VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Hola Cofrade

Hemos detectado que utilizas un bloqueador de anuncios. Si puedes, considera añadir La Taberna del Puerto a tu lista de excepciones. Esto nos ayuda a mantener la comunidad y cubrir los gastos del servidor. ¡Gracias por tu apoyo!

LOTERÍA DE NAVIDAD 2026
De nuevo jugamos al 31103 que no es otro que la fecha de fundación de la Taberna. Si quieres jugar haz click en el décimo

Por favor, si juegas, comprueba que estés en la lista y que no haya ningún problema. Muchas gracias a todos los que participáis y MUCHA SUERTE.

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web o canales, bien sea mediante enlaces, mediante árticulos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.

14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es sufiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.


Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

Permiso de circulación para remolque

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • Permiso de circulación para remolque

    Leo que en Francia han cambiado la normativa, pudiendo (desde el 19 de Enero) los poseedores de permiso B, con un cursillo de 7 horas en autoescuela, llevar hasta 4250 kilos, en lugar de los 3500.

    ¿sabéis si en España se ha cambiado también?, ¿o si están en ello?.
    sigpic
    www.itsasamezten.com
    https://es-es.facebook.com/itsasamezten/
    EC2-ATF

  • #2
    Re: Permiso de circulación para remolque

    Si no recuerdo mal, en España ya hace tiempo que existe esa "ampliación" para el permiso B, también mediante cursillo en DGT.
    Me refiero a vehículo + remolque, aunque no lo hayas precisado.

    Un saludo y
    Editado por última vez por Ponent; 28/03/2013, 01:48:43.

    Comentario


    • #3
      Re: Permiso de circulación para remolque

      Gracias a la orientación de Ponent he investigado un poco y he descubierto lo siguiente:


      Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado exceda de 3.500 kg sin sobrepasar los 4250 será necesario superar la prueba de control de aptitudes y comportamientos que se indica en los artículos 48.2 y 49.2. Esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior.


      Artículo 48. Prueba de control de aptitudes y comportamientos en circuito cerrado.
      1. El contenido de la prueba de control de aptitudes y comportamientos en
      circuito cerrado se orientará a comprobar la destreza y habilidad de los aspirantes
      en el dominio y manejo del vehículo y sus mandos.
      2. Los solicitantes de permiso o licencia de conducción, según su clase,
      realizarán las maniobras indicadas en el anexo V. B).3.

      Artículo 49. Prueba de control de aptitudes y comportamientos en circulación en
      vías abiertas al tráfico general.
      1. Los aspirantes al permiso de conducción, excepto al de la clase AM,
      previamente a la realización de la prueba de control de aptitudes y
      comportamientos en circulación en vías abiertas al tráfico general, deberán
      demostrar, en cuanto sea compatible con el vehículo, que son capaces de
      prepararse para una conducción segura.
      2. Deberán efectuar obligatoriamente, con toda seguridad y con las
      precauciones necesarias, las operaciones indicadas en el anexo V. B). 4.




      pag. 18
      5. Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría
      B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso
      de que el conjunto así formado exceda de 3500 kg, será necesario superar la
      prueba de control de aptitudes y comportamientos que se indica en los artículos
      48.2 y 49.2. Esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en
      los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior.

      pag.101
      Los solicitantes de la autorización que habilita para conducir con el
      permiso de la clase B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada
      sea superior a 3500 kg sin rebasar los 4250 kg y la masa máxima autorizada
      del remolque supere los 750 kg a la que hace referencia el artículo 5.5,
      deberán realizar la maniobra I) anterior y la M) del punto 7.

      Pag. 100
      I) Estacionamiento y salida del espacio ocupado al estacionar (en
      línea, oblicuo o perpendicular), utilizando las marchas hacia delante y hacia
      atrás, en llano o en pendiente ascendente o descendente.

      Pag. 102
      M) Proceder al acoplamiento y desacoplamiento del remolque.
      Esta maniobra debe comenzar con el vehículo tractor y su remolque
      uno al lado del otro (es decir, no en línea).




