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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web, aplicaciones o canales, bien sea mediante enlaces, mediante artículos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.


14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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barca neumatica de 2.5m y 2.5 cv

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  • barca neumatica de 2.5m y 2.5 cv

    Hola soy carlos ,quisiera asesoramiento porque la verdad no tengo ni idea de eso de los barcos y tal,bueno quiero comprar "porque regalar como que no te regalan nada en esta vida" una barca neumatica de 2.5m y con motor de 2.5cv
    es para pasear a mis sobrinas por la playa,me podeis decir que requisitos necesito y cuanto me puedo alejar de la costa.Gracias

  • #2
    Re: barca neumatica de 2.5m y 2.5 cv

    Hasta 2,5 m no es neceario matricular la barca. Tampoco necesitas ninguna titulacion para llevarla. Si es conveniente contratar un seguro de responsabilidad civil, pero te costará poco.
    En cuanto opciones de compra, tienes muchas, que dependen basicamente del precio.
    Neumaticas tienes que van desde 600 euros a mas de 1500, dependiendo del diametro de los flotadores, de la forma del suelo (con tablillas, de aluminio, inflable con quilla, inflable en V, y semirrigida). Dependiendo del tipo de suelo y del diametro de los flotadores soportan una carga maxima, las hay de 260 kg hasta 450 kg, yo te recomendaria que como minimo te compres una neumatica con diametro de flotadores de 42 cm y con una carga de 400 kg. Si los flotadores son mas pequeños en cuanto vas cargado o hay una poca mar te entra agua.

    Respecto al motor, no hay muchas dudas, cualquier motor de 2,5 Cv es mas o menos igual, aunque nuevos son todos de 4 tiempos. Si lo compras de segunda mano asegurate de que te den papeles, los necesitaras para el seguro.

    En mi caso yo lo que tengo es una Honda de quilla inflable en V con un motor tohatsu de 3,5 CV.

    Espero que te haya servido de algo...
    Bandera española a mucha honra!!!

    Comentario


    • #3
      Re: barca neumatica de 2.5m y 2.5 cv

      pero al llevar motor la embarcacion aunque sea de medidas muy reducidas y cv muy bajo no debe de darse de alta por acople ?

      Comentario


      • #4
        Re: barca neumatica de 2.5m y 2.5 cv

        No, menos de 2,5 metros de eslora se considera artefacto flotante y no barco. No recuerdo bien si hay limitacion de potencia, me suena que son 4 Cv.
        Bandera española a mucha honra!!!

        Comentario


        • #5
          Re: barca neumatica de 2.5m y 2.5 cv

          bueno ya lo tengo casi todo comprado necesito saber si me falta algo
          obligatorio
          seguro motor,remos ,chalecos salvavidas,luz de limterna blanca m falta algo mas?

          Comentario


          • #6
            Re: barca neumatica de 2.5m y 2.5 cv

            se me olvidaba como veis un honda marine 2.3cv eje corto precio 741 euros con iva incluido

            Comentario


            • #7
              Re: barca neumatica de 2.5m y 2.5 cv

              Originalmente publicado por deseo1802 Ver Mensaje
              se me olvidaba como veis un honda marine 2.3cv eje corto precio 741 euros con iva incluido
              hola el otro dia el la tienda del navegante vi unos paks de neumatica
              y motor por unos 1200 euros

              Comentario


              • #8
                Re: barca neumatica de 2.5m y 2.5 cv

                Originalmente publicado por deseo1802 Ver Mensaje
                Hola soy carlos ,quisiera asesoramiento porque la verdad no tengo ni idea de eso de los barcos y tal,bueno quiero comprar "porque regalar como que no te regalan nada en esta vida" una barca neumatica de 2.5m y con motor de 2.5cv
                es para pasear a mis sobrinas por la playa,me podeis decir que requisitos necesito y cuanto me puedo alejar de la costa.Gracias
                Aqui tendras la informacion necesaria, que creo conviene leer entera

