VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Hola Cofrade

Hemos detectado que utilizas un bloqueador de anuncios. Si puedes, considera añadir La Taberna del Puerto a tu lista de excepciones. Esto nos ayuda a mantener la comunidad y cubrir los gastos del servidor. ¡Gracias por tu apoyo!

LOTERÍA DE NAVIDAD 2026
De nuevo jugamos al 31103 que no es otro que la fecha de fundación de la Taberna. Si quieres jugar haz click en el décimo

Por favor, si juegas, comprueba que estés en la lista y que no haya ningún problema. Muchas gracias a todos los que participáis y MUCHA SUERTE.

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web, aplicaciones o canales, bien sea mediante enlaces, mediante artículos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.


14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Bandera Britanica

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Bandera Britanica

    Una ronda para todos, cofrades, que es viernes por la noche .

    He leído muuuuuuuuuuucho en el foro sobre si se puede o no se puede tener bandera de otro pais y mi intención no es reabrir viejas discusiones.

    He buscado algún hilo sobre la bandera británica y no lo he encontrado como tal. Si ya existe por favor comentadmelo y me voy para allá directo.

    En caso contrario, podríamos en este hilo comentar las experiencias, requisitos, necesidades, etc, etc de tener o comprar un barco con bandera inglesa.

    Hay algunos comentarios a este respecto en otros hilos que iré citando si con ellos puedo ilustrar alguna duda.

    Comienzo con una pregunta:

    Para registrar un barco en el part I hace falta un "measurement survey". Si al barco se lo hicieron hace unos años y ahora lo compro, necesito hacerlo otra vez al ponerlo a mi nombre?

    A ver si nos juntamos unos cuantos en este rinconcillo de la taberna.
    "Beber cerveza con los chicos y perseguir a las chicas!!" Beyoncé.

  • #2
    Re: Bandera Britanica

    Aquí uno presente con Bandera Inglesa.

    Para el part I necesitas, aunque se lo hicieran hace tiempo, un nuevo Registro de Tonelaje. Este tiene que estar hecho a tu nombre para que te lo acepten en el Registro Inglés.
    Mi blog en: Sailing Florence May.

    Comentario


    • #3
      Re: Bandera Britanica

      ¿No necesitas residencia en U.K. o un domicilio allí para obtener Registro Británico?
      Saludos

      Comentario


      • #4
        Re: Bandera Britanica

        Hola.
        No tengo mucho que aportar (sobre todo si esta Kibo, que ya ha recorrido el camino), pero me interesa este hilo.
        Salut!
        Tupac Amaru

        Comentario


        • #5
          Re: Bandera Britanica

          Originalmente publicado por karkendo Ver Mensaje
          ¿No necesitas residencia en U.K. o un domicilio allí para obtener Registro Británico?
          Saludos
          Hay dos registros británicos.
          Part I: no necesitas ser residente, pero necesitas un contacto allí que te represente.

          Part IIi: muy fácil de conseguir si eres residente o tienes allí domicilio.
          Mi blog en: Sailing Florence May.

          Comentario


          • #6
            Re: Bandera Britanica

            Originalmente publicado por KIBO Ver Mensaje
            Hay dos registros británicos.
            Part I: no necesitas ser residente, pero necesitas un contacto allí que te represente.

            Part IIi: muy fácil de conseguir si eres residente o tienes allí domicilio.
            Buenos y fríos días!!

            Una ronda para entrar en calor!!

            Precisamente lo que comenta KIBO es la idea que yo tenía y que había extraido de leer en la página del directgov....pero ayer precisamente estuve navegando en un barco registrado en el part III a nombre de una asociación afincada y con residencia en España.

            El dueño (o gerente de la asociación) me dijo que se había encargado el antiguo propietario a través de una gestoría de hacer el cambio.....

            Alguna experiencia en este sentido?
            Yo estaba decidido a registrar mi futuro barco en el part I, pero....lo cierto es que el part III es muuuuucho más sencillo y barato.
            "Beber cerveza con los chicos y perseguir a las chicas!!" Beyoncé.

            Comentario


            • #7
              Re: Bandera Britanica

              Hola de nuevo.

              KIBO yo pensaba registrar en el SSR por sencillez extrema y para un barco de 7-8 metros,pero via web piden un domicilio en UK.
              Además dice su "guidelines" algo así como que no basta con dar una dirección, si no que tiene que ser residente en UK, que implica tener intereses allí o residir un tiempo determinado si no eres ciudadano UK y si UE.
              Yo he visto barcos con el SSR y titulares con residencia fija en España.
              Lo que no se es como se lo han montado. Me figuro que mediante alguna gestoría allí. ¿Alguien conoce alguna?

              Salu2 a todos

              Comentario


              • #8
                Re: Bandera Britanica

                Originalmente publicado por karkendo Ver Mensaje
                Hola de nuevo.

