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¿Inscripción o Matrícula?

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  • ¿Inscripción o Matrícula?

    Buena mar a todos los navegantes del foro!
    Tengo pensado adquirir una neumática semirrigida que sobrepasa en documentación los 2.49, exactamente indica 2.53 de eslora.

    En el Artículo 8 del Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo, se indica lo siguiente:

    1. Todas las embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 12 metros están exentas de la obligación de abanderamiento y matriculación, así como de despacho, siempre que la propia embarcación y su equipo propulsor ostenten el marcado CE.

    Pero habría que pasarle ITB? y llevar chalecos y todo eso? eso es lo que no me queda claro.

    Saludos!
    Editado por última vez por Grumete30; 13/04/2013, 19:13:12.

  • #2
    Re: ¿Inscripción o Matrícula?

    ¿Que tiene que ver el abanderamiento con el material de seguridad obligatorio según la zona de navegación?

    Comentario


    • #3
      Re: ¿Inscripción o Matrícula?

      Originalmente publicado por Rascayus Ver Mensaje
      ¿Que tiene que ver el abanderamiento con el material de seguridad obligatorio según la zona de navegación?
      Tengo entendido que para las de menos de 250 no es necesario, por eso lo pregunto.

      Salu2.

      Comentario


      • #4
        Re: ¿Inscripción o Matrícula?

        Como supera los 2.49 m de eslora tienes de matricularla o registrarla/inscribirla,

        La diferencia entre inscribir y matricular es q si esta inscrita solo puedes navegar es aguas españolas y si esta matriculada puedes navegar fuera de españa.

        Au que estes exento de matricular/abanderar/despachar, tendrás que registrarla/inscribirla, que es digamos que como una matricula que solo es valida en agua territoriales españolas.

        Sin embargo elijas lo que elijas, estaras obligado a llevar todo el material de seguridad y contraincendios para la zona de navegación en que esté. No estará sujeta a ITB, pues eso solo se aplica a las embarcaciones a partir de 6m de eslora.

        Te aviso que en esas esloras si tienes que llevar todo lo que te piden casi no te queda sitio para embarcares.

        Piensalo bien xq hay semirrigidas de 2.49 m.
        Editado por última vez por RMR2ENG; 14/04/2013, 04:26:28.
        "Born to sail, but forced to work..."

        Comentario


        • #5
          Re: ¿Inscripción o Matrícula?

          Originalmente publicado por Rascayus Ver Mensaje
          ¿Que tiene que ver el abanderamiento con el material de seguridad obligatorio según la zona de navegación?

          Tiene que ver que el material obligatório según la zona de navegación solamente se aplica a las embarcaciones de recreo (que son embarcaciones con eslora entre 2.5 y 24m). Sin embargo si tienes una embarcación de eslora inferior a 2.5 m, no estas obligado a matricularla o a inscribirla. Como no es considerada una embarcación de recreo, no está sujeta a la ley que estipula el material de seguridad y contraincendios para embarcaciones de recreo según zona de navegación.
          "Born to sail, but forced to work..."

          Comentario


          • #6
            Re: ¿Inscripción o Matrícula?

            Articulo 8. Régimen especial de las embarcaciones de recreo con marcado CE de eslora
            igual o inferior a 12 metros.
            1. Todas las embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 12 metros están
            exentas de la obligación de abanderamiento y matriculación, así como de despacho,
            siempre que la propia embarcación y su equipo propulsor ostenten el marcado CE. No
            obstante podrán ser abanderadas y matriculadas a petición expresa del titular, en cuyo
            caso será de aplicación el régimen general establecido en el artículo 9 de este real
            decreto.
            En todo caso, deberán obtener antes de su entrada en servicio un certificado de
            inscripción, de acuerdo con lo previsto en el apartado 6 de este artículo y cumplimentar lo
            previsto en el apartado 4.
            2. Estas embarcaciones de recreo solo podrán navegar en el mar territorial español
            y, en cualquier caso, no podrán sobrepasar las zonas de navegación a las que estén
            limitadas de acuerdo con su categoría de diseño.

