VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Hola Cofrade

Hemos detectado que utilizas un bloqueador de anuncios. Si puedes, considera añadir La Taberna del Puerto a tu lista de excepciones. Esto nos ayuda a mantener la comunidad y cubrir los gastos del servidor. ¡Gracias por tu apoyo!

LOTERÍA DE NAVIDAD 2026
De nuevo jugamos al 31103 que no es otro que la fecha de fundación de la Taberna. Si quieres jugar haz click en el décimo

Por favor, si juegas, comprueba que estés en la lista y que no haya ningún problema. Muchas gracias a todos los que participáis y MUCHA SUERTE.

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web, aplicaciones o canales, bien sea mediante enlaces, mediante artículos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.


14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Pago de IVA en cambio de lista

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Pago de IVA en cambio de lista

    Estimados cofrades, sirvanse unas birras, que pago yo. A ver si me podéis aclarar esta duda.
    Cuando pasas de lista 6ª a 7ª, tienes que pagar el IVA, eso está claro, pero si han pasado, por ejemplo, tres años, ¿este IVA sobre que valor se paga?, ¿sobre el de barco nuevo, o sobre el valor residual en el que lo tenga valorado hacienda al cabo de estos tres años?

    Grache mille
    Tu regere imperio fluctus, hispane memento.

    El número de cigarras que las hormigas podemos mantener es limitado.

    (Me sigue sobrando el Senado y las Diputaciones)

  • #2
    Re: Pago de IVA en cambio de lista

    Vaya preguntita, no tengo ni idea, pero creo que es el del valor residual, te imaginas cambiar de lista una embarcación con 25 años, por logica debe ser el valor residual, a ver si algun cofrade experto concreta más.
    De hecho el impuesto de transmisiones patrimoniales es sobre el valor "residual", si puede llamarse asi, que se lo da Hacienda.
    Una ronda para todos que en todos los trabajos se ......
    Editado por última vez por Nicgongar; 05/05/2010, 22:11:55.
    Somos los hijos malditos de la historia, desarraigados y sin objetivos. No hemos sufrido una gran guerra, ni una depresión. Nuestra guerra es la guerra espiritual, nuestra gran depresión es nuestra vida. Crecimos con la televisión que nos hizo creer que algún día seriamos millonarios, dioses del cine o estrellas del rock, pero no lo seremos y poco a poco lo entendemos y eso hace que estemos, muy, muy cabreados.

    Comentario


    • #3
      Re: Pago de IVA en cambio de lista

      Originalmente publicado por Nicgongar Ver Mensaje
      Vaya preguntita, no tengo ni idea, pero creo que es el del valor residual, te imaginas cambiar de lista una embarcación con 25 años, por logica debe ser el valor residual, a ver si algun cofrade experto concreta más.
      De hecho el impuesto de transmisiones patrimoniales es sobre el valor "residual", si puede llamarse asi, que se lo da Hacienda.
      Una ronda para todos que en todos los trabajos se ......
      Si, el impuesto de transmisión del 4% es sobre el valor residual que tiene hacienda tabulado, pero es que del IVA no encuntro nada, y para saber realmente lo que cuesta si compras un barco en 6ª y lo quieres pasar a 7ª, este dato no lo tengo.

      Gracias no obstante, sean dadas. Pasa que tómate algo que se calientan
      Tu regere imperio fluctus, hispane memento.

      El número de cigarras que las hormigas podemos mantener es limitado.

      (Me sigue sobrando el Senado y las Diputaciones)

      Comentario


      • #4
        Re: Pago de IVA en cambio de lista

        El hecho imponible en la regulación del impuesto añadido (IVA) son las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el ámbito espacial del impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional.
        Se desprende que el pasar de una lista a otra entre las NUEVE listas que existen, no es ni entrega de bien ni prestación de servicios, realizada por empresario o profesional.
        No incide el IVA.
        Ahora bien, si adquieres la embarcación de un empresario o profesional, SI incide el IVA sobre el valor de la compraventa. Si la adquieres de un particular incide el impuesto de transmisiones patrimoniales, a su vez incompatible con el IVA.

        Las valoraciones de hacienda de los precios medios publicadas bajo la
        Orden EHA/3476/2009, son de aplicación al impuesto de transmisiones patrimoniales, al de donaciones, al de sucesiones y al impuesto especial sobre determinados medios de transporte. No se aplica dicha lista de precios medios al IVA.

