    La tutela de la Administración
    es una aberración,
    hazte socio de ANAVRE
    Peace & lobas
    [LEFT][B][I][FONT=Georgia][SIZE=5]

  • #2
    Re: Importacion, Iva Si, Iva No

    Salvo que puedas acreditar que que el barco, en su día pago IVA en cualquier pais de la Comunidad Europea se consideraría importacion extracomunitaria y por tando devengaría IVA, en otro caso devengaria Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (Hacieda local) y, por supuesto en ambos casos Impuesto de Matriculación, salvo que este exento por alguna causa, lo siento.
    Salud y buena mar
    "Haz lo que desees"

    Comentario


    • #3
      Re: Importacion, Iva Si, Iva No

      Pero lo peor es que tendras que hacer una ITB con proyecto de Ingeniero para que lo "homologue", inclusi si el barco es procedente de la CE
      para pero ....... S is different
      Manel - EA3CBQ

      Socio fundador Anavre n° 15

      de Baja por en crisis económica ??

      Comentario


      • #4
        Re: Importacion, Iva Si, Iva No

        Originalmente publicado por dunic Ver Mensaje
        Pero lo peor es que tendras que hacer una ITB con proyecto de Ingeniero para que lo "homologue", inclusi si el barco es procedente de la CE
        para pero ....... S is different

        Pero esto es fácil de entender, es que por ahí no saben hacer barcos.



        Salvo que puedas acreditar que que el barco, en su día pago IVA en cualquier pais de la Comunidad Europea se consideraría importacion extracomunitaria y por tando devengaría IVA, en otro caso devengaria Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (Hacieda local) y, por supuesto en ambos casos Impuesto de Matriculación, salvo que este exento por alguna causa, lo siento.
        Salud y buena mar


        Pues no creo que pueda acreditar nada pagado en EU porque el barco viene directo de EEUU.

        El caso es que el presupuesto varía de una u otra forma, así que prefiero ir sobre seguro y, o me dan una explicación clara o me inclino por los caros. Me pongo malo con las cosas mal hechas.
        La tutela de la Administración
        es una aberración,
        hazte socio de ANAVRE
        Peace & lobas
        [LEFT][B][I][FONT=Georgia][SIZE=5]

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        • #5
          Re: Importacion, Iva Si, Iva No

          Un Baco construido en CE y matriculado fuera de la CE, "pierde" su status CE y necesita informe Ingeniero , triste pero asi es (incluso con Matricula AND)
          Manel - EA3CBQ

          Socio fundador Anavre n° 15

          de Baja por en crisis económica ??

          Comentario


          • #6
            Re: Importacion, Iva Si, Iva No

            Originalmente publicado por dunic Ver Mensaje
            Un Baco construido en CE y matriculado fuera de la CE, "pierde" su status CE y necesita informe Ingeniero , triste pero asi es (incluso con Matricula AND)




            Eso también es facil de entender, es por si lo han estropeao





            No sé porqué, pero tengo un sentimiento así como que me estan robando...
            Lo peor es que alguno de los que me ha dado presupuesto, pienso que también es un chorizo...
            LLevo ya dos meses sin barco y, a veces digo que no me compro otro. Me ha pasado de todo, ya contaré.
            La tutela de la Administración
            es una aberración,
            hazte socio de ANAVRE
            Peace & lobas
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            • #7
              Re: Importacion, Iva Si, Iva No

              Marpirao, a ver si esto te ayua un poquitín

              RD 544/2007 abanderamiento y matriculación lista 7ª

              Artículo 7.
              Documentación requerida para el abanderamiento
              de embarcaciones sin marcado CE.

