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AYUDA con Certificado de valoración

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  • AYUDA con Certificado de valoración

    Buenas tardes y saludos a todos. Quería pediros ayuda a ver si alguien sabe de esto. Resulta que me compré un velero de segunda mano el pasado Julio y hoy mismo me llega una carta de Hacienda en la que me dan 10 días para presentar un "certificado de valoración de la inspección técnica de buques", amenazando con abrir un expediente sancionador si no lo presento en 10 días. Me ha pillado de sorpresa y no se muy bien que es esto. ¿Es la propia ITB lo que me piden?, ¿O es otro certificado?. Alguien que sepa de estos temas puede ayudarme?.
    Gracias!!

  • #2
    Re: AYUDA con Certificado de valoración

    Pagaste el ITP?
    "Born to sail, but forced to work..."

    Comentario


    • #3
      Re: AYUDA con Certificado de valoración

      Originalmente publicado por RMR2ENG Ver Mensaje
      Pagaste el ITP?
      Si, lo pagué cuando compré el barco. Es un 4% del importe total o algo así era.

      Comentario


      • #4
        Re: AYUDA con Certificado de valoración

        Hola aventurero I:

        Tendrás que ampliar esa información:

        Hacienda Estatal o Autonómica?
        Se refieren al Imp. de Matriculación o al I.T.P.?
        Has liquidado el Imp. de Matriculación?
        De que Comunidad Autónoma se trata?
        Compraste a un particular o a profesional?
        Tu barco aparece en las tablas?
        Auto-liquidaste el I.T.P.?
        Que base imponible has utilizado: precio factura, valor de tablas o contrato?
        Donde compraste el barco?
        Matrícula Española u otro país?

        Importante: NO HAGAS NADA HASTA ESTAR INFORMADO DE LO QUE HAY.

        Saludos.

        Comentario


        • #5
          Re: AYUDA con Certificado de valoración

          Hola amigo

          Creo que la Hacienda no está conforme con la valoración del barco que aportaste para realizar los trámites del cambio de nombre, que entiendo has hecho, y te la están reclamando.
          Si el modelo está incluido en sus listas no suelen producirse reclamaciones en éste sentido, pero no siendo así el valor del barco debe serle atribuido un tasador dependiente de la Capt Marítima, aunque en ocasiones cuele como tal valor el monto declarado en el contrato de compraventa.

          Yo empezaría preguntando en Hacienda y continuaría con la Capt Marítima.

          Suerte.

          Comentario


          • #6
            Re: AYUDA con Certificado de valoración

            Originalmente publicado por LP706 Ver Mensaje
            Hola aventurero I:

            Tendrás que ampliar esa información:

            Hacienda Estatal o Autonómica?
            Se refieren al Imp. de Matriculación o al I.T.P.?
            Has liquidado el Imp. de Matriculación?
            De que Comunidad Autónoma se trata?
            Compraste a un particular o a profesional?
            Tu barco aparece en las tablas?
            Auto-liquidaste el I.T.P.?
            Que base imponible has utilizado: precio factura, valor de tablas o contrato?
            Donde compraste el barco?
            Matrícula Española u otro país?

            Importante: NO HAGAS NADA HASTA ESTAR INFORMADO DE LO QUE HAY.

            Saludos.


            También sería bueno saber qué documentación aportaste (contrato de compraventa, licencia de navegación...)

            Y quizás un escaneo de la carta y subirla (previo borrado de tus datos personales) a algún sitio que luego puedas borrar (PICASA o similar) para ver qué más acompaña al requerimiento...

            Pero responder a lo que te plantea LP706 y ver la carta, es fundamental antes de responder nada...

            Editado por última vez por otoio; 26/10/2012, 15:02:50.
            Sausalito III (Puma 26)
            Pumeros: http://clubpuma.ning.com/

            Comentario


            • #7
              Re: AYUDA con Certificado de valoración

              Originalmente publicado por Perico la Isla Ver Mensaje
              Hola amigo

              Creo que la Hacienda no está conforme con la valoración del barco que aportaste para realizar los trámites del cambio de nombre, que entiendo has hecho, y te la están reclamando.
              Si el modelo está incluido en sus listas no suelen producirse reclamaciones en éste sentido, pero no siendo así el valor del barco debe serle atribuido un tasador dependiente de la Capt Marítima, aunque en ocasiones cuele como tal valor el monto declarado en el contrato de compraventa.

              Yo empezaría preguntando en Hacienda y continuaría con la Capt Marítima.

              Suerte.
              Exacto,me he informado y es eso.Como mi velero no está en las listas Hacienda no está conforme con el importe que pagué por su compra a un particular,y ahora tengo que buscar a un inspector para que me haga un certificado de valoración,es decir,ir a capitanía y solicitarlo,y me dan 10 días de plazo con amenaza de sanción..en fin..otro saca-dinero más.
              SAludos a todos y gracias por la ayuda!

              Comentario


              • #8
                Re: AYUDA con Certificado de valoración

                Originalmente publicado por Aventurero I Ver Mensaje
                Exacto,me he informado y es eso.Como mi velero no está en las listas Hacienda no está conforme con el importe que pagué por su compra a un particular,y ahora tengo que buscar a un inspector para que me haga un certificado de valoración,es decir,ir a capitanía y solicitarlo,y me dan 10 días de plazo con amenaza de sanción..en fin..otro saca-dinero más.
                SAludos a todos y gracias por la ayuda!
                Pues algo así creo que nos imaginábamos todos.
                De todas formas, estaría bien que tomaras unos minutos para contestar a lo que te pedía LP706. Es importante.