                KIBO yo pensaba registrar en el SSR por sencillez extrema y para un barco de 7-8 metros,pero via web piden un domicilio en UK.
                Además dice su "guidelines" algo así como que no basta con dar una dirección, si no que tiene que ser residente en UK, que implica tener intereses allí o residir un tiempo determinado si no eres ciudadano UK y si UE.
                Yo he visto barcos con el SSR y titulares con residencia fija en España.
                Lo que no se es como se lo han montado. Me figuro que mediante alguna gestoría allí. ¿Alguien conoce alguna?

                Salu2 a todos
                Buenas tardes, Karkendo. ¿En qué part (I o III) estaban registrados esos barcos que has visto con propietarios de residencia fija en España? ¿Eran españoles?

                Una ronda
                "Beber cerveza con los chicos y perseguir a las chicas!!" Beyoncé.

                Comentario


                • #9
                  Re: Bandera Britanica

                  Con un Part III nunca estarás legal en España. Otra cosa es que se haga, pero si pasara algo, el seguro podría desentenderse del asunto, y en ese mismo instante estarías

                  Una cosa es que la legislación española se haya flexibilizado y otra que ahora queramos ver las cosas más fáciles de lo que son en realidad. Cuidadín
                  Mi blog en: Sailing Florence May.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: Bandera Britanica

                    Originalmente publicado por fmarteche Ver Mensaje
                    Buenas tardes, Karkendo. ¿En qué part (I o III) estaban registrados esos barcos que has visto con propietarios de residencia fija en España? ¿Eran españoles?

                    Una ronda
                    Pues era SSR o Part III. Y si, eran españoles.
                    Saludos

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Bandera Britanica

                      Originalmente publicado por KIBO Ver Mensaje
                      Con un Part III nunca estarás legal en España. Otra cosa es que se haga, pero si pasara algo, el seguro podría desentenderse del asunto, y en ese mismo instante estarías

                      Una cosa es que la legislación española se haya flexibilizado y otra que ahora queramos ver las cosas más fáciles de lo que son en realidad. Cuidadín
                      Te entiendo perfectamente KIBO. El SSR es como dicen ellos mismos una especie de "pasaporte" que prueba la nacionalidad del barco.
                      ¿Alguien conoce alguna gestoría allí para estos trámites?
                      Gracias

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Bandera Britanica

                        Gracias, Kibo.
                        Acepto el consejo, optaré por la opción del Part I.
                        "Beber cerveza con los chicos y perseguir a las chicas!!" Beyoncé.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Bandera Britanica

                          Originalmente publicado por karkendo Ver Mensaje
                          Pues era SSR o Part III. Y si, eran españoles.
                          Saludos
                          El mismo caso que yo conozco, Karkendo.
                          Esos no van legales..., aunque el armador que yo conozco está haciendo los trámites para cambiar al pabellón español . (Hay gente valiente!!)
                          "Beber cerveza con los chicos y perseguir a las chicas!!" Beyoncé.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Bandera Britanica

                            Hola Cofrades!!

                            ¿Se puede subdividir una de las 64 partes en las que se divide la propiedad de un barco? Creo que lo leí en algún sitio...

                            Gracias y más
                            "Beber cerveza con los chicos y perseguir a las chicas!!" Beyoncé.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: Bandera Britanica

                              Originalmente publicado por fmarteche Ver Mensaje
                              Hola Cofrades!!

                              ¿Se puede subdividir una de las 64 partes en las que se divide la propiedad de un barco? Creo que lo leí en algún sitio...

                              Gracias y más
                              Si.
                              Le cedes una a un amigo ingles y listo. Ya eres bandera inglesa legalmente.

                              Esa cesión se hace a la hora de firmar el contrato oficial ingles denominado MCA
                              Mi blog en: Sailing Florence May.

                              Comentario


                              • #16
                                Re: Bandera Britanica

                                Originalmente publicado por KIBO Ver Mensaje
                                Si.
                                Le cedes una a un amigo ingles y listo. Ya eres bandera inglesa legalmente.

                                Esa cesión se hace a la hora de firmar el contrato oficial ingles denominado MCA
                                Pero si no le cedo una parte a un amigo inglés no voy legal con la bandera inglesa?

                                No está permitido a miembros de la Unión Europea?

                                "Citizens of an EU member state exercising rights under articles 48 or 52 of the EU Treaty in the UK"
                                Esto es lo que dice en la web de registro de barcos de recreo...para el part I.

                                Lo cierto es que no tengo ni idea de lo que dicen los artículos 48 o 52 aunque los he leido...
                                "Beber cerveza con los chicos y perseguir a las chicas!!" Beyoncé.