              1. Respecto de las embarcaciones que carezcan del
              marcado CE, tanto nuevas, con la excepción de las construidas
              por aficionados, como aquellas existentes procedentes
              de países terceros o procedentes de subasta o
              hallazgos, que carezcan de documentación identificativa
              de la embarcación y del país de procedencia, se deberá
              obtener, previamente a su matriculación, el marcado CE,
              mediante un procedimiento de evaluación de la conformidad
              con posterioridad a su fabricación, regulado en el
              artículo 6.1 del Real Decreto 2127/2004, de 29 de octubre,
              por el que se regulan los requisitos de seguridad de las
              embarcaciones de recreo, de las motos náuticas, de sus
              componentes y de las emisiones de escape y sonoras de
              sus motores.
              Una vez obtenido dicho marcado, se podrá solicitar la
              matriculación presentando la documentación indicada en
              el artículo anterior.
              2. Las embarcaciones existentes procedentes de la
              Unión Europea que carezcan del marcado CE, podrán
              matricularse siempre que se cumpla una de las condiciones
              siguientes:
              a) Que la embarcación disponga de un certificado de
              inspección de buques anterior al 2 de junio de 1992, expedido
              por la Dirección General de la Marina Mercante.
              b) Que la embarcación disponga de un certificado de
              homologación expedido por la Dirección General de la
              Marina Mercante.
              c) Que la embarcación disponga de un certificado de
              construcción por unidades expedido por la Dirección
              General de la Marina Mercante.
              d) Que se presente un proyecto elaborado y firmado
              por técnico titulado competente, según lo establecido en la
              disposición adicional segunda del Real Decreto 1837/2000,
              de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
              de inspección y certificación de buques civiles, y
              visado por el colegio profesional correspondiente, que
              demuestre que la embarcación cumple con lo establecido
              en la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, y en las
              normas UNE armonizadas que se incluyen en el listado
              del anexo II.
              Asimismo, habrán de superar con resultado favorable
              el reconocimiento inicial realizado por la Administración
              marítima de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.A
              del Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre.
              Las embarcaciones previamente registradas en otro
              Estado miembro de la Unión Europea que tengan menos
              de 15 años de antigüedad y una eslora inferior a 12 metros,
              podrán matricularse sin necesidad de presentar el correspondiente
              proyecto, siempre que la marca y el modelo
              figure en la base de datos de las embarcaciones homologadas
              por la Dirección General de la Marina Mercante, y se
              someta la embarcación, por parte de la Administración
              marítima, a un reconocimiento inicial que será ampliado,
              con el alcance de los reconocimientos periódicos definidos
              en el artículo 3.B del Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre.
              3. En los supuestos considerados en el apartado
              anterior, el interesado presentará ante la capitanía marítima
              la documentación que se indica a continuación:
              a) Certificado de inspección de buques o certificado
              de homologación o certificado de construcción por unidades
              o el proyecto que se indica en el punto 2.d) de este
              artículo, según proceda.
              b) Aportación del título de adquisición de la propiedad
              o del derecho de disfrute.
              c) Certificado de baja en el registro del país de origen
              para las importadas previamente registradas en otro país.
              d) Autorización, en su caso, de conformidad con lo
              previsto en el artículo 32.3 de la Ley 30/1992, de 26 de
              noviembre, que acredite a otra persona física o jurídica
              para actuar en nombre del propietario.
              m) Documentación acreditativa del pago o, en su
              caso, no sujeción o exención del Impuesto especial sobre
              determinados medios de transportes.
              e) Justificante de ingreso de la tasa de inscripción en
              el Registro de matrícula de buques, regulada en la disposición
              adicional decimosexta de la Ley 27/1992, de 24 de
              noviembre.
              f) Certificado de la(s) balsa(s) salvavidas, que cumplan
              lo indicado en la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril.
              g) Justificante del pago de la tasa por servicio de
              señalización marítima, regulada en el artículo 30 de la Ley
              48/2003, de 26 de diciembre.

              Respecto del IVA pregunta en hacienda, con los datos completos del barco y en base al contrato de compraventa... y ya te dirán la "mordida"...

              Y si con estas cosas claras, si/no certificado ingeniero naval, si/no IVA, te coges una semanita de vacaciones y haces tú todos los papeles sin problema...

              Bueno, ya sabes que tendrás que "homologar" equipos e instalación comunicaciones, balsa y radiobaliza.... más la correspondiente ITB... el fuera borda de la dingui... la tostadora, el exprimidor, la cafetera...

              Trabajo te has buscado, total, pa dos días buenos al año....

              Salud y buena mar
              En la mar, ni tiempo ni marea paran o esperan.

              Los doctores son hombres que prescriben medicinas que conocen poco, curan enfermedades que conocen menos, en seres de humanos de los que no saben nada. Voltaire (1694-1778)
              Albaid en youtube

              Comentario


              • #8
                Re: Importacion, Iva Si, Iva No

                Buenos días:
                El Iva (16% ahora, 18% dentro de unos meses) lo tienes que pagar de todas, todas, creo que o el presupuesto que no lo contempla es erróneo, o lo dan por sobreentendido.
                Los gastos que debes tener a la importación son: Un porte desde el lugar de situación del barco hasta el puerto de salida.
                Un coste por trincaje de la embarcación en buque, plataforma, etc...
                Un despacho de exportación (dispatch)
                Un transporte oceánico hasta el puerto de llegada.
                Puedes tener un recargo por combustible (Bunker, Baf, ...)
                La descarga de la embarcación en el puerto de llegada.
                Un despacho de importación.
                Unos aranceles/porcentaje sobre el valor de la embarcación en factura más todos los gastos anteriores.
                Un Iva sobre el valor anterior sumados los aranceles.
                Un transporte hasta donde indiques.

                Aparte de esto, el resto de gastos ya son "de gestoría" Itb, etc..como te han indicado.

                Esto es muy resumido y "a vuela pluma", en los importes de estos gastos es donde estará la diferencia, si pides un par de presupuestos más seguramente salgas de dudas.
                Saludos y suerte.

                Comentario


                • #9
                  Re: Importacion, Iva Si, Iva No

                  pedro.....vaya un lio,a mi me toca y me muero solo de pensar en el papeleo.
                  despues de reflexionar,y por lindo que sea lo que has visto,¿no seria mejor buscar algo de la ce,mejor con bandera española,que este en un puerto relativamente cercano...aunque sea un tuper?
                  te deseo to la suerte y habilidad para sortar el monton de escollos.
                  y aparte un por tu nuevo barco.adios

                  Comentario

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