            3. Las embarcaciones de recreo sujetas a este artículo tendrán el deber de enarbolar
            el pabellón español en los términos previstos en el Real Decreto 2335/1980, de 10 de
            octubre, por el que se regula el uso de la bandera de España y otras banderas y enseñas
            a bordo de los buques nacionales.
            4. Asimismo, estas embarcaciones deberán llevar pintado o fijado de forma
            permanente en ambas amuras el indicativo de inscripción, que se colocará a la máxima
            altura posible de la línea de flotación. Su tamaño será el suficiente en relación con las
            dimensiones de la embarcación para que pueda ser fácilmente identificado en la mar y su
            color será blanco sobre cascos oscuros y negro sobre cascos claros. El nombre para estas
            embarcaciones tiene carácter potestativo y en el supuesto de llevarlo podrá pintarse o
            fijarse siempre que ello no dificulte ni cause confusión con la exhibición del indicativo de
            inscripción.
            5. Los propietarios y patrones de estas embarcaciones de recreo serán responsables
            de que éstas cumplan con as normas de seguridad marítima, contra ncendio, de prevención
            de la contaminación del medio marino y de radiocomunicaciones, de la posesión por el
            patrón de la titulación adecuada, de respetar el máximo número de personas embarcadas,
            de la tenencia en vigor del seguro de responsabilidad civil y del documento al que se refiere el apartado siguiente.
            "Born to sail, but forced to work..."

            Comentario


            • #7
              Re: ¿Inscripción o Matrícula?

              Originalmente publicado por RMR2ENG Ver Mensaje
              Tiene que ver que el material obligatório según la zona de navegación solamente se aplica a las embarcaciones de recreo (que son embarcaciones con eslora entre 2.5 y 24m). Sin embargo si tienes una embarcación de eslora inferior a 2.5 m, no estas obligado a matricularla o a inscribirla. Como no es considerada una embarcación de recreo, no está sujeta a la ley que estipula el material de seguridad y contraincendios para embarcaciones de recreo según zona de navegación.
              Justo eso es lo que quería saber!

              Originalmente publicado por RMR2ENG Ver Mensaje
              Como supera los 2.49 m de eslora tienes de matricularla o registrarla/inscribirla,

              La diferencia entre inscribir y matricular es q si esta inscrita solo puedes navegar es aguas españolas y si esta matriculada puedes navegar fuera de españa.


              Sin embargo elijas lo que elijas, estaras obligado a llevar todo el material de seguridad y contraincendios para la zona de navegación en que esté. No estará sujeta a ITB, pues eso solo se aplica a las embarcaciones a partir de 6m de eslora.

              Te aviso que en esas esloras si tienes que llevar todo lo que te piden casi no te queda sitio para embarcares.

              Piensalo bien xq hay semirrigidas de 2.49 m.
              No lo podías haber explicado mejor! en dos mensajes me has dejado claro absolutamente todas mis dudas, muchísimas gracias!. Lo de navegar fuera de aguas españolas jeje... con ese cascarón sería un suicidio xD, bueno viendo el panorama, aunque no haya que pasarle ITB que era mi mayor quebradero de cabeza, lo del material de seguridad... como tú dices, si ya cabe uno justo con la neverita, la caña de pescar, etc, como para llevar chalecos o extintores , y si va más gente ya ni te digo! nada a por una de 249!

              Muchas gracias navegante! una de ron para todos y en especial para ti!

              Comentario


              • #8
                Re: ¿Inscripción o Matrícula?

                Duplicado
                Editado por última vez por Kane; 14/04/2013, 11:58:28.
                Saludos,
                Carlos
                ************************

                Boating is not a matter of life and death. It's more than that.
                (Manny Adan "in memoriam")

                Socio fundador de ANAVRE nº 155 http://www.anavre.com/

                http://inmenurecetas.webcindario.com

                Comentario


                • #9
                  Re: ¿Inscripción o Matrícula?