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: Bandera Britanica

                                  Si me permites mi modesta opinión, para un barco que ha sido dado de baja en la bandera de España, decir que no vas legal en España...Aquí España ya no entra ni sale. La única manera que entre España, es si hay un barco que lleva dos banderas, en ese caso se considera apatrida, y entonces si que cualquier buque de guerra sea del país que sea puede entrar a inspeccionarlo y sancionarlo o inmovilizarlo en su caso. En el caso de un barco no dedicado a charter ni operaciones comerciales, y menor de 24 metros, será el registro del Reino Unido quien mediante sus Guarda Costas le sancionen en algún puerto, ya que se desplazan a ellos. Sobre lo del seguro, también depende de lo que hayas declarado a la aseguradora, los seguros no són cerrados, yo puedo asegurar un viaje espacial si me da la gana y la compañia acepta o volar en un Boing sin carnet, si acepta, ya pondrán ellos el precio. Una vez aceptado por las dos partes, son las cláusulas contractuales las que mandan, si está declarado y el seguro está en vigor y la poliza pagada, la cia paga.

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: Bandera Britanica

                                    Originalmente publicado por kuovadix Ver Mensaje
                                    Si me permites mi modesta opinión, para un barco que ha sido dado de baja en la bandera de España, decir que no vas legal en España...Aquí España ya no entra ni sale. La única manera que entre España, es si hay un barco que lleva dos banderas, en ese caso se considera apatrida, y entonces si que cualquier buque de guerra sea del país que sea puede entrar a inspeccionarlo y sancionarlo o inmovilizarlo en su caso. En el caso de un barco no dedicado a charter ni operaciones comerciales, y menor de 24 metros, será el registro del Reino Unido quien mediante sus Guarda Costas le sancionen en algún puerto, ya que se desplazan a ellos.
                                    Por supuesto que acepto tu opinión, entre cofrades, no puede ser de otra manera.

                                    Sólo una puntualización; y es que nadie en este hilo ha hablado de dar de baja la bandera española y ni mucho menos del doble abanderamiento. Sólo se trata de poner en común experiencias en cuanto a ser armador de un barco con bandera británica.
                                    "Beber cerveza con los chicos y perseguir a las chicas!!" Beyoncé.

                                    Comentario


                                    • #19
                                      Re: Bandera Britanica

                                      Hola a todos. Estoy hecho un lío con lo de la bandera británica.
                                      Una pregunta a ver si me podéis ayudar.
                                      Si tengo un barco en Murcia con bandera británica y quiero trasladarlo a Alicante e ir de forma legal, para mover aquí todos los papeles ¿qué me aconsejáis que haga? Tengo la titulación adecuada, mi ignorancia es por dónde tengo que empezar (contrato compraventa, impuestos... seguro).
                                      Gracias de antemano
                                      Jaime.

                                      Comentario


                                      • #20
                                        Re: Bandera Britanica

                                        Querido cofrade, gracias por tu puntualización inicial. Sin polémica, pero lo de dar de baja es igual, era para puntualizar que no tiene bandera española, da igual si nunca la ha tenido, el tema es que no la tiene. El barco con bandera del Reino Unido, sólo está regido por la normativa del Reino Unido, ha excepción de las leyes de policia portuarias y de aduanas. En lo que se refiere a normativa de seguridad, titulación de navegación, radiofrecuencias etc sólo puede sancionar Reino Unido en base a sus propias normas. España puede sancionar a cualquier barco sea de la bandera que sea si infringe normas de policia en los puertos, normas de sanidad (se le prohibiría su entrada en puerto) y normas de aduanas (entrada de especies protegidas, cuarentena de animales, etc). Es mi granito de arena para la polémica tabernaría, y que dure...

                                        Comentario


                                        • #21
                                          Re: Bandera Britanica

                                          Originalmente publicado por ARIELON Ver Mensaje
                                          Hola a todos. Estoy hecho un lío con lo de la bandera británica.
                                          Una pregunta a ver si me podéis ayudar.
                                          Si tengo un barco en Murcia con bandera británica y quiero trasladarlo a Alicante e ir de forma legal, para mover aquí todos los papeles ¿qué me aconsejáis que haga? Tengo la titulación adecuada, mi ignorancia es por dónde tengo que empezar (contrato compraventa, impuestos... seguro).
                                          Gracias de antemano
                                          Jaime.
                                          Hola Arielon.

                                          1. De acuerdo con la DA1 de la Ley de Impuestos Especiales, tienes que tener el impuesto de matriculacion pagado (o haber hecho la declaracion alegando exencion). Con ese documento tienes suficiente.

                                          2. La legislacion internacional permite a los estados que impongan determinadas obligaciones y restricciones a los buques extranjeros, incluido, entre otros aspectos (muchos de los cuales seguro que no te afectan y te dan igual), el tener un seguro que reuna determinadas condiciones. En definitiva, si tu poliza es con una compañia española, no problem. Si no, tienes que mirar que ponga que el seguro reune los requisitos del RD 607/1999.

