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Patronear barco ajeno

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  • Patronear barco ajeno

    bien fresquitas para todos

    Hola cofrades,

    he buscado por el foro y no he encontrado nada en referencia a que se puede hacer si te dejan utilizar un barco sin que el armador esté a bordo. Que pueda navegar, asegurar, hacerse cargo de los gastos, etc. sin cambiar de titular.

    Si alguién sabe donde está ese hilo en caso de existir le agradecería que conteste. En caso contrario me gustaría saber algo sobre este tema.

    Un saludo

    ¿Igual debía haberlo colgado en otro lado?

  • #2
    Re: Patronear barco ajeno

    Saludos.
    Pues supongo que lo mismo que se hace con un automóvil.
    Si tienes el carnet necesario, el barco es español, tiene un seguro adecuado y llevas un documento que justifique que te lo ha dejado... no debería haber problema.
    Siempre que no sea de lista sexta, que tiene otros condicionantes.
    LSV.
    LSV - BARCO KAU-BÉ.
    "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

    MMSI: 261000743

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    Comentario


    • #3
      Re: Patronear barco ajeno

      Cuando me prestan o presto mi coche, nunca se me ocurre pedir o dar un documento justificando el préstamo... ¿Alguien puede poner la normariva que obligaría a llevar este papel en el caso de un barco?

      Comentario


      • #4
        Re: Patronear barco ajeno

        Mi barco esta a nombre de mi mujer ( armadora )
        Yo tengo la titulacion
        Yo lo patroneo
        En la documentacion del barco figura esta situacion.
        En el contrato del seguro tambien
        Asi los papeles siempre claros cara a GC,Autoridades maritimas,seguros etc
        Siempre en el filo de la navaja

        Comentario


        • #5
          Re: Patronear barco ajeno

          Originalmente publicado por biker62 Ver Mensaje
          Cuando me prestan o presto mi coche, nunca se me ocurre pedir o dar un documento justificando el préstamo... ¿Alguien puede poner la normariva que obligaría a llevar este papel en el caso de un barco?

          El papelito es para que no venga a decir el armador que cogiste el barco sin permiso Frente a la administración no hay mas que la documentación del barco correcta (despacho lista 7) y del patrón (titulo y dni).

          Comentario


          • #6
            Re: Patronear barco ajeno

            Originalmente publicado por lluismi Ver Mensaje
            Mi barco esta a nombre de mi mujer ( armadora )
            Yo tengo la titulacion
            Yo lo patroneo
            En la documentacion del barco figura esta situacion.
            En el contrato del seguro tambien
            Asi los papeles siempre claros cara a GC,Autoridades maritimas,seguros etc

            Gracias a todos.

            Entonces con un documento que acredite que pueda hacer uso del mismo sería suficiente. Y con el seguro ¿habria que comunicar a este que hay más de un patrón o lo cubriría en caso de ocasionar algún daño?

            Con el tema del papeleo no me gusta dejar cabos sueltos con la autoridad

            Comentario


            • #7
              Re: Patronear barco ajeno

              Depende lo que dice tu seguro, pero lo mas probable es que el seguro solo obliga a que patronee el barco alguien con la titulación adecuada a la zona de navegación.

              Comentario


              • #8
                Re: Patronear barco ajeno

                Aúpa GUI:

                Yo tengo un documento firmado con mi amigo de la infancia, ahora CY quien se lleva el NOTOS por esos mares de Dios cuando yo me voy a Burgos.

                Para evitar que hubiera dudas con la autoridad, le firme una DECLARACIÓN JURADA con fotocopia de mi DNI y referencia a todos los datos del barco, según la cual yo, fulanito,

                CEDO EL USO DE MI EMBARCACIÓN X A MENGANITO, CON QUIEN ME UNE UNA RELACIÓN DIRECTA DE AMISTAD, PARA SU LIBRE USO EN IGUALES CONDICIONES QUE SI FUERA EL ARMADOR DE LA EMBARCACIÓN.

                Y ya está. Al ser una declaración jurada y firmada por mí, ésta declaración va en la documentáción del barco, junto con todo lo demás. El único problema podría ser con el seguro, por lo que te han contado otros cofrades... si la titulación no es suficiente (en este caso sí) o si el patrón de prestado hace alguna barbaridad y se sale del seguro, en cuyo caso armador y patrón se deberán arreglar.

                Ya sabes que al final, lo más peligroso de todo, es que el seguro no pague. Puede haber especial atención por el tema de los traslados ilegales o paralegales o en tapadillo. Una cosa es que un amigo te pida que le traslades un barco de aquípallá, cosa habitual, y otra es cobrar por eso. Pero hay que demostrar el pago. A mi desde luego mi barco me lo pasean gratis, que aquí hace mucho calor en agosto...je,je.


