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"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

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NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

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13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web, aplicaciones o canales, bien sea mediante enlaces, mediante artículos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.


14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



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Patron embarcacion Lista 6

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  • Patron embarcacion Lista 6

    Hola aparte de un PPER. quien podria legalmente patronear una embarcacion lista 6 ?
    Mi duda viene porque se de una persona que da cursos de per y pnb, hace charter en veleros de 6º y se estaba examinando del CY

  • #2
    Re: Patron embarcacion Lista 6

    Originalmente publicado por arden Ver Mensaje
    Hola aparte de un PPER. quien podria legalmente patronear una embarcacion lista 6 ?
    Mi duda viene porque se de una persona que da cursos de per y pnb, hace charter en veleros de 6º y se estaba examinando del CY
    Suponiendo que sea de pabellón español...

    A los Patrones Portuarios y Patrones de Cabotaje no les convalidan el CY y pueden patronear cobrando legalmente. los segundos pueden dar prácticas de PNB y PER creo.
    Editado por última vez por Iñaki/Sinvergüen; 29/05/2013, 14:12:48.
    Iñaki

    Comentario


    • #3
      Re: Patron embarcacion Lista 6

      Esos titulos que has comentado de Marina Mercante, creo que son todos convalidables a CY de ahi mi sorpresa examinandose

      El patron de cabotaje tiene que examinarse? para ser cy?

      Comentario


      • #4
        Re: Patron embarcacion Lista 6

        Creo que al patrón de cabotaje no le convalidan la Navegación del CY. Por otra parte el CY tiene algunas facultades que no tiene el Patrón de Cabotaje.

        Comentario


        • #5
          Re: Patron embarcacion Lista 6

          Originalmente publicado por Atzar Ver Mensaje
          Creo que al patrón de cabotaje no le convalidan la Navegación del CY. Por otra parte el CY tiene algunas facultades que no tiene el Patrón de Cabotaje.

          Eso creo yo también.

          Iñaki

          Comentario


          • #6
            Re: Patron embarcacion Lista 6

            Originalmente publicado por arden Ver Mensaje
            quien podria legalmente patronear una embarcacion lista 6 ?
            Una embarcación de lista 6ª no requiere un título distinto que las de lista 7ª.

            O sea, que la puede patronear, dependiendo de su eslora y la zona de navegación,
            el título correspondiente.

            Si no, ya me dirás a quien se le iban a alquilar los barcos.


            Salud y


            El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
            http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

            Comentario


            • #7
              Re: Patron embarcacion Lista 6

              Si pero un py entonces puede hacer charter y dar las practicas de per?
              Yo no me refiero al cliente que alquila si no al patron que te lleva de paseo una tarde en un 6lista o te da las practicas del per

              Enviado desde mi GT-I9300 usando Tapatalk 2

              Comentario


              • #8
                Re: Patron embarcacion Lista 6

                Originalmente publicado por arden Ver Mensaje
                ...me refiero .... al patron que te lleva de paseo una tarde en un 6lista o te da las practicas del per....
                Llevarte de paseo, te puede llevar cualquiera. Lo que no puede es cobrarte por su trabajo.

                Lo de las clases, es otro cantar. Desconozco la homologaciones necesarias para poder
                emitir el certificado pertinente.



                Salud y


                El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

                Comentario


                • #9
                  Re: Patron embarcacion Lista 6

                  ¿Qué hace falta para dar las prácticas de seguridad?

                  de la orden FOM 3200/2007...




                  Las Escuelas que preparen a los alumnos para el
                  examen práctico o para realizar las prácticas de seguridad
                  y navegación deberán:

                  Obtener la autorización o concesión, en su caso, otorgada
                  por la administración titular del dominio público
                  donde se ubiquen las instalaciones de las escuelas en las
                  que se realicen las prácticas, bien del Organismo de
                  Cuenca correspondiente, bien de las Autoridades Portuarias
                  competentes, previamente a la realización de sus
                  actividades.

                  Formalizar un listado comprensivo del nombre, matrícula
                  y características generales de la embarcación o
                  embarcaciones a utilizar en las prácticas. En el caso de las
                  prácticas de motos náuticas, deberá figurar la marca y
                  número de registro de matrícula de las motos náuticas.

                  Disponer de la certificación de la Compañía Aseguradora
                  de que la embarcación o embarcaciones disponen de
                  póliza en vigor del seguro obligatorio de responsabilidad
                  civil para embarcaciones de recreo, en cumplimiento de lo
                  dispuesto en el Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, por el
                  que se aprueba el Reglamento del Seguro de Responsabilidad
                  Civil de suscripción obligatoria para embarcaciones
                  de recreo o deportivas. Además, las embarcaciones destinadas
                  a la realización de las prácticas deberán estar amparadas
                  por una póliza de seguro adecuada

                  Las embarcaciones destinadas a la realización de las
                  prácticas serán exclusivamente embarcaciones de recreo,
                  considerándose a los efectos de lo previsto por el Real
                  Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento,
                  matriculación de buques y registro marítimo, que dispone
                  en el artículo 4 que estas embarcaciones se registrarán en
                  la Lista 6.ª

                  Copia compulsada de los certificados de navegabilidad
                  de las embarcaciones de recreo que puedan utilizarse
                  para la realización de las prácticas básicas de seguridad y
                  navegación, acreditando que disponen de todo el equipo
                  necesario para realizar la práctica correspondiente al
                  título objeto de la misma.