                MINISTERIO DE FOMENTO
                9581
                ORDEN FOM/1144/2003, de 28 de abril, por
                la que se regulan los equipos de seguridad,
                salvamento, contra incendios, navegación y
                prevención de vertidos por aguas sucias, que
                deben llevar a bordo las embarcaciones de
                recreo.
                El Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre,
                por el que se establecen los reconocimientos e inspecciones
                de las embarcaciones de recreo para garantizar
                la seguridad de la vida humana en la mar y se determinan
                las condiciones que deben reunir las entidades colaboradoras
                de inspección, establece en su artículo 3 que
                las embarcaciones de recreo comprendidas dentro de
                su ámbito de aplicación deberán realizar los reconocimientos
                correspondientes para verificar el cumplimiento
                de la normativa vigente en materia de seguridad y de
                prevención de la contaminación.
                Dicha normativa estaba recogida hasta la fecha, en
                lo relativo a embarcaciones de recreo, en disposiciones
                de rango inferior cuyo contenido ha quedado en buena
                medida desfasado.
                Esta Orden, confiriendo un marco normativo adecuado
                para la seguridad de este tipo de embarcaciones,
                recoge las innovaciones producidas en la determinación
                de los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios,
                navegación y prevención de aguas sucias que
                deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo.
                En su virtud, dispongo:
                CAPÍTULO I

                Disposiciones generales
                Artículo 1. Objeto.
                La presente Orden tiene por objeto:
                a) Establecer el equipo de seguridad que deben llevar
                a bordo, con carácter obligatorio, las embarcaciones
                de recreo comprendidas dentro de su ámbito de aplicación.
                b) Determinar los requisitos que debe reunir dicho
                equipo de seguridad.
                Artículo 2. Ámbito de aplicación.
                1. Esta Orden se aplicará:
                a) A todas las embarcaciones de recreo comprendidas
                en el artículo 2 del Real Decreto 1434/99, de
                10 de septiembre, matriculadas o que se pretendan
                matricular en España, así como a las embarcaciones de
                matrícula de otros países que, de conformidad con la
                legislación vigente, deseen desarrollar una actividad con
                fines comerciales en aguas marítimas en las que España
                ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción.
                b) A los equipos de seguridad, salvamento, contra
                incendios, navegación y prevención de vertidos, destinados
                a las mismas, que se indican en los Capítulos
                II, III, IV y V de la presente Orden.
                2. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de
                esta Orden:
                a) Los artefactos flotantes o de playa, entendiéndose
                por tales los siguientes:
                — Piraguas, «kayaks» y canoas sin motor.
                — Patines con pedales o provistos de motor con
                potencia inferior a 3,5 kilowatios.
                — Motos náuticas.
                — Tablas a vela.
                — Tablas deslizantes con motor, embarcaciones de
                uso individual y otros ingenios similares a motor.
                — Instalaciones flotantes fondeadas.
                b) Las embarcaciones de regatas que tengan sus
                propias reglas de seguridad y estén destinadas exclusivamente
                a la competición.
                c) Las embarcaciones experimentales siempre que
                no se comercialicen en el mercado de la Unión Europea.
                d) Las embarcaciones sumergibles.
                e) Los vehículos de colchón de aire.
                f) Los hidroplaneadores.
                g) El original y cada una de las reproducciones de embarcaciones antiguas diseñadas antes de 1950, construidas con elementos originales y denominadas así por el constructor.

                3. En todo caso, las embarcaciones citadas en el
                punto 2 cuya eslora sea igual o superior a 2,5 metros,
                y que no sean artefactos flotantes o de playa de los
                relacionados en la letra a), requerirán de la previa autorización
                de la Capitanía Marítima correspondiente para
                navegar en las Zonas establecidas en el artículo 3. La
                Capitanía Marítima fijará las Zonas para las cuales autoriza
                la navegación, en función de las características de
                la embarcación, y los equipos de seguridad que deben
                reunir dichas embarcaciones.
                BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS

                Comentario


                • #9
                  Re: barca neumatica de 2.5m y 2.5 cv

                  Hola pues al final me compre una honda t24 I con motor de 5 hp
                  Cuando saque el motor del embalaje tenia aceite en los cartones segun el manual viene vacio el del carter,puede ser el aceite de cola el que se salio?

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