                                          3. Ademas, tienes que cumplir los requisitos legales de UK (equipos de seguridad, etc.). Titulacion no hay obligatoria en UK, pero si tienes VHF tienes que tener una titulacion de radio operador valida en el Reino Unido. Si no la tienes, con quitar la radio de momento vas legal, porque en UK no es obligatoria (esto lo tengo entendido pero no estoy seguro, confirmalo). Legal, pero no muy seguro, porque no es bueno ir sin radio, o sea, que si no tienes titulo, sacatelo cuanto antes. Sobre este punto, de todas formas, te reconozco que no se si la falta de titulo de radio lo controlaria o no la Guardia Civil o si -sado que se trata de un barco ingles- unicamente podrian comprobarlo las autoridades britanicas. No lo se.

                                          4. Finalmente, sobre la compraventa, yo te recomiendo que sea posterior al 1 de enero de 2011. Es muy posible que no llegue a ser relevante, pero en realidad, de acuerdo con la ley, la exencion de matriculacion es para los barcos importados con bandera europea despues de esa fecha. Hoy por hoy, la administracion dice que permite y tolera los cambios de bandera, y -por tanto, logicamente- tampoco te dirian nada si el barco lo compraste en el 2010 o antes. Y es muy muy posible que la administracion no cambie de criterio y siga asi en adelante. (Ojala). Pero esa decision de la administracion no se basa en la ley, y siempre cabe la posibilidad de que un dia haya un funcionario mas legalista, o un abogado del Estado, que decida aplicar tal como dice la DA1. Y si eso sucediera los que no se ajusten a la ley pueen verse obligados a matricular (o re-matricular) el barco. Por eso, si tienes oportunidad de que el contrato sea posterior al 1 de enero de 2011 te evitaras cualquier posible riesgo, por remoto que sea.

                                          Salut!

                                          Tupac Amaru

                                          Comentario


                                          • #22
                                            Re: Bandera Britanica


                                            Lo que debe ser muy curioso es matricular un barco y que lleve la bandera de otro estado, no se, no me suena... ¿o es que tiene una matrícula en papel a bordo y ya está sin llevar los números pegados?
                                            saludos

                                            Comentario


                                            • #23
                                              Re: Bandera Britanica

                                              Planteo una duda, en cuanto al WC. ¿Tienen en UK alguna restricción a tener en cuenta?
                                              "Beber cerveza con los chicos y perseguir a las chicas!!" Beyoncé.

                                              Comentario


                                              • #24
                                                Respuesta: Re: Bandera Britanica

                                                Originalmente publicado por ARIELON Ver Mensaje
                                                Hola a todos. Estoy hecho un lío con lo de la bandera británica.
                                                Una pregunta a ver si me podéis ayudar.
                                                Si tengo un barco en Murcia con bandera británica y quiero trasladarlo a Alicante e ir de forma legal, para mover aquí todos los papeles ¿qué me aconsejáis que haga? Tengo la titulación adecuada, mi ignorancia es por dónde tengo que empezar (contrato compraventa, impuestos... seguro).
                                                Gracias de antemano
                                                Jaime.

                                                Hola Arielon:

                                                Si eres residente en España y tienes un barco con bandera Británica que se puede matricular en España, yo te aconsejaría que lo matricularas en España.
                                                En cuanto a la obligación de matricular o no en España, deberías consultarlo en la Capitanía Marítima, ya que con los escasos datos que facilitas es imposible saberlo, sin entrar en las distintas interpretaciones que cada uno haga de las normas.
                                                La normativa aplicable a motores, emisiones contaminantes, homologaciones, y un largo etc. cambian con frecuencia y te puedes encontrar que más adelante ya no fuera posible matricular esa embarcación en España o que tuvieras que hacer reformas de importancia.

                                                Saludos.

                                                Comentario


                                                • #25
                                                  Re: Bandera Britanica

                                                  1. De acuerdo con la DA1 de la Ley de Impuestos Especiales, tienes que tener el impuesto de matriculacion pagado (o haber hecho la declaracion alegando exencion). Con ese documento tienes suficiente.


                                                  >Gracias Tupac por tus comentarios.

                                                  Sabes que barcos o motivos para estar exentos del impuesto?

                                                  saludos y


                                                  Al cazar las velas y apagar el motor, se enciende la vida

                                                  Comentario

                                                  ¿Quién está?

                                                  Colapsar

                                                  Actualmente hay 1 usuario en línea. 0 miembros y 1 invitados.

                                                  La mayor cantidad histórica de usuarios es de 37.627, 06/09/2026 en 10:52:48.

                                                  Trabajando...
                                                  X