      No he encontrado la orden que regula la formación sustitutoria de estas pruebas. No sé si está aprobada ya o todavía no, y por tanto es imprescindible pasar por el examen de Tráfico.
      Editado por última vez por Mateando; 28/03/2013, 10:07:58.
      sigpic
      www.itsasamezten.com
      https://es-es.facebook.com/itsasamezten/
      EC2-ATF

      Comentario


      • #4
        Re: Permiso de circulación para remolque

        Y que pasa como es mi caso o el de la mayoria que llevamos un todoterreno con una mma muy alta y que con un remolque lijero menor o igual a 750 kg superamos los 3500?

        Que hacemos en estos casos. Pasar el examen?

        Comentario


        • #5
          Re: Permiso de circulación para remolque

          EL permiso B96 lleva tiempo y permite llevar hasta 4250Kg de MMA de vehículo + Remolque (siempre que la MMA del remolque sea menor que las del coche).

          Es un examen en cerrado más otro en abierto.

          Comentario


          • #6
            Re: Permiso de circulación para remolque

            Enoviti, la ley cuando cambió, vino a resolver ese problema que tengas un tote de 3500kg y el remolque sin matrícula roja esto es de menos de 750kg, a los que les influye el 96 es los que tenemos un remolque de más de 750kg y con el coche se pasa de 3500kg " el total"
            Dicho de otra forma
            remolque de 750k o menos el conjunto puede pasar los 3500 sin pasar delos 4250kg
            remolque de más de 750kg y conjunto superior a 3500 kg o el b96 o el B+E
            No se si me explico como un libro cerrado.

            Comentario


            • #7
              Re: Permiso de circulación para remolque

              Interesante tema!!
              Unas rondas de mi parte

              Saludos

              Comentario


              • #8
                Re: Permiso de circulación para remolque

                recordar que el vehiculo tiene una limitación de peso que puede arrastrar y que sale en la ficha técnica
                también el enganche tiene limitaciones que suelen ser 1200k y 1600kg son los más habituales
                en la cadena "vehiculo enganche remolque y embarcación" hay que vigilar que todos estén dentro der rango de pesos y esfuerzos de trabajo sinó pillas seguro..... tengo entendido que la GCT tiene unas placas que las pone en el suelo y te hace poner las ruedas encima y les da el peso de lo que remolcas
                un saludo
                Mar e Moto una semana Mar otra semana Moto
                Mc Gregor 26X "Capitán Jack Sparrow"
                Vilaseca (Tarragona)

                sigpic

                Comentario


                • #9
                  Re: Permiso de circulación para remolque

                  Originalmente publicado por Mar e Moto Ver Mensaje
                  recordar que el vehiculo tiene una limitación de peso que puede arrastrar y que sale en la ficha técnica
                  también el enganche tiene limitaciones que suelen ser 1200k y 1600kg son los más habituales
                  en la cadena "vehiculo enganche remolque y embarcación" hay que vigilar que todos estén dentro der rango de pesos y esfuerzos de trabajo sinó pillas seguro..... tengo entendido que la GCT tiene unas placas que las pone en el suelo y te hace poner las ruedas encima y les da el peso de lo que remolcas
                  un saludo
                  Yo también lo he oído, pero tengo dudas. Si no miden la fuerza que ejerce el enganche, no pueden saber el peso real sobre los ejes (a no ser que te hagan soltar el remolque).

                  Comentario


                  • #10
                    Respuesta: Permiso de circulación para remolque

                    Salen en este enlace....
                    Teniendo en cuenta que sobre el enganche no van mas de 75 kg pues los suman a lo que marque la báscula y ya esta

                    Editado por última vez por Mar e Moto; 24/04/2013, 23:01:18.
                    Mar e Moto una semana Mar otra semana Moto
                    Mc Gregor 26X "Capitán Jack Sparrow"
                    Vilaseca (Tarragona)

                    sigpic

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Permiso de circulación para remolque

                      Buenas a todos y unas rondas,
                      una caravana era mejor llevar un coche pesado y con poténcia (150cv).
                      Mi sorpresa fuñe cuando empecé a mirar caravanas casi todas pesaban unos 1200Kg y al ver el MMA de mi coche era de 2356 kg.
                      Y aquí empezó el problema: 2356 + 1200 = 3556kg!!! me paso por 56 kg!!
                      Pregunté y efectivamente me hace falta el B2+ que en prinicipio el examen es solo de maniobras pero cuesta unos 500€, a mas a mas si mi mujer quiere cojer el coche, pues ves sumando.