        Buona Fortuna!!!
        Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos.
        (Fernando Pessoa -1931)

        Comentario


        • #5
          Re: Pago de IVA en cambio de lista

          Por cierto algo me dice que este post debería estar en el foro de cuestiones legales. te sugiero que lo reportes para que el tabernero lo cambie.Gracias
          Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos.
          (Fernando Pessoa -1931)

          Comentario


          • #6
            Re: Pago de IVA en cambio de lista

            Si el barco está en lista 6ª y pertenece a una empresa o profesional, como es de suponer, tiene que emitir la factura por el importe de la venta real, y añadir el iva correspondiente, a ese precio.

            Como minimo, si el caso es que se quiere "escaquear" parte del pago del mismo, se ha de tener en cuenta que Hacienda publica anualmente un listado tanto de vehiculos a motor como de barcos a vela y motor, por marcas y modelos con un valor minimo de venta para el pago de los impuestos, es decir como base se habría de tener en cuenta ese importe, aunque se pague realmente menos de lo que se indica. Solo se podría justificar el menor precio en caso de que el barco estuviera verdaderamente dañado o averiado.

            I. DISPOSICIONES GENERALES
            MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
            20887
            Orden EHA/3476/2009, de 17 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

            BOE 311 de fecha 26 de Diciembre de 2009.

            Puedes consultar los precios.
            Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
            EA 3 CBT

            Comentario


            • #7
              Re: Pago de IVA en cambio de lista

              Originalmente publicado por Jangada Ver Mensaje
              El hecho imponible en la regulación del impuesto añadido (IVA) son las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el ámbito espacial del impuesto por empresarios o profesionales a título oneroso, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional.
              ..................
              Maquey
              Te has quedao ya con el tema?, pues eso, que si te lo vende la empresa IVA Y si te lo vende un particular Impuesto sobre trasmisiones patrimoniales.
              Bueno yo lo entiendo asi.
              Quizas sería bueno que primero lo pasara a la 7ª y despues te lo vendiera, no?
              Somos los hijos malditos de la historia, desarraigados y sin objetivos. No hemos sufrido una gran guerra, ni una depresión. Nuestra guerra es la guerra espiritual, nuestra gran depresión es nuestra vida. Crecimos con la televisión que nos hizo creer que algún día seriamos millonarios, dioses del cine o estrellas del rock, pero no lo seremos y poco a poco lo entendemos y eso hace que estemos, muy, muy cabreados.

              Comentario


              • #8
                Re: Pago de IVA en cambio de lista

                Originalmente publicado por Nicgongar Ver Mensaje
                Maquey
                Te has quedao ya con el tema?, pues eso, que si te lo vende la empresa IVA Y si te lo vende un particular Impuesto sobre trasmisiones patrimoniales.
                Bueno yo lo entiendo asi.
                Quizas sería bueno que primero lo pasara a la 7ª y despues te lo vendiera, no?
                Si, eso sería lo ideal, pero y si el que lo vende no tiene dinero para pasarlo a la 7ª, y por eso lo vende en 6ª. (Puede ser una persona jurídica).
                Sigo sin tenerlo claro. ¿El IVA sería el 16% del precio de venta? Sin entrar en listas digamos, "homologadas". Si el precio no dista mucho de lo que hacienda lo tiene homologado, entiendo que no habrá problema.
                Resumiendo:
                Si se compra a particular, 4% del precio "homologado" por transmisiones patrimoniales.
                Si se compra a empresa, 16% del precio de venta (Cercano al homologado).

                Un 8% más caro.

                Lo que no me termina de cuadrar es que no se pague el 16% de IVA más el 4% de transmisiones patrimoniales.

                Se agradecen aclaraciones.

                PD.- ¿El impuesto de matriculación a partir de que año no hay que pagarlo?

                Tomaros lo que querais de importación, que el tema lo merece
                Editado por última vez por Maquey; 06/05/2010, 22:56:06.
                Tu regere imperio fluctus, hispane memento.

                El número de cigarras que las hormigas podemos mantener es limitado.

                (Me sigue sobrando el Senado y las Diputaciones)

                Comentario


                • #9
                  Re: Pago de IVA en cambio de lista

                  Impuesto de matriculación exento a partir de la fecha de inscripción definitiva (no confundir con la factura de compra del barco)

                  Si pagas el 16 % de IVA, no pagas el 4% de impuesto de transmisiones.