                  Hombre... Quizás extintores, no, pero chalecos, sí.
                  Si no caben, puestos. Aunque deberían llevarse puestos siempre.
                  Es de sentido común.
                  Saludos,
                  Carlos
                  ************************

                  Boating is not a matter of life and death. It's more than that.
                  (Manny Adan "in memoriam")

                  Socio fundador de ANAVRE nº 155 http://www.anavre.com/

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                  Comentario


                  • #10
                    Re: ¿Inscripción o Matrícula?

                    Originalmente publicado por RMR2ENG Ver Mensaje
                    Como supera los 2.49 m de eslora tienes de matricularla o registrarla/inscribirla.
                    ¿Hay alguna referencia a las embarcaciones que hacen de auxiliar de otra?.

                    Como por ejemplo, las neumáticas que solemos llevar de "chinchorro",
                    cuando estas son de más de 2,49 metros (que suele ser con bastante
                    frecuencia). ¿Hay que matricularlas o inscribirlas?.

                    Lo que yo conozco, es ponerles algo así como: "Auxiliar de.......".
                    ¿Es de correcta esta práctica?.

                    por tu respuesta.


                    Salud y


                    El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                    http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                    Comentario


                    • #11
                      Re: ¿Inscripción o Matrícula?

                      Hasta 4 metros de eslora si navegan cerca de la embarcación nodriza se consideran auxiliares. Tengo entendido que tienes que pintarle la matrícula del barco nodriza más "auxiliar de XX". Cuanto a equipamiento de seguridad supongo que no se exigirá, pero repito, siempre que no te alejes mucho...
                      "My boat is my island"

                      Comentario


                      • #12
                        Re: ¿Inscripción o Matrícula?

                        Hasta 4 m y 8 kw de potencia.
                        "Born to sail, but forced to work..."

                        Comentario


                        • #13
                          Re: ¿Inscripción o Matrícula?

                          Originalmente publicado por El Temido II Ver Mensaje
                          ¿Hay alguna referencia a las embarcaciones que hacen de auxiliar de otra?.

                          Como por ejemplo, las neumáticas que solemos llevar de "chinchorro",
                          cuando estas son de más de 2,49 metros (que suele ser con bastante
                          frecuencia). ¿Hay que matricularlas o inscribirlas?.

                          Lo que yo conozco, es ponerles algo así como: "Auxiliar de.......".
                          ¿Es de correcta esta práctica?.

                          por tu respuesta.


                          Salud y


                          Artículo 2. Definiciones.

                          A efectos de lo previsto en este real decreto se entenderá por:
                          a) «Embarcación de recreo» (en adelante «embarcación»): toda embarcación de
                          cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una eslora
                          comprendida entre 2,5 y 24 metros, medida según los criterios fijados en el apartado c) de este artículo y utilizada para fines deportivos o de ocio. Quedan comprendidas en esta
                          definición las embarcaciones ya sean utilizadas con ánimo de lucro o con fines de
                          entrenamiento para la navegación de recreo.
                          b) «Embarcación auxiliar»: toda embarcación de cualquier tipo, con independencia
                          de su medio de propulsión, cuya eslora máxima no sea superior a 4 metros y cuya potencia
                          instalada, en su caso, no sea superior a 8 kW
                          , siempre y cuando sea destinada
                          exclusivamente al servicio auxiliar de la embarcación principal de recreo a la que sirve.
                          Estas embarcaciones solo podrán navegar en las proximidades de la embarcación
                          principal.


                          (...)

                          (para auxiliares de embarcaciones matriculadas).

                          5. Las embarcaciones auxiliares deberán llevar el mismo indicativo de matrícula de
                          su principal, sin nombre, y añadiendo al final del mismo, entre paréntesis la expresión
                          «Aux» y el indicativo de matrícula de su principal. En el supuesto de que hubiese más de
                          una embarcación auxiliar, se utilizarán números correlativos.


                          (...)