                  Copia compulsada de la documentación acreditativa
                  de que los instructores encargados de impartir y supervisar
                  las prácticas están en posesión de las titulaciones
                  mencionadas en el artículo 24 y anexo VI.

                  Documentación que acredite la existencia de balizas
                  reales o simuladas del sistema de balizamiento: aguas
                  navegables, de peligro aislado, marcas laterales de día,
                  marcas especiales y marcas cardinales.



                  Comentario


                  • #10
                    Re: Patron embarcacion Lista 6

                    Vamos lo que yo nos suponiamos
                    Habra quien este habilitado para dar las practicas y figurara en la documentacion conforme se realizaron pero no sera la misma persona que las imparta

                    Enviado desde mi GT-I9300 usando Tapatalk 2

                    Comentario


                    • #11
                      Re: Patron embarcacion Lista 6

                      una pregunta ha esta ilustre taberna
                      siendo pper y teniendo un barco en lista 6 debidamente legalizado para practicas¿ se podrían hacer las prácticas y firmarlas o hay que pasar por una academia? HABER SI PODEMOS MONTAR UNA PEQUEÑA ESCUELA DE PARCTICAS GRACIAS

                      Comentario


                      • #12
                        Re: Patron embarcacion Lista 6

                        Tal como lo has dicho si

                        Enviado desde mi GT-I9300 usando Tapatalk 2

                        Comentario


                        • #13
                          Respuesta: Patron embarcacion Lista 6


                          Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo (PPER)



                          Atribuciones


                          • Gobierno de embarcaciones de recreo de bandera española matriculadas
                          en las listas sexta o séptima, siempre que no lleven más de 12 personas
                          a bordo incluida la tripulación, para navegar en embarcaciones de recreo de
                          eslora igual o inferior a 24 metros, a lo largo de la costa española dentro
                          de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la
                          misma.


                          • Instructor en las Prácticas Básicas de Seguridad y de Navegación para la
                          obtención de las titulaciones de Patrón para Navegación Básica y

                          Patrón de Emsbarcaciones de Recreo.

                          Para aclarar el resto de las dudas que se exponen hay que leer detenidamente
                          la orden ministerial siguiente:

                          ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre.

                          Es muy conveniente conocer esta normativa o,
                          al menos, consultarla...

                          Cuidar la ORTOGRAFÍA es también muy conveniente.






                          .

                          Comentario


                          • #14
                            Re: Respuesta: Patron embarcacion Lista 6

                            Originalmente publicado por Neska Ver Mensaje
                            Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo (PPER)



                            Atribuciones


                            • Gobierno de embarcaciones de recreo de bandera española matriculadas
                            en las listas sexta o séptima, siempre que no lleven más de 12 personas
                            a bordo incluida la tripulación, para navegar en embarcaciones de recreo de
                            eslora igual o inferior a 24 metros, a lo largo de la costa española dentro
                            de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la
                            misma.


                            • Instructor en las Prácticas Básicas de Seguridad y de Navegación para la
                            obtención de las titulaciones de Patrón para Navegación Básica y

                            Patrón de Emsbarcaciones de Recreo.

                            Para aclarar el resto de las dudas que se exponen hay que leer detenidamente
                            la orden ministerial siguiente:

                            ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre.

                            Es muy conveniente conocer esta normativa o,
                            al menos, consultarla...

                            Cuidar la ORTOGRAFÍA es también muy conveniente.






                            .
                            Sólo añadir quedesde enero la DGMM ha autorizado tambien a los PPER a ser instructores en las prácticas de VELA.




                            Comentario


                            • #15
                              Respuesta: Patron embarcacion Lista 6

                              PPER


                              No se consigue leer el PDF.

                              Por favor, ¿se puede hacer algo?

                              Gracias


                              Comentario


                              • #16
                                Re: Patron embarcacion Lista 6

                                autorizacion practicas de vela.jpg


                                a ver si asi lo puedes ver


                                Comentario


                                • #17
                                  Re: Patron embarcacion Lista 6

                                  Originalmente publicado por capitan morgan Ver Mensaje
                                  [ATTACH]43499[/ATTACH]


                                  a ver si asi lo puedes ver


                                  se ve perfecramente pero los pper tenemos un problema , las academias no quieren homologarnos los barcos somos competencia o nos ven como competencia
                                  un saludo
                                  www.pleamaruno.com

                                  https://www.facebook.com/PleamarUnoEscuelanautica

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: Patron embarcacion Lista 6

                                    Así mejor:





                                    Salud y


                                    El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
                                    http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184

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                                    • #19
                                      Re: Patron embarcacion Lista 6

                                      Originalmente publicado por arden Ver Mensaje
                                      Hola aparte de un PPER. quien podria legalmente patronear una embarcacion lista 6 ?
                                      Mi duda viene porque se de una persona que da cursos de per y pnb, hace charter en veleros de 6º y se estaba examinando del CY
                                      Depende, si el lista 6ª lo alquila para mi familia, mis amigos , etc y lo llevo yo con mi título de PER, PY o CY, lo único que tendré como limitaciones serán las legales del barco y de mi propio título, 12 millas, 60 millas o ilimitada. .....pero si cobro por llevar ese barco estoy haciendo de patrón profesional y el título debe ser de PPER o lo que reconozca la administración para ejercer de patrón profesional.
                                      El hecho de que una persona haga lo que tú indicas...pues está claro que es ilegal. En teoría NO puede.
                                      saludos

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