                  El que vende el barco ese 16% tiene que declararlo y pagarlo ha hacienda, y te lo va a cobrar igual esté ya pasado en lista 7ª (ojo), que el documento de venta al tratarse de un empresario, ya que ha tenido el barco en explotación, tiene que ser contrato acompañado de factura en la que este desglosado el 16 % de IVA, y atención que a partir del 1 de Julio será el 18 %.
                  Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
                  EA 3 CBT

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Pago de IVA en cambio de lista

                    Originalmente publicado por Tatatoa Ver Mensaje
                    Impuesto de matriculación exento a partir de la fecha de inscripción definitiva (no confundir con la factura de compra del barco)

                    Si pagas el 16 % de IVA, no pagas el 4% de impuesto de transmisiones.

                    El que vende el barco ese 16% tiene que declararlo y pagarlo ha hacienda, y te lo va a cobrar igual esté ya pasado en lista 7ª (ojo), que el documento de venta al tratarse de un empresario, ya que ha tenido el barco en explotación, tiene que ser contrato acompañado de factura en la que este desglosado el 16 % de IVA, y atención que a partir del 1 de Julio será el 18 %.
                    Gracias Tatatoa, ya me queda claro, y tengo menos de dos meses para no tener que incurrir en otro 2% adicional.
                    Si me permites una pregunta, ya que te veo puesto en el tema, si el precio de venta, IVA no incluido, se acerca a lo tabulado en hacienda como valor del barco en el momento de la operación. ¿No habría problemas con el fisco? ¿No?

                    Pídete lo que te apetezca, aunque a estas horas, lo mejor es un cafe.
                    Tu regere imperio fluctus, hispane memento.

                    El número de cigarras que las hormigas podemos mantener es limitado.

                    (Me sigue sobrando el Senado y las Diputaciones)

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Pago de IVA en cambio de lista

                      El "se acerca" es en más o en menos.?, si es más no habrá problema, si es en menos, depende cuanto menos, y si se puede justificar el motivo por el cual es ese menos, muy claramente, por averías o falta de algún elemento, velas, o cualquier otra cosa, y que el funcionario que te encuentres le parezca correcto, y que hay algunos que se limitan a leer el BOE, y de ahí no lo sacas.
                      Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
                      EA 3 CBT

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Pago de IVA en cambio de lista

                        Muy buenas a todos!

                        Al hilo me ha entrado una duda: si TIENES un barco en 6ª y lo quieres pasar a 7ª (es decir, sin comprarlo ni venderlo) qué IVA has de pagar? el del precio de compra en su dia o el actualizado segun tablas?

                        Muchas gracias por anticipado.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Pago de IVA en cambio de lista

                          El cambio de lista y si es el mismo propietario y han pasado más de cinco años no comporta pago de impuesto alguno, solo las tasas de cambio de lista.
                          Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
                          EA 3 CBT

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Pago de IVA en cambio de lista

                            Muchas gracias por la aclaración, Tatatoa. ¿Debo entender que si se cambia antes de los 5 años se debe ingresar IVA, pero pasados 5 años de la compra ya ha prescrito i prou?
                            ¿No hay truco?

                            ¿Conoces un buen asesor (igual tu lo eres) para poder consultar el caso particular?

                            Muchas gracias de nuevo!

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Pago de IVA en cambio de lista

                              Esta la ley de regulación por inversiones .

                              imaginate que compras un yate valorado en 200.000 euros base iva, actualmente en el momento de la compra el iva son 32.000 Euros. al cabo de un año, como eres generoso lo vendes en 100.000 Euros y cobras un IVA de 16.000 Euros, y haces la correspondiente declaración, pero el cuento no se acaba aqui, el IVA se debe amortizar durante cuatro años, eso quiere decir que cada año se amortiza 32.000 /4= 8000 Euros, por tanto quedan por amortizar 8000*3=24.000 Euros, por lo tanto debes declarar en la casilla 35 regulación por inversiones la diferencia entre lo cobrado y lo calculado, en ese caso 24000 - 16000 = 8.000 Euros más.

                              Si lo vendes por 175.000 al cabo de un año (siempre se entiende base iva) son 28.000 Euros de IVA, en ese caso solo se debería pagar esa cantidad.
                              Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
                              EA 3 CBT

                              Comentario

                              ¿Quién está?

                              Colapsar

                              Actualmente hay 1 usuario en línea. 0 miembros y 1 invitados.

                              La mayor cantidad histórica de usuarios es de 37.627, 06/09/2026 en 10:52:48.

                              Trabajando...
                              X