                      Solución he ido a la ITV me han pesado el coche con el deposito lleno y sin carga 1760 Kg más 75 kilos por plaza (en mi caso són 7) = 2290Kg ahora si !!!!

                      me sobran 10 kg!!! Por 30€ y una visita a la ITV lo he podido solucionar.

                      La verdad es que la gente de la ITV se portaron de maravilla.
                      Francesc
                      Hobie Cat 15

                      Para ganar regatas se necesita velocidad
                      Tu tienes velocidad
                      Para ganar regatas se necesita Inteligencia
                      Tu tienes velocidad

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Permiso de circulación para remolque

                        Eso se puede hacer previo paso por la ITV, que es limitar o bien el número de plazas en tu caso de siete lo dejas en 6 o 5 o bien le quitas peso a lo que puedes transportar en el coche, la solución es fácil, siempre que te sobren unos pocos kilos de MMA del conjunto, si son muchos no merece la pena y es mejor sacarse el B96 o el B+E y viendo en que consisten los exámenes de ambos yo creo que es mejor sacarse el B+E, solo por un poco más.
                        Una rondita.

                        Comentario


                        • #13
                          Re: Permiso de circulación para remolque

                          Originalmente publicado por Sesc Ver Mensaje
                          Buenas a todos y unas rondas,
                          una caravana era mejor llevar un coche pesado y con poténcia (150cv).
                          Mi sorpresa fuñe cuando empecé a mirar caravanas casi todas pesaban unos 1200Kg y al ver el MMA de mi coche era de 2356 kg.
                          Y aquí empezó el problema: 2356 + 1200 = 3556kg!!! me paso por 56 kg!!
                          Pregunté y efectivamente me hace falta el B2+ que en prinicipio el examen es solo de maniobras pero cuesta unos 500€, a mas a mas si mi mujer quiere cojer el coche, pues ves sumando.

                          Solución he ido a la ITV me han pesado el coche con el deposito lleno y sin carga 1760 Kg más 75 kilos por plaza (en mi caso són 7) = 2290Kg ahora si !!!!

                          me sobran 10 kg!!! Por 30€ y una visita a la ITV lo he podido solucionar.

                          La verdad es que la gente de la ITV se portaron de maravilla.
                          Huuuuaaauuuu!!! eso puede ser la solución para todos los que estamos en los límites. Gracias por la información compañero!

                          Un saludo y

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Permiso de circulación para remolque

                            Originalmente publicado por Ponent Ver Mensaje
                            Huuuuaaauuuu!!! eso puede ser la solución para todos los que estamos en los límites. Gracias por la información compañero!

                            Un saludo y
                            Buenas
                            un domingo por la mañana que me disponia a disfutar de calas por Javea con mi mujer me paró la benemérita a la salida de la autopista. Al parecer estaba en los límites en documentación; de hecho el GC de tráfico me indicó que PMA coche + PMA remolque= 3560 kg!! yo creía que era tara delcoche + pma del remolque!, imaginad la cara que puse que, no sé si le di pena o qué, que me indicó que lo mejor sería que bajase la tara del coche o el remolque en 60kg en la itv o que me sacara el carné correspondiente, que "por hoy pasa, pero arreglalo"
                            Pues bien, decidido a estudiar un poco, me pasó lo mismo que con la duda entre el PER o el PNB, que ya puestos, mejor sacar el b+e que quedarme a medias con un límite de 4250kg, por lo que desde entonces puedo remolcar hasta 3500kg, que me sirve por si algún día me cambio de coche y remolque

                            Comentario


                            • #15
                              Eso es.

                              Hablando de remolques de más de 750 Kg (los que tienen matrícula roja y de documentación propria como si tratara de un coche), con el carnet B puedes remolcar un conjunto en el que MMA del coche más el PMA del remolque no supere los 3500 Kg, y que el peso del remolque no supere el del vehiculo tractor (coche).