                          (para auxiliares de embarcaciones inscritas/registradas)

                          10. Las embarcaciones auxiliares, de las embarcaciones acogidas a este régimen
                          especial, deberán llevar el mismo indicativo de inscripción de su principal, sin nombre, y
                          añadiendo al final del mismo, entre paréntesis, la expresión «Aux» y el indicativo de
                          matricula de su principal. En el supuesto de que hubiese más de una embarcación auxiliar,
                          se utilizarán números correlativos.
                          Editado por última vez por RMR2ENG; 14/04/2013, 18:10:10.
                          "Born to sail, but forced to work..."

                          Comentario


                          • #14
                            Re: ¿Inscripción o Matrícula?

                            Una ronda por mi cuenta.
                            Dos cositas a añadir:
                            - Dineros: Registrar es practicamente gratuito. Matricular es pagar.
                            - Restricciones: En mi caso con el barco "registrado" no me daban opcion a solicitar "amarre publico". Para tramitar esta solicitud me exigieron "Matriculación". Ya se que no es el caso de esta pequeña neumatica, pero es un dato a tener en cuenta.

                            Mi opinion es que para embarcaciones "de meter y sacar" ( Botar y varar, por si alguien piensa en otra cosa...) el registro es una buena solucion. A partir de ahi yo personalmente matricularía.

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                            • #15
                              Re: ¿Inscripción o Matrícula?

                              Yo sigo en la mia de que lo mejor es comprar con una eslora inferior a 2.5 m.
                              "Born to sail, but forced to work..."

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                              • #16
                                Re: ¿Inscripción o Matrícula?

                                Originalmente publicado por RMR2ENG Ver Mensaje
                                Yo sigo en la mia de que lo mejor es comprar con una eslora inferior a 2.5 m.
                                si la duda esta entre 2,40 y 2,70 ( dos personas justas) totalmente de acuerdo contigo.
                                Pero si ya pasamos a tallas 3,20 .... 3,5 ... (cuatro personajes, 2 + equipo) .... un poquito de motor ....

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                                • #17
                                  Re: ¿Inscripción o Matrícula?

                                  mejor pasar directamente a 4 m
                                  "Born to sail, but forced to work..."

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                                  • #18
                                    Re: ¿Inscripción o Matrícula?

                                    Originalmente publicado por RMR2ENG Ver Mensaje
                                    b) «Embarcación auxiliar»: toda embarcación de cualquier tipo, con independencia
                                    de su medio de propulsión, cuya eslora máxima no sea superior a 4 metros y cuya potencia
                                    instalada, en su caso, no sea superior a 8 kW
                                    ,

                                    (para auxiliares de embarcaciones matriculadas).

                                    5. Las embarcaciones auxiliares deberán llevar el mismo indicativo de matrícula de
                                    su principal, sin nombre, y añadiendo al final del mismo, entre paréntesis la expresión
                                    «Aux» y el indicativo de matrícula de su principal.

                                    OK. Muchas


                                    Salud y


                                    El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                                    http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

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                                    • #19
                                      Re: ¿Inscripción o Matrícula?

                                      Buenas camaradas cofrades, una ronda de birra para todos.
                                      Abundando en el tema, mi pregunta es, si el barco es de bandera inglesa, atracado en un puerto español y le compro una embarcación auxiliar de más de 2,5 m... ¿tengo que regularme por la ley española y matricular la embarcación o no? Se supone que la embarcación auxiliar la compro aqui en España.

                                      Muchas gracias por vuestras respuestas y más cervezas para todos que estamos en verano

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                                      • #20
                                        Respuesta: ¿Inscripción o Matrícula?

                                        En poco tiempo compraré una neumática de unos 3'5 m mi duda es si al inscribir y NO MATRICULAR tengo que poner el número de inscripción en el flotador de la neumática a modo de "matrícula"?
                                        Segunda pregunta, si inscriben puedes ponerle nombre a la embarcación?
                                        Gracias y buena proa.

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                                        • #21
                                          Re: Respuesta: ¿Inscripción o Matrícula?

                                          Si y Si
                                          "Born to sail, but forced to work..."

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