                Aaaaaaamén.
                ~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~

                Comentario


                • #9
                  Re: Patronear barco ajeno

                  Alto y claro

                  El barco es de un amigo que ni lo vende ni lo disfruta, para "apaños" ya hay gente profesional. Tengo la titulación por lo que no hay problemas en seguir adelante con el tema.

                  Una rondita para todos.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Patronear barco ajeno

                    Originalmente publicado por biker62 Ver Mensaje
                    Cuando me prestan o presto mi coche, nunca se me ocurre pedir o dar un documento justificando el préstamo... ¿Alguien puede poner la normariva que obligaría a llevar este papel en el caso de un barco?
                    Saludos.
                    Con el barco como con el coche.
                    No se hace papel para un desplazamiento en coche porque suele ser para un tiempo y distancia cortos, pero si tienes un tropiezo en la carretera y no tienes un justificante puedes quedarte detenido, ¿horas, días?, hasta que se localice al propietario y que se persone o justifique que es una cesión voluntaria.
                    Si sales con el coche de tu cuñado de vacaciones un mes y además al extranjero más vale que lleves algún justificante o perderás días en alguna comisaría nacional o extranjera.
                    Es una medida de seguridad para tí y para él, por si cometes un delito (un exceso de velocidad puede ser un delito según la ley) con ese vehículo y luego dices que no es tu coche.
                    LSV.
                    LSV - BARCO KAU-BÉ.
                    "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

                    MMSI: 261000743

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                    Comentario


                    • #11
                      Re: Patronear barco ajeno

                      Hola Gui,
                      supongo que todo eso será igual que con los vehículos.

                      Te cuento, me parece correcto lo que te ha dicho Juanitu,pero..., veras, yo en una ocasión a un familiar le presté mi coche por un espacio de tiempo largo que yo no lo iba a utilizar, y se hizo esa declaración jurada, pero aún así, me acerqué por el seguro y por ese espacio de tiempo, hice un suplemento poniendo como conductor habitual a ese familiar (por si sucedia cualquier cosa, que pagase la compañia y no yo a la persona a la que se lo prestaba).

                      Se que en controles rutinarios por carretera, la GC, lo paró, y con lo que te digo no tuvo ningún problema, al contrario, le dijeron que pocas personas hacen las cosas así de correctas, pues aún siendo familiar, puedes haber hurtado las llaves o coger el segundo juego, sin que el propietario se entere.

                      Bueno, no me enrollo más... espero haberte ayudado, y supongo que en el mar y los barcos, será igual; así que mi consejo es: declaración jurada y suplemento al seguro.

                      De todas formas, si te dejan el barco, acuerdate de las "sin barco", "CY sin experiencia", "quiero navegar"... jajajajaa... sabes que yo iria a aprender, pero alguna amiga mia, se apuntaria de Tripusol (si tu quieres claro)

                      Unas virtuales, para cuando nos las podamos tomar reales!!

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Patronear barco ajeno

                        mi coche es de renting, el teórico arrendatario es una empresa, y yo no consto ni siquiera como conductor habitual en el seguro.

                        algunas veces lo he llevado a Francia y a Portugal, y algunas veces he tenido que enseñarle la documentación a la GC en un control, pero no suelen hacer observaciones. Una vez preguntaron el nombre de la empresa y mi relación con ella, pero nada más.

                        ¿será que la burocracia es tan densa que nosotros mismos nos imponemos exigencias por si ...?

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Patronear barco ajeno

                          Hay que llevar autorización del armador.En caso contrario se puede sospechar que has robado el barco.Por mucho que tu sepas que no lo has robado, los demás no lo saben..
                          Así es la cruda realidad.El que maneje mi barco sin mi, llevará la autorización firmada, y si no la lleva es que me lo han robado, o mejor dicho hicieron hurto de uso del barco.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Patronear barco ajeno

                            Perdonadme, pero cada vez estoy más perdido:

                            Si los barcos se rigen por su bandera (Titulacion, radio, equipo de seguridad, etc.)...
                            Se supone entonces que un familiar ó amigo belga, holandés o francés (para velero) me puede prestar aquí en España su barco aunque no tenga titulación ya que en estos paises no es obligatoria?
                            A ver quien se atreve con esto

                            Saludos y

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Patronear barco ajeno

                              Originalmente publicado por biker62 Ver Mensaje
                              Cuando me prestan o presto mi coche, nunca se me ocurre pedir o dar un documento justificando el préstamo... ¿Alguien puede poner la normariva que obligaría a llevar este papel en el caso de un barco?