                              Ejemplo:

                              Mi coche tiene um MMA de 2,280 KG y por eso tuve de comprar un remolque con um PMA de 1,200KG:

                              CARNET B = MMA COCHE + PMA REMOLQUE < 3,500 KG

                              CARNET B = 2,280 KG + 1,200 KG = 3,480 KG (justo inferior a los 3500 KG máximos)

                              El peso maximo legal con que puedo cargar el remolque (denominado carga util) es el PMA del remolque menos la tara del remolque:

                              CARGA UTIL = PMA REMOLQUE - TARA REMOLQUE

                              Como mi remolque tiene una tara de 305 KG

                              CARGA UTIL = 1,200 KG - 305 KG = 895 KG (puedo remolcar legalmente una embarcación con un peso de casi 900 KG)

                              No olvidar que estos remolques tienen de tener seguro próprio (igual que un coche pero mucho más barato) y que están sujetos a pasar ITV.

                              Los plazos determinados para pasar la ITV son los siguientes:
                              - Remolque hasta los dos años quedan exentos.
                              - Remolques de dos a seis años,pasan ITV cada dos años.
                              - Remolques de seis a diez años,pasan ITV cada año.
                              - Remolques de mas de diez años,pasan ITV cada seis meses.



                              Espero que te sirva de ayuda.
                              Editado por última vez por RMR2ENG; 08/05/2013, 13:37:26.
                              "Born to sail, but forced to work..."

                              Comentario


                              • #16
                                Re: Permiso de circulación para remolque

                                Originalmente publicado por RMR2ENG Ver Mensaje
                                Eso es.

                                Hablando de remolques de más de 750 Kg (los que tienen matrícula roja y de documentación propria como si tratara de un coche), con el carnet B puedes remolcar un conjunto en el que MMA del coche más el PMA del remolque no supere los 3500 Kg, y que el peso del remolque no supere el del vehiculo tractor (coche).

                                Ejemplo:

                                Mi coche tiene um MMA de 2,280 KG y por eso tuve de comprar un remolque con um PMA de 1,200KG:

                                CARNET B = MMA COCHE + PMA REMOLQUE < 3,500 KG

                                CARNET B = 2,280 KG + 1,200 KG = 3,480 KG (justo inferior a los 3500 KG máximos)

                                El peso maximo legal con que puedo cargar el remolque (denominado carga util) es el PMA del remolque menos la tara del remolque:

                                CARGA UTIL = PMA REMOLQUE - TARA REMOLQUE

                                Como mi remolque tiene una tara de 305 KG

                                CARGA UTIL = 1,200 KG - 305 KG = 895 KG (puedo remolcar legalmente una embarcación con un peso de casi 900 KG)

                                No olvidar que estos remolques tienen de tener seguro próprio (igual que un coche pero mucho más barato) y que están sujetos a pasar ITV.

                                Los plazos determinados para pasar la ITV son los siguientes:
                                - Remolque hasta los dos años quedan exentos.
                                - Remolques de dos a seis años,pasan ITV cada dos años.
                                - Remolques de seis a diez años,pasan ITV cada año.
                                - Remolques de mas de diez años,pasan ITV cada seis meses.



                                Espero que te sirva de ayuda.

                                Lo que no entiendo yo, es porqué las caravanas tienen que pasar la Itv a los seis años y los remolques de carga de cosas (en nuestro caso barcos) a los dos años, luego anualmente y a partir de 10 años cada seis meses!
                                Será porque las caravanas se usan menos que los remolques náuticos? Yo te aseguro que NO para variar parece que los "ilustres" creen que los que tenemos barco estamos forraos si el tener la barca en el remolque es para conservarla mejor en el garaje y ahorrarnos el gasto del náutico

                                Por cierto con el b+e supongo que tengo autorización para remolcar una tara mayor a la del vehículo tractor:
                                -tara de mi coche 1735kg pmma máx 2260kg y masa máxima remolcable 1900kg,
                                -y en un todo terreno la tara es superior a 2000kg, la pma rondará los 2600 kg o algo más y masa máxima remolcable 3500kg

                                Desde que cambié el remolque que tenía por uno nuevo de 1900kg, ya que el anterior lo llevaba muy pasado de peso (era de 1300kg y remolque mas barca pesaban casi 1700kg), me ha parado un par de veces la GC y no he tenido ningún problema

                                Comentario

                                ¿Quién está?

                                Colapsar

                                Actualmente hay 1 usuario en línea. 0 miembros y 1 invitados.

                                La mayor cantidad histórica de usuarios es de 37.627, 06/09/2026 en 10:52:48.

                                Trabajando...
                                X