                Y, si es eso (que te piden una valoración), me parece que es el toco-mocho.
                Edito: entiendo a partir de lo que has comentado que estamos en esta situación:
                1. Es la primera notificación que has recibido.
                2. Que lo que has recibido es un requerimiento de documentación, en el que te piden el susodicho certificado, que realmente no va a ser para mera documentación, sino para "ahorrarse" un procedimiento de valoración.

                Tú no tienes obligación legal de aportar una valoración, ya has declarado un valor para el barco. Le corresponde a la Admón hacer las actuaciones que considere para valorar el bien.

                Vamos a ver cómo es un proceso "normal" o "legal".
                Tú pagas una cantidad, en contrato. De 100.
                Y ahora:
                1. Haces una autoliquidación de ITP declarando un "valor declarado" igual a lo que pagaste: 100.
                  Con eso, lo que estás declarando es que el valor real de ese barco (base imponible del impuesto) es 100.
                2. Ante eso, la Administración puede hacer dos cosas:
                  1. Dar por bueno lo que tú has declarado. Punto, asunto terminado.
                    Si tu barco estuviera en tablas y tú has puesto un valor declarado igual o superior a su valor en tablas, así acaba la historia. Se da por bueno
                  2. Si no está conforme con el valor que tú has dado, es la Administración la que DEBE iniciar un procedimiento de valoración, para lo que podrá usar alguno de los medios previstos en la Ley General Tributaria.
                    El valor que resulte de dicha comprobación, te lo tiene que comunicar, junto a una propuesta de liquidación, para que alegues lo que quieras.

                3. Una vez pasado el plazo de alegaciones, si la Admón sigue en sus trece, te comunicará la nueva liquidación basada en la comprobación efectuada por la Administración, que además tiene que estar motivada.
                4. Ante esa comprobación de valor y liquidación, tienes la posibilidad de:
                  1. Recurrir contra la valoración, si entiendes que no está motivada.
                  2. Instar la Tasación Pericial Contradictoria. Este es el momento en el que TÚ tienes que APORTAR una tasación pericial del bien.
                    A partir de ese momento, habrá un "tira y afloja" entre las dos valoraciones, hasta que se de una por buena o la que se determine buena sea la realizada por un tercer perito.

                Siendo así, yo contestaría que tú ya has establecido un valor declarado, que es el que consta en el contrato aportado (supongo que lo has aportado) y que entiendes que compete a la Administración hacer las actuaciones que considere pertinentes para comprobar el valor, si lo consideran procedente.

                Así de claro.

                De todas formas, insisto en lo de responder a las preguntas.
                Y si no estás seguro, consulta ANTES con un buen asesor fiscal.

                Editado por última vez por otoio; 28/10/2012, 23:58:51. Razón: Precisar bien, que hablamos de la Admón...
                Sausalito III (Puma 26)
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                • #9
                  Re: AYUDA con Certificado de valoración

                  Totalmente de acuerdo con otoio, es la administración la que debe valorar y fundamentar esa valoración, es más el certificado que te han pedido, no es gratuito, hay que pagar tasa para que en Capitanía te valoren el barco.

                  Saludos.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: AYUDA con Certificado de valoración

                    Originalmente publicado por otoio Ver Mensaje
                    Tú no tienes obligación legal de aportar una valoración, ya has declarado un valor para el barco. Le corresponde a la Admón hacer las actuaciones que considere para valorar el bien.
                    Para decir las cosas bien, espero, hay que tener en cuenta lo que dice la Ley General Tributaria sobre la Comprobación de valor:

                    Artículo 134 Práctica de la comprobación de valores.
                    ...
                    2. La Administración tributaria deberá notificar a los obligados tributarios las actuaciones que precisen de su colaboración. En estos supuestos, los obligados deberán facilitar a la Administración tributaria la práctica de dichas actuaciones.
                    Entiendo que una cosa es colaborar para que la Administración haga las actuaciones que considere, y otra es que TÚ tengas que aportar una valoración.
                    Entiendo que sería razonable una colaboración del estilo de aportar documentación del barco en tu poder, fotos, facilitar la visita del perito...
                    Y no entra dentro de lo razonable que les des una valoración hecha.

                    Ahora bien, entiendo que esto es un foro, y opino (opinamos) sin tener una carta encima.
                    Y que ante la amenaza de sanción por no colaborar (si es que la carta va en esos términos, que no lo sé) y siendo que si se considera "infracción tributaria por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración tributaria", que creo recordar que es una sanción "grave", es fácil "rilarse" y hacerles el trabajo gratis.
                    (creo que hay un dicho de nosequé cornudo...)

                    Editado por última vez por otoio; 29/10/2012, 03:13:10.
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                    • #11
                      Re: AYUDA con Certificado de valoración

                      Para acabar, unos enlaces por si se quiere revisar este tema:

                      ITP-AJD Comprobación de valores (art 46) y Tasación pericial (art 47 y 48):


                      Ley General Tributaria (Ley 58/2003):

                      Sausalito III (Puma 26)
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