                              Cuando te prestan un coche(con un barco igual) si te piden la documentación y no hay nada a tu nombre podrían retener el vehículo e incluso a ti, hasta que demuestres que te lo han prestado.No es que ocurra todos los dias, pero puede ocurrir.
                              Con una simple autorización por escrito del propietario se acaban estos problemas.

                              Comentario


                              • #16
                                Re: Patronear barco ajeno

                                Originalmente publicado por Ponent Ver Mensaje
                                Perdonadme, pero cada vez estoy más perdido:

                                Si los barcos se rigen por su bandera (Titulacion, radio, equipo de seguridad, etc.)...
                                Se supone entonces que un familiar ó amigo belga, holandés o francés (para velero) me puede prestar aquí en España su barco aunque no tenga titulación ya que en estos paises no es obligatoria?
                                A ver quien se atreve con esto

                                Saludos y
                                Eso, a ver quien se atreve con esto, porque se supone que con la autorización del dueño debe de ser posible, si son del mismo país y no se necesitase ninguna clase de título.

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: Patronear barco ajeno

                                  Unas rondas .
                                  Y pregunta para los expertos en la materia. Un residente español, puede patronear una embarcacion con bandera extranjera (Belga, Holandesa, Reino Unido etc..), por aguas españolas, con la titulación correspondiente para poder patronear dicha embarcación y requerida en territoro español? sin que el armador este a bordo, y con el correspondiente permiso del armador por escrito si fuera necesario.

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: Patronear barco ajeno

                                    En la pesca profesional se hace igual. En un papel pone quien es el patron y las titulaciones que tiene. Conozco armadores que trabajan de patron en su embarcacion y otros que no y tienen su patron.

                                    Comentario


                                    • #19
                                      Re: Patronear barco ajeno

                                      Originalmente publicado por pescaderograuero Ver Mensaje
                                      En la pesca profesional se hace igual. En un papel pone quien es el patron y las titulaciones que tiene. Conozco armadores que trabajan de patron en su embarcacion y otros que no y tienen su patron.
                                      Mi abuela es la armadora y mi tio y mi padre el patron.

                                      Comentario


                                      • #20
                                        Re: Patronear barco ajeno

                                        En Francia , si no eres el dueño , tienes que llevar una carta de préstamo , donde se especifica el ámbito de navegación que vas a realizar ,Duracion del préstamo , con fechas , tu nombre y titulación así como datos del barco , se sella en la GC ( gendarmería ) que se queda con una copia , te evitara muchos problemas si vas a Córcega .

                                        Comentario


                                        • #21
                                          Re: Patronear barco ajeno

                                          Originalmente publicado por MISTRAL67 Ver Mensaje
                                          Unas rondas .
                                          Y pregunta para los expertos en la materia. Un residente español, puede patronear una embarcacion con bandera extranjera (Belga, Holandesa, Reino Unido etc..), por aguas españolas, con la titulación correspondiente para poder patronear dicha embarcación y requerida en territoro español? sin que el armador este a bordo, y con el correspondiente permiso del armador por escrito si fuera necesario.

                                          Ahí ya estás rizando el rizo....

                                          En el caso que comentas se tendría que liquidar en hacienda el 12% de impuesto de matriculación.

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                                          • #22
                                            Re: Patronear barco ajeno

                                            Originalmente publicado por Palo-Palo Ver Mensaje
                                            Ahí ya estás rizando el rizo....

                                            En el caso que comentas se tendría que liquidar en hacienda el 12% de impuesto de matriculación.

                                            Saludos y rondas . Me quedo un poco bloqueado, ya que la embarcacion no se matriculara en España de momento, y seguira en propiedad de un extranjero. Te explico en caso que me paso ayer. Tengo un conocido que esta interesado en comprar una embarcación con matricula Reino Unido, el armador britanico esta en su pais, y el broker encargado de vender tiene las llaves en Alicante, Yo tengo titulacion patron de yate, y me llaman para ver si podemos probar el barco pero esta claro que todavia no sabe si comprara. Automaticamente cuando yo suba al barco con mi amigo, y el broker, el patron sere yo y por tanto resposable de todo, pero mi principal preocupaciopn es si mi titulacion sirve para llevar esa embarcacíon de 15 metros. Saludos.
                                            Editado por última vez por MISTRAL67; 21/12/2012, 13:16:32. Razón: ampliacion

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                                            • #23
                                              Re: Patronear barco ajeno

                                              Originalmente publicado por MISTRAL67 Ver Mensaje
                                              Saludos y rondas . Me quedo un poco bloqueado, ya que la embarcacion no se matriculara en España de momento, y seguira en propiedad de un extranjero. Te explico en caso que me paso ayer. Tengo un conocido que esta interesado en comprar una embarcación con matricula Reino Unido, el armador britanico esta en su pais, y el broker encargado de vender tiene las llaves en Alicante, Yo tengo titulacion patron de yate, y me llaman para ver si podemos probar el barco pero esta claro que todavia no sabe si comprara. Automaticamente cuando yo suba al barco con mi amigo, y el broker, el patron sere yo y por tanto resposable de todo, pero mi principal preocupaciopn es si mi titulacion sirve para llevar esa embarcacíon de 15 metros. Saludos.
                                              Pues yo, si fuera tú, iría simplemente de "ojeador". El broker debe ser el responsable del barco en la prueba de navegación.

                                              Otro consejo; si tu amigo compra finalmente el barco...que no cambie de bandera!!!!!

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                                              • #24
                                                Respuesta: Re: Patronear barco ajeno

                                                Originalmente publicado por MISTRAL67 Ver Mensaje
                                                Saludos y rondas . Me quedo un poco bloqueado, ya que la embarcacion no se matriculara en España de momento, y seguira en propiedad de un extranjero. Te explico en caso que me paso ayer. Tengo un conocido que esta interesado en comprar una embarcación con matricula Reino Unido, el armador britanico esta en su pais, y el broker encargado de vender tiene las llaves en Alicante, Yo tengo titulacion patron de yate, y me llaman para ver si podemos probar el barco pero esta claro que todavia no sabe si comprara. Automaticamente cuando yo suba al barco con mi amigo, y el broker, el patron sere yo y por tanto resposable de todo, pero mi principal preocupaciopn es si mi titulacion sirve para llevar esa embarcacíon de 15 metros. Saludos.
                                                Tu preocupación no debería ser la titulación, ya que en UK no es obligatoria. Deberias enterarte si tiene el IEDMT pagado, o ante una inspección de Aduanas podría saliros muy cara esa prueba.

                                                "Un supuesto aún más flagrante es el que se presenta con las embarcaciones de no residentes (o, en general, no matriculadas, por ejemplo por pertenecer a un stock de un empresario de venta) en las que en algún momento se pueda encontrar a bordo alguna persona residente en España. Según la literalidad de la norma, la presencia de un invitado residente en España en una embarcación de recreo hace a dicho invitado en responsable del pago del IEDMT, ya que está “usando” la embarcación.
                                                Así lo ha expuesto la Dirección General de Tributos en contestaciones a consultas como la V1171-09, de 25 de mayo:
                                                “Así las cosas, una embarcación que sea propiedad de una persona jurídica no
                                                residente en España pero que está siendo utilizada en territorio español por
                                                una persona que sí es residente o que es titular de un establecimiento en dicho territorio, deberá ser objeto de matriculación en España, puesto que es precisamente el hecho de ser utilizada en territorio español por un residente o titular de un establecimiento en España lo que determina la obligación de matricular tal y como establece la Disposición adicional primera de la Ley 38/1992. A estos efectos, es indiferente el número de días que la persona residente o titular de un establecimiento en España utilice dicha embarcación en la navegación por aguas españolas.
                                                […] En consecuencia, el obligado al pago del impuesto en el caso planteado en el escrito de consulta será la persona residente en España al ser esta la persona que está utilizando la embarcación en el territorio español y a la que hace referencia la Disposición Adicional Primera de la Ley 38/1992”.

                                                http://www.revistadeloittenews.com/INC/abrir_pdf.asp?cod=1102/2011_50_037.pdf


                                                sigpic

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                                                • #25
                                                  Re: Patronear barco ajeno

                                                  Hola cofrades,

                                                  demasiado complicado todo... pero a veces las cosas son mucho más sencillas... en el caso de los coches, es cierto que es mejor hacer el papel conforme se lo dejas a alguien, pero sino, en el momento q te para la poli comprobarán los datos del vehiculo y si no consta como robado no se tendrá ningún problema. En el extranjero puede ser diferente aunque he viajado con coches de renting y alquiler y no ha pasado nada.

                                                  En cuanto al seguro, normalmente si tienes más de 25 años no has de ampliar el contrato, a no ser de que sea un coche algo especial con mucha potencia y tal.

                                                  En tu caso yo lo que haría es papelito firmado por las dos partes conforme tu solo estas para hacer una prueba de mar y que no tienes responsabilidad ninguna sobre la embarcación, a poder ser que se lo envien al armador y que os lo devuelva por fax firmado.

                                                  Un saludo
                                                  TransNav - Transporte de Barcos y Servicios Náuticos

                                                  Telf: 687 936 263
                                                  www